Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Miercoles, 28 de julio de 1999 Pág. 9.705

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 26 de julio de 1999 por la que se ordena la publicación del acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 23 de julio de 1999, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Determinados por el Decreto 350/1997, de 10 de diciembre (DOG nº 239, del 11 de diciembre de 1997) los centros directivos dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, con incidencia en la estructura orgánica vigente de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, y fijada la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia por el Decreto 351/1997, de 10 de diciembre (DOG nº 239, del 11), se estableció una nueva estructura orgánica del citado departamento, introduciendo cambios funcionales en algunas unidades administrativas con la finalidad de optimizar los ámbitos de actuación, circunstancia que se recoge en el Decreto 213/1998, de 10 de julio (DOG nº 141, del 23).

Por otra parte, la Orden de 8 de octubre de 1998, publicada en el DOG nº 218, del 10 de noviembre de 1998, fijó las sedes de la Inspección Educativa de la Comunidad Autónoma de Galicia, que quedaron conformadas por la Orden de 11 de febrero de 1999 (DOG nº 55, del 22), representando un incremento de efectivos de la inspección propiamente dicha así como de los correspondientes servicios de apoyo a esta importante actividad.

Este cúmulo de circunstancias llevaron a la necesidad de redactar, tanto para los servicios centrales como para las delegaciones provinciales y sedes de la Inspección Educativa, nuevas relaciones de puestos de trabajo (RPT) en las que se introducen los incrementos de personal y modificaciones necesarias para adecuarlas a las necesidades implícitas a tal optimización.

En consecuencia, a propuesta de dicha consellería, consultadas las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de la Comunidad Autónoma de Galicia y la Comisión de Personal, el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de julio de mil novecientos noventa y nueve, adoptó el siguiente

ACUERDO:

1. Modificar la vigente relación de puestos de trabajo de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, en los términos que se señalan en el anexo al presente acuerdo.

2. Ordenar la publicación de dicha modificación en el Diario Oficial de Galicia a efectos de su entrada en vigor a partir del día en que la misma se produzca.

3. Clasificar como puestos de libre designación, de acuerdo con las motivaciones que se especifican, los siguientes:

CódigoDenominaciónMotivación

ED.C01.00000.15770.001Secretario/a del conselleiro
ED.C02.00000.15770.001Secretario/a del secretario general
ED.C03.00000.15770.001Secretario/a del/la director/a generalArtículo 6 de la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 21 de noviembre de 1989 (DOG nº 232, del 4 de diciembre).
ED.C04.00000.15770.001Secretario/a del/la director/a general
ED.C05.00000.15770.001Secretario/a del/la director/a general
ED.C06.00000.15770.001Secretario/a del/la director/a general
ED.C07.10000.15770.001Secretario/a del/la director/a general
ED.C99.10000.15001.001Secretario/a delegado/a provincialPuestos de confianza.
ED.C99.10000.27001.001Secretario/a delegado/a provincial
ED.C99.10000.32001.001Secretario/a delegado/a provincial
ED.C99.10000.36001.001Secretario/a delegado/a provincial
ED.C02.00001.15770.011Jefe sección Gestión Económica y Habilitación
ED.C99.10000.15001.044Jefe sección Gestión Económica Puestos de especial responsabilidad por el manejo de fondos públicos.
ED.C99.10000.27001.042Jefe sección Gestión Económica
ED.C99.10000.32001.040Jefe sección Gestión Económica
ED.C99.10000.36001.043Jefe sección Gestión Económica

ED.C02.00001.15770.040Inspector/a Servicios Educativos Complementarios
ED.C02.00001.15770.041Inspector/a Servicios Educativos Complementarios
ED.C99.10000.15001.208Inspector/a Servicios Educativos Complementarios Puestos de confianza y especial responsabilidad en la función inspectora por tratar temas muy sensibles.
ED.C99.10000.27001.175Inspector/a Servicios Educativos Complementarios
ED.C99.10000.27001.176Inspector/a Servicios Educativos Complementarios
ED.C99.10000.36001.192Inspector/a Servicios Educativos Complementarios
ED.C99.10000.36001.193Inspector/a Servicios Educativos Complementarios

Visto el acuerdo adoptado por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión de veintitrés de julio de mil novecientos noventa y nueve, relativo a la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, con la finalidad de cumplir dicho acuerdo, dispongo que se publique en el Diario Oficial de Galicia como anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 26 de julio de 1999.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración

Pública

Personal laboral

En la RPT de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, publicada en el DOG nº 171, del 5 de septiembre de 1997, en el centro de destino S.G. de Promoción y Enseñanza de la Lengua Gallega, se amortiza el puesto de trabajo ED.C07.00.001.15770.030-Documentalista.

Nuevos códigos de titulaciones académicas:

3014.-Ing. Técn. informática de gestión.

3081.-Diplomado filología.

Nuevos códigos de formaciones específicas:

157.-Curso lenguaje administrativo.

217.-Formación profesional-Técn. superior Desarr. aplicaciones Informát. (mérito).

482.-Ingeniería técnica informática de gestión (mérito).

486.-Licenciado en matemáticas (mérito).

487.-Licenciado en física (mérito).

488.-Licenciado en filología (mérito).

489.-Ingeniería en informática (mérito).

490.-Ingeniería de telecomunicaciones (mérito).

649.-Experiencia traducción entre gallego y castellano.

974.-3 años de experiencia en la función inspectora (R.I.).

Claves de observaciones:

(1) Ocupado por laboral fijo.

(2) Ocupado por docente.

(3) Ocupado por funcionario no perteneciente a escala.

(4) Amortizar cuando sea vacante.

(5) Cuando sea vacante suprimir carácter informático.

(6) La regulación de acceso y provisión de este puesto viene determinada en el artículo 38 de la Ley orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes (BOE del 21-11-1995) y en el Real decreto 2193/1995, de 28 de diciembre (BOE nº 312, del 30 de diciembre de 1995).