Determinados por el Decreto 350/1997, de 10 de diciembre (DOG nº 239, del 11 de diciembre de 1997) los centros directivos dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, con incidencia en la estructura orgánica vigente de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, y fijada la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia por el Decreto 351/1997, de 10 de diciembre (DOG nº 239, del 11), se estableció una nueva estructura orgánica del citado departamento, introduciendo cambios funcionales en algunas unidades administrativas con la finalidad de optimizar los ámbitos de actuación, circunstancia que se recoge en el Decreto 213/1998, de 10 de julio (DOG nº 141, del 23).
Por otra parte, la Orden de 8 de octubre de 1998, publicada en el DOG nº 218, del 10 de noviembre de 1998, fijó las sedes de la Inspección Educativa de la Comunidad Autónoma de Galicia, que quedaron conformadas por la Orden de 11 de febrero de 1999 (DOG nº 55, del 22), representando un incremento de efectivos de la inspección propiamente dicha así como de los correspondientes servicios de apoyo a esta importante actividad.
Este cúmulo de circunstancias llevaron a la necesidad de redactar, tanto para los servicios centrales como para las delegaciones provinciales y sedes de la Inspección Educativa, nuevas relaciones de puestos de trabajo (RPT) en las que se introducen los incrementos de personal y modificaciones necesarias para adecuarlas a las necesidades implícitas a tal optimización.
En consecuencia, a propuesta de dicha consellería, consultadas las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de la Comunidad Autónoma de Galicia y la Comisión de Personal, el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de julio de mil novecientos noventa y nueve, adoptó el siguiente
ACUERDO:
1. Modificar la vigente relación de puestos de trabajo de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, en los términos que se señalan en el anexo al presente acuerdo.
2. Ordenar la publicación de dicha modificación en el Diario Oficial de Galicia a efectos de su entrada en vigor a partir del día en que la misma se produzca.
3. Clasificar como puestos de libre designación, de acuerdo con las motivaciones que se especifican, los siguientes:
Código Denominación Motivación
ED.C01.00000.15770.001 Secretario/a del conselleiro ED.C02.00000.15770.001 Secretario/a del secretario general ED.C03.00000.15770.001 Secretario/a del/la director/a general Artículo 6 de la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 21 de noviembre de 1989 (DOG nº 232, del 4 de diciembre). ED.C04.00000.15770.001 Secretario/a del/la director/a general ED.C05.00000.15770.001 Secretario/a del/la director/a general ED.C06.00000.15770.001 Secretario/a del/la director/a general ED.C07.10000.15770.001 Secretario/a del/la director/a general ED.C99.10000.15001.001 Secretario/a delegado/a provincial Puestos de confianza. ED.C99.10000.27001.001 Secretario/a delegado/a provincial ED.C99.10000.32001.001 Secretario/a delegado/a provincial ED.C99.10000.36001.001 Secretario/a delegado/a provincial ED.C02.00001.15770.011 Jefe sección Gestión Económica y Habilitación ED.C99.10000.15001.044 Jefe sección Gestión Económica Puestos de especial responsabilidad por el manejo de fondos públicos. ED.C99.10000.27001.042 Jefe sección Gestión Económica ED.C99.10000.32001.040 Jefe sección Gestión Económica ED.C99.10000.36001.043 Jefe sección Gestión Económica
ED.C02.00001.15770.040 Inspector/a Servicios Educativos Complementarios ED.C02.00001.15770.041 Inspector/a Servicios Educativos Complementarios ED.C99.10000.15001.208 Inspector/a Servicios Educativos Complementarios Puestos de confianza y especial responsabilidad en la función inspectora por tratar temas muy sensibles. ED.C99.10000.27001.175 Inspector/a Servicios Educativos Complementarios ED.C99.10000.27001.176 Inspector/a Servicios Educativos Complementarios ED.C99.10000.36001.192 Inspector/a Servicios Educativos Complementarios ED.C99.10000.36001.193 Inspector/a Servicios Educativos Complementarios
Visto el acuerdo adoptado por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión de veintitrés de julio de mil novecientos noventa y nueve, relativo a la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, con la finalidad de cumplir dicho acuerdo, dispongo que se publique en el Diario Oficial de Galicia como anexo a esta resolución.
Santiago de Compostela, 26 de julio de 1999.
Jaime Pita Varela
Conselleiro de la Presidencia y Administración
Pública
Personal laboral
En la RPT de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, publicada en el DOG nº 171, del 5 de septiembre de 1997, en el centro de destino S.G. de Promoción y Enseñanza de la Lengua Gallega, se amortiza el puesto de trabajo ED.C07.00.001.15770.030-Documentalista.
Nuevos códigos de titulaciones académicas:
3014.-Ing. Técn. informática de gestión.
3081.-Diplomado filología.
Nuevos códigos de formaciones específicas:
157.-Curso lenguaje administrativo.
217.-Formación profesional-Técn. superior Desarr. aplicaciones Informát. (mérito).
482.-Ingeniería técnica informática de gestión (mérito).
486.-Licenciado en matemáticas (mérito).
487.-Licenciado en física (mérito).
488.-Licenciado en filología (mérito).
489.-Ingeniería en informática (mérito).
490.-Ingeniería de telecomunicaciones (mérito).
649.-Experiencia traducción entre gallego y castellano.
974.-3 años de experiencia en la función inspectora (R.I.).
Claves de observaciones:
(1) Ocupado por laboral fijo.
(2) Ocupado por docente.
(3) Ocupado por funcionario no perteneciente a escala.
(4) Amortizar cuando sea vacante.
(5) Cuando sea vacante suprimir carácter informático.
(6) La regulación de acceso y provisión de este puesto viene determinada en el artículo 38 de la Ley orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes (BOE del 21-11-1995) y en el Real decreto 2193/1995, de 28 de diciembre (BOE nº 312, del 30 de diciembre de 1995).

