La Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 51, señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido el informe favorable de la Consellería de Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
1. Queda aprobado el precio de venta al público de la publicación editada por esta consellería que se relaciona en el anexo.
2. Este precio se entenderá con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 8 de mayo de 2012.
Alfonso Rueda Valenzuela
Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia
ANEXO
Resolucións emitidas pola Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU) en materia de reposición da legalidade: 18 euros.