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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Miércoles, 20 de noviembre de 2013 Pág. 44936

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 14 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Trabajo y Economía Social, por la que se requiere documentación a la empresa Textil Costa Oeste Link, S.L., solicitante del Programa para la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo, regulado en la Orden de 21 de junio de 2013, gestionado en esta dirección general (expediente TR341E 2013/1-0).

En uso de las competencias atribuidas a esta dirección general, y después de intentadas las notificaciones de requerimiento de documentación enviadas en su día, según lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14 de enero), y no siendo posible su práctica al ser devueltas por el servicio de Correos, por medio de esta cédula, y conforme a lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, se le notifica a la interesada el contenido del requerimiento que figura como anexo para que pueda tener conocimiento de él, y aporte los documentos señalados en original o fotocopia compulsada, en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta cédula en el Diario Oficial de Galicia, advirtiéndole que, de no hacerlo así, se tendrá por desistida su solicitud, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, al que se remite el artículo 8 de la orden de la convocatoria.

Se le recuerda también su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de la Dirección General de Trabajo y Economía Social de la Consellería de Trabajo y Bienestar, sitas en la calle San Lázaro, s/n, en Santiago de Compostela, y a obtener copia de este requerimiento, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Lei 30/1992, de 26 de noviembre.

Santiago de Compostela, 14 de noviembre de 2013

Odilo Martiñá Rodríguez
Director general de Trabajo y Economía Social

ANEXO

Nº de expediente: TR341E 2013/1-0.

Tipo de ayuda: subvención en función de la inversión en activo fijo.

Solicitante: Textil Costa Oeste, Link, S.L.

CIF: B27727064.

Última dirección conocida: travesía de Ourense, 2, Ed. Oleaxe, loc. 3, 36960 Sanxenxo, Pontevedra.

Contenido del requerimiento:

Después de examinar su solicitud de subvención, presentada al amparo de la Orden de 21 de junio de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y del Programa de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2013 (DOG núm.125, de 3 de julio), se observa que falta o es incorrecta la siguiente documentación, de acuerdo con lo establecido en las bases 5ª y 6ª del anexo A:

– Solicitud debidamente cubierta con la cuenta bancaria del solicitante.

– Certificación de la relación nominal completa de los 98 trabajadores y trabajadoras del centro especial de empleo por los que solicitan subvención según el modelo del anexo II-A.

– Certificados de la discapacidad de los trabajadores por los que se solicita subvención, cuando el certificado fuese expedido por una Administración distinta a la de la Comunidad Autónoma de Galicia (artículo 3).

– En su caso, resolución del INSS reconociendo la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión por jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

– Facturas, facturas pro forma o presupuestos emitidos con posterioridad al 16 de septiembre de 2012 o cualquier otro documento acreditativo del gasto en activo fijo.

– Balance de situación provisional para el ejercicio corriente y los dos próximos y cuenta de pérdidas y ganancias provisional del año 2015.