Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Viernes, 22 de febrero de 2013 Pág. 5361

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

CÉDULA de 28 de enero de 2013, de la Jefatura Territorial de Pontevedra de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, por la que se les notifica a las personas interesadas la resolución de desistimiento/archivo de la solicitud de cambio de régimen de compraventa a alquiler en relación con el expediente de construcción PO-91/504 y cuenta de facturación 2.

De conformidad con los artículos 58, 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, después de que se intentase en dos ocasiones la notificación personal en el último domicilio conocido, se les notifica a las personas interesadas la resolución de desistimiento/archivo que se detalla en el anexo.

Pontevedra, 28 de enero de 2013

(Decreto 317/2009, de 4 de junio)
José Luis Díez Yáñez
Jefe territorial de Pontevedra de la Consellería de Medio
Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ANEXO

Expediente: PO-91/504, cuenta de facturación: 2.

Nombre: Comunidad Hereditaria de Rosalía Carrera García.

Dirección: Polígono de Torneiros, fase IV, portal 1, bajo izquierda, O Porriño, Pontevedra.

Asunto: resolución desistimiento/archivo.

Contenido: resuelvo declarar concluido el procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.2 de la citada ley, procediendo, en consecuencia, al archivo de la solicitud de cambio de régimen de compraventa a alquiler de la vivienda correspondiente al expediente PO-91/504 y cuenta de facturación 2.

Recurso: contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante esta jefatura territorial o ante el conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime oportuno.