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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 37 Jueves, 21 de febrero de 2013 Pág. 5111

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Desarrollo Rural

RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2013 por la que se modifica la Resolución de 11 de mayo de 2012 por la que se convocan para el período 2012/13 las subvenciones a los proyectos dinamizadores de las áreas rurales de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013.

La Resolución de 11 de mayo de 2012 por la que se convocan para el período 2012/13 las subvenciones a los proyectos dinamizadores de las áreas rurales de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013 (DOG nº 106, de 5 de junio de 2012), establece el reparto de la dotación económica entre las anualidades 2012 (2.000.000 €) y 2013 (1.500.000 €). Igualmente, establece el 30 de octubre de 2012 como plazo para ejecutar y justificar correctamente la inversión correspondiente a la anualidad 2012, y el 30 de junio de 2013 como plazo límite para la ejecución y justificación final de los proyectos.

Debido a la concurrencia en el tiempo de cuatro convocatorias y al gran número de expedientes manejados, no fue posible resolver la convocatoria de modo que los beneficiarios tuvieran tiempo suficiente para ejecutar y justificar las inversiones en los plazos previstos.

A fin de no causar un perjuicio a los beneficiarios de las ayudas, y una vez tramitado el oportuno expediente,

RESUELVO:

1. El crédito previsto para la anualidad 2012 en la Resolución de 11 de mayo de 2012, por la que se convocan para el período 2012/13 las subvenciones a los proyectos dinamizadores de las áreas rurales de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013, pasa íntegramente a la anualidad 2014, manteniéndose la de 2013.

2. El plazo límite para la ejecución y justificación de las inversiones vinculadas a los proyectos subvencionados correspondientes a la anualidad 2013 será el 30 de agosto de 2013. El hecho de no justificar correctamente esta anualidad, y dependiendo de las disponibilidades o situación presupuestaria, podrá devenir en la pérdida del derecho al cobro de la ayuda.

3. El plazo límite para la ejecución y justificación de la anualidad 2014 será el 30 de abril de 2014.

Santiago de Compostela, 12 de febrero de 2013

P.D. (Resolución 2.7.2007; DOG nº 134, de 11 de julio)
Antonio Crespo Iglesias
Director general de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural