Advertido error en dicha resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 105, del lunes 3 de junio de 2002, es necesario hacer las oportunas correcciones:
En el quinto párrafo de la página 8.001, donde dice: «... acordó declarar como órgano competente por razón de la materia para la tramitación y resolución de los expedientes de autorización para simientes, plantaciones y corta de árboles en terrenos de dominio público hidráulico, y para el aprovechamiento y utilización de la vegetación arbórea o arbustiva de las riberas de los ríos, a la Consellería de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Montes e Industrias Forestales», debe decir: «... acordó declarar como órgano competente por razón de la materia para la
tramitación y resolución de los expedientes de autorización para simientes, plantaciones y corta de árboles en terrenos de dominio público hidráulico, zona de servidumbre y zona de policía, y para el aprovechamiento y utilización de la vegetación arbórea o arbustiva de las riberas de los ríos, a la Consellería de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Montes e Industrias Forestales».
En el segundo párrafo en la página 8.002, donde dice: «Primera.-Establecer la unidad de expediente y resolución única, en relación con las autorizaciones para simientes, plantaciones y corta de árboles en terrenos de dominio público hidráulico, y para el aprovechamiento y utilización de la vegetación arbórea o arbustiva de las riberas de los ríos a que se refiere el artículo 71 del vigente Reglamento del dominio público hidráulico (RDPH)», debe decir: «Primera.-Establecer la unidad de expediente y resolución única, en relación con las autorizaciones para simientes, plantaciones y corta de árboles en terrenos de dominio público hidráulico, y para el aprovechamiento y utilización de la vegetación arbórea o arbustiva de las riberas de los ríos a que se refieren los artículos 71 y 81 respectivamente, del vigente Reglamento del dominio público hidráulico (RDPH), zona de servidumbre y zona de policía...».
CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES
Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA