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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Miércoles, 19 de marzo de 2014 Pág. 11731

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 4854/2011-RMR).

Recurrente: Servicio Público de Empleo Estatal.

Recurridos: Avícola Pérez Maciñeira, S.A. (Apemasa), Admón. Concursal Apemasa, Bernardo López Lendoiro.

Abogados: Julio Manuel Lois Boedo, Francisco Manuel Pampín Miras.

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 4854/2011 seguido a instancia de Bernardo López Lendoiro, contra el Servicio Publico de Empleo Estatal y otros, sobre desempleo, se ha dictado la siguiente resolución:

«Declaramos que no procede, por razón de la cuantía, el recurso de suplicación interpuesto por el Servicio Público de Empleo Estatal contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, de fecha 16 de mayo de 2011, en autos nº 22/2009, instados por Bernardo López Lendoiro, deviniendo firme la antedicha resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia y haciéndoles saber que, contra la misma, sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de la jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, nº 1552 0000 80 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala nº 1552 0000 37 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que surtan sus efectos legales y sirva de notificación a la empresa Avícola Pérez Manciñeira, S.A. con último domicilio conocido en lugar O Bosque, parroquia de San Cristovo das Viñas (A Coruña), se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 25 de febrero de 2014

La secretaria judicial