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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Lunes, 31 de marzo de 2014 Pág. 13427

I. Disposiciones generales

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

DECRETO 37/2014, de 27 de marzo, por el que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia.

La Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre, crea una red ecológica europea coherente denominada Natura 2000 que constituye un instrumento fundamental de la política de la Unión Europea en materia de conservación de la biodiversidad. La Red Natura 2000 está compuesta por los lugares de importancia comunitaria (en adelante, LIC), hasta su transformación en zonas especiales de conservación (en adelante, ZEC), por dichas ZEC y por las zonas de especial protección para las aves (en adelante, ZEPA), declaradas según las disposiciones de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres.

Con la adopción de la Decisión 2004/813/CE de la Comisión, de 7 de diciembre, por la que se aprueba, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica atlántica (DOUE núm. L 387, de 29.12.2004), y la Decisión 2006/613/CE de la Comisión, de 19 de julio, por la que se aprueba, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea (DOUE núm. L 259, de 21.9.2006), la Comisión Europea aprobó los 59 LIC que fueron propuestos por la Comunidad Autónoma de Galicia. Estas listas han sufrido sucesivas actualizaciones. A este respecto, el régimen actualmente vigente está constituido por las decisiones de ejecución de la Comisión 2013/740/UE y 2013/739/UE, de 7 de noviembre de 2013, por las que se adopta la séptima lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de las regiones biogeográficas atlántica y mediterránea, respectivamente.

El artículo 42.3 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad, establece que, una vez aprobada la lista de LIC por la Comisión Europea, estos deberán ser declarados como ZEC por las comunidades autónomas correspondientes lo antes posible y como máximo en un plazo de seis años, junto con la aprobación del correspondiente plan o instrumento de gestión. Asimismo, el artículo 45.1.a) del mismo texto legal, sobre medidas de conservación de la Red Natura 2000, establece la obligación de elaborar planes o instrumentos de gestión, específicos para los lugares o integrados en otros planes de desarrollo, que deben incluir, por lo menos, los objetivos de conservación del lugar y las medidas apropiadas para mantener los espacios en un estado de conservación favorable. Estos planes deberán tener en especial consideración las necesidades de aquellos ayuntamientos incluidos en su totalidad o en un gran porcentaje de su territorio en la Red Natura 2000.

En particular, de acuerdo con el artículo 36.1 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, mediante este decreto se procede a la declaración como ZEC y determinación de la fórmula de gestión de las áreas marinas de los LIC marítimo-terrestres que forman parte de la Red Natura 2000 en el litoral gallego, teniendo en cuenta su clara continuidad ecológica con las áreas terrestres contiguas. Todo lo anterior no va en detrimento de lo que se establezca de común acuerdo con la Administración general del Estado en relación con la colaboración necesaria en la gestión de la biodiversidad en las áreas marinas de la Red Natura 2000.

La Xunta de Galicia, mediante el Decreto 72/2004, de 2 de abril, por el que se declaran determinados espacios como zonas de especial protección de los valores naturales (en adelante, ZEPVN), integró en la Red gallega de espacios protegidos todos los LIC propuestos para formar parte de la Red Natura 2000 y todos los lugares declarados como ZEPA conforme a la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979. Tal norma comunitaria fue derogada en favor de la vigente Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre. En el referido contexto normativo también procede citar el Decreto 131/2008, de 19 de junio, por el que se declara zona de especial protección para las aves el espacio natural Pena Trevinca, y el Decreto 411/2009, de 12 de noviembre, por el que se declara la zona de especial protección para las aves de A Limia.

Con el fin de dar cumplimiento a las previsiones normativas citadas, este decreto tiene por objeto declarar como ZEC los LIC presentes en Galicia y aprobar el Plan director de la Red Natura 2000 como instrumento de planificación y gestión que establece un conjunto de objetivos y medidas de gestión para los espacios naturales que se incluyen en su ámbito de aplicación, con la finalidad de asegurar un estado de conservación favorable de los tipos de hábitats naturales y de las especies de interés comunitario de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, y de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre. Se trata de un instrumento que se estructura y se adapta a la figura de plan de ordenación de los recursos naturales (en adelante, PORN), figura que permite la planificación en red y que está prevista tanto en la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, como en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, complementando los objetivos formulados en ambas normativas con los objetivos y directrices para la gestión de los espacios protegidos Red Natura 2000.

La delimitación geográfica de los LIC que se declaran mediante este decreto ZEC se corresponden con la información oficial Red Natura 2000 (cartografía y formulario normalizado de datos Red Natura 2000). En la mayor parte de los casos los límites geográficos fueron digitalizados sobre una base cartográfica a escala 1:50.000 (proyección UTM; datum ED50; huso 29). Con motivo de la declaración de ZEPVN efectuada mediante el Decreto 72/2004, de 2 de abril, se obtuvo una delimitación más precisa, digitalizada sobre una base cartográfica 1:5.000 (proyección UTM; datum ED50; huso 29) de los LIC propuestos, escala más adecuada para la planificación de los recursos naturales.

El procedimiento para la validación de esta actualización de la cartografía oficial con motivo de la mejora en la escala de trabajo se inició ante la Administración general del Estado en septiembre de 2011. Dicha actualización no formará parte de la información oficial Red Natura 2000 hasta su validación por la Comisión Europea, tal y como queda recogido en la disposición final primera de este decreto.

En consecuencia, tal y como se desprende de las previsiones contenidas en el artículo 3 y en la disposición final primera, se declaran como ZEC los LIC con los límites geográficos recogidos en las decisiones de la Comisión antedichas, que son los que figuran en el anexo I del decreto, y se aprueba el plan director que será de aplicación a la superficie comprendida dentro de tales límites. Además, se prevé la aplicación del plan director a aquella superficie no incluida en el anexo I declarada ZEPVN, como régimen de protección mientras no se produzca la aprobación de la actualización de límites por la Comisión Europea. Una vez realizada esta aprobación por la Comisión, el presente decreto garantiza siempre la declaración como ZEC de los espacios contenidos en la delimitación actualizada. A estos efectos se autoriza a la persona titular de la consellería competente en materia de conservación de la naturaleza a modificar mediante orden el anexo I de este decreto para recoger los límites geográficos actualizados.

En cuanto al procedimiento de elaboración del decreto, el día 13 de junio de 2011 se presentó el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia al Consejo Gallego de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible como órgano consultivo de carácter colegiado de la Administración pública gallega. Por medio del anuncio de 20 de junio de 2011 se acordó someter a la participación del público el borrador del plan director, conforme a lo establecido en el artículo 16.1.a) de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Tras el período de consultas, se acordaron una serie de modificaciones para la mejora del documento.

Conforme a lo establecido en los artículos 21.2 y 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, mediante los que se regulan los procedimientos de información pública y audiencia a los interesados, previos a la aprobación de los PORN y a la declaración de ZEC, y a lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, el 17 de julio de 2012 se publicaba en el Diario Oficial de Galicia núm. 136 el Anuncio de 5 de julio de 2012, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por el que se acordaba someter al procedimiento de información pública y audiencia a los interesados el proyecto de decreto por el que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia.

Posteriormente, el proyecto de decreto se sometió al trámite de audiencia de los ayuntamientos afectados durante un período de quince días hábiles. Asimismo, fueron oídas las juntas consultivas de los parques naturales constituidas al amparo del Decreto 265/2007, de 28 de diciembre, por el que se modifica la composición de las juntas consultivas de los parques naturales de Galicia.

Finalmente, el texto modificado fue presentado de nuevo ante el Consejo Gallego de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible el 20 de diciembre de 2013.

Por lo anteriormente expuesto, a propuesta del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en el ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 34.5 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y tras la deliberación del Consello da Xunta de Galicia en su reunión del día veintisiete de marzo de dos mil catorce,

DISPONGO:

CAPÍTULO I
Zonas especiales de conservación

Artículo 1. Declaración de zonas especiales de conservación

1. Se declaran zonas especiales de conservación (en adelante, ZEC) los lugares de importancia comunitaria relacionados en el anexo I de este decreto, en el que se concretan los hábitats y las especies que motivan su declaración.

2. La delimitación geográfica de las ZEC del anexo I de este decreto se corresponde con los límites geográficos de los lugares de importancia comunitaria (en adelante, LIC) aprobados por la Decisión 2013/740/UE de ejecución de la Comisión, de 7 de noviembre de 2013, por la que se adopta la séptima lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica atlántica, y por la Decisión 2013/739/UE de ejecución de la Comisión, de 7 de noviembre de 2013, por la que se adopta la séptima lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea.

CAPÍTULO II
Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia

Artículo 2. Aprobación del Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia

Se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia, el cual tiene naturaleza de plan de ordenación de los recursos naturales de los espacios protegidos Red Natura 2000 de Galicia. Dicho plan está integrado por una parte dispositiva y por un mapa de límites y zonificación, los cuales se recogen en los anexos II y III de este decreto.

Artículo 3. Ámbito de aplicación

1. El Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia será de aplicación al conjunto de los espacios protegidos recogidos en el anexo I de este decreto, constituidos por 59 ZEC, así como también a las 16 zonas de especial protección para las aves (en adelante, ZEPA).

2. Asimismo, el Plan director de la Red Natura 2000 será de aplicación a todas las superficies no incluidas en el anexo I, declaradas zonas de especial protección de los valores naturales por el Decreto 72/2004, de 2 de abril, por el que se declaran determinados espacios como zonas de especial protección de los valores naturales (en adelante, ZEPVN), y a la dispuesta por el Decreto 411/2009, de 12 de noviembre, por el que se declara la zona de especial protección para las aves de A Limia, como régimen preventivo de protección con vistas a su futura integración, en la Red Natura 2000, una vez que se actualicen los límites por la Comisión Europea.

Artículo 4. Evaluación de las repercusiones

1. Los procedimientos de evaluación de las repercusiones de planes, programas y proyectos sobre los espacios protegidos incluidos en el ámbito de aplicación del plan, a los que hace referencia el artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, se sustanciarán de acuerdo con la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de impacto ambiental, o norma que la sustituya. En concreto, la evaluación a la que hacen referencia los artículos 6.3 de la Directiva 92/43/CEE y 45.4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, se desarrollará mediante la emisión por parte de la dirección general competente en materia de conservación de la naturaleza de un informe ambiental que será preceptivo y vinculante.

2. En la evaluación de las repercusiones sobre los espacios protegidos incluidos en el ámbito de aplicación del Plan director de la Red Natura 2000, de los planes, programas o proyectos a los que se refiere la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, la emisión del informe ambiental se integrará en el marco del procedimiento establecido para su autorización de acuerdo a la normativa específica que le sea de aplicación.

Artículo 5. Gestión

1. La dirección general competente en materia de conservación de la naturaleza será la responsable de la puesta en marcha de las medidas de gestión contenidas en el plan, en coordinación con las administraciones públicas competentes y con otros órganos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. La concesión de las autorizaciones de usos y actividades, así como de aquellos planes, programas y proyectos que no requieren de la evaluación de las repercusiones a que se refiere el artículo 45.4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, y que tienen la condición de autorizables en el plan, corresponde a la persona titular de la jefatura territorial competente en materia de conservación de la naturaleza por razón de territorio, previo informe ambiental emitido por el servicio de conservación de la naturaleza correspondiente. En caso de que los usos y actividades, planes, programas o proyectos afecten a más de una provincia, la concesión de la autorización corresponderá a la dirección general competente en materia de conservación de la naturaleza.

La concesión de las autorizaciones de aquellos planes, programas y proyectos que requieren de la evaluación de las repercusiones a que se refiere el artículo 45.4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, sometidos a evaluación ambiental de conformidad con la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, corresponde a la dirección general competente en materia de conservación de la naturaleza, sin perjuicio de las autorizaciones que puedan corresponder a otras administraciones o a otros órganos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.

3. En el caso en que la tramitación de determinados planes, programas o proyectos requiera de la emisión de un documento que certifique la ausencia de afección apreciable sobre la Red Natura 2000, éste se sustanciará mediante una declaración de la autoridad responsable que corresponderá al titular de la dirección general con competencias en materia de conservación de la naturaleza, de acuerdo con las disposiciones de este decreto, excepto los supuestos en los que la declaración corresponda al Estado.

Artículo 6. Colaboración entre administraciones públicas

La dirección general competente en materia de conservación de la naturaleza promoverá la colaboración entre las administraciones públicas afectadas para garantizar el cumplimiento de los objetivos de las medidas de conservación de los espacios protegidos que resultan del ámbito de aplicación de este plan. En particular, en aquellos que se integren en la Red de áreas marinas protegidas de España conforme a los artículos 24 y 26 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, en los que habrá que desarrollar una gestión coherente y coordinada con la Administración general del Estado.

Artículo 7. Régimen de infracciones y sanciones

El régimen sancionador aplicable a los espacios protegidos que resultan del ámbito de aplicación del presente plan será el establecido en la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza de Galicia, en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, y en la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, así como cualquier otra que resulte de aplicación.

Artículo 8. Acceso a la información contenida en el plan director

La consellería con competencias en materia de conservación de la naturaleza deberá garantizar el acceso permanente a la información contenida en el plan director, incluida la cartografía, y mantener actualizada dicha información cuando se produzcan modificaciones o revisiones.

Disposición transitoria única. Información relativa a los tipos de hábitats naturales y especies de interés comunitario presentes en las ZEC y ZEPA

La información actualizada recogida en el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia relativa a los tipos de hábitats naturales y especies de interés comunitario presentes en el ámbito de aplicación del presente plan no formará parte de la información oficial Red Natura 2000 en tanto no se produzca su validación por la Comisión Europea.

Disposición derogatoria única

Quedan derogados el artículo 2 del Decreto 72/2004, de 2 de abril, y los artículos 4.2 y 4.3 en cuanto al régimen de autorizaciones, del Decreto 411/2009, de 12 de noviembre.

Disposición final primera. Actualización de límites

Una vez publicadas las decisiones de la Comisión Europea por las que se aprueben los límites actualizados tal y como se recogen en el anexo III, todos los espacios comprendidos en los límites actualizados tendrán la consideración de ZEC de acuerdo con el artículo 1 de este decreto.

Se autoriza a la persona titular de la consellería competente en materia de conservación de la naturaleza a modificar mediante orden el anexo I de este decreto para recoger los límites geográficos actualizados.

Disposición final segunda. Vigencia

Las presentes medidas de conservación y gestión tendrán una vigencia indefinida, sin perjuicio de la posible actualización conforme al estado de la ciencia y de la técnica, y sin perjuicio de la aplicación de las medidas de seguimiento que correspondan.

Disposición final tercera. Habilitación normativa

Se habilita a la persona titular de la consellería competente en materia de conservación de la naturaleza para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para el desarrollo de este decreto. Dicho desarrollo podrá llevarse a cabo mediante la elaboración de medidas de conservación y gestión específicas para cada ZEC o ZEPA, o bien para determinados hábitats o especies, o para determinados usos y actividades, o mediante el establecimiento de objetivos operativos específicos que desarrollen los objetivos que figuran en el anexo II de este decreto con sus correspondientes indicadores. Dichas medidas y objetivos operativos específicos podrán ser aprobados mediante orden, respetando lo establecido en el título III de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintisiete de marzo de dos mil catorce

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ANEXO I
Zonas especiales de conservación

Atendiendo a los requerimientos del artículo 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad, se incluye en este anexo la información sobre los límites geográficos de las ZEC de Galicia, sus tipos de hábitats del anexo I y las especies del anexo II de la Directiva 92/43/CEE, traspuestos a nuestro ordenamiento jurídico a través de los anexos I y II de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

La información correspondiente a cada ZEC recoge los tipos de hábitats de interés comunitario del anexo I y las especies de interés comunitario del anexo II de la Directiva 92/43/CEE y de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, presente en el espacio, así como un mapa con los límites geográficos, de acuerdo, con la Información oficial Red Natura 2000 (formulario normalizado de datos Red Natura 2000).

Además, derivada de una mejora en la información científico-técnica disponible sobre el territorio, se recoge para cada ZEC la información actualizada relativa a los tipos de hábitats de interés comunitario y a las especies de interés comunitario incluida en el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia. Dicha información está pendiente de convalidación por la Comisión Europea.

1. ZEC ORTIGUEIRA-MERA (ES1110001).

1.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

1.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150 *

Lagunas costeras

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130 *

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

4020 *

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4040 *

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

91E0 *

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

1.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Culcita macrocarpa

Elona quimperiana

Petromyzon marinus

Trichomanes speciosum

Lucanus cervus

Salmo salar

Woodwardia radicans

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Myotis blythii

Lacerta monticola

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

1.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

1.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150 *

Lagunas costeras

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130 *

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2190

Depresiones intradunales húmedas

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020 *

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

5230*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220 *

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7220 *

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

9180 *

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0 *

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

1.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Culcita macrocarpa

Elona quimperiana

Alosa alosa

Trichomanes speciosum

Geomalacus maculosus

Alosa fallax

Woodwardia radicans

Lucanus cervus

Petromyzon marinus

Margaritifera margaritifera

Salmo salar

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Caretta caretta

Lutra lutra

Chioglossa lusitanica

Rhinolophus ferrumequinum

Discoglossus galganoi

Rhinolophus hipposideros

Lacerta monticola

Lacerta schreiberi

2. ZEC COSTA ÁRTABRA (ES1110002).

2.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

2.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1150 *

Lagunas costeras

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130 *

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

2260

Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavanduletalia

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3160

Lagos y estanques distróficos naturales

3170 *

Estanques temporales mediterráneos

4020 *

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4040 *

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

7110 *

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7230

Turberas bajas alcalinas

8210

Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

91E0 *

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

2.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Centaurea borjae

Coenagrion mercuriale

Culcita macrocarpa

Elona quimperiana

Omphalodes littoralis

Euphydryas aurinia

Rumex rupestris

Geomalacus maculosus

Sphagnum pylaisii

Lucanus cervus

Trichomanes speciosum

Woodwardia radicans

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

2.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

2.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150

*

Lagunas costeras

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2150

*

Dunas fijas descalcificadas atlánticas (Calluno-Ulicetea)

2190

Depresiones intradunales húmedas

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

2260

Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavanduletalia

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7120

Turberas altas degradadas que todavía pueden regenerarse de manera natural

7130

*

Turberas de cobertor (* para las turberas activas)

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

7210

*

Turberas calcáreas del Cladium mariscus y con especies del Caricion davallianae

7220

*

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

7230

Turberas bajas alcalinas

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

2.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Centaurea borjae

Coenagrion mercuriale

Alosa alosa

Culcita macrocarpa

Elona quimperiana

Alosa fallax

Festuca brigantina

Euphydryas aurinia

Narcissus asturiensis

Geomalacus maculosus

Omphalodes littoralis

Lucanus cervus

Rumex rupestris

Sphagnum pylaisii

Trichomanes speciosum

Woodwardia radicans

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Caretta caretta

Galemys pyrenaicus

Chelonia mydas

Halichoerus grypus

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta monticola

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

3.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

3.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3160

Lagos y estanques distróficos naturales

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

3.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Culcita macrocarpa

Coenagrion mercuriale

Chondrostoma polylepis

Narcissus asturiensis

Elona quimperiana

Narcissus cyclamineus

Euphydryas aurinia

Sphagnum pylaisii

Geomalacus maculosus

Trichomanes speciosum

Lucanus cervus

Woodwardia radicans

Margaritifera margaritifera

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Barbastella barbastellus

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta monticola

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis bechsteinii

Myotis emarginatus

Myotis myotis

Rhinolophus euryale

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

4. ZEC ENCORO DE ABEGONDO-CECEBRE (ES1110004).

4.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

4.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3170

*

Estanques temporales mediterráneos

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

4.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Coenagrion mercuriale

Chondrostoma polylepis

Sphagnum pylaisii

Elona quimperiana

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

4.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea

4.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4030

Brezales secos europeos

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

4.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Elona quimperiana

Chondrostoma polylepis

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

5. ZEC COSTA DA MORTE (ES1110005).

5.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

5.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150

*

Lagunas costeras

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

2260

Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavanduletalia

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7230

Turberas bajas alcalinas

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

5.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Omphalodes littoralis

Elona quimperiana

Petromyzon marinus

Rumex rupestris

Geomalacus maculosus

Sphagnum pylaisii

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Phocoena phocoena

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Tursiops truncatus

5.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

5.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150

*

Lagunas costeras

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2150

*

Dunas fijas descalcificadas atlánticas (Calluno-Ulicetea)

2190

Depresiones intradunales húmedas

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

2260

Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavanduletalia

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

7210

*

Turberas calcáreas del Cladium mariscus y con especies del Caricion davallianae

7220

*

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91D0

*

Turberas boscosas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

5.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Coenagrion mercuriale

Alosa alosa

Omphalodes littoralis

Elona quimperiana

Alosa fallax

Rumex rupestris

Geomalacus maculosus

Petromyzon marinus

Sphagnum pylaisii

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Caretta caretta

Galemys pyrenaicus

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Phocoena phocoena

Rhinolophus euryale

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Tursiops truncatus

6. ZEC COMPLEXO HÚMIDO DE CORRUBEDO (ES1110006).

6.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

6.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1150

*

Lagunas costeras

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3170

*

Estanques temporales mediterráneos

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

6.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Omphalodes littoralis

Cerambyx cerdo

Coenagrion mercuriale

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Emys orbicularis

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Phocoena phocoena

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Tursiops truncatus

6.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

6.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150

*

Lagunas costeras

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2150

*

Dunas fijas descalcificadas atlánticas (Calluno-Ulicetea)

2190

Depresiones intradunales húmedas

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

2260

Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavanduletalia

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7210

*

Turberas calcáreas del Cladium mariscus y con especies del Caricion davallianae

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

6.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Omphalodes littoralis

Cerambyx cerdo

Alosa alosa

Rumex rupestris

Coenagrion mercuriale

Alosa fallax

Oxygastra curtisii

Petromyzon marinus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Caretta caretta

Lutra lutra

Chioglossa lusitanica

Myotis myotis

Discoglossus galganoi

Phocoena phocoena

Emys orbicularis

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

Tursiops truncatus

7. ZEC BETANZOS-MANDEO (ES1110007).

7.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

7.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150

*

Lagunas costeras

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

7.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Sphagnum pylaisii

Elona quimperiana

Petromyzon marinus

Trichomanes speciosum

Lucanus cervus

Rutilus arcasii

Woodwardia radicans

Margaritifera margaritifera

Salmo salar

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

7.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

7.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

7.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Trichomanes speciosum

Elona quimperiana

Petromyzon marinus

Woodwardia radicans

Euphydryas aurinia

Rutilus arcasii

Geomalacus maculosus

Salmo salar

Lucanus cervus

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

8. ZEC CARNOTA-MONTE DO PINDO (ES1110008).

8.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

8.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

8.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Omphalodes littoralis

Cerambyx cerdo

Sphagnum pylaisii

Elona quimperiana

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta monticola

Rhinolophus hipposideros

Lacerta schreiberi

8.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

8.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150

*

Lagunas costeras

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2150

*

Dunas fijas descalcificadas atlánticas (Calluno-Ulicetea)

2190

Depresiones intradunales húmedas

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

2260

Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavanduletalia

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

8.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Alosa alosa

Coenagrion mercuriale

Alosa fallax

Elona quimperiana

Chondrostoma polylepis

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta monticola

Rhinolophus hipposideros

Lacerta schreiberi

9. ZEC COSTA DE DEXO (ES1110009).

9.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

9.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

9.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

9.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

9.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7220

*

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

10. ZEC ESTACA DE BARES (ES1110010).

10.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

10.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

10.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Elona quimperiana

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Lacerta monticola

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

10.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea

10.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2150

*

Dunas fijas descalcificadas atlánticas (Calluno-Ulicetea)

2190

Depresiones intradunales húmedas

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7220

*

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

10.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Elona quimperiana

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Caretta caretta

Myotis myotis

Discoglossus galganoi

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta monticola

Rhinolophus hipposideros

Lacerta schreiberi

11. ZEC ESTEIRO DO TAMBRE (ES1110011).

11.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

11.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

11.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Elona quimperiana

Chondrostoma polylepis

Geomalacus maculosus

Petromyzon marinus

Lucanus cervus

Salmo salar

Macromia splendens

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

11.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

11.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150

*

Lagunas costeras

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2190

Depresiones intradunales húmedas

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

11.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Elona quimperiana

Alosa alosa

Euphydryas aurinia

Alosa fallax

Geomalacus maculosus

Chondrostoma polylepis

Lucanus cervus

Petromyzon marinus

Macromia splendens

Salmo salar

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

12. ZEC MONTE E LAGOA DE LOURO (ES1110012).

12.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

12.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1150

*

Lagunas costeras

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

12.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Sphagnum pylaisii

Cerambyx cerdo

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

12.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

12.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150

*

Lagunas costeras

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2150

*

Dunas fijas descalcificadas atlánticas (Calluno-Ulicetea)

2190

Depresiones intradunales húmedas

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

2260

Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavanduletalia

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4030

Brezales secos europeos

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

12.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Alosa alosa

Alosa fallax

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Tursiops truncatus

13. ZEC XUBIA-CASTRO (ES1110013).

13.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

13.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3170

*

Estanques temporales mediterráneos

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

13.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Sphagnum pylaisii

Lucanus cervus

Chondrostoma polylepis

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta monticola

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

13.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

13.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3160

Lagos y estanques distróficos naturales

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7120

Turberas altas degradadas que todavía pueden regenerarse de manera natural

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

13.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Culcita macrocarpa

Elona quimperiana

Chondrostoma polylepis

Woodwardia radicans

Euphydryas aurinia

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta monticola

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

14. ZEC SERRA DO CAREÓN (ES1110014).

14.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

14.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3170

*

Estanques temporales mediterráneos

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

14.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Eryngium viviparum

Elona quimperiana

Chondrostoma polylepis

Euphydryas aurinia

Rutilus arcasii

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Myotis myotis

Discoglossus galganoi

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta monticola

Rhinolophus hipposideros

Lacerta schreiberi

14.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

14.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

14.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Eryngium viviparum

Coenagrion mercuriale

Chondrostoma polylepis

Narcissus asturiensis

Elona quimperiana

Rutilus arcasii

Euphydryas aurinia

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Margaritifera margaritifera

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

15. ZEC RÍO ANLLÓNS (ES1110015).

15.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

15.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

15.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Geomalacus maculosus

Chondrostoma polylepis

Lucanus cervus

Petromyzon marinus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

15.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

15.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

15.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Geomalacus maculosus

Chondrostoma polylepis

Lucanus cervus

Petromyzon marinus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

16. ZEC RÍO TAMBRE (ES1110016).

16.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

16.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

16.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Elona quimperiana

Chondrostoma polylepis

Sphagnum pylaisii

Geomalacus maculosus

Rutilus arcasii

Lucanus cervus

Macromia splendens

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

16.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

16.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

16.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Coenagrion mercuriale

Chondrostoma polylepis

Narcissus pseudonarcissus ssp. nobilis

Elona quimperiana

Rutilus arcasii

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Macromia splendens

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis bechsteinii

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

17. ZEC OS ANCARES - O COUREL (ES1120001).

17.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

17.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4060

Brezales alpinos y boreales

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6160

Prados ibéricos silíceos de Festuca indigesta

6170

Prados alpinos y subalpinos calcáreos

6210

Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con notables orquídeas)

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8210

Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

9120

Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petraeae o Ilici-Fagenion)

9160

Robledales pedunculados o albares subatlánticos y medioeuropeos del Carpinion betuli

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

9330

Alcornocales de Quercus suber

9340

Encinares de Quercus ilex y Quercus rontundifolia

9380

Bosques de Ilex aquifolium

17.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Festuca elegans

Austropotamobius pallipes

Chondrostoma polylepis

Festuca summilusitana

Cerambyx cerdo

Narcissus asturiensis

Elona quimperiana

Narcissus cyclamineus

Euphydryas aurinia

Narcissus pseudonarcissus ssp. nobilis

Geomalacus maculosus

Sphagnum pylaisii

Lucanus cervus

Veronica micrantha

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Miniopterus schreibersii

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Ursus arctos

17.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

17.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3160

Lagos y estanques distróficos naturales

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4060

Brezales alpinos y boreales

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6160

Prados ibéricos silíceos de Festuca indigesta

6170

Prados alpinos y subalpinos calcáreos

6210

*

Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con notables orquídeas)

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

6520

Prados de siega de montaña

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

7220

*

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8210

Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8240

*

Pavimentos calcáreos

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

9120

Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petraeae o Ilici-Fagenion)

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91D0

*

Turberas boscosas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

9330

Alcornocales de Quercus suber

9340

Encinares de Quercus ilex y Quercus rontundifolia

9380

Bosques de Ilex aquifolium

9580

*

Bosques mediterráneos de Taxus baccata

17.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Festuca elegans

Austropotamobius pallipes

Chondrostoma polylepis

Festuca summilusitanica

Cerambyx cerdo

Rutilus arcasii

Narcissus asturiensis

Elona quimperiana

Narcissus pseudonarcissus ssp. nobilis

Euphydryas aurinia

Santolina semidentata

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Margaritifera margaritifera

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Barbastella barbastellus

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta monticola

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Miniopterus schreibersii

Myotis emarginatus

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Ursus arctos

18. ZEC RÍO EO (ES1120002).

18.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

18.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150

*

Lagunas costeras

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

7210

*

Turberas calcáreas del Cladium mariscus y con especies del Caricion davallianae

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

18.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Woodwardia radicans

Austropotamobius pallipes

Alosa alosa

Elona quimperiana

Chondrostoma polylepis

Geomalacus maculosus

Petromyzon marinus

Lucanus cervus

Salmo salar

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta monticola

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus hipposideros

18.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

18.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7210

*

Turberas calcáreas del Cladium mariscus y con especies del Caricion davallianae

7220

*

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

18.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus asturiensis

Austropotamobius pallipes

Alosa alosa

Trichomanes speciosum

Coenagrion mercuriale

Alosa fallax

Woodwardia radicans

Elona quimperiana

Chondrostoma polylepis

Geomalacus maculosus

Petromyzon marinus

Lucanus cervus

Salmo salar

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis emarginatus

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

19. ZEC PARGA-LADRA-TÁMOGA (ES1120003).

19.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

19.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3160

Lagos y estanques distróficos naturales

3170

*

Estanques temporales mediterráneos

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

19.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Eryngium viviparum

Lucanus cervus

Chondrostoma polylepis

Luronium natans

Margaritifera margaritifera

Rutilus arcasii

Narcissus asturiensis

Oxygastra curtisii

Narcissus pseudonarcissus ssp. nobilis

Sphagnum pylaisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

19.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

19.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

3120

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo sobre suelos generalmente arenosos del mediterráneo occidental con Isoetes spp.

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3140

Aguas oligomesotróficas calcáreas con vegetación béntica de Chara spp.

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3160

Lagos y estanques distróficos naturales

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

7210

*

Turberas calcáreas del Cladium mariscus y con especies del Caricion davallianae

7230

Turberas bajas alcalinas

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91D0

*

Turberas boscosas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

91F0

Bosques mixtos de Quercus robur, Ulmus laevis, Ulmus minor, Fraxinus excelsior o Fraxinus angustifolia, en las riberas de los grandes ríos (Ulmenion minoris)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

19.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Eryngium viviparum

Coenagrion mercuriale

Chondrostoma polylepis

Luronium natans

Elona quimperiana

Rutilus arcasii

Narcissus asturiensis

Euphydryas aurinia

Narcissus pseudonarcissus ssp. nobilis

Lucanus cervus

Sphagnum pylaisii

Macromia splendens

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

20. ZEC A MARRONDA (ES1120004).

20.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

20.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

20.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Elona quimperiana

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis emarginatus

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

20.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

20.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

9120

Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petraeae o Ilici-Fagenion)

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

20.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus asturiensis

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis emarginatus

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus euryale

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

21. ZEC AS CATEDRAIS (ES1120005).

21.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

21.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

21.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Woodwardia radicans

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

21.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

21.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2190

Depresiones intradunales húmedas

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7220

*

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

21.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta monticola

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

22. ZEC CARBALLIDO (ES1120006).

22.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

22.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

22.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Woodwardia radicans

Elona quimperiana

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis emarginatus

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Ursus arctos

22.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

22.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6210

*

Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con notables orquídeas)

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8210

Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

9380

Bosques de Ilex aquifolium

22.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus asturiensis

Geomalacus maculosus

Trichomanes speciosum

Lucanus cervus

Woodwardia radicans

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis emarginatus

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Ursus arctos

23. ZEC CRUZUL-AGÜEIRA (ES1120007).

23.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

23.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6210

Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con notables orquídeas)

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

9340

Encinares de Quercus ilex y Quercus rontundifolia

23.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Austropotamobius pallipes

Elona quimperiana

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

23.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

23.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4030

Brezales secos europeos

6210

*

Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con notables orquídeas)

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7220

*

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8210

Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

9340

Encinares de Quercus ilex y Quercus rontundifolia

23.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus asturiensis

Austropotamobius pallipes

Elona quimperiana

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

24. ZEC MONTE DO FARO (ES1120008).

24.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

24.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

24.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Sphagnum pylaisii

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Myotis myotis

Discoglossus galganoi

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

24.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

24.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

24.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Barbastella barbastellus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

25. ZEC MONTE MAIOR (ES1120009).

25.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

25.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

7130

Turberas de cobertor (* para las turberas activas)

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

25.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus asturiensis

Elona quimperiana

Narcissus cyclamineus

Euphydryas aurinia

Sphagnum pylaisii

Geomalacus maculosus

Woodwardia radicans

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta monticola

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

25.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

25.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7120

Turberas altas degradadas que todavía pueden regenerarse de manera natural

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

25.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus asturiensis

Elona quimperiana

Sphagnum pylaisii

Euphydryas aurinia

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

26. ZEC NEGUEIRA (ES1120010).

26.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

26.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9260

Bosques de Castanea sativa

9330

Alcornocales de Quercus suber

26.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Elona quimperiana

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Rhinolophus mehelyi

26.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea

26.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

9330

Alcornocales de Quercus suber

26.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Elona quimperiana

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis emarginatus

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Ursus arctos

27. ZEC RÍA DE FOZ-MASMA (ES1120011).

27.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

27.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

27.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Sphagnum pylaisii

Elona quimperiana

Petromyzon marinus

Woodwardia radicans

Lucanus cervus

Salmo salar

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

27.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

27.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7210

*

Turberas calcáreas del Cladium mariscus y con especies del Caricion davallianae

7220

*

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

27.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus pseudonarcissus ssp. nobilis

Coenagrion mercuriale

Petromyzon marinus

Elona quimperiana

Salmo salar

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Margaritifera margaritifera

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

28. ZEC RÍO LANDRO (ES1120012).

28.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

28.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

28.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus asturiensis

Lucanus cervus

Chondrostoma polylepis

Narcissus cyclamineus

Margaritifera margaritifera

Petromyzon marinus

Woodwardia radicans

Salmo salar

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

28.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

28.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

28.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus asturiensis

Coenagrion mercuriale

Chondrostoma polylepis

Narcissus cyclamineus

Lucanus cervus

Petromyzon marinus

Margaritifera margaritifera

Salmo salar

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

29. ZEC RÍO OURO (ES1120013).

29.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

29.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

29.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Sphagnum pylaisii

Lucanus cervus

Chondrostoma polylepis

Margaritifera margaritifera

Petromyzon marinus

Salmo salar

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

29.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

29.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2190

Depresiones intradunales húmedas

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7220

*

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

29.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Geomalacus maculosus

Chondrostoma polylepis

Lucanus cervus

Petromyzon marinus

Margaritifera margaritifera

Salmo salar

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta monticola

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

30. ZEC CANÓN DO SIL (ES1120014).

30.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

30.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

9340

Encinares de Quercus ilex y Quercus rontundifolia

30.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Euphydryas aurinia

Rutilus arcasii

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Macromia splendens

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Barbastella barbastellus

Lacerta schreiberi

Galemys pyrenaicus

Lutra lutra

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

30.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

30.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4030

Brezales secos europeos

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

92A0

Bosques galería de Salix alba y Populus alba

9330

Alcornocales de Quercus suber

9340

Encinares de Quercus Ilex y Quercus rontundifolia

30.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Euphydryas aurinia

Rutilus arcasii

Geomalacus maculosus

Gomphus graslinii

Lucanus cervus

Macromia splendens

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Barbastella barbastellus

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Myotis emarginatus

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

31. ZEC SERRA DO XISTRAL (ES1120015).

31.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

31.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3160

Lagos y estanques distróficos naturales

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

7130

Turberas de cobertor (* para las turberas activas)

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9380

Bosques de Ilex aquifolium

31.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Sphagnum pylaisii

Elona quimperiana

Woodwardia radicans

Euphydryas aurinia

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Miniopterus schreibersii

Lacerta monticola

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

31.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

31.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3160

Lagos y estanques distróficos naturales

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7120

Turberas altas degradadas que todavía pueden regenerarse de manera natural

7130

*

Turberas de cobertor (* para las turberas activas)

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91D0

*

Turberas boscosas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9380

Bosques de Ilex aquifolium

31.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus asturiensis

Coenagrion mercuriale

Chondrostoma polylepis

Narcissus pseudonarcissus ssp. nobilis

Elona quimperiana

Sphagnum pylaisii

Euphydryas aurinia

Trichomanes speciosum

Geomalacus maculosus

Woodwardia radicans

Lucanus cervus

Margaritifera margaritifera

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Miniopterus schreibersii

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus euryale

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

32. ZEC RÍO CABE (ES1120016).

32.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

32.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

32.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Festuca elegans

Macromia splendens

Chondrostoma polylepis

Oxygastra curtisii

Rutilus arcasii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Miniopterus schreibersii

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

32.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

32.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

91F0

Bosques mixtos de Quercus robur, Ulmus laevis, Ulmus minor, Fraxinus excelsior o Fraxinus angustifolia, en las riberas de los grandes ríos (Ulmenion minoris)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

32.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Coenagrion mercuriale

Chondrostoma polylepis

Gomphus graslinii

Rutilus arcasii

Lucanus cervus

Macromia splendens

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Miniopterus schreibersii

Lacerta schreiberi

Rhinolophus euryale

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

33. ZEC COSTA DA MARIÑA OCCIDENTAL (ES1120017).

33.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

33.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

33.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Woodwardia radicans

Elona quimperiana

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta monticola

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

33.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

33.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2190

Depresiones intradunales húmedas

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7220

*

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

33.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta monticola

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

34. ZEC BAIXA LIMIA (ES1130001).

34.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

34.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

34.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Eryngium viviparum

Geomalacus maculosus

Chondrostoma polylepis

Festuca elegans

Lucanus cervus

Rutilus arcasii

Festuca summilusitana

Macromia splendens

Veronica micrantha

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Barbastella barbastellus

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

34.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

34.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3160

Lagos y estanques distróficos naturales

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

6520

Prados de siega de montaña

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

91D0

*

Turberas boscosas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

9330

Alcornocales de Quercus suber

9340

Encinares de Quercus ilex y Quercus rontundifolia

34.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Veronica micrantha

Coenagrion mercuriale

Chondrostoma polylepis

Geomalacus maculosus

Rutilus arcasii

Lucanus cervus

Margaritifera margaritifera

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Barbastella barbastellus

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta monticola

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis blythii

Myotis emarginatus

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

35. ZEC MACIZO CENTRAL (ES1130002).

35.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

35.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

5120

Formaciones montanas de Genista purgans

5210

Matorrales arborescentes de Juniperus spp.

6160

Prados ibéricos silíceos de Festuca indigesta

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

9340

Encinares de Quercus ilex y Quercus rontundifolia

9380

Bosques de Ilex aquifolium

35.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Eryngium viviparum

Geomalacus maculosus

Chondrostoma polylepis

Festuca elegans

Lucanus cervus

Festuca summilusitana

Narcissus asturiensis

Sphagnum pylaisii

Veronica micrantha

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta monticola

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

35.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

35.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3160

Lagos y estanques distróficos naturales

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4060

Brezales alpinos y boreales

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6160

Prados ibéricos silíceos de Festuca indigesta

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

6520

Prados de siega de montaña

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

92A0

Bosques galería de Salix alba y Populus alba

9330

Alcornocales de Quercus suber

9340

Encinares de Quercus ilex y Quercus rontundifolia

9380

Bosques de Ilex aquifolium

35.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Festuca elegans

Geomalacus maculosus

Chondrostoma polylepis

Festuca summilusitana

Lucanus cervus

Rutilus arcasii

Narcissus asturiensis

Narcissus pseudonarcissus ssp. nobilis

Veronica micrantha

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Barbastella barbastellus

Lacerta monticola

Galemys pyrenaicus

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

36. ZEC BIDUEIRAL DE MONTEDERRAMO (ES1130003).

36.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

36.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9380

Bosques de Ilex aquifolium

36.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Eryngium viviparum

Cerambyx cerdo

Narcissus asturiensis

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Lacerta monticola

Galemys pyrenaicus

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

36.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

36.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4060

Brezales alpinos y boreales

6160

Prados ibéricos silíceos de Festuca indigesta

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6520

Prados de siega de montaña

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9380

Bosques de Ilex aquifolium

36.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus asturiensis

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Geomalacus maculosus

Rutilus arcasii

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Lacerta monticola

Galemys pyrenaicus

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

37. ZEC PENA VEIDOSA (ES1130004).

37.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

37.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

37.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Sphagnum pylaisii

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

37.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

37.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

37.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Geomalacus maculosus

Chondrostoma polylepis

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Barbastella barbastellus

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

38. ZEC RÍO TÁMEGA (ES1130005).

38.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

38.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

38.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Eryngium viviparum

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Narcissus asturiensis

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

38.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

38.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

38.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Drepanocladus vernicosus

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Narcissus asturiensis

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Miniopterus schreibersii

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

39. ZEC VEIGA DE PONTELIÑARES (ES1130006).

39.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

39.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

39.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Eryngium viviparum

Lucanus cervus

Chondrostoma polylepis

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Barbastella barbastellus

Galemys pyrenaicus

Lutra lutra

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

39.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

39.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

39.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Eryngium viviparum

Euphydryas aurinia

Chondrostoma polylepis

Lucanus cervus

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Barbastella barbastellus

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Myotis myotis

Rhinolophus euryale

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

40. ZEC PENA TREVINCA (ES1130007).

40.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

40.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

5120

Formaciones montanas de Genista purgans

6160

Prados ibéricos silíceos de Festuca indigesta

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

9330

Alcornocales de Quercus suber

9340

Encinares de Quercus ilex y Quercus rontundifolia

9380

Bosques de Ilex aquifolium

9580

*

Bosques mediterráneos de Taxus baccata

40.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Eryngium viviparum

Geomalacus maculosus

Chondrostoma polylepis

Festuca elegans

Lucanus cervus

Festuca summilusitana

Narcissus asturiensis

Narcissus pseudonarcissus ssp. nobilis

Santolina semidentata

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

40.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

40.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3160

Lagos y estanques distróficos naturales

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4060

Brezales alpinos y boreales

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

5120

Formaciones montanas de Genista purgans

6160

Prados ibéricos silíceos de Festuca indigesta

6210

*

Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con notables orquídeas)

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

6520

Prados de siega de montaña

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8210

Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91D0

*

Turberas boscosas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

9340

Encinares de Quercus ilex y Quercus rontundifolia

9380

Bosques de Ilex aquifolium

9580

*

Bosques mediterráneos de Taxus baccata

40.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Festuca elegans

Geomalacus maculosus

Chondrostoma polylepis

Festuca summilusitana

Lucanus cervus

Narcissus asturiensis

Oxygastra curtisii

Narcissus pseudonarcissus ssp. nobilis

Santolina semidentata

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis blythii

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

41. ZEC PENA MASEIRA (ES1130008).

41.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

41.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

41.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Lacerta schreiberi

Galemys pyrenaicus

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

41.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

41.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

41.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Euphydryas aurinia

Chondrostoma polylepis

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta monticola

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

42. ZEC SERRA DA ENCIÑA DA LASTRA (ES1130009).

42.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

42.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

5210

Matogueiras arborescentes de Juniperus spp.

6170

Prados alpinos y subalpinos calcáreos

6210

Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con notables orquídeas)

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

8210

Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

9260

Bosques de Castanea sativa

9340

Encinares de Quercus ilex y Quercus rontundifolia

42.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Petrocoptis grandiflora

Austropotamobius pallipes

Chondrostoma polylepis

Santolina semidentata

Cerambyx cerdo

Euphydryas aurinia

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Miniopterus schreibersii

Myotis myotis

Rhinolophus euryale

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

42.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

42.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4030

Brezales secos europeos

6170

Prados alpinos y subalpinos calcáreos

6210

*

Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con notables orquídeas)

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7220

*

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8210

Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8240

*

Pavimentos calcáreos

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9260

Bosques de Castanea sativa

9340

Encinares de Quercus ilex y Quercus rontundifolia

42.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Petrocoptis grandiflora

Austropotamobius pallipes

Chondrostoma polylepis

Santolina semidentata

Cerambyx cerdo

Rutilus arcasii

Coenagrion mercuriale

Euphydryas aurinia

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Macromia splendens

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Miniopterus schreibersii

Myotis myotis

Rhinolophus euryale

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

43. ZEC ILLAS CÍES (ES0000001).

43.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

43.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

2260

Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavanduletalia

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

43.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Euphydryas aurinia

Geomalacus maculosus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Lutra lutra

Tursiops truncatus

43.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

43.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150

*

Lagunas costeras

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2150

*

Dunas fijas descalcificadas atlánticas (Calluno-Ulicetea)

2190

Depresiones intradunales húmedas

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

2260

Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavanduletalia

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

43.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Rumex rupestris

Cerambyx cerdo

Alosa alosa

Euphydryas aurinia

Alosa fallax

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Caretta caretta

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Phocoena phocoena

Rhinolophus ferrumequinum

Tursiops truncatus

44. ZEC SISTEMA FLUVIAL ULLA-DEZA (ES1140001).

44.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

44.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

44.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineu

Cerambyx cerdo

Alosa alosa

Coenagrion mercuriale

Alosa fallax

Elona quimperiana

Chondrostoma polylepis

Euphydryas aurinia

Petromyzon marinus

Geomalacus maculosus

Rutilus arcasii

Lucanus cervus

Salmo salar

Macromia splendens

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis bechsteinii

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

44.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

44.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4030

Brezales secos europeos

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9330

Alcornocales de Quercus suber

44.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Cerambyx cerdo

Alosa alosa

Coenagrion mercuriale

Chondrostoma polylepis

Elona quimperiana

Petromyzon marinus

Euphydryas aurinia

Rutilus arcasii

Geomalacus maculosus

Salmo salar

Lucanus cervus

Macromia splendens

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis bechsteinii

Myotis emarginatus

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

45. ZEC RÍO LÉREZ (ES1140002).

45.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

45.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

45.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Petromyzon marinus

Elona quimperiana

Salmo salar

Lucanus cervus

Macromia splendens

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

45.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

45.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

45.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Cerambyx cerdo

Petromyzon marinus

Elona quimperiana

Salmo salar

Lucanus cervus

Macromia splendens

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

46. ZEC A RAMALLOSA (ES1140003).

46.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

46.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

46.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

46.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

46.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2190

Depresiones intradunales húmedas

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

46.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Rumex rupestris

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

47. ZEC COMPLEXO ONS-O GROVE (ES1140004).

47.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

47.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150

*

Lagunas costeras

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

47.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Rumex rupestris

Euphydryas aurinia

Alosa alosa

Alosa fallax

Chondrostoma polylepis

Petromyzon marinus

Rutilus arcasii

Salmo salar

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Phocoena phocoena

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Tursiops truncatus

47.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

47.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1150

*

Lagunas costeras

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2150

*

Dunas fijas descalcificadas atlánticas (Calluno-Ulicetea)

2190

Depresiones intradunales húmedas

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

2260

Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavanduletalia

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7210

*

Turberas calcáreas del Cladium mariscus y con especies del Caricion davallianae

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

47.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Rumex rupestris

Euphydryas aurinia

Alosa alosa

Geomalacus maculosus

Alosa fallax

Petromyzon marinus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Caretta caretta

Lutra lutra

Chelonia mydas

Myotis myotis

Chioglossa lusitanica

Phocoena phocoena

Discoglossus galganoi

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

Tursiops truncatus

48. ZEC MONTE ALOIA (ES1140005).

48.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

48.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

48.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Coenagrion mercuriale

Rutilus arcasii

Elona quimperiana

Geomalacus maculosus

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Myotis myotis

Discoglossus galganoi

Rhinolophus ferrumequinum

Lacerta schreiberi

Rhinolophus hipposideros

48.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

48.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4030

Brezales secos europeos

5230

*

Matorrales arborescentes de Laurus nobilis

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

48.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Coenagrion mercuriale

Rutilus arcasii

Elona quimperiana

Euphydryas aurinia

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

49. ZEC RÍO TEA (ES1140006).

49.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

49.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

49.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Elona quimperiana

Cobitis taenia

Gomphus graslinii

Petromyzon marinus

Lucanus cervus

Rutilus arcasii

Macromia splendens

Salmo salar

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Emys orbicularis

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

49.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

49.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

9180

*

Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

49.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Woodwardia radicans

Elona quimperiana

Cobitis taenia

Euphydryas aurinia

Petromyzon marinus

Geomalacus maculosus

Rutilus arcasii

Lucanus cervus

Salmo salar

Macromia splendens

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

50. ZEC BAIXO MIÑO (ES1140007).

50.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

50.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

50.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Jasione lusitanica

Cerambyx cerdo

Alosa alosa

Narcissus cyclamineus

Geomalacus maculosus

Alosa fallax

Woodwardia radicans

Lucanus cervus

Chondrostoma polylepis

Oxygastra curtisii

Petromyzon marinus

Rutilus arcasii

Salmo salar

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Emys orbicularis

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Mauremys leprosa

Rhinolophus hipposideros

50.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

50.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2190

Depresiones intradunales húmedas

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

91F0

Bosques mixtos de Quercus robur, Ulmus laevis, Ulmus minor, Fraxinus excelsior o Fraxinus angustifolia, en las riberas de los grandes ríos (Ulmenion minoris)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

92A0

Bosques galería de Salix alba y Populus alba

9330

Alcornocales de Quercus suber

50.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Jasione lusitanica

Cerambyx cerdo

Alosa alosa

Narcissus cyclamineus

Geomalacus maculosus

Alosa fallax

Woodwardia radicans

Lucanus cervus

Chondrostoma polylepis

Oxygastra curtisii

Petromyzon marinus

Rutilus arcasii

Salmo salar

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Emys orbicularis

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Mauremys leprosa

Rhinolophus hipposideros

51. ZEC BRAÑAS DE XESTOSO (ES1140008).

51.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

51.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

51.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Sphagnum pylaisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

51.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

51.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6230

*

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de la Europa continental)

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

51.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Coenagrion mercuriale

Chondrostoma polylepis

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

52. ZEC CABO UDRA (ES1140009).

52.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

52.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

52.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Lacerta schreiberi

Rhinolophus euryale

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

52.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

52.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

52.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Euphydryas aurinia

Alosa alosa

Alosa fallax

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Phocoena phocoena

Discoglossus galganoi

Rhinolophus euryale

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Tursiops truncatus

53. ZEC COSTA DA VELA (ES1140010).

53.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

53.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2230

Dunas con céspedes del Malcomietalia

4030

Brezales secos europeos

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

53.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Phocoena phocoena

Rhinolophus euryale

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Tursiops truncatus

53.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

53.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

2130

*

Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (“dunas grises”)

2150

*

Dunas fijas descalcificadas atlánticas (Calluno-Ulicetea)

2190

Depresiones intradunales húmedas

2260

Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavanduletalia

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6420

Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

53.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Alosa alosa

Coenagrion mercuriale

Alosa fallax

Euphydryas aurinia

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Discoglossus galganoi

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Phocoena phocoena

Rhinolophus euryale

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Tursiops truncatus

54. ZEC GÁNDARAS DE BUDIÑO (ES1140011).

54.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

54.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3110

Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae)

3150

Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

54.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Elona quimperiana

Lucanus cervus

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Emys orbicularis

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

54.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

54.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

7230

Turberas bajas alcalinas

91D0

*

Turberas boscosas

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

54.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Elona quimperiana

Rutilus arcasii

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Emys orbicularis

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Mauremys leprosa

Rhinolophus hipposideros

55. ZEC ILLAS ESTELAS (ES1140012).

55.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

55.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

4040

*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

55.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

55.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

55.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

2110

Dunas móviles embrionarias

2120

Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (“dunas blancas”)

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

55.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Alosa alosa

Alosa fallax

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Phocoena phocoena

Tursiops truncatus

56. ZEC SERRA DO CANDÁN (ES1140013).

56.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

56.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

56.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Coenagrion mercuriale

Rutilus arcasii

Euphydryas aurinia

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Barbastella barbastellus

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

56.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

56.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

9380

Bosques de Ilex aquifolium

56.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Euphydryas aurinia

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Barbastella barbastellus

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Myotis bechsteinii

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

57. ZEC SERRA DO CANDO (ES1140014).

57.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

57.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3170

*

Estanques temporales mediterráneos

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

57.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Narcissus cyclamineus

Cerambyx cerdo

Euphydryas aurinia

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

57.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

57.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3130

Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae y/o Isoeto-Nanojuncetea

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

7150

Depresiones sobre sustratos turbosos del Rhynchosporion

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

57.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Rutilus arcasii

Euphydryas aurinia

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Barbastella barbastellus

Discoglossus galganoi

Galemys pyrenaicus

Lacerta schreiberi

Lutra lutra

Myotis bechsteinii

Myotis emarginatus

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

58. ZEC SOBREIRAIS DO ARNEGO (ES1140015).

58.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

58.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

58.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Coenagrion mercuriale

Rutilus arcasii

Euphydryas aurinia

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

58.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

58.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

3270

Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4030

Brezales secos europeos

6220

*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8130

Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

8310

Cuevas no explotadas por el turismo

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

9330

Alcornocales de Quercus suber

58.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Cerambyx cerdo

Chondrostoma polylepis

Euphydryas aurinia

Rutilus arcasii

Geomalacus maculosus

Lucanus cervus

Margaritifera margaritifera

Oxygastra curtisii

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

59. ZEC ENSEADA DE SAN SIMÓN (ES1140016).

59.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

59.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

4030

Brezales secos europeos

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

59.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

59.2. Información actualizada pendiente de validación por la Comisión Europea.

59.2.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

1110

Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda

1130

Estuarios

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja

1160

Grandes calas y bahías poco profundas

1170

Arrecifes

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

1310

Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas

1320

Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi)

1330

Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae)

1420

Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosae)

3260

Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de Callitricho-Batrachion

6410

Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae)

6430

Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

6510

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis)

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

59.2.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE.

Flora

Invertebrados

Peces

Euphydryas aurinia

Alosa alosa

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Tursiops truncatus

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3. ZEC FRAGAS DO EUME (ES1110003).

3.1. Información oficial Natura 2000 (formulario normalizado de datos Natura 2000).

3.1.1. Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Código

Denominación

4020

*

Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix

4030

Brezales secos europeos

4090

Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga

7110

*

Turberas altas activas

7140

‘Mires’ de transición

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

91E0

*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)

9230

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica

9260

Bosques de Castanea sativa

3.1.2. Especies que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE

Flora

Invertebrados

Peces

Culcita macrocarpa

Coenagrion mercuriale

Chondrostoma polylepis

Narcissus asturiensis

Elona quimperiana

Narcissus cyclamineus

Euphydryas aurinia

Trichomanes speciosum

Geomalacus maculosus

Woodwardia radicans

Lucanus cervus

Margaritifera margaritifera

Anfibios/Reptiles

Mamíferos

Chioglossa lusitanica

Galemys pyrenaicus

Discoglossus galganoi

Lutra lutra

Lacerta monticola

Myotis myotis

Lacerta schreiberi

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

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ANEXO II
Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia

TÍTULO I
Disposiciones generales

Artículo 1. Naturaleza del plan

El Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia, como plan de ordenación de los recursos naturales, constituye el instrumento para la planificación, ordenación y gestión en red de los espacios protegidos incluidos en el ámbito de aplicación de este plan, dando cumplimiento a las exigencias establecidas en las directivas europeas (92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres, y 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas), en la normativa estatal (Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad, y Real decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre) y en la autonómica (Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza), Decreto 72/2004, de 2 de abril, por el que se declaran determinados espacios como zonas de especial protección de los valores naturales, así como los fundamentos técnicos de las directrices de conservación de la Red Natura 2000.

Artículo 2. Finalidad

El Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia establece un conjunto de medidas de planificación y gestión para los territorios definidos en su ámbito de aplicación en la Comunidad Autónoma de Galicia, con la finalidad de asegurar el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento a un estado de conservación favorable de los tipos de hábitats naturales del anexo I de la Directiva 92/43/CEE y de los hábitats de las especies silvestres de flora y fauna establecidas en los anexos II, IV, V de la Directiva 92/43/CEE y de los hábitats de las especies de aves a las que se aplica el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE, habida cuenta las exigencias económicas, sociales y culturales, así como las particularidades regionales y locales.

Dichas medidas estarán orientadas a evitar que en dichos lugares se produzcan alteraciones o deterioros apreciables en relación con los objetivos de conservación contemplados en las dos directivas europeas.

Artículo 3. Ámbito territorial del plan

El ámbito territorial del presente plan director es el establecido en el artículo 3 de este decreto.

Artículo 4. Alcance del plan

El presente plan prevalecerá sobre cualquier otro instrumento de ordenación territorial o física. Las disposiciones establecidas en el presente plan constituirán un límite para dichos instrumentos, no pudiendo alterarlas o modificarlas, y se aplicarán, en todo caso, prevaleciendo sobre los instrumentos de ordenación preexistentes.

Cuando los instrumentos existentes de ordenación territorial, urbanística, de recursos naturales y, en general, física, resulten contradictorios con el presente plan deberán adaptarse a éste. En tanto dicha adaptación no tenga lugar, las determinaciones del plan director se aplicarán, en todo caso, prevaleciendo sobre dichos instrumentos.

En aquellos territorios incluidos en el ámbito territorial del plan director que por su condición de parque nacional o parque natural poseen un plan de ordenación de los recursos naturales, el presente plan director se considera complementario a los objetivos, directrices y normas incluidas en dichos instrumentos de planificación.

En particular, será aplicable la zonificación establecida en el anexo III del presente plan, sin perjuicio de la zonificación que se recoja en los instrumentos de ordenación específicos como consecuencia del planeamiento de mayor detalle, que se mantendrá en vigor. Se atenderá entonces a la regulación de usos previstos en el presente plan sin perjuicio de la aplicación de las limitaciones específicas que se recogen en dichos instrumentos de ordenación.

Asimismo, el plan director será determinante respecto a cualquier otra actuación, plan o programa sectorial, sin perjuicio de lo que disponga al respecto la normativa autonómica. Las actuaciones, planes o programas sectoriales sólo podrán contradecir o no acoger el contenido del plan director por razones imperiosas de interés público de primer orden, en cuyo caso la decisión deberá motivarse y hacerse pública, en aplicación del artículo 18.3 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, o en la forma en la que la normativa autonómica pueda prever para la Comunidad Autónoma.

Artículo 5. Contenido del plan

El presente plan se estructura en las siguientes 4 partes: a) Memoria descriptiva y justificativa, b) Objetivos de conservación, c) Zonificación, d) Medidas de gestión.

TÍTULO II
Memoria descriptiva y justificativa

Artículo 6. Justificación

Según el artículo 191 del Tratado de la Unión Europea, la política de la Unión en el ámbito del medio ambiente contribuirá a garantizar la conservación, la protección y la mejora del medio ambiente, la protección de la salud de las personas, la utilización prudente y racional de los recursos naturales y el fomento de medidas a escala internacional destinadas a hacer frente a los problemas regionales o mundiales del medio ambiente. La política de la Unión Europea en este ámbito tendrá como objetivo alcanzar un nivel de protección elevado, teniendo presente la diversidad de situaciones existentes en las distintas regiones de la Unión. Se basará en los principios de cautela y de acción preventiva, en el principio de corrección de los atentados al medio ambiente, preferentemente en la fuente misma, y en el principio de que quien contamina paga. En este contexto, las medidas de armonización necesarias para responder a exigencias de la protección incluirán, en los casos apropiados, una cláusula de salvaguarda que autorice a los Estados miembros a adoptar, por motivos ambientales no económicos, medidas provisionales sometidas a un procedimiento comunitario de control.

En coherencia con estos aspectos, el Consejo de las Comunidades Europeas promulgó la Directiva 92/43/CEE, conocida como Directiva hábitats, que asume como objetivo fundamental propiciar el mantenimiento de la biodiversidad en el ámbito territorial de la Unión Europea, al tiempo que se tienen en cuenta las exigencias económicas, sociales, culturales y regionales. En consecuencia, la Directiva hábitats, deberá contribuir a alcanzar el objetivo general de un desarrollo sostenible, toda vez que el mantenimiento de esta biodiversidad podrá, en determinados casos, requerir el mantenimiento, e incluso el estímulo, de determinadas actividades humanas.

La Directiva 92/43/CEE considera además que, en el territorio de la Unión Europea, los hábitats naturales siguen degradándose y que un número creciente de especies silvestres están gravemente amenazadas; que, habida cuenta de que los hábitats y las especies amenazadas forman parte del patrimonio natural de la Comunidad y de que las amenazas que pesan sobre ellos tienen a menudo un carácter transfronterizo, es necesario tomar medidas a nivel comunitario con el fin de conservarlos. Para ello, habida cuenta de las amenazas que pesan sobre determinados tipos de hábitats naturales y sobre determinadas especies, es necesario definirlas como prioritarias con el fin de propiciar la rápida puesta en marcha de medidas tendentes a su conservación. Así, para garantizar el mantenimiento de su estado de conservación o, en su caso, el restablecimiento a unas condiciones favorables de los hábitats naturales y de las especies de interés comunitario, se deben designar zonas especiales de conservación con el fin de realizar una red ecológica europea coherente: Natura 2000. En dicha red ecológica, junto a las ZEC para los hábitats del anexo I y las especies del anexo II de la Directiva 92/43/CEE, se integrarán las ZEPA, designadas en virtud de la Directiva 2009/147/CE.

En cuanto a la designación de LIC y ZEC, el artículo 4 de la Directiva 92/43/CEE diseña un procedimiento que consta de tres etapas. La primera etapa consiste en la elaboración por los Estados miembros (las comunidades autónomas, según lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, y en el artículo 42 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre) de una lista provisional de lugares con el fin de ser designados como LIC. La elaboración de estas listas fue realizada de acuerdo con los requerimientos técnicos establecidos en el anexo III de la Directiva 92/43/CEE, y a partir de la información científico-técnica disponible en cada territorio, proponiendo, para cada una de las regiones biogeográficas, un conjunto de áreas concretas, denominadas pLIC (LIC propuesto) que engloban tipos de hábitats naturales enumerados en el anexo I de la Directiva 92/43/CEE, y tipos de hábitats de especies de flora y fauna, enumeradas en el anexo II de dicha directiva.

En una segunda etapa, la Comisión Europea, de común acuerdo con cada uno de los Estados miembros, redacta un proyecto de lista de LIC para cada región biogeográfica, tomando como base las listas remitidas por éstos, que incluya los lugares que alberguen uno o varios tipos de hábitats naturales prioritarios o una o varias especies prioritarias. Posteriormente, la Comisión aprueba la lista de LIC para cada región biogeográfica y las publica en el Diario Oficial de la Unión Europea.

La tercera etapa consiste en la designación de los LIC como ZEC. En el artículo 1 de la Directiva 92/43/CEE se define ZEC como un lugar de importancia comunitaria designado por los Estados miembros mediante un acto reglamentario, administrativo y/o contractual, en el cual se apliquen las medidas de conservación necesarias para el mantenimiento o el restablecimiento a un estado de conservación favorable de los hábitats naturales y/o de las poblaciones de las especies para las cuáles se designó el lugar. El artículo 4.4 de la Directiva 92/43/CEE dispone que, una vez elegido un LIC conforme al procedimiento regulado en su artículo 4.2, el Estado miembro (las comunidades autónomas, según lo dispuesto en el artículo 5 del Real decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, y en el artículo 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre) de que se trate, dará a dicho lugar la designación de ZEC lo más rápidamente posible y como máximo en un plazo de seis años, fijando las prioridades en función de la importancia de los lugares, para el mantenimiento o el restablecimiento a un estado de conservación favorable de un tipo de hábitat natural de los del anexo I o de una especie de las del anexo II y para la coherencia de Natura 2000, así como en función de las amenazas de deterioro y destrucción que pesen sobre ellos.

La Directiva hábitats considera que en cada zona designada se deben aplicar las medidas de gestión necesarias, habida cuenta de los objetivos de conservación establecidos en el momento de su designación y, en concreto, de las medidas destinadas a fomentar la conservación de los hábitats naturales prioritarios y de las especies prioritarias de interés comunitario. Esta actuación, por otra parte, constituye una responsabilidad común de todos los Estados miembros.

La designación de un territorio como ZEPA se realiza tras la evaluación de la importancia del lugar para la conservación de los hábitats de las aves a las que se aplica el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, e integrándose directamente en la Red Natura 2000. En el ámbito normativo español, son las comunidades autónomas las que declaran las ZEPA según el procedimiento establecido en el artículo 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre. La red de Galicia está constituida por 16 ZEPA, de las cuales 14 fueron declaradas mediante comunicaciones a la Administración general del Estado y acuerdos de Gobierno del Consello de la Xunta de Galicia y figuran en el anexo I del Decreto 72/2004, de 2 de abril, mientras que las otras dos fueron declaradas por medio del Decreto 131/2008, de 19 de junio, y del Decreto 411/2009, de 12 de noviembre.

La delimitación territorial de este plan director de conformidad con el artículo 32.2.1 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, y 19.a de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, se enmarca en el artículo 3 del presente decreto.

Artículo 7. Patrimonio natural y biodiversidad

La Directiva 92/43/CEE define como tipos de hábitats naturales de interés comunitario los que en el territorio contemplado en el artículo 2 de la Directiva 92/43/CEE se encuentran amenazados de desaparición en su área de distribución natural, o bien presentan un área de distribución natural reducida a causa de su regresión, o debido a su área intrínsecamente restringida, o bien constituyen ejemplos representativos de características típicas de una o de varias de las nueve regiones biogeográfica siguientes: alpina, atlántica, boreal, continental, macaronésica, del Mar Negro, mediterránea, panónica y estépica.

Como tipos de hábitats naturales prioritarios se consideran los tipos de hábitats naturales amenazados de desaparición presentes en el territorio contemplado en el artículo 2 de la Directiva 92/43/CEE cuya conservación supone una especial responsabilidad para la Comunidad, habida cuenta de la importancia de la proporción de su área de distribución natural incluida en el territorio. En el anexo I de la mencionada directiva se enumeran los tipos de hábitats naturales de interés comunitario, y los tipos de hábitats naturales prioritarios se señalan mediante un asterisco (*).

El anexo I de la Directiva 92/43/CEE, modificado por última vez por la Directiva 2013/17 UE del Consejo, de 13 de mayo de 2013, por la que se adaptan determinadas directivas en el ámbito del medio ambiente, con motivo de la adhesión de la República de Croacia, incluye 233 tipos de hábitat naturales de interés comunitario, de los que 71 tipos son considerados como hábitats naturales prioritarios. En Galicia están presentes 72 tipos de interés comunitario (31 %), de los cuales 18 son prioritarios (25 %), mostrando todos ellos una presencia significativa dentro de las ZEC y de las ZEPA declaradas en Galicia.

Entre los tipos de hábitats naturales prioritarios presentes en Galicia destacan las lagunas costeras (1150*), las dunas fijas (2130*, 2150*), los brezales húmedos (4020*), los brezales costeros (4040*), diversos tipos de turberas y medios higrófilos (7110*, 7130*, 7210*, 7220*, 91D0*), entre los que destacan por su rareza dentro del conjunto gallego y de la zona meridional de la región biogeográfica atlántica, las turberas de cobertor (7130*), junto con diversos tipos de formaciones herbáceas de carácter natural y seminatural (6210*, 6220*, 6230*) y diversas formaciones leñosas, como los matorrales de Laurus nobilis (5230*), los bosques aluviales (91Y0*), los bosques de barrancos (9180*) y los bosques mediterráneos de Taxus baccata (9580*).

Tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE presentes en Galicia:

1. Hábitats costeros y vegetaciones halofíticas.

11. Aguas marinas y medios de marea.

1110 Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina poco profunda.

1130 Estuarios.

1140 Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay marea baja .

1150* Lagunas costeras.

1160 Grandes calas y bahías poco profundas.

1170 Arrecifes.

12. Acantilados marítimos y playas de guijarros.

1210 Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados.

1220 Vegetación perenne de bancos de guijarros.

1230 Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas.

13. Marismas y pastizales salinos atlánticos y continentales.

1310 Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas.

1320 Pastizales de Spartina (Spartinion maritimi).

1330 Pastizales salinos atlánticos (Glauco-Puccinellietalia maritimae).

14. Marismas y pastizales salinos mediterráneos y termoatlánticos.

1420 Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornetea fructicosae).

2. Dunas marítimas y continentales.

21. Dunas marítimas de las costas atlánticas, del Mar del Norte y del Báltico.

2110 Dunas móviles embrionarias.

2120 Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (dunas blancas).

2130* Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (dunas grises).

2150* Dunas fijas descalcificadas atlánticas (Calluno-Ulicetea).

2190 Depresiones intradunales húmedas.

22. Dunas marítimas de las costas mediterráneas.

2230 Dunas con céspedes del Malcolmietalia.

2260 Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavenduletalia.

3. Hábitats de agua dulce.

31. Aguas estancadas.

3110 Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae).

3120 Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo sobre suelos generalmente arenosos del mediterráneo occidental con Isoetes spp.

3130 Aguas estancadas, oligotróficas o mesotróficas con vegetación de Littorelletea uniflorae e/ou Isoeto-Nanojuncetea.

3140 Aguas oligomesotróficas calcarias con vegetación béntica de Chara spp.

3150 Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition.

3160 Lagos y estanques distróficos naturales.

32. Aguas corrientes.

Tramos de cursos de agua con dinámica natural y seminatural (lechos menores, medios y mayores), en los que la calidad del agua no presenta alteraciones significativas.

3260 Ríos de pisos de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y Callitricho-Batrachion.

3270 Ríos de orillas fangosas con vegetación de Chenopodion rubri p.p. y de Bidention p.p.

4. Brezales y matorrales de zona templada.

4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix.

4030 Brezales secos europeos.

4040* Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans.

4060 Brezales alpinos y boreales.

4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

5. Matorrales esclerófilos.

51. Matorrales submediterráneos y de zona templada.

5120 Formaciones montanas de Genista purgans.

52. Matorrales arborescentes mediterráneos.

5230* Matorrales arborescentes de Laurus nobilis.

6. Formaciones herbosas naturales y seminaturales.

61. Prados naturales.

6160 Prados ibéricos silíceos de Festuca indigesta.

6170 Prados alpinos y subalpinos calcáreos.

62. Formaciones herbosas secas seminaturales y facies de matorral.

6210 Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre substratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con notables orquídeas).

6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea.

6230* Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre substratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de Europa continental).

64. Prados húmedos seminaturales de hierbas altas.

6410 Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos (Molinion caeruleae).

6420 Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas de Molinion-Holoschoenion.

6430 Megaforbios eutrofos hidrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino.

65. Prados mesófilos.

6510 Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis).

6520 Prados de siega de montaña.

7. Turberas altas, turberas bajas (fens y mires) y áreas pantanosas.

71. Turberas ácidas de esfagnos.

7110* Turberas altas activas.

7120 Turberas altas degradadas que aún pueden regenerarse de manera natural.

7130 Turberas de cobertor (* para las turberas activas).

7140 «Mires» de transición.

7150 Depresiones sobre sustratos turbosos de Rhynchosporion.

72. Áreas pantanosas calcáreas.

7210* Turberas calcáreas de Cladium mariscus y con especies de Caricion davallianae.

7220* Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion).

7230 Turberas bajas alcalinas.

8. Hábitats rocosos y cuevas.

81. Desprendimientos rocosos.

8130 Desprendimientos mediterráneos occidentales y termófilos.

82. Pendientes rocosas con vegetación casmofítica.

8210 Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica.

8220 Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica.

8230 Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii.

8240* Pavimentos calcáreos.

83. Otros hábitats rocosos.

8310 Cuevas no explotadas por el turismo.

8330 Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas.

9. Bosques.

Bosques (sub)naturales de especies autóctonas, en monte alto con sotobosque típico, que responden a uno de los siguientes criterios: raros o residuales, y/o que albergan especies de interés comunitario.

91. Bosques de la Europa templada.

9120 Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petraeae ou Ilici-Fagenion).

9180* Bosques de laderas, desprendimientos o barrancos del Tilio-Acerion.

91D0* Turberas boscosas.

91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae).

91F0 Bosques mixtos de Quercus robur, Ulmus laevis, Ulmus minor, Fraxinus excelsior o Fraxinus angustifolia, en las riberas de los grandes ríos (Ulmenion minoris).

92. Bosques mediterráneos caducifolios.

9230 Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica.

9260 Bosques de Castanea sativa.

92A0 Bosques galería de Salix alba y Populus alba.

93. Bosques esclerófilos mediterráneos.

9330 Alcornocales de Quercus suber.

9340 Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia.

9380 Bosques de Ilex aquifolium.

95. Bosques de coníferas de montañas mediterráneas y macaronésicas.

9580* Bosques mediterráneos de Taxus baccata.

Del listado anterior, una serie de tipos de hábitat de interés comunitario no se encuentran registrados en los listados de referencia de la Unión Europea para España, tanto en la región biogeográfica atlántica como en la mediterránea. La identificación de estos tipos de hábitat de interés comunitario en el territorio gallego deriva de una mejor identificación e interpretación de los hábitats del área marina y costera, de una mejor caracterización de los humedales presentes en el territorio, de una tipificación de los ecosistemas boscosos más adecuada de acuerdo con la información científica disponible, de la elaboración de manuales de interpretación de los hábitats de interés comunitario para el territorio gallego y de la elaboración de la cartografía de hábitats de los lugares de la Red Natura 2000, que se integra en el presente plan.

Por otra parte existen varios tipos de hábitat de interés comunitario que fueron identificados en la configuración inicial de la Red Natura 2000 de Galicia, pero sin seguir los criterios establecidos en el Manual de interpretación de los hábitats de la Unión Europea-EUR 27. Para estos tipos de hábitat no existen referencias científicas que puedan avalar su presencia en el territorio gallego. Se trata de los tipos 3170* Estanques temporales mediterráneos, 5210 Matorrales arborescentes de Juniperus spp. y 9160 Robledales pedunculados o albares subatlánticos y medioeuropeos del Carpinion betuli.

Por otra parte, en el presente plan y de forma complementaria a los tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE, se emplea un sistema jerarquizado de unidades ambientales establecidas, habida cuenta de las características de los componentes del sistema natural, socioeconómico y territorial de Galicia. Empleando como base el concepto biogeográfico de hábitat y las principales clasificaciones empleadas en Europa (Corine Biotopes, Corine Land Cover, Eunis Habitat), se procedió a estructurar una clasificación de unidades ambientales homogéneas, aplicable al conjunto del territorio gallego y orientada a la valoración de los componentes clave para la biodiversidad, como usos y aprovechamientos derivados de las distintas actividades humanas.

Como unidad ambiental (UA) se define la porción del territorio que, poseyendo características geográficas y ecológicas homogéneas, muestra una respuesta también homogénea frente a las acciones derivadas de los procesos antrópicos, constituyendo el elemento básico para sustentar la planificación y gestión de un espacio natural. El sistema de unidades ambientales incluye más de 70 tipos distribuidas en 9 grupos, que representan medios de carácter natural (hábitats marinos y costeros, humedales continentales, matorrales y medios rocosos, bosques naturales y seminaturales), como otros derivados de su transformación antrópica (paisaje rural tradicional, paisaje rural transformado) o vinculados directamente con sistemas artificiales (humedales artificiales, áreas urbanas e industriales, vías y líneas de abastecimiento). Cada unidad ambiental se define por un conjunto determinado de hábitats característicos, que de forma conjunta representan la mayor cobertura de la unidad cartográfica, representando generalmente más del 70 % de su superficie. Los hábitats característicos de cada unidad ambiental muestran un importante grado de similitud derivado de sus características ecológicas o de su uso y aprovechamiento. En consecuencia, poseen una representación fisionómico-ecológica homogénea que puede ser identificada y representada espacialmente a través de una cartografía temática. El resto de la cobertura de la tesela (<30 %) puede asignarse a hábitats secundarios. El sistema de unidades ambientales establece una correspondencia con los tipos de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

El sistema de unidades ambientales establecido por el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia incluye los siguientes grupos y tipos de unidades ambientales:

UA100 Hábitats marinos y costeros.

