En atención a toda una vida de dedicación a Galicia, a su cultura y a su lengua y a los demás méritos que concurren en Francisco Fernández del Riego, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 1/1991, de 11 de enero, que regula la concesión de la Medalla de Oro de Galicia, modificado por el Decreto 166/1995, de 16 de junio, es voluntad del Gobierno gallego otorgarle su más alta distinción.
Por lo tanto, y previo acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintinueve de noviembre de dos mil uno,
DISPONGO:
Conceder la Medalla de Oro de Galicia a Francisco Fernández del Riego.
Santiago de Compostela, veintinueve de noviembre de dos mil uno.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Jaime Pita Varela
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública