Este rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 18 de la Ley de reforma universitaria en relación con el artículo 3.2º.e) de la misma norma, así como en los estatutos de esta universidad, resuelve
convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de técnico gestor de sistemas del grupo II, vacante en la plantilla de personal laboral, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir con personal laboral fijo una plaza de técnico gestor de sistemas del grupo II del convenio colectivo del personal laboral de las universidades públicas de Galicia (DOG del 18 de octubre de 1996), por los sistemas de promoción interna y por el sistema de acceso libre.
1.2. Los procesos de selección de promoción interna y libre se realizará separadamente y serán en primer lugar los de promoción interna. La vacante no cubierta por el turno de promoción interna se acumulará al turno libre.
1.3. Los seleccionados por el sistema de promoción interna tendrán preferencia sobre el turno libre para la elección de plazas.
1.4. Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas de acceso.
1.5. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, cuyas pruebas y valoraciones se ajustarán a lo que se especifica en el anexo I de esta convocatoria.
1.6. La adjudicación de las plazas a los/as aspirantes que superen el proceso selectivo, se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida sumando ambas fases.
1.7. El programa que regirá en la fase de oposición se especifica en el anexo II.
2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de formalización del contrato:
a) Ser español o nacional de cualquier estado miembro de la Unión Europea.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión del título de diplomado universitari, arquitecto técnico, ingeniero técnico o equivalente.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado del servicio de cualquiera de las administraciones públicas en virtud de expediente disciplinario, ni estar inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de la función pública.
2.2. Los aspirantes que concurran a las pruebas por el turno de promoción interna deberán reunir, además, los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de personal laboral fijo de cualquiera de las universidades públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Pertenecer a distinta categoría que la de las plazas convocadas en la presente convocatoria.
c) Haber permanecido un mínimo de 6 meses en su categoría profesional..
3. Solicitudes.
3.1. Quien desee tomar parte en estas pruebas selectivas deberá solicitarlo al rector de la Universidad de Santiago de Compostela en instancia según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Los aspirantes deberán hacer constar en su solicitud el sistema por el que se inscriben, libre o de promoción interna, según corresponda.
3.2. La instancia irá acompañada de fotocopia del DNI.
3.3. Los documentos justificativos de los méritos que se van a valorar en la fase de concurso se aportarán en el plazo improrrogable de 10 días contados a partir del siguiente al de la publicación de las calificaciones del último ejercicio de la fase específica, por los aspirantes que lo superaran de la siguiente forma:
3.3.1. Certificación acreditativa de los servicios prestados, expedida por la unidad de personal de la Universidad Pública de Galicia donde prestaron los servicios referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.3.2. Fotocopia de los diplomas de los cursos de formación y cualificación profesional.
3.3.3. La experiencia profesional se acreditará mediante certificación de la correspondiente gerencia o unidad de personal de la Administración donde se prestasen los servicios.
3.3.4. La certificación acreditativa de los extremos indicados en las bases 3.3.1., 3.3.2. (se certificarán los cursos que obren en el expediente) y 3.3.3. se expedirá de oficio para los aspirantes que presten o prestasen servicios en la Universidad de Santiago de Compostela, y se unirá a la solicitud del aspirante.
3.3.5. En cualquier momento la universidad podrá requerir de los/as candidatos/as los originales o copias debidamente compulsadas de los documentos que se correspondan con las simples presentadas.
3.4. La presentación de solicitudes y de la documentación indicada en los párrafos anteriores, se hará en los registros generales de la universidad situados en el Rectorado de la Universidad de Santiago de
Compostela (Colegio de San Xerome. Praza de Obradoiro, s/n), en el edificio de la Biblioteca Intercentros de Lugo (Avda. Bernardino Pardo Ouuro s/n, Polígono de Fingoi, 27002 Lugo), o en las restantes formas previstas en el artículo 38 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
3.5. Los derechos de examen serán de 3.500 pesetas, que se ingresarán en la cuenta de Caixa Galicia «Oposiciones» número: 2091-0388-90-3110000646. Para realizar el ingreso deberá utilizarse por triplicado el modelo de solicitud que figura como anexo IV.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.5.1. Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los/as aspirantes que sean excluidos definitivamente de estas pruebas selectivas y a tal efecto el reintegro se realizará de oficio, para lo que tendrán que hacer constar los datos bancarios que a tal efecto figura en la solicitud. De no figurar estos datos, se entenderá que renuncian a la devolución de los derechos de examen.
3.6. Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en su instancia y solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en los que la adaptación sea necesaria.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de admisión de solicitudes, el rector de la Universidad de Santiago de Compostela dictará resolución, en el plazo de un mes, por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos, en la que consten las causas de exclusión y el plazo para subsanarlas. Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios del rectorado.
Para subsanar los defectos que motivaran la exclusión u omisión de dichas relaciones los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanasen la exclusión u omisión serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
La resolución que apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos agotará la vía administrativa.
5. Tribunal.
5.1. El tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III a esta convocatoria y tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Real decreto 236/1988, de 4 de marzo (BOE del 19 de marzo), modificada por la Resolución de 22 de marzo de 1993 de la Subsecretaría de Economía y Hacienda y para las Administraciones Públicas, por la que se revisan los importes de las indemnizaciones establecidas (BOE del 26 de marzo) y en el Decreto 299/1990, do 24 de mayo (DOG del 1 de junio), modificado por el Decreto 21/1994, de 4 de febrero (DOG del 14 de febrero).
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
5.2. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir notificándolo al rector de la universidad, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o si realizasen tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El presidente podrá solicitar de los miembros del tribunal declaración expresa de no encontrarse incursos en las circunstancias previstas en dichos artículos.
Asimismo los/as aspirantes podrán recusar a los/as miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias antes citadas.
5.3. A partir de su constitución el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.
5.4. Dentro de la fase de oposición el tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas así como lo que se deberá hacer en los casos no previstos.
5.5. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de estos asesores deberá ser comunicada al rector de la universidad. El nombramiento de los asesores se hará público y les serán aplicables las causas de abstención y recusación igual que a los miembros del tribunal.
5.6. El tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en los que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6 las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.7. El tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes. El tribunal excluirá a aquellos opositores que consignen su nombre en las hojas de examen, trazos, marcas o signos que permitan conocer su identidad.
5.8. En ningún caso el tribunal podrá declarar que superaron las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier pro
puesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
5.9. A los efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Santiago de Compostela.
5.10. El tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.2º del convenio colectivo, podrá prever la constitución de listas de espera, según el orden de puntuación alcanzado en las pruebas, con los aspirantes que no las superaron, con la finalidad de atender, mediante contrataciones temporales las vacantes y necesidades que puedan producirse hasta la realización de la próxima convocatoria.
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra G, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 23 de febrero de 1999 de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.
6.2. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el tribunal para que acrediten su identidad.
6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en un solo llamamiento, siendo excluidos de las pruebas aquellos que no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal.
6.4. El día, hora y lugar de realización del primer ejercicio se hará público en la resolución que apruebe la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
6.5. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los demás ejercicios se efecturará en los locales donde se hubiera realizado el primero de ellos así como en el Rectorado de la Universidad, o por cualquier otro medio que se estime conveniente para asegurar su máxima divulgación, con una antelación de al menos veinticuatro horas a la señalada para su inicio.
6.6. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, tras la audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Santiago de Compostela, comunicándole también las inexactitudes y falsedades formuladas por el/la aspirante en su solicitud a los efectos procedentes.
7. Lista de aprobados.
7.1. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal calificador hará pública la relación de los aspirantes seleccionados en cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida.
7.2. La lista con la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición.
7.3. La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma aritmética de las puntuaciones correspondientes a la fase de oposición y a la obtenida en la fase de concurso de méritos, en la forma establecida en el anexo I. En caso de empate, se le dará preferencia a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate se dirimirá a favor del candidato que obtuviese mayor puntuación en la fase de conocimientos específicos. El tribunal hará pública, para cada sistema de acceso, la lista de los aspirantes que, según el orden de puntuación total alcanzada por cada uno de ellos, fuesen seleccionados, y que en ningún caso podrá contener un número de candidatos superior al de plazas convocadas. Dicha relación, que será elevada por el tribunal al rector de la universidad junto con la propuesta de contratación a favor de los aspirantes que figuren en ella, será publicada en el tablón de anuncios del rectorado.
