Por Decreto 380/96, de 17 de octubre, de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, se aprueba la agrupación voluntaria de los ayuntamientos de Ourol y Muras, de la provincia de Lugo, para sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría-Intervención, en los términos de sus estatutos.
Siendo necesario clasificar dicho puesto de trabajo, reservado a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, esta Consellería de la Presidencia y Administración Pública, de conformidad con lo establecido en los artículos 2.c) y 9 del R.D. 1732/1994, de 29 de julio, y en uso de las facultades que le confiere el artículo 13.2.17 de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia,
DISPONE:
Clasificar el puesto de Secretaría-Intervención de la agrupación voluntaria de los ayuntamientos de
Ourol y Muras, de la provincia de Lugo, reservado a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, como se especifica seguidamente:
-Clase: tercera.
-Subescala: Secretaría-Intervención.
Santiago de Compostela, 12 de noviembre de 1996.
Dositeo Rodríguez Rodríguez
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública
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