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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Martes, 27 de febrero de 2001 Pág. 2.540

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2000, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de incoación del expediente sancionador en materia de pesca fluvial P-172/2000, devuelto por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administracións públicas y del procedimiento administrativo común y en el Decreto 482/1997, de 30 de diciembre (DOG del 8-1-1998), por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, se le notifica a las persona que en el anexo se menciona, que con esta fecha he resuelto publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia (DOG nº 151, de 5 de agosto de 1992), por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.

Se nombra instructora de este procedemento a Paloma Quiroga López y secretario a José Antonio García Blanco, funcionarios de esta delegación provincial, pudiendo ser recusados en cualquier momento de la tramitación del expediente de concurrir los supuestos legales.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince días (15), contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para aportar, por escrito, cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas consideren convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuarse alegaciones en plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose a estos efectos el importe de la sanción.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectualo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en la Delegación Provincial de Lugo, sita en Ronda de la Muralla, nº 70-1ª planta.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad san

cionadora, aprobada por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto).

Lugo, 13 de diciembre de 2000.

Luis González Vázquez

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

Expediente nº: P-172/2000.

Denunciado: Manuel González Fernández.

(DNI 10.038.987).

Último domicilio conocido: Robles de Lacina.Villalbino-León.

Hechos imputados: no respetar las limitacións de tamaño fijadas por la Consellería de Medio Ambiente, al tener capturado 9 truchas de tamaño inferior al reglamentario (2-18 cm; 5-15 cm; 1-14 cm; 1-136 cm). Hechos constatados el día 11-8-2000 en el río Ibias-Negueira de Muñiz. Fonsagrada. Lugo.

Precepto sancionador: 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial en Galicia.

Calificación infracción: leve.

Sanción: 10.000 pesetas de multa.

Imdemnización por daños y pérdidas de 13.000 pesetas.