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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Jueves, 14 de febrero de 2013 Pág. 4423

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 25 de enero de 2013 por la que se notifica la incoación del expediente de reposición de la legalidad urbanística IU3/89/2012 y la orden de suspensión de obras dictada en el expediente IU3/89/2012-S1.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 da Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a Juan Manuel Vaamonde Liste la incoación del expediente de reposición de la legalidad urbanística IU3/89/2012 y la orden de suspensión de las obras dictada en el expediente IU3/89/2012-S1, en relación con las obras de construcción de una edificación en Prado do Rechouso, en el lugar de Froxán, parroquia de Vilamor, en el término municipal de Folgoso do Courel, provincia de Lugo.

Al no poder realizarse la notificación personal de las citadas resoluciones, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, se notifica al interesado las citadas resoluciones.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, los actos no se publican en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de las resoluciones que se notifican se encuentran a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sita en el Edificio Witland, 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, las notificaciones se entenderán producidas.

En relación con el acuerdo de incoación, el interesado dispone de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación de esta cédula, para presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse.

En relación con la orden de suspensión de obras, se informa de que esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación de esta cédula, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 25 de enero de 2013

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística