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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Lunes, 18 de febrero de 2013 Pág. 4645

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de O Porriño

EDICTO (342/2010).

José Antonio Pascual Calderón, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de O Porriño, por el presente edicto, anuncio que en el presente procedimiento ordinario número 342/2010 seguido a instancia de Banco Santander Central Hispano, S.A. frente a Transportes Pérez O Porriño, S.L., Transportes Pérez O Porriño, María Obdulia Fernández Domínguez, Modesto Pérez Rodríguez, Antonio Ismael Pérez Rodríguez, María Isabel Otero Martínez se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Fallo:

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de Banco Santander, S.A., contra Transportes Pérez O Porriño, S.L., Modesto Pérez Rodríguez, María Obdulia Fernández Domínguez, Antonio Ismael Pérez Rodríguez, María Isabel Otero Martínez y condeno a estos últimos a abonar solidariamente a aquélla entidad la cantidad de ciento treinta y cuatro mil setecientos veintinueve euros (134.729 €), más los intereses legales correspondientes recogidos en los artículos 1101 del Código civil, a contar desde el 18.1.2010, y los recogidos en el 576 de la LEC, desde la fecha de la presente resolución, en ambos casos hasta el completo pago y de acuerdo con los términos expresados en los anteriores apartados de esta sentencia.

Con imposición de costas causadas en el conocimiento de la presente demanda a Transportes Pérez O Porriño, S.L., Modesto Pérez Rodríguez, María Obdulia Fernández Domínguez, Antonio Ismael Pérez Rodríguez, María Isabel Otero Martínez.

Modo de impugnación: contra esta sentencia cabe recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, que se interpondrá ante este órgano judicial.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banesto, en la cuenta de este expediente 3601 0000 04 034210, indicando en el campo “concepto”, la indicación “recurso” seguida del código “02 Civil-apelación”.

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación “recurso” seguida del código “02 Civil-apelación”.

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato dd/mm/aaaa.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose dichos demandados, Transportes Pérez O Porriño, S.L., Transportes Pérez O Porriño, María Obdulia Fernández Domínguez, Modesto Pérez Rodríguez, Antonio Ismael Pérez Rodríguez, María Isabel Otero Martínez, en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

O Porriño, 11 de enero de 2013

El secretario judicial