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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Martes, 6 de noviembre de 2012 Pág. 41583

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 19 de octubre de 2012 por la que se fijan los precios privados de las dosis seminales de ganado bovino y de ejemplares bovinos, aviares, ovinos y porcinos producidos en el Centro de Recursos Zoogenéticos de Galicia.

El artículo 50 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, dispone que son precios privados las contraprestaciones que obtengan los sujetos por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas en régimen de derecho privado cuando, prestando también tales servicios o actividades el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados. Asimismo, el artículo 51 de la dicha ley establece que los precios privados serán fijados por las consellerías correspondientes, atendiendo a las condiciones y circunstancias del mercado en que operen, y se publicarán en el Diario Oficial de Galicia.

La Consellería del Medio Rural y del Mar está desarrollando distintos programas dirigidos a la salvaguardia de los recursos zoogenéticos de la ganadería tradicional.

Como resultado de este programa de conservación surgen, a criterio facultativo de los servicios técnicos responsables, bienes excedentes dirigidos a su venta a disposición de todos los ganaderos interesados. Esta orden fija la contraprestación económica de estos excedentes.

El aumento de las actividades llevadas a cabo por el Centro de Recursos Zoogenéticos de Galicia, con la presencia de nuevas razas y especies en sus dependencias desde la publicación de la Orden de 23 de mayo de 2007, hace precisa la publicación de una nueva norma que fije los precios privados de los bienes excedentes de los programas de conservación.

En consecuencia, tras el informe favorable de la Consellería de Hacienda y de acuerdo con lo previsto en el artículo 30.1.3 del Estatuto de autonomía de Galicia y en uso de las facultades que me confieren los artículos 78 y 79 del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, y en uso de las competencias que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, modificada por la Ley 11/1998 y por la Ley 2/2007,

DISPONGO:

Artículo único

1. Los precios privados exigibles por los servicios prestados por el Centro de Recursos Zoogenéticos de Galicia, referentes a las dosis seminales de ganado bovino y de ejemplares bovinos, aviares, ovinos y porcinos de razas autóctonas en peligro de extinción, son los que figuran en el anexo de esta orden.

2. Los referidos precios se entenderán con el correspondiente IVA.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden de 23 de mayo de 2007 por la que se fijan los precios privados de las dosis seminales y de ejemplares bovinos, aviares, ovinos y porcinos producidos en el Centro de Recursos Zoogenéticos de Galicia.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de octubre de 2012

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar

ANEXO
Precios privados de dosis seminales y ejemplares producidos en el Centro de Recursos Zoogenéticos de Galicia (Coles-Ourense)

1. Dosis seminales:

– Razas bovinas cachena, caldelá, frieiresa, limiá y vianesa: 0,65 €/dosis.

2. Ejemplares bovinos:

• Machos de las razas cachena, caldelá, frieiresa, limiá y vianesa de

– Hasta 8 meses de edad: 220 €/ejemplar.

– Hasta 10 meses de edad: 242 €/ejemplar.

– Hasta 12 meses de edad: 264 €/ejemplar.

– Hasta 14 meses de edad: 286 €/ejemplar.

– Hasta 16 meses de edad: 308 €/ejemplar.

– Hasta 18 meses de edad: 330 €/ejemplar.

– Hasta 20 meses de edad: 352 €/ejemplar.

– Hasta 22 meses de edad: 374 €/ejemplar.

– Hasta 24 meses de edad: 396 €/ejemplar.

– Mayores de 24 meses de edad: 418 €/ejemplar.

• Hembras de las razas cachena, caldelá, frieiresa, limiá y vianesa de

– Hasta 8 meses de edad: 200 €/ejemplar.

– Hasta 10 meses de edad: 220 €/ejemplar.

– Hasta 12 meses de edad: 240 €/ejemplar.

– Hasta 14 meses de edad: 260 €/ejemplar.

– Hasta 16 meses de edad: 280 €/ejemplar.

– Hasta 18 meses de edad: 300 €/ejemplar.

– Hasta 20 meses de edad: 320 €/ejemplar.

– Hasta 22 meses de edad: 340 €/ejemplar.

– Hasta 24 meses de edad: 360 €/ejemplar.

– Mayores de 24 meses de edad: 380 €/ejemplar.

3. Ejemplares de la raza Galiña de Mos:

a) Inscritos en el registro de nacimientos,

– Pollos de 1 día: 0,40 €/ejemplar.

– Ejemplares hasta 5 meses de edad: 1,50 €/ejemplar.

b) Inscritos en el registro de reproductores,

– Gallos y gallinas de más de 5 meses de edad: 5 €/ejemplar.

4. Ejemplares de la raza Ovella Galega:

a) Ejemplares inscritos en el libro genealógico:

– Menores de 6 meses de edad: 35 €/ejemplar.

– Mayores de 6 meses de edad: 40 €/ejemplar.

b) Ejemplares descalificados del libro genealógico:

– Menores de 6 meses de edad: 25 €/ejemplar.

– Mayores de 6 meses de edad: 30 €/ejemplar.

5. Ejemplares de la raza Porco Celta:

a) Ejemplares inscritos en el libro genealógico:

– Entre 2 y 3 meses de edad: 45 €/ejemplar.

– Entre 3 y 6 meses de edad: 75 €/ejemplar.

– Mayores de 6 meses de edad: 150 €/ejemplar.

b) Ejemplares descalificados del libro genealógico:

– Entre 2 y 3 meses de edad: 35 €/ejemplar.

– Entre 3 y 6 meses de edad: 65 €/ejemplar.

– Mayores de 6 meses de edad: 140 €/ ejemplar.