Visto el expediente incoado por la empresa Parque Eólico de Malpica, S.A. (Pemalsa) con domicilio en c/ Hórreo, nº 94, 15702 Santiago de Compostela, para la autorización administrativa y declaración de utilidad pública de las instalaciones que siguen:
-Anteproyecto de instalaciones eléctricas consistentes en:
-Línea eléctrica aérea de alta tensión, a 66 kV, sobre apoyos métalicos y de hormigón, con conductor LA-180, de 181,6 mm y conductor de tierra AWG 7-8 de 58,56 mm, de 10.800 m de longitud, con origen en la futura subestación del parque eólico de Malpica y final en la subestación de Cabana de Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., discurriendo por los municipios de Malpica de Bergantiños, Ponteceso y Cabana de Bergantiños.
Cumplidos los trámites ordenados en los capítulos III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966 de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación forzosa de instalaciones eléctricas, esta delegación provincial ha resuelto:
Autorizar y declarar de utilidad pública las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el anteproyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los Reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en los expedientes.
A Coruña, 9 de julio de 1996.
José Manuel Núñez Centella
Secretario en funciones
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