8. Presentación de documentos.
8.1. En el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente a aquel en el que se hiciesen públicas las relaciones definitivas de aprobados en el Rectorado de la universidad, los/as aspirantes que figuren en ellas deberán presentar en el Servicio de Planificación y Programación de PAS (Casa da Balconada, Rúa Nova, 6 de Santiago) la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI o pasaporte.
b) Fotocopia compulsada del título exigido.
c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna administración pública y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas ni realizar actividad o actividades sujetas a incompatibilidades.
Los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado, el acceso a la función pública.
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que lo imposibilite para el servicio.
8.2. Los que tuviesen la condición de personal laboral fijo de cualquier Universidad Pública de Galicia, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para acceder a su anterior puesto; debiendo presentar certificación de la universidad correspondiente para acreditar tal condición, de no haberla presentado con anterioridad.
8.3. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos indicados en la base anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
8.4. Quien dentro del plazo fijado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentase la documentación o de su examen se dedujese que carece de alguno de los
requisitos señalados en la base 2, no podrá ser nombrado como personal laboral fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurriese por falsedad en la solicitud inicial.
9. Disposición final.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses a contar desde su publicación, de conformidad con los artículos 46 y 10.1º.a) de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa, aprobada por la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Santiago de Compostela, 25 de marzo de 1999.
Darío Villanueva Prieto
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela
ANEXO I
DENOMINACIÓN DE LA PLAZA: TÉCNICO GESTOR DE SISTEMAS, GRUPO II
Procedimiento de selección.
1. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición. Constará de las fases que a continuación se indican:
1.1. Primera fase, de carácter eliminatorio: (para sistemas de promoción interna y acceso libre), constará de cuatro ejercicios:
Primer ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito un tema de carácter general basado en el contenido del bloque A del programa que se relaciona en el anexo II, propuesto por el tribunal.
En este ejercicio se calificará la formación general, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis.
El tiempo máximo de duración de este ejercicio será de dos horas.
La puntuación de este ejercicio será de 0 a 14 puntos. Siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 7 puntos.
Segundo ejercicio: consistirá en contestar por escrito dos temas contenidos en los bloques B y C (uno de cada bloque) del programa que se relaciona en el anexo II propuestos por el tribunal.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora y media.
La puntuación de este ejercicio será de 0 a 18 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 9 puntos.
Tercer ejercicio: consistirá en realizar por escrito, una traducción directa con diccionario a gallego o castellano de un texto en lengua inglesa relacionado con el programa que se relaciona en el anexo II.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.
La puntuación de este ejercicio será de 0 a 8 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 4 puntos.
Cuarto ejercicio: prueba práctica consistente en resolver un supuesto relacionado con las materias contenidas en los bloques B y C del programa que se relaciona en el anexo II.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.
La puntuación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 10 puntos.
1.2. Segunda fase:
Turno de promoción interna.
Prueba de gallego. Tendrá carácter selectivo y no eliminatorio. Constará de dos pruebas:
Primera: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto del castellano al gallego, elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.
Segunda: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto del gallego al castellano elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.
La puntuación será de 0 a 10 puntos.
Turno de acceso libre: tendrá carácter selectivo y no eliminatorio, constará de dos partes:
Primera: Conocimientos no específicos del puesto. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas tipo test, con 3 respuestas alternativas de las que solo una será la correcta, propuestas por el tribunal y correspondientes a la segunda parte del programa.
La duración de esta prueba no será inferior a una hora.
La puntuación de esta parte será de 0 a 10 puntos.
Segunda: constará de dos pruebas:
Primera: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto del castellano al gallego, elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.
Segunda: consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto del gallego al castellano elegido por sorteo de entre tres propuestos por el tribunal.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora. Tendrá carácter selectivo no eliminatorio. La puntuación será de 0 a 10 puntos.
