Con fecha de 28 de febrero de 2013 la directora de la Agencia Gallega de Infraestructuras, por delegación del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras (Orden de 4 de febrero de 2013, Diario Oficial de Galicia de 20 de febrero), resolvió dejar sin efecto el expediente de información pública y la resolución de aprobación provisional del estudio informativo e impacto ambiental de la nueva carretera de conexión de la A-52 con la N-525, polígonos industriales de San Cibrao-Val de Rábeda, clave OU/08/053.00.
Antecedentes.
Mediante Resolución de 25 de agosto de 2010, la entonces Dirección General de Infraestructuras aprobó provisionalmente el estudio informativo e impacto ambiental de la nueva carretera de conexión de la A-52 con la N-525 polígonos industriales de San Cibrao-Val de Rábeda, clave OU/08/053.00, en el que se consideraba que la alternativa 2 era la más favorable para establecer una nueva conexión entre la A-52 y la N-525, mientras que para unir el polígono de San Cibrao con el nuevo parque empresarial de Val de Rábeda resultaba elegida la 6. A continuación dicho organismo puso en marcha la incoación del correspondiente expediente de información pública.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 15.1 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, el estudio informativo se sometió al trámite de información pública durante un período de treinta días hábiles, con el fin de que las personas que lo estimasen oportuno pudiesen formular por escrito ante la entonces Dirección General de Infraestructuras las observaciones que creyesen convenientes, relativas a las circunstancias que justifican la declaración de interés general de las carreteras, y sobre la concepción global de su trazados.
Durante este mismo período de tiempo también se sometió al trámite de información pública el estudio de impacto ambiental contenido en el citado estudio informativo, según lo dispuesto en la Ley 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia, en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación del impacto ambiental de Galicia, en el Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental, y en la Ley 6/2010, de 24 de marzo, que modifica el texto refundido anterior.
El día 8 de septiembre de 2010 se publica en el Diario Oficial de Galicia el correspondiente anuncio de información pública.
En la actualidad, después del análisis de los informes, observaciones y alegaciones presentadas durante la referenciada fase de información pública del estudio informativo e impacto ambiental de la nueva carretera de conexión de la A-52 con la N-525, polígonos industriales de San Cibrao-Val de Rábeda, clave OU/08/053.00, y como consecuencia de la oposición a los trazados planteados de dos de los ayuntamientos por los que discurre la nueva vía, se propone dejar el presente estudio sin efecto y resolver las conexiones entre el sistema viario actual y los polígonos industriales de San Cibrao y Val de Rábeda por medio del actual desarrollo del correspondiente Plan sectorial de la red viaria de Ourense y su área de influencia, de clave OU/09/283.00.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Primero. Dejar sin efecto el expediente de información pública y la Resolución de 25 de agosto de 2010, de aprobación provisional, del estudio informativo e impacto ambiental de la nueva carretera de conexión de la A-52 con la N-525, polígonos industriales de San Cibrao-Val de Rábeda, clave OU/08/053.00, que se desarrollará en el Plan sectorial de la red viaria de Ourense y su área de influencia, de clave OU/09/283.00.
Segundo. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o bien recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Santiago de Compostela, 4 de marzo de 2013
Ethel Vázquez Mourelle
Directora de la Agencia Gallega de Infraestructuras

