Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Viernes, 4 de mayo de 2012 Pág. 16678

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2986/2011 CRS).

Tipo y n.º de recurso: recurso de suplicación 2986/2011 CRS.

Juzgado de origen/autos: demanda 395/2010 Juzgado de lo Social número 1 de Lugo.

Recurrente: Carlos Artur de Oliveira Correia.

Abogada: Mónica Gómez González.

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Conganort, S.L., Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo.

M. Asunción Barrio Calle, secretaria judicial de la Sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2986/2011 de esta sección, seguido a instancia de Carlos Artur de Oliveira Correia contra la empresa INSS, TGSS, Conganort, S.L. y Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, sobre incapacidad temporal, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por el actor Carlos Artur de Oliveira Correia contra la sentencia de fecha 25 de enero de 2011 dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, en los presentes autos tramitados a instancia del recurrente frente a los demandados, la empresa Conganort, S.L., la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, debemos confirmar y confirmamos íntegramente dicha sentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta Sala de lo Social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 218 y siguientes de la Ley de jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, número 1552 0000 80 (n.º de recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta Sala número 1552 0000 35 (n.º de recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia».

Y para que así conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a Conganort, S.L., cuyo último domicilio conocido fue Granja Las Piedras, 21-2.º A, 24400 Ponferrada, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deben revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

A Coruña, 13 de abril de 2012.

La secretaria judicial