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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Viernes, 5 de abril de 2013 Pág. 10080

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO (1001/2012).

Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 1001/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Miguel Saco Carrasco contra Esabe Vigilancia, S.A., Sabico Seguridad, S.A. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por Miguel Saco Carrasco contra la empresa Sabico Seguridad, S.A., contra la empresa Esabe Vigilancia, S.A. y contra el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro que el cese del actor producido el 8 de octubre de 2012 constituye un despido improcedente y, en consecuencia, condeno a la empresa Sabico Seguridad, S.A. a que, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución, opte entre la readmisión del actor o el abono de una indemnización equivalente a 9.579,27 euros. En caso de optar por la readmisión debe abonar los salarios de tramitación, a razón de 33,07 euros diarios. Se absuelve a la empresa Esabe Vigilancia, S.A. de todas las peticiones formuladas en la demanda y procede, asimismo, la absolución del Fogasa, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera alcanzarle en los casos legalmente previstos.

Notifíquese esta sentencia a los representantes legales de las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, por conducto de este juzgado, ante el que deberá ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito y con los demás requisitos exigidos en el artículo 191 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

Y para que sirva de notificación en forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto.

Lugo, 13 de marzo de 2013

El secretario judicial