Determinadas bases reguladoras de las líneas de ayuda del Igape establecen un plazo cierto para que los beneficiarios presenten la solicitud de cobro de la subvención.
En los casos en que el beneficiario recurre contra la resolución de concesión puede vencer este plazo sin que el recurso esté resuelto y notificado, con lo cual se presenta el problema de si el importe de la solicitud de cobro debe ser el inicialmente concedido o el importe que estima el beneficiario según su recurso.
Por lo que antecede, y de conformidad con las facultades que tengo conferidas
RESUELVO:
Primero. Publicar la siguiente delegación de facultades acordada por el Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica en su reunión de 19 de diciembre de 2011:
– Se delega en el director general del Igape la competencia para resolver la modificación del plazo cierto de presentación de la solicitud de cobro establecido en determinadas bases reguladoras del Igape, en aquellos casos en los que la estimación de un recurso administrativo contra una resolución de concesión incremente el importe de la ayuda concedida inicialmente.
El beneficiario deberá presentar la solicitud de cobro respecto de los gastos y del porcentaje de subvención definitivamente concedidos, así como la documentación justificativa de la ejecución del proyecto, en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación del recurso.
La presentación del recurso no modificará el plazo de ejecución del proyecto por lo que las facturas y los medios de pago deberán estar comprendidos en ese plazo, excepto que las bases reguladoras en concreto permitan modificar ese plazo y así lo solicitase el beneficiario en su recurso.
Este acuerdo afecta a las siguientes bases reguladoras:
a) Bases reguladoras de las ayudas del Instituto Gallego de Promoción Económica a los proyectos de creación de pequeñas y medianas empresas o de realización de inversiones en pequeñas y medianas empresas nuevas promovidas por nuevos emprendedores, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa operativo Feder Galicia 2007-2013 (DOG núm. 65, de 8 de abril de 2010).
b) Bases reguladoras de las ayudas del Instituto Gallego de Promoción Económica a los proyectos de consultoría externa dirigidos al análisis económico-financiero de las pequeñas y medianas empresas (DOG núm. 76, de 23 de abril de 2010).
c) Bases reguladoras de las ayudas del Instituto Gallego de Promoción Económica a la internacionalización de las empresas gallegas (DOG núm. 22, de 2 de febrero de 2011).
d) Bases reguladoras de las ayudas del Igape para la contratación de gestores de internacionalización, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa operativo FSE Galicia 2007/2013 (DOG núm. 75, de 15 de abril de 2011).
Segundo. Esta resolución entrará en vigor desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y también afectará a aquellos expedientes en vía de recurso pendientes de resolver.
Santiago de Compostela, 16 de enero de 2012.
Javier Aguilera Navarro
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica