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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Martes, 6 de noviembre de 2012 Pág. 41579

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 18 de octubre de 2012 por la que se modifica la autorización del centro privado Marcote, del ayuntamiento de Vigo.

La titularidad del centro privado (CPR) Marcote, del ayuntamiento de Vigo, solicita la supresión del ciclo formativo de grado superior (CS) de Agencias de Viajes, del CS Alojamiento y del CS Información y Comercialización Turísticas.

Después de la tramitación del expediente, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Primero.

Suprimir el CS Agencias de viajes, el CS Alojamiento y el CS Información y Comercialización Turísticas en el centro privado que a seguir se detalla:

Denominación genérica: centro privado.

Denominación específica: Marcote.

Código: 36015822.

Domicilio: avda. de A Ponte, 80.

Localidad: Vigo.

Municipio: Vigo.

Provincia: Pontevedra.

Titular: Colegio Marcote, S.L.

Composición resultante:

Educación infantil: 3 unidades.

Educación primaria: 6 unidades.

Educación secundaria obligatoria: 8 unidades.

Bachillerato: 8 unidades. Modalidades: Ciencias y Tecnología, Humanidades e Ciencias Sociales.

Segundo.

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Tercero.

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 18 de octubre de 2012

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria