Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Jueves, 7 de marzo de 2013 Pág. 7007

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ANUNCIO de 12 de febrero de 2013, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por el que se notifica la resolución del recurso de alzada interpuesto contra el acuerdo de concentración parcelaria de Agudelo-Barro-Valiñas (Barro).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la interesada que se señala en el anexo de este anuncio la resolución del recurso de alzada interpuesto contra el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Agudelo-Barro-Valiñas (Barro-Pontevedra), por ser devuelto por el servicio de Correos.

La interesada podrá comparecer, en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, en las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Rural, situadas en San Caetano, s/n, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, para el conocimiento íntegro del mencionado trámite de audiencia y constancia de tal conocimiento.

El presente anuncio se enviará, asimismo, al ayuntamiento correspondiente a la última dirección conocida de la interesada en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, con el objeto de que proceda a su publicación por medio de un anuncio en su tablón de edictos.

Santiago de Compostela, 12 de febrero de 2013

Antonio Crespo Iglesias
Director general de Desarrollo Rural

ANEXO

Expediente: recurso de alzada.

Interesada: Genoveva Costas Casal.

Última dirección conocida: Quintáns, Noalla, 36990 Sanxenxo, Pontevedra.

Acto notificado:

Estimar parcialmente el recurso de alzada interpuesto por Mª del Carmen Pulleiro Silva, propietaria núm. 1013, contra el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Agudelo-Barro-Valiñas (Barro-Pontevedra) y, en consecuencia, tal y como se reflejan en los planos que se aportan:

– Modificar la configuración geométrica de la finca núm. 533 del polígono 4 (de la propietaria núm. 258, Mª Teresa Carballo Martínez) que pasa a tener una superficie de 3.518 m2 y 1.231,30 puntos de valor.

– Modificar la configuración geométrica de la finca núm. 534 del polígono 4 (del propietario núm. 267, Ramón Casal Canay y otra) que pasa a tener una superficie de 2.106 m2 y 737,10 puntos de valor.

– Modificar la configuración geométrica de la finca núm. 1329 del polígono 9 (de la propietaria núm. 330, Genoveva Costas Casal) que pasa a tener una superficie de 9.492 m2 y 3.322,20 puntos de valor.

– Modificar la configuración geométrica de la finca núm. 1330 del polígono 9 (de la propietaria núm. 1267, Mª Genoveva Buceta Costas y otra) que pasa a tener una superficie de 1.568 m2 y 613,60 puntos de valor.

– Modificar la configuración geométrica de la finca núm. 535 del polígono 4 (del propietario núm. 874, Gonzalo Ortigueira Silva y otros) que pasa a tener una superficie de 1.928 m2 y 674,80 puntos de valor.

– Modificar la configuración geométrica de la finca núm. 536 del polígono 4 (de la propietaria núm. 788, Mª Josefa Martínez Ortigueira) que pasa a tener una superficie de 1.282 m2 y 448,70 puntos de valor.

– Modificar la configuración geométrica de la finca núm. 537 del polígono 4 (del propietario núm. 457, Gumersindo Fontán Coto) que pasa a tener una superficie de 1.775 m2, 621,25 puntos de valor y carácter privativo.

– Modificar la configuración geométrica de la finca núm. 538 del polígono 4 (del propietario núm. 457, Gumersindo Fontán Coto) que pasa a tener una superficie de 689 m2, 241,15 puntos de valor y carácter ganancial.

– Modificar la configuración geométrica de la finca núm. 539 del polígono 4 (de la propietaria núm. 1049, Mª José Rivas Buceta) que pasa a tener una superficie de 4.583 m2 y 1.604,05 puntos de valor.

– Modificar la configuración geométrica de la finca núm. 540 del polígono 4 (de la propietaria núm. 610, Avelina González López) que pasa a tener una superficie de 1.897 m2 y 663,95 puntos de valor.

– Modificar la configuración geométrica de la finca núm. 541 del polígono 4 (de la propietaria núm. 1013, Mª Carmen Pulleiro Silva) que pasa a tener una superficie de 5.362 m2 y 1.876,70 puntos de valor.

– Modificar la configuración geométrica de la finca núm. 543 del polígono 4 (del propietario núm. 891, Manuel Outeda Díaz) que pasa a tener una superficie de 3.587 m2 y 1.255,45 puntos de valor.

– Dividir en dos la finca núm. 1355 del polígono 9 (del propietario núm. 891, Manuel Outeda Díaz) que pasan a ser:

• Para el propietario núm. 1600 (Fondo de Tierras) la finca núm. 1355-1 con una superficie de 849 m2 (753 m2 de L4 y 96 m2 de L5) y 287,55 puntos de valor.

• Para el propietario núm. 891 (Manuel Outeda Díaz) la finca núm. 1355-2 con una superficie de 4.078 m2 y 1.389,80 puntos de valor.

– Modificar la configuración geométrica de la finca núm. 542 del polígono 4 (del propietario núm. 1600, Fondo de Tierras) que pasa a tener una superficie de 203 m2 (L4) y 71,05 puntos de valor.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia con sede en A Coruña, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 43 de la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, y con los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que consideren oportuno.