1.3. Tercera fase: concurso.
Turno de promoción interna: máximo 30 puntos. Se valorarán los siguientes conceptos:
a) Antigüedad: máximo 10 puntos a razón de 0,069 por mes trabajado.
b) Experiencia: máximo 15 puntos. Se valorará a razón de 0,21 puntos por mes trabajado en la misma categoría en universidades públicas.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento, dispensados por centros u organismos oficiales y que estén directamente relacionados con el contenido de la plaza. Máximo 5 puntos, a puntuar del siguiente modo:
-Cursos de formación recibidos:
Cursos de aptitud: 0,02 puntos/hora de duración del curso.
Cursos de asistencia: 0,01 puntos/hora de duración del curso.
Curso de iniciación a la lengua gallega: 0,01 puntos/hora.
Curso de perfeccionamento de lengua gallega: 0,02 puntos/hora.
En el caso de tener los cursos de iniciación y perfeccionamiento de gallego, sólo puntuará el de perfeccionamiento.
-Cursos de formación impartidos: 0,03 puntos/hora de duración del curso.
En los cursos en los que no figure el número de horas, la puntuación se hará por el mínimo de 10 horas.
Turno de acceso libre: máximo 15 puntos. Se valorarán los siguientes conceptos:
a) Experiencia: máximo 11 puntos.
-En la misma categoría en universidades públicas (0,15 puntos por mes trabajado).
-En la misma categoría en administraciones públicas (0,076 puntos por mes trabajado).
-Otras categorías universidades públicas (0,076 puntos por mes trabajado).
b) Cursos: se valorará igual que la promoción interna hasta un máximo de 4 puntos.
ANEXO II
DENOMINACIÓN DE LA PLAZA: TÉCNICO GESTOR DE SISTEMAS GRUPO II
Programa
I. Fase: conocimientos específicos.
Bloque A: sistemas de información.
1. Definición y estructuras de los sistemas de información. Subsistemas físico y lógico. Funcionamiento y elementos de un sistema informático: procesadores, memorias, dispositivos de almacenamiento, periferia. La oferta informática en el mundo actual.
2. Metodología de la programación. Diseño y análisis de algoritmos. Diseño de programas. Procesadores de lenguajes. Compiladores. Traductores e intérpretes. Lenguajes de programación.
3. Informática y derecho a la intimidad. Niveles de protección: físicos, lógicos y jurídicos. Garantía del administrado. La protección jurídica de los programas de ordenador.
4. Organización del centro de proceso de datos: situación actual y tendencia. El personal informático. La formación en informática.
5. Los sistemas operativos y el soporte lógico de base e intermedio en los sistemas medios y pequeños.
6. Sistema operativo UNIX System V. El sistema de achivos. Programación de Shell. Administración del sistema. Comunicaciones y administración de redes. Optimización y mantenimiento.
7. Sistema operativo Windows NT 4.0. Instalación y configuración. Administración de dominios. Comunicaciones. Compartición de recursos. Optimización y mantenimiento.
Bloque B: comunicaciónes y redes.
8. Arquitectura de comunicaciones. Sistemas abiertos y el modelo OSI: funciones, servicios, protocolos. TCP/IP: funciones, servicios y protocolos. Topología de redes: WAN, MAN, LAN. Redes de área local.
9. Equipamiento de redes hubs, bridges, routers, servidores de terminales, módems, etc. Redes virtuales. Cableado integral de edificios. Tipos de cable: BNC, UTP, fibra óptica. Elementos de conexionamiento. Instalación exterior.
10. Redes de datos de banda ancha. Transición de la RDSI-BE a la RDSI-BA. La jerarquía digital síncrona. Técnicas ATM.
11. Redes públicas de transmisión de datos: Iberpac, Ibermic, RDSI. Redes privadas. Tipología y topologías. La red de la Universidad de Santiago de Compostela.
12. Servicios de aplicación TCP/IP. Correo electrónico (SMTP). Transferencia de archivos (FTP). Accesos remotos (TELNET).Servicios WWW(HTTP). Servicio de noticias NEWS (NNTP). Servicios de Proxy.
13. World Wide Web. Conceptos, configuración, diseño de paginas, formularios. Programación de CGI. Uso de bases de datos en WWW (Visual InterDev, msql).
14. Programación en Java. Clases y objectos. Constructores y destructores. Elementos gráficos. Eventos.
15. Redes CD-ROM. Tipología y topologías. Problemas y ventajas de cada opción. La red de la Biblioteca Universitaria de Santiago de Compostela. La tecnología ERL.
Bloque C: tecnologías de la información y bibliotecas.
16. Concepto y funciones de los servicios bilbliotecarios. Gestión automatizada de las bibliotecas
públicas. Las tecnologías de la información en la mejora de los servicios de las bibliotecas públicas.
17. Sistemas de gestión de bases de datos (SXBD). El modelo de referencia ANSI. Elementos básicos de SQL.
18. Bases de datos documentales. Problemática y diferencias con las bases de datos relacionales. Tipos existentes.
19. Las tecnologías multimedia. El soporte CD-ROM. Formatos, normativa, tendencias.
20. El catálogo de la biblioteca pública: concepto, fines y problemas de elaboración. Los catálogos de acceso público en línea (CAPEL o OPAC).
21. El formato MARC. Importación y exportación de registros bibliográficos. El formato IBERMARC.
22. La cooperación bibliotecaria. Sistemas y redes. Redes de bibliotecas universitarias y de investigación.
23. Las bibliotecas públicas de Galicia. La biblioteca universitaria de Santiago de Compostela: estructura, instalación y equipamiento, situación actual.
II. Fase: conocimientos no específicos.
1. La Constitución de 1978: estructura y contenido.
2. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Requisitos y eficacia de los actos administrativos. Motivación y notificación, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.
3. El procedimiento administrativo común. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. La revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio. El silencio administrativo.
4. Los recursos administrativos: recurso ordinario. Recurso de revisión.
5. Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores: derechos y deberes laborales básicos. Clasificación profesional y promoción en el trabajo. Movilidad funcional y geográfica. De los derechos de representación colectiva y de reunión de los trabajadores en la empresa. De la negociación de los convenios colectivos.
6. La Ley de reforma universitaria. Las universidades: naturaleza jurídica.
7. La Universidad de Santiago de Compostela. Estatutos. Régimen económico y financiero.
8. La Universidad de Santiago de Compostela. Estatutos. Órganos de gobierno unipersonales y colegiados.
9. La Universidad de Santiago de Compostela, Estatutos. Clases y régimen jurídico del PAS.
10. III convenio colectivo del personal laboral de las universidades públicas de Galicia.
ANEXO III
DENOMINACIÓN DA PRAZA: TÉCNICO GESTOR DE SISTEMAS, GRUPO II
Tribunal calificador.
Titulares.
Presidente: Luís Coladas Uría, catedrático del Departamento de Estacística e Investigación Operativa de la Universidad de Santiago de Compostela.
Representantes de la universidad:
Fernando María Tabernero Duque, grupo I de la plantilla de personal laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.
Antonio de Padua Pérez Casas, grupo I de la plantilla de personal laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.
Representantes del comité de empresa:
Miguel Magán Sarandeses, grupo I de la plantilla de personal laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.
Luciano Romero Mosconi, grupo V de la plantilla de personal laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.
Secretaria: María Jesús Montero Pérez, funcionaria de carrera de la escala administrativa de la Universidad de Santiago de Compostela, que actuará con voz pero sin voto.
Suplentes.
Presidente: Andrés Docampo Darriba, director del SECUS de la Universidad de Santiago de Compostela.
Representantes de la universidad:
Julián Ramos Stolle, grupo I de la plantilla de personal laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.
Ana María Goy López, grupo I de la plantilla de personal laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.
Representantes del comité de empresa:
Aurelio Barreiro González, grupo IV de la plantilla de personal laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.
Manuela García Freire, grupo IV de la plantilla de personal laboral de la Universidad de Santiago de Compostela.
Secretaria: Ana María Paz Torres, funcionaria de carrera de la escala auxiliar de la Universidad de Santiago de Compostela, que actuará con voz pero sin voto.

