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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Miércoles, 20 de noviembre de 2013 Pág. 44912

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2641/2013 CG).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 2641/2013 CG.

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 315/2012. Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña.

Recurrentes: Juan Manuel Doval Gestal, Marta Otero Martínez.

Abogados: José Manuel Rodríguez Feito, Zaida Pérez López.

Recurridos: Fogasa, Talleres de Abastecimiento, Jardinería y Obras, S.L., Ayuntamiento de A Coruña, Jardinería Arce, S.L., Arborejardín, S.L., Sat Vivero Ártabro, Zonas Verdes Aníbal Soto, Jardincelas, S.L., Procedimientos de Aseo Urbano Pau, S.A.

Abogados: (…), (…), letrado Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de A Coruña, María Esther Segura Espinosa, (…), (…), (…), (…), Jorge Manuel Fernández Chao González Dopeso.

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2641/2013 CG, seguido a instancia de Juan Manuel Doval Gestal y Marta Otero Martínez contra Fogasa, Talleres de Abastecimiento, Jardinería y Obras, S.L., Ayuntamiento de A Coruña, Jardinería Arce, S.L., Arborejardín, S.L., SAT Vivero Ártabro, Zonas Verdes Aníbal Soto, Jardincelas, S.L., Procedimientos de Aseo Urbano PAU, S.A., sobre despido disciplinario, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos que desestimando los recursos de suplicación interpuestos por el letrado José Manuel Rodríguez Feito, actuando en nombre y representación de Juan Manuel Doval Gestal, y la letrada Zaida Pérez López, actuando en nombre y representación de Marta Otero Martínez contra la sentencia de fecha diez de octubre de dos mil doce, dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña en los autos 315/2012, promovidos a instancia de los recurrentes y contra el Ayuntamiento de A Coruña, Jardinería Arce, S.L., Arborejardín S.L., SAT Vivero Ártabro, Jardincelas, S.L, Procedimientos de Aseo Urbano P.A.U., S.A., Zonas Verdes Aníbal Soto, Talleres de Abastecimiento, Jardinería y Obras, S.L. y el Fogasa, debemos confirmar y confirmamos en su integridad la resolución recurrida.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, número 1552 0000 80 (nº de recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala número 1552 0000 37 (nº de recurso) (dos últimas cifras del año)».

Y para que así conste a efectos de su publicación en el DOG, a fin de que sirva de notificación en forma a Talleres de Abastecimiento, Jardinería y Obras, S.A., actualmente en ignorado paradero, con último domicilio conocido en la avda. de Santa Cristina, 17, Oleiros (A Coruña), con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 24 de octubre de 2013

La secretaria judicial