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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 23 Viernes, 1 de febrero de 2013 Pág. 2837

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 21 de enero de 2013 por la que se clasifica de interés para la investigación y el desarrollo tecnológico la Fundación Centro Tecnológico de Investigación Multisectorial.

Examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Centro Tecnológico de Investigación Multisectorial con domicilio en la parroquia de Cortiñán número 19, en Bergondo (A Coruña).

Hechos:

1. Pedro Ángel Rubín Iglesias, presidente del patronato de la Fundación, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Centro Tecnológico de Investigación Multisectorial fue constituida en escritura pública otorgada en A Coruña, el 5 de julio de 2011, ante el notario José Antonio Cuervo Somoza, con número de protocolo 1.013, por la Sociedad Elaborados Metálicos Emesa, S.L., la Sociedad Alfainstant, S.A. y la Asociación Acondicionamiento Tarrasense.

Esta escritura fue complementada por otra, otorgada también en A Coruña, el 20 de noviembre de 2012, ante el mismo notario, con número de protocolo 1.445.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, la fundación tiene por objeto la promoción de la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica dentro de los distintos sectores económicos.

4. El patronato inicial de la Fundación está formado por Pedro Ángel Rubín Iglesias, en representación de la Sociedad Elaborados Metálicos Emesa, S.L., como presidente; Antonio Sánchez López, en representación de la Sociedad Alfainstant, S.A., como vicepresidente; y Eusebi Cima Mollet, en representación de la Asociación Acondicionamiento Tarrasense, como secretario.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés para la investigación y el desarrollo tecnológico de la Fundación Centro Tecnológico de Investigación Multisectorial, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la comisión de secretarios, procede su clasificación como de interés para la investigación y el desarrollo tecnológico y su adscripción a la Consellería de Economía e Industria.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la fundación cumple los requisitos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según establece el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, corresponde a esta consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 14 de enero de 2013.

DISPONGO:

Clasificar de interés para la investigación y el desarrollo tecnológico la Fundación Centro Tecnológico de Investigación Multisectorial y adscribirla al protectorado de la Consellería de Economía e Industria.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 21 de enero de 2013

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia