Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Miercoles, 11 de julio de 2001 Pág. 9.339

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

ORDEN de 27 de junio de 2001 por la que se inserta el municipio de Celanova en la zona territorial 1ª a efectos de las ayudas públicas en materia de vivienda.

De conformidad con lo dispuesto en el número 1º del artículo 9 del Decreto 345/1998, de 20 de noviembre, por el que se establecen las ayudas públicas en materia de vivienda a cargo de la Comunidad Autónoma de Galicia y se regula la gestión de las previstas en el Real decreto 1186/1998, de 12 de junio, para el período 1998-2001, a efectos de determinar el precio máximo de venta de las viviendas de protección pública, de otras viviendas ya construidas con adquisición protegida y de las viviendas de promoción pública, el municipio de Celanova fue integrado dentro de la zona territorial 2ª.

No obstante, Celanova presenta unas características en lo que atañe a la promoción de viviendas y preparación de suelo, que aconseja su inclusión en el grupo de aquellos otros municipios de la provincia de Ourense que quedaron definidos como pertenecientes a la zona territorial 1ª en el referido decreto, pues de hecho presenta unas condiciones objetivas muy semejantes en cuanto a los factores que se tienen en cuenta para su integración en la misma zona.

Es de tener en cuenta, además, que Celanova es cabecera de comarca localizada en la zona de influencia de la capital ourensana, el municipio cuenta con una población de 6.000 habitantes y una elevada demanda de viviendas, un dinámico sector de la construcción y un avanzado planeamiento urbanístico desde el año 1969, ya que dispone de Plan General de Ordenación Urbana revisado en 1995.

Por todo lo cual, y en virtud de lo previsto en la disposición adicional segunda del referido Decreto 345/1998, de 20 de noviembre y en uso de las facultades que tengo atribuidas

DISPONGO:

Que en las zonas territoriales establecidas en el artículo 9 del Decreto 345/1998, de 20 de noviembre, por el que se establecen las ayudas públicas en materia de vivienda a cargo de la Comunidad Autónoma de Galicia y se regula la gestión de las previstas en el Real decreto 1186/1998, de 12 de junio, para el período 1998-2001, a efectos de determinar el precio máxi

mo de venta de las viviendas de protección pública, de otras viviendas ya construidas con adquisición protegida y de las viviendas de promoción pública, se inserte Celanova entre los municipios incluidos en la zona territorial 1ª que se relacionan en el anexo de dicho decreto.

Disposición final

Única.-La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de junio de 2001.

José Cuíña Crespo

Conselleiro de Política Territorial,

Obras Públicas y Vivienda