Francisco Javier Míguez Poza, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia número dos de los de Santiago de Compostela y su partido, hace saber:
Que en el procedimiento judicial sumario del artículo 131 de la Ley hipotecaria, seguido con el número 398/1995, a instancia de Caja de Ahorros Municipal de Vigo, representada por el procurador Calviño Gómez, contra Industrias Isaac S.L., se ha acordado la celebración de pública subasta, en la sala de audiencia de este juzgado, anunciándola con veinte días de antelación, de los bienes que luego se dirán con las condiciones siguientes:
1. Se ha señalado para que tenga lugar el remate en primera subasta el próximo día diecisiete de septiembre de 1997, a las once horas, en la sala de audiencia de este juzgado por el tipo de ochenta y un millones cuatrocientas noventa y dos mil setecientas pesetas (91.492.700 ptas.), fijado a tal efecto en la escritura de préstamo.
2. Para el supuesto que resultase desierta la primera, se ha señalado para la segunda subasta el próximo día diecisiete de octubre de 1997, a las once horas, en la sala de audiencia de este juzgado, para la que servirá de tipo el 75% de la primera.
3. Si resultare desierta la segunda, se ha señalado para la tercera subasta el próximo día diecisiete de noviembre, a las once horas, en la sala de audiencia de este juzgado, sin sujeción a tipo.
4. En las subastas primera y segunda no se admitirán posturas que no cubran el tipo correspondiente.
5. Para tomar parte en cualquiera de las tres subastas todos los licitadores -a excepción del acreedor demandante- deberán consignar previamente el veinte por ciento del tipo para ser admitidos a licitación, calculándose esta cantidad en la tercera subasta respecto al tipo de la segunda, suma que deberá consignarse en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado, abierta en el Banco Bilbao Vizcaya, S.A., oficina principal de esta ciudad, debiendo facilitar el número del expediente o procedimiento siguiente
1584/18/0398/95, presentando el resguardo de ingreso.
6. Los títulos de propiedad de los inmuebles subastados se encuentran suplidos por las correspondientes certificaciones registrales, obrantes en autos, de manifiesto en la secretaría del juzgado, para que puedan examinarlos los que deseen tomar parte en la subasta, entendiéndose que todo licitador los acepta como bastante, sin que pueda exigir otros, y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del actor, si los hubiere, continuarán subsistentes y sin cancelar, entendíendose que el adjudicatario los acepta y queda subrogado en la necesidad de satisfacerlos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.
7. Podrán hacerse posturas en pliego cerrado y el remate podrá verificarse en calidad de cederlo a un tercero, con las reglas que establece el artículo 131 de la Ley hipotecaria.
8. Caso de que hubiera de suspenderse cualquiera de las tres subastas, se traslada su celebración a la misma hora para el día siguiente hábil dentro de la semana en que se hubiera señalado la subasta suspendida.
9. Se devolverán las consignaciones efectuadas por los participantes a la subasta, salvo la que corresponda al mejor postor, la que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de la obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta.
10. Si se hubiere pedido por el acreedor hasta el mismo momento de la celebración de la subasta, también podrán reservarse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los precios de la subasta, por si el primer adjudicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate otros postores y siempre por el orden de las mismas.
11. El señalamiento del lugar, día y hora para el remate se notificará al deudor en la finca o fincas subastadas y, en su caso, la publicación del presente edicto sirve como notificación de los señalamientos.
Bienes objeto de subasta.
Nave industrial destinada a fábrica de pan y bollería que consta de una planta de la extensión de mil quinientos cincuenta metros cuadrados, ubicada en la parcela señalada con el número ciento veinte del polígono del Tambre del municipio de Santiago de Compostela. Distribución: planta, consta de las siguientes dependencias: fábrica, zona de carga y descarga, freiduría, aseos y duchas; almacén de repuestos y sala para grupo electrógeno. Entreplanta: se compone de las siguientes dependencias: secadero de pan, almacén de cartonaje, oficina, archivo, despacho, aseos, sala de juntas, dos escaleras de acceso. Todo ello forma una sola finca de la extensión de dos mil trescientos dos metros y veinte decímetros cuadrados. Linda: norte, vía de penetración; sur, tapia del cementaria; este, parcela número ciento diecinueve; y oeste, parcela ciento veinte.
Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Santiago de Compostela, al tomo 1071, libro 113, folio 13, finca número 10.146, inscripción 2ª.
Dado en Santiago de Compostela, quince de mayo de mil novecientos noventa y siete.
El magistrado juez
Rubricado
El secretario
Rubricado
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