Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Miércoles, 16 de mayo de 2012 Pág. 18511

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 4 de mayo de 2012 por la que se amplía el plazo de justificación previsto en la Orden de 6 de julio de 2011 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral del Plan Gallego de Investigación, Innovación y Crecimiento 2011-2015 (Plan I2C).

Con fecha de 15 de julio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de Galicia n.º 136 la Orden de 6 de julio de 2011 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral del Plan Gallego de Investigación, Innovación y Crecimiento 2011-2015 (Plan I2C), la cual, en su artículo 8, punto b, establece los plazos para presentar por los beneficiarios la documentación justificativa exigida para proceder al libramiento de la subvención.

Debido a su carácter financiable por el Fondo Social Europeo (FSE), las obligaciones exigidas que debe cumplir el beneficiario en el citado apartado son las recogidas en el Reglamento n.º 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión así como las de la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el período de programación de 2007-2013.

Ante la complejidad de los trámites para la obtención, elaboración y presentación de la justificación exigida a las universidades beneficiarias, en la Orden de 24 de noviembre de 2011 se modificó el artículo 8 de forma que se amplía el plazo de justificación, estableciendo como fecha límite para el segundo pago semestral (mensualidades de junio a noviembre) el 20 de diciembre de la anualidad correspondiente; pero se sigue manteniendo la misma problemática para el primer pago semestral de cada anualidad, donde la fecha límite de justificación de 31 de mayo (mensualidades de diciembre a mayo inclusive) resulta insuficiente.

En consecuencia,

DISPONGO:

Artículo 1.

Ampliar el plazo de justificación del primer pago de cada anualidad hasta el 30 de julio.

Santiago de Compostela, 4 de mayo de 2012.

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria