De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la propuesta de resolución del expediente sancionador por presunta infracción a la Ley de montes, de 8 de junio de 1957, y de su Reglamento, aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
A los efectos previstos en la Lei de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta noficación, para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo nº 18-5º piso, y aportar por escrito las alegaciones y los documentos, informaciones o propuesta de pruebas que consideren convenientes en defensa de sus derechos, participándoles que tiene a su disposición el expediente para examinarlo, de conformidad con lo establecido en el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.
Para resolver el expediente es competente por razón de la cuantía de la multa el director general de Montes e Incendios Forestales de esta consellería (Orden de la Consellería de Medio Ambiente de 16 de julio de 2003), de acuerdo con el artículo 452 del Reglamento de la Ley de montes.
El pago voluntario pondrá implicar la terminación del procedimiento sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes (artículo 8.2º del Real decreto 1398/1993). El importe de la sanción que en cada caso corresponda, se hará efectivo en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia, empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial de Ourense, presentándolo en cualquier entidad bancaria.
Ourense, 19 de septiembre de 2003.
Miriam Areal López
Instructora
Vº Bº
Agustín Prado Verdeal.
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Expediente, nº/año: OU-039/03 Montes.
Denunciado: Maderas Acaf, S.L.L.
CIF: B-27280833.
Última dirección conocida: avenida de Galicia nº 52, Monforte de Lemos (Lugo).
Hecho denunciado: superar con amplitud el plazo de veinte días sin haber acreditado los ingresos correspondientes al aprovechamiento del lote de madera nº 32123, relativo a los montes Meda y Montouto 321/5585 adjudicado en la subasta de fecha 17-2-2003.
Precepto infringido y sancionador: art. 423 del Reglamento de montes, aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero.
Sanción euros: 1.355,50 euros.
Expediente, nº/año: OU-040/03 Montes.
Denunciado: Maderas Acaf, S.L.L.
CIF: B-27280833.
Última dirección conocida: avenida de Galicia nº 52, Monforte de Lemos (Lugo).
Hecho denunciado: superar con amplitud el plazo de veinte días sin haber acreditado los ingresos correspondientes al aprovechamiento del lote de madera nº 32124, relativo al monte monte comunal de Rebordondo 321/55145 adjudicado en la subasta de fecha 17-2-2003.
Precepto infringido y sancionador: artículo 423 del Reglamento de montes, aprobado por el Decreto 485/1962, del 22 de febrero.
Sanción euros: 829,85 euros.

