La Orden de 12 de julio de 2013 (DOG nº 145, de 31 de julio) estableció las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas a la colaboración en la financiación de actuaciones en materia de archivos y convocó ayudas para los años 2013-2014.
Finalizada la tramitación establecida en la convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la orden de convocatoria, y atendiendo al informe-propuesta elevado por la Comisión Técnica de Evaluación a través de la Secretaría General de Cultura, esta consellería
RESUELVE:
Primero. Aprobar los listados de las ayudas solicitadas que se adjuntan como anexo en orden decreciente de puntuación alcanzada y adjudicar las ayudas que se señalan en función de la disponibilidad presupuestaria.
Segundo. El objeto de la convocatoria son las ayudas destinadas a la protección y difusión de los archivos y del patrimonio documental de Galicia garantizando una custodia responsable y el acceso de los ciudadanos a los documentos.
La finalidad de las ayudas serán las actividades que tengan por objeto la organización de fondos documentales, el equipamiento de archivos, mejora de los locales de archivo, restauración y digitalización de documentos.
Tercero. Los beneficiarios de las ayudas son las universidades gallegas, ayuntamientos y entidades sin ánimo de lucro de Galicia, que figuran en el anexo de esta resolución.
Cuarto. El crédito presupuestario será de doscientos veinticinco mil cuatro cientos cuarenta euros (225.440,00 €) que se librarán con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2013 y 2014 en las siguientes aplicaciones presupuestarias: 09.20.432A.744.4, 09.20.432A.760.0 y 09.20.432A.781.0.
Quinto. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 11 de la orden reguladora los beneficiarios quedan sujetos a cumplir con las obligaciones recogidas en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de julio, de subvenciones de Galicia.
Sexto. El plazo de justificación será hasta el 15 de diciembre de 2013 para la anualidad de 2013 y hasta el 31 de octubre de 2014 para la anualidad de 2014.
La documentación justificativa del cumplimento efectivo de los fines para los que fue concedida la ayuda se presentará conforme a lo estipulado en el artículo 10 de la orden de convocatoria.
Las entidades locales beneficiarias, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y 10 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, deberán presentar la cuenta justificativa de la subvención, que incorporará en todo caso la certificación de intervención o del órgano que tenga atribuidas las facultades de control de la toma de razón en contabilidad y del cumplimento de la finalidad para la cual fue concedida.
De acuerdo con establecido en el artículo 10.5 de la orden, se admitirán gastos y pagos realizados desde el 1 de enero de 2013 hasta la fecha límite de justificación de la orden.
Séptima. De acuerdo con el artículo 12 de la orden de la convocatoria, se podrá librar la cuantía correspondiente a un primer pago de hasta el 50 % del total subvencionado con la presentación del proyecto y memoria detallada de actuación.
En aplicación del artículo 6.1.Dos del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas, se podrán conceder pagos anticipados de hasta un 50 % en aquellos supuestos en los que la inversión exija pagos inmediatos y sin que se supere la anualidad prevista en cada ejercicio presupuesto. La concesión del anticipo se realizará mediante resolución motivada.
Si las disponibilidades presupuestarias así lo permiten, se podrán hacer pagos fraccionados por la cuantía equivalente a la justificación presentada, siempre que no supere el 80 % del porcentaje total subvencionado.
El importe restante se abonará con la justificación final de las inversiones realizadas.
Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin haber presentado ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de diez días la presente. La falta de presentación de justificación comportará la pérdida del derecho a cobros parciales o al total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.
Octava. De acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 10 de la orden de convocatoria, estas ayudas son compatibles con otras otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, si el importe total que percibe el beneficiario no supera el porcentaje máximo de la inversión. En la cuenta justificativa de la subvención se deberá presentar la relación detallada de otros ingresos o subvenciones que financien a actividades subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
Novena. El incumplimiento por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de la convocatoria supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda correspondiente.
Décima. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante o conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses perante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 12 de diciembre de 2013
Anxo M. Lorenzo Suárez
Secretario general de Cultura
ANEXO
Adjudicatarios
Universidades |
||||||
Expediente |
Solicitante |
Cuantía de la ayuda |
Anualidad 2013 |
Anualidad 2014 |
Total puntos |
|
2013/000015 |
Universidad de Santiago de Compostela |
20.000,00 € |
20.000,00 € |
64,2 |
||
Ayuntamientos |
||||||
Organización de fondos documentales |
||||||
Expediente |
Solicitante |
Cuantía de la ayuda |
Anualidad 2013 |
Anualidad 2014 |
Total puntos |
|
2013/000068 |
Ayuntamiento de Arteixo |
11.217,28 € |
5.608,64 € |
5.608,64 € |
64,09 |
|
Mejora de los locales de archivo |
||||||
Expediente |
Solicitante |
Cuantía de la ayuda |
Anualidad 2013 |
Anualidad 2014 |
Total puntos |
|
2013/000019 |
Ayuntamiento de O Grove |
14.696,21 € |
7.348,11 € |
7.348,11 € |
31,00 |
|
Equipamiento de los archivos |
||||||
Expediente |
Solicitante |
Cuantía de la ayuda |
Anualidad 2013 |
Anualidad 2014 |
Total puntos |
|
2013/000067 |
Ayuntamiento de Maside |
17.155,40 € |
8.577,70 € |
8.577,70 € |
66,00 |
|
Restauración |
||||||
Expediente |
Solicitante |
Cuantía de la ayuda |
Anualidad 2013 |
Anualidad 2014 |
Total puntos |
|
2013/000066 |
Ayuntamiento de Toén |
4.058,53 € |
2.029,26 € |
2.029,26 € |
54,77 |
|
Digitalización |
||||||
Expediente |
Solicitante |
Cuantía de la ayuda |
Anualidad 2013 |
Anualidad 2014 |
Total puntos |
|
2013/000057 |
Ayuntamiento de Padrón |
6.641,89 € |
3.320,95 € |
3.320,95 € |
63,20 |
|
2013/000046 |
Ayuntamiento de Bergondo |
1.110,02 € |
555,01 € |
555,01 € |
61,20 |
|
Entidades sin ánimo de lucro |
||||||
Organización de fondos documentales |
||||||
Expediente |
Solicitante |
Cuantía de la ayuda |
Anualidad 2013 |
Anualidad 2014 |
Total puntos |
|
2013/000016 |
Cofradía pescadores de Burela |
20.000,00 € |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
57,47 |
|
2013/000003 |
Fundación Luis Tilve |
19.408,42 € |
9.704,21 € |
9.704,21 € |
57,00 |
|
2013/000012 |
Obispado de Tui |
19.960,00 € |
9.980,00 € |
9.980,00 € |
35,05 |
|
2013/000004 |
Cabildo Catedral de Santiago de Compostela |
1.781,79 € |
1.781,79 € |
15,25 |
||
Equipamiento |
||||||
Expediente |
Solicitante |
Cuantía de la ayuda |
Anualidad 2013 |
Anualidad 2014 |
Total puntos |
|
2013/000014 |
Real Academia Galega |
1.284,00 € |
1.284,00 € |
24,2 |
||
2013/000023 |
Fundación Bautista Álvarez de Estudos Nacionalistas |
2.250,00 € |
2.250,00 € |
16 |
Suplentes
Ayuntamientos |
||
Organización de fondos documentales |
||
Expediente |
Solicitante |
Total puntos |
2013/000026 |
Ayuntamiento de Porto do Son |
34,73 |
Expediente |
Solicitante |
Total puntos |
2013/000017 |
Ayuntamiento de Dodro |
32,75 |
2013/000010 |
Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras |
31,54 |
2013/000063 |
Ayuntamiento de A Coruña |
24,85 |
2013/000033 |
Ayuntamiento de Ribadeo |
22,28 |
2013/000030 |
Ayuntamiento de Rois |
21,37 |
2013/000001 |
Ayuntamiento de Castroverde |
21,00 |
2013/000008 |
Ayuntamiento de Coles |
18,88 |
2013/000054 |
Ayuntamiento de Sobrado |
16,77 |
2013/000005 |
Ayuntamiento de Mesía |
16,50 |
2013/000037 |
Ayuntamiento de A Gudiña |
14,17 |
2013/000045 |
Ayuntamiento de Aranga |
12,00 |
Mejora de los locales de archivo |
||
Expediente |
Solicitante |
Total puntos |
013/000006 |
Ayuntamiento de Ortigueira |
25,00 |
2013/000060 |
Ayuntamiento de Irixoa |
20,00 |
2013/000049 |
Ayuntamiento de A Merca |
13,00 |
Equipamiento |
||
Expediente |
Solicitante |
Total puntos |
2013/000011 |
Ayuntamiento de Culleredo |
63,04 |
2013/000062 |
Ayuntamiento de Lousame |
63,00 |
2013/000048 |
Ayuntamiento de Castrelo de Miño |
63,00 |
2013/000036 |
Diputación Provincial de Ourense |
62,93 |
2013/000022 |
Ayuntamiento de Meaño |
62,00 |
2013/000064 |
Ayuntamiento de Tui |
61,75 |
2013/000002 |
Ayuntamiento de Triacastela |
61,00 |
2013/000047 |
Ayuntamiento de Guntín |
61,00 |
2013/000029 |
Ayuntamiento de Negreira |
61,00 |
2013/000051 |
Ayuntamiento de A Estrada |
61,00 |
2013/000055 |
Ayuntamiento de San Sadurniño |
61,00 |
2013/000050 |
Ayuntamiento de A Veiga |
61,00 |
2013/000040 |
Ayuntamiento de Campo Lameiro |
60,00 |
2013/000059 |
Ayuntamiento de A Laracha |
59,00 |
2013/000028 |
Ayuntamiento de Narón |
58,53 |
2013/000065 |
Ayuntamiento de Melón |
58,00 |
Expediente |
Solicitante |
Total puntos |
2013/000034 |
Ayuntamiento de Ribas de Sil |
51,94 |
2013/000031 |
Ayuntamiento de Santiso |
51,00 |
2013/000058 |
Ayuntamiento de Oleiros |
51,00 |
2013/000056 |
Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez |
51,00 |
2013/000061 |
Ayuntamiento de Lalín |
51,00 |
2013/000038 |
Ayuntamiento de San Cristovo de Cea |
49,50 |
2013/000035 |
Ayuntamiento de Celanova |
49,50 |
2013/000018 |
Ayuntamiento de Ribeira |
41,65 |
2013/000025 |
Ayuntamiento de Redondela |
34,46 |
2013/000039 |
Ayuntamiento de Xinzo de Limia |
34,00 |
Digitalización |
||
Expediente |
Solicitante |
Total puntos |
2013/000007 |
Ayuntamiento de Oroso |
58,20 |
2013/000020 |
Ayuntamiento de Teo |
57,20 |
2013/000032 |
Ayuntamiento de Lugo |
56,20 |
2013/000053 |
Ayuntamiento de Valga |
44,20 |
2013/000021 |
Ayuntamiento de Covelo |
39,20 |
2013/000052 |
Ayuntamiento de Salceda de Caselas |
22,20 |
Entidades sin ánimo de lucro |
||
Organización de fondos documentales |
||
Expediente |
Solicitante |
Total puntos |
2013/000013 |
Fundación 10 de marzo |
9,16 |
Excluidos
Expediente |
Solicitante |
Causa exclusión |
2013/000027 |
Ayuntamiento de Mañón |
1 |
2013/000044 |
Ayuntamiento de Catoira |
2 |
2013/000041 |
Asociación Cultural Casa Museo A Mangallona (A Fonsagrada) |
2 |
2013/000009 |
Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación (A Coruña) |
2 |
2013/000024 |
Fundación Vicente Risco |
2 |
2013/000042 |
Asociación Cultural Belas Artes (Cangas) |
2 |
2013/000043 |
Asociación O Son do Pobo (Cangas) |
2 |
Causas de exclusión:
(1) Por no subsanar en plazo la documentación solicitada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la que se regula el régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
(2) No cumplir los objetivos y requisitos técnicos estipulados en la orden de la convocatoria.