UA110 Aguas marinas profundas lejanas de la costa.

UA111 Aguas marinas próximas a la costa.

UA120 Estuarios.

UA130 Marismas.

UA140 Lagunas costeras y litorales.

UA141 Grandes superficies de carrizales litorales.

UA150 Playas.

UA151 Dunas costeras activas.

UA152 Depresiones intradunares húmedas.

UA153 Dunas remontantes.

UA154 Sistemas dunares fosilizados.

UA160 Morfologías rocosas eulitorales.

UA161 Acantilados costeros.

UA162 Pendientes y depósitos costeros alzados.

UA200 Humedales continentales.

UA210 Aguas estancadas.

UA220 Aguas corrientes.

UA230 Turberas de cobertor.

UA240 Turberas altas.

UA250 Turberas bajas.

UA260 Bosques húmedos.

UA261 Formaciones de galería dominadas por especies invasoras.

UA270 Matorrales húmedos continentales.

UA280 Herbazales continentales húmedos de gran porte.

UA281 Herbazales húmedos de mediano porte.

UA300 Matorrales y medios rocosos.

UA310 Grandes superficies de brezales.

UA311 Grandes superficies de matorrales de leguminosas inermes.

UA312 Grandes superficies de matorrales subesclerófilos.

UA320 Matorrales y medios rocosos silíceos.

UA321 Matorrales y medios rocosos serpentínicos.

UA322 Matorrales y medios rocosos calizos.

UA323 Matorrales y medios rocosos ultrabásicos.

UA350 Matorrales y medios rocosos orófilos.

UA400 Bosques naturales y seminaturales.

UA410 Grandes superficies de complejos de bosques antiguos.

UA411 Grandes superficies de bosques antiguos.

UA420 Bosques de robles caducifolios.

UA421 Bosques de alcornoques y robles caducifolios.

UA422 Bosques de abedules.

UA423 Bosques de haya.

UA424 Bosques de encinas.

UA425 Bosques seminaturales de Castanea sativa.

UA426 Bosques de coníferas naturales.

UA427 Bosques de barranco.

UA428 Bosques de acebo.

UA500 Paisaje rural tradicional.

UA510 Mosaico rural de pequeñas parcelas cerradas.

UA520 Mosaico rural con emparrados, labradíos y prados.

UA530 Mosaico rural con campos sin sebes.

UA531 Mosaico rural con campos rodeados de sebes arbustivas.

UA532 Mosaico rural con campos rodeados de sebes arbóreas.

UA533 Mosaico rural con viñedos en bancales.

UA540 Mosaico rural de áreas de montaña.

UA550 Pequeños humedales seminaturales de uso extensivo.

UA600 Paisaje rural transformado.

UA610 Grandes superficies agrícolas intensivas en regadío.

UA620 Grandes superficies agrícolas intensivas sin regadío.

UA630 Pinares.

UA631 Eucaliptales.

UA632 Plantaciones forestales de especies autóctonas.

UA633 Plantaciones forestales de gimnospermas alóctonas.

UA634 Plantaciones forestales de angiospermas alóctonas.

UA699 Formaciones de especies invasoras.

UA700 Humedales artificiales.

UA710 Grandes embalses.

UA711 Pequeños embalses.

UA800 Áreas urbanas e industriales.

UA810 Núcleos de población.

UA820 Construcciones de uso agrícola, forestal y de acuicultura.

UA830 Construcciones de uso industrial o comercial.

UA840 Puertos, aeropuertos y ferrocarriles.

UA850 Áreas de uso deportivo, recreativo o dotacional.

UA860 Explotaciones mineras.

UA870 Construcciones y dependencias abandonadas.

UA880 Vertederos y depósitos de basura.

UA890 Áreas perturbadas temporalmente.

UA900 Viales y líneas de abastecimiento.

UA910 Vías terrestres de comunicación.

UA911 Vías y paseos recreativos.

UA920 Líneas de abastecimiento de energía.

UA930 Infraestructuras de abastecimiento y gestión de agua.

Dentro de los denominados componentes clave para la conservación se establecen además de los hábitats de interés comunitario, aquellas especies catalogadas legalmente como protegidas o amenazadas por la normativa comunitaria, Directivas hábitats y aves, así como aquellas especies incluidas en el Listado de especies silvestres en régimen de protección especial (Real decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de especies silvestres en régimen de protección especial y del Catálogo español de especies amenazadas), dentro del cual se crea el Catálogo español de especies amenazadas; además de las especies del Catálogo gallego de especies amenazadas (Decreto 88/2007, de 19 de abril, por el que se regula el Catálogo gallego de especies amenazadas). Dentro de este conjunto de especies se incluirían especies paraguas, que son aquellas con una demanda suficientemente amplia de requerimiento de hábitat y de su área, cuya protección incluiría a muchas otras especies silvestres, lo que incluye también aquellos taxones tipificados en alguno de los anexos de la normativa de carácter internacional como el Convenio de Berna, relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural de Europa (1979), y la Convención de Bonn, sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres (1979).

En Galicia se encuentran en total un total de 531 taxones protegidos, de los que los grupos más numerosos son el de las aves, con 268, y el de la flora, con 127. Sin embargo, el grupo con una menor representación absoluta de especies es el de los peces, con 12 taxones recogidos en este listado, aunque su representación a nivel continental es buena. Hay que señalar también la presencia de especies de carácter marino en los grupos de los invertebrados, en el de reptiles, con 5 quelonios, y en el de los mamíferos con hasta 26.

Las categorías de protección de mayor entidad se corresponderían, en función de la normativa citada, con aquellas especies incluidas en el anexo I de la Directiva aves, aquellas tipificadas como prioritarias de acuerdo con la Directiva hábitats o las que se catalogan «En peligro de extinción» según el Catálogo español de especies amenazadas (en adelante, CEEA) y el Catálogo gallego de especies amenazadas (en adelante, CGEA). El grupo menos numeroso de estas especies en Galicia es el de las prioritarias, contabilizándose solamente 6 taxones prioritarios presentes, Centaurea borjae, Eryngium viviparum, Omphalodes littoralis subsp. gallaecica, Caretta caretta, Chelonia mydas y Ursus arctos. La conservación de estas especies supone una especial responsabilidad, habida cuenta de la importancia de la proporción de su área de distribución natural incluida en el territorio de la Unión Europea.

El anexo II de la Directiva hábitats incluye especies de animales y vegetales de interés comunitario para cuya conservación es necesario designar zonas especiales de conservación. Entre estas especies, se constata la presencia en el territorio gallego de 61, predominando las plantas, los invertebrados y los mamíferos terrestres.

Al igual que sucede para los tipos de hábitat del anexo I de la Directiva Hábitats, existe un listado de referencia para las especies del anexo II de dicha directiva, de cuyo contraste con la información científica disponible se detecta la ausencia de cuatro especies: la gramínea Festuca brigantina, la tortuga verde (Chelonia mydas) y dos mamíferos marinos, la foca gris (Halichoerus grypus) y la foca común (Phoca vitulina). Por otra parte, en la Red Natura 2000 de Galicia se encuentran citadas dos especies, Jasione lusitanica y Rhinolophus mehelyi que, basándose en la última información científica disponible no tienen presencia en el territorio gallego avalada por estudios científicos.

El anexo IV de la Directiva hábitats incluye especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta en el territorio de la Unión Europea. En Galicia este grupo aparece constituido por 96 especies, en su mayoría pertenecientes a los grupos de flora y de mamíferos, que acaparan 69 especies. Finalmente, el anexo V incluye especies animales y vegetales de interés comunitario cuya recogida en la naturaleza y explotación pueden ser objeto de medidas de gestión, de ellas, pueden encontrarse en Galicia un total de 29, 10 en el grupo de la flora, 3 en el de invertebrados y 16 en el de vertebrados.

La Directiva aves establece en su artículo 4 que las especies del anexo I y las migratorias de llegada regular serán objeto de medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat, con el fin de asegurar su supervivencia y su reproducción. Del grupo de aves del anexo I pueden encontrarse en Galicia hasta 81 especies, y respecto a las especies migratorias de llegada regular, más de 120.

Conforme al Listado de especies silvestres en régimen de protección especial, regulado mediante Real decreto 139/2011, de 4 de febrero, se recogen para Galicia un total de 344 especies, merecedoras de una atención y protección particular en función de su valor científico, ecológico y cultural, singularidad, rareza, o grado de amenaza, argumentado y justificado científicamente; aquellas que figuren como protegidas en los anexos de las directivas y los convenios internacionales ratificados por España, y que por cumplir estas condiciones sean incorporadas al listado. De este conjunto de especies es posible encontrar en Galicia 16 tipificadas en el CEEA como «En peligro de extinción», especies cuya supervivencia es poco probable si los factores causales de su actual situación siguen actuando, en las que se citan como ejemplo Centaurea borjae, Luronium natans, Macromia splendens, Numenius arquata, Botaurus stellaris, Uria aalge o Ursus arctos. En la categoría «Vulnerable» del CEEA se incluyen en Galicia 33 taxones, la mayoría mamíferos. Las especies «Vulnerables» del CEEA son aquellas que corren el riesgo de pasar a la categoría anterior en un futuro inmediato si los factores adversos que actúan sobre ellas no son corregidos.

El CGEA aprobado mediante Decreto 88/2007, de 18 de abril, incluía 192 especies de flora y fauna silvestres, aunque con la modificación del Decreto 167/2011, de 4 de agosto, se amplía ese número a 199 taxones catalogados en las categorías de «En peligro de extinción» (74 taxones) y «Vulnerable» (126 taxones), apareciendo el eslince ibérico (Chalcides bedriagai) en las dos categorías (E y V), no obstante la categoría «En peligro de extinción» se restringiría a sus poblaciones insulares y de la provincia de A Coruña. Asimismo, en el anexo III del CGEA se regula la utilización o recolección de especies o subespecies de flora o fauna, para un aprovechamiento discreto y sostenible, siempre y cuando se garantice que este aprovechamiento no afecte a las poblaciones naturales de dichas especies, donde se incluyen dos especies de algas, Lithothamnion corallioides y Phymatholithon calcareum.

Artículo 8. Dinámica de usos del suelo

El análisis de los cambios de ocupación del territorio que se producen como consecuencia de las diversas actividades humanas sobre el territorio, y por la dinámica natural de los ecosistemas, constituye un indicador de trascendental importancia para avanzar en el conocimiento de las potencialidades hacia un desarrollo más sostenible de un territorio. Según los datos Corine Land Cover (CLC) correspondientes al año 2005, el territorio gallego se caracteriza por el predominio de coberturas forestales y espacios abiertos (61 % del territorio) acompañado de coberturas agrícolas (37 %), orientadas a la ganadería (principalmente prados y cultivos forrajeros) y autoconsumo (huertas). Las coberturas artificiales (que se componen de zonas urbanas; zonas industriales, comerciales y de transportes; zonas de extracción minera, escombreras y zonas en construcción, zonas verdes artificiales, no agrícolas) representan el 1,7 % del territorio. La población se encuentra dispersa por toda la geografía, en parte asociada a usos agrícolas tradicionales por lo que la mayor parte de esta superficie se corresponde con un tejido urbano discontinuo.

Las bases de datos CLC-Change 1990-2000 y CLC-Change 2000-2006 permiten conocer los principales cambios que se produjeron en las coberturas de ocupación del suelo en los períodos 1987-2000 y 2000-2005 en Galicia. De forma general, estos datos indican un mantenimiento del sistema territorial con limitados cambios en las coberturas de usos del suelo. Estos cambios apenas representan para el período 2000-2005 el 1,5 % de la superficie gallega y el 2,7 % si nos referimos al período 1987-2000. No obstante, la mayor parte de estos cambios se relacionan con cambios de cobertura dentro de una misma categoría general (por ejemplo, cambio en el tipo de cobertura forestal o cambio en el tipo de cobertura agrícola). Así, si sólo tenemos en cuenta los cambios entre las distintas categorías de coberturas del suelo registrados en el período 2000-2005 tan sólo representan el 0,16 % de la superficie gallega y el 0,6 % en el período 1987-2000. Estos reducidos cambios se pueden asociar de forma mayoritaria con el incremento en las infraestructuras de transporte y zonas industrial y comerciales y con los flujos en ambos sentidos entre las coberturas forestales y agrícolas.

La información proporcionada por CLC-Change 1990-2000 y CLC-Change 2000-2006 relativa a los flujos en la superficie de coberturas forestales y espacios abiertos indican una limitada fluctuación en ambos períodos (merma del 0,48 % y del 0,15 % de la superficie forestal en los períodos 1987-2000 y 2000-2005, respectivamente). Las formaciones arbóreas vieron disminuida ligeramente su superficie en ambos períodos, especialmente en el más reciente (merma del 0,5 % y del 1,9 % de la superficie con cobertura arbórea en 1987-2000 y 2000-2005). Las coberturas de vegetación arbustiva y herbácea, por su parte, experimentaron una diferente dinámica en los dos períodos, disminuyendo su superficie entre los años 1987 y 2000 (0,5 % de la cobertura de vegetación arbustiva y herbácea) e incrementando ésta en el período 2000-2005 (incremento del 2 % de la cobertura de vegetación arbustiva y herbácea).

Los datos relativos a los flujos en las coberturas agrícolas en Galicia indican que experimentaron una muy reducida dinámica en estos dos períodos; disminuyendo en 1.300 ha en el período 1987-2000. En el período 2000-2005 las coberturas agrícolas permanecieron relativamente estables y no experimentaron apenas variaciones en su superficie.

Las coberturas artificiales se incrementaron en 8.800 ha (0,3 % de la superficie gallega) en el período 1987-2000, vinculadas mayoritariamente al desarrollo de las redes de infraestructuras de transporte. En el período 2000-2005 el incremento de la superficie de las coberturas artificiales fue de mucha menor intensidad (2.500 ha), siendo las zonas industriales comerciales y de transporte las que registraron la mayor parte de este incremento.

A la vista de los resultados obtenidos en el análisis de coberturas de uso del suelo elaborado a partir de CLC y las características territoriales, estructurales y socioeconómicas de Galicia se pueden mencionar algunos de los rasgos principales que pueden marcar la evolución futura en las coberturas de uso del suelo. De forma general, se puede afirmar que los cambios en las coberturas de los usos del suelo en Galicia serán graduales y progresivos, con un ritmo lento, inferior al de otras comunidades autónomas que experimentan un mayor dinamismo en sus coberturas del terreno. Por lo tanto, puede hablarse de una tendencia a mantenerse el sistema territorial gallego a corto y medio plazo.

A pesar de esta tendencia al mantenimiento del sistema territorial y a ritmo lento que se puede prever para los cambios en las coberturas de usos del suelo es previsible que los pequeños cambios surgidos dentro de la matriz estable continúen la tendencia general puesta de manifiesto en años pasados. Es de esperar que dichos cambios surjan en determinadas áreas del territorio gallego, ya que las zonas del interior de Galicia presentan, en general, una tendencia demográfica más regresiva que las áreas costeras, huyendo de esta tendencia los ayuntamientos que albergan los núcleos urbanos y cabeceras de comarca y las cercanías de sus enlaces por carretera. Por lo tanto, es de esperar que las coberturas artificiales sigan incrementando su superficie en las comarcas litorales y en las cercanías de las áreas urbanas y cabeceras de comarca.

En los espacios de la Red Natura 2000 es de esperar que la dinámica de usos del suelo conduzca a incrementar la superficie de los hábitats naturales de interés comunitario listados en el anexo I de la Directiva 92/43/CEE, de acuerdo con los objetivos de ésta, y especialmente de aquellos considerados prioritarios en detrimento de los medios artificiales, superficies forestales con especies alóctonas y mosaicos agrícolas intensivos.

Las directrices de ordenación del territorio de Galicia (DOT) constituyen el elemento central del conjunto de instrumentos de ordenación del territorio contemplados en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia. Éstas tienen como finalidad establecer las pautas espaciales de asentamiento de las actividades, precisando la definición de un modelo territorial para Galicia; marcando una serie de retos territoriales y unas orientaciones estratégicas para el modelo territorial gallego, por lo que la evolución futura de las diferentes coberturas de uso del suelo se encuentra en parte sujeta a estas directrices. Entre las orientaciones que proponen las DOT se pueden mencionar, entre otras, el favorecimiento de la compacidad, armonización del desarrollo de las ciudades con el fin de prever la urbanización difusa; fortalecimiento de los núcleos tradicionales y del litoral y valorización del territorio; mejora de la accesibilidad, movilidad y comunicación; freno a la despoblación rural y favorecimiento del reequilibrio territorial; protección del patrimonio natural y cultural.

Artículo 9. Aspectos socioeconómicos y territoriales

Desde finales del siglo XVIII, el peso de la población gallega viene disminuyendo de manera constante en el conjunto de la población estatal, pasando de un 13 % en el censo de Floridablanca (1787) a un 6 % en la actualidad. Los factores que están detrás de este menor dinamismo con respecto al resto del Estado son tres y se encuentran interrelacionados: la emigración que con distintas fases (intensidad y destino) recorrió todo el siglo XX; el alto número de personas fallecidas debido al progresivo envejecimiento de la población y la baja natalidad que hace de Galicia una de las comunidades autónomas con menor ratio de hijos/as por mujer.

A pesar de la pérdida continúa de población, Galicia constituye un territorio densamente habitado: cuenta con una población de más de 2.796.000 habitantes según cifras del Padrón municipal de habitantes (2009), lo que supone una densidad de población de casi 94 habitantes por km2. La población se sitúa preferentemente en las provincias de A Coruña y Pontevedra (41 % y 34 % de la población gallega respectivamente), y las dos provincias orientales representan tan solo el 25 % del total autonómico. En cuanto a la concentración espacial destaca la provincia de Pontevedra, en la que la densidad de población es de 211 habitantes por km2 (A Coruña: 142 hab./km2, Ourense: 46 hab./km2 y Lugo: 36 hab. km2).

La Comunidad Autónoma de Galicia abarca una extensión de 29.575 km2. De esta superficie el 17 % se sitúa a una altitud inferior a los 200 metros, mientras que casi el 7 % del territorio supera los 1.000 metros de altitud. Esta distribución física del territorio condiciona la distribución de la población gallega a lo largo del espacio, dando lugar a un desequilibrio demográfico muy notable, no sólo entre provincias sino, sobre todo, entre zonas del interior y zonas costeras y entre los cascos urbanos y las zonas rurales. No obstante, hasta mediados del siglo XX, siendo la producción agraria para subsistencia el sistema económico imperante, la distribución de la población fue más homogénea ya que, excepto en algunas zonas costeras, los recursos no se encontraban muy diferenciados.

Las zonas del interior de Galicia en general presentan bajas densidades de población además de una tendencia más regresiva que las áreas costeras. Huyen de esta tendencia los ayuntamientos que albergan núcleos urbanos. Cabe señalar que las cabeceras de comarca y las cercanías de sus enlaces por carretera presentan también una situación demográfica más favorable que el resto de áreas. En general, las áreas más favorables desde un punto de vista poblacional poseen, a su vez, un mayor dinamismo demográfico que el resto.

Todo esto configura una pauta de distribución de la población desequilibrada, que apunta a un crecimiento poblacional en las zonas urbanas costeras y del interior, con el consiguiente declive de las zonas rurales del interior. Se configura así una especie de modelo gravitatorio, donde las concentraciones humanas con más peso ejercen su atracción sobre las zonas menos pobladas y peor dotadas, por lo general, de servicios y oportunidades de empleo, produciéndose una polarización de la población en la costa occidental, y se forma una gran área metropolitana que adopta forma de corredor y que abarca desde la frontera portuguesa hasta Ferrol.

En su conjunto, la población gallega tiene una estructura demográfica envejecida, un elevado nivel de ruralización y un ritmo de renovación generacional insuficiente para que la estructura poblacional cambie a corto plazo, por lo que todo hace esperar un crecimiento vegetativo negativo, una merma de la población y un aumento del envejecimiento. En el futuro, todo parece indicar que la población se va a concentrar en el área occidental y en los cascos urbanos de carácter comarcal y tamaño medio. Según los diferentes índices demográficos, en la actualidad la provincia con una estructura más envejecida es la de Ourense, situándose en el extremo opuesto Pontevedra. No obstante, las pirámides poblacionales de las cuatro provincias gallegas se corresponden con una pirámide de tipo regresivo (el grupo de población adulta predomina sobre el de la población nueva y el porcentaje de ancianos es elevado), tendiendo a una pirámide totalmente invertida.

Este fuerte envejecimiento demográfico provoca un peso de la población inactiva muy elevado respecto a la población activa. Este hecho se pone aún más de manifiesto al referirnos a la población del sexo femenino, debido a la mayor esperanza de vida y a la menor incorporación de la mujer al sistema económico.

En el pasado, el sector de actividad más importante en la economía gallega según el porcentaje de personas ocupadas era el sector primario con más del 45 % de la población ocupada en el año 1976. La importancia de este sector en la economía gallega disminuyó en los últimos 40 años debido al abandono masivo del rural gallego hasta alcanzar los porcentajes de poco más del 8 % del total de los ocupados en Galicia; este papel de liderazgo en la economía gallega lo asumió desde los años 90 el sector servicios, que incrementó notablemente el número de personas ocupadas hasta alcanzar más del 60 % de personas ocupadas en él. Fue el sector secundario el que se mantuvo más estable en los últimos años, aunque se registraron ligeros incrementos en los primeros años en el sector industrial y, en los últimos, en el sector de la construcción. Este proceso de terciariación es un proceso común a todo el territorio español y europeo aunque en Galicia este fenómeno se pone más de manifiesto debido a la gran importancia que el sector primario tenía a mediados de siglo en la economía gallega.

En la actualidad es el sector servicios el más representado en todo el territorio gallego con cifras que rondan el 61 % de los ocupados. El segundo sector en cuanto a ocupación es el sector secundario mientras que el sector primario es el que consigue un menor peso. No obstante, en comparación con otros territorios del entorno, su contribución es elevada.

TÍTULO III
Objetivos de conservación

Artículo 10. Objetivos generales de conservación

Objetivos generales para la Red Natura 2000:

a) Garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, al tiempo que se tienen en cuenta las exigencias económicas, sociales, culturales y regionales, pudiendo en determinados casos requerir el mantenimiento, e incluso el estímulo, de actividades humanas.

b) Mantenimiento y, en su caso, desarrollo de los elementos del paisaje que revistan primordial importancia para la fauna y la flora silvestres, como corredores fluviales, sistemas tradicionales de deslinde, o las masas arboladas autóctonas, ya que resultan fundamentales en la migración, en la distribución geográfica y en el intercambio genético de las especies silvestres.

c) Asegurar la vigilancia y un seguimiento periódico del estado de conservación de los tipos de hábitats naturales y de los hábitats de las especies de interés comunitario y de las especies de aves mencionadas en el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y de sus hábitats.

d) Ampliar el conocimiento técnico y científico sobre todos los elementos objeto de conservación y sus condicionantes ecológicos, de forma que redunde en una mejor gestión de la Red Natura 2000.

Implantar programas específicos de difusión y divulgación sobre la importancia de la Red Natura 2000 y su papel en la conservación de la biodiversidad.

Objetivos generales para las zonas especiales de conservación (ZEC).

a) Mantener o restablecer el estado de conservación favorable de los hábitats naturales y de los hábitats de las especies de interés comunitario.

b) Mantener o restablecer el estado de conservación favorable de las especies de interés comunitario, así como de las especies catalogadas, presentes en las ZEC.

c) Proteger las especies del anexo IV y promover la conservación y el uso racional de las especies del anexo V de la Directiva 92/43/CEE, mediante la toma de medidas que garanticen que su recogida en la naturaleza o su explotación son compatibles con el mantenimiento de las mismas en un estado de conservación favorable.

d) Fomentar la gestión de los elementos del paisaje que juegan un papel esencial en la conectividad y permeabilidad de la biodiversidad, en el marco de las políticas de ordenación del territorio y de desarrollo y, especialmente, para mejorar la coherencia ecológica de Natura 2000.

e) Informar a la población implicada en los aprovechamientos del medio natural sobre el valor ecológico y los objetivos de conservación de las ZEC y las medidas para alcanzarlos.

3. Objetivos generales para las ZEPA:

a) Mantener o restablecer el estado de conservación favorable de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE presentes en las ZEPA.

b) Mantener o restablecer el estado de conservación favorable de los hábitats de las especies de aves objeto de conservación en las ZEPA, prestando especial atención a los humedales.

c) Evitar, dentro de las ZEPA, el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de especies, así como las alteraciones que repercutan en las especies que motivaron la designación de las zonas, en la medida en que dichas alteraciones puedan tener un efecto apreciable. Fuera de dichas ZEPA también se hará un especial esfuerzo en evitar la contaminación o el deterioro de los hábitats.

d) Fomentar un aprovechamiento sostenible de los recursos, compatible con la conservación de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE presentes en las ZEPA.

e) Informar a la población implicada en los aprovechamientos del medio natural sobre el valor ecológico y los objetivos de conservación de las ZEPA y las medidas para alcanzarlos.

Artículo 11. Objetivos de conservación para los espacios protegidos Red Natura 2000

De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, y habida cuenta las propias características de este plan director, a continuación se proponen los objetivos de conservación para los espacios protegidos Red Natura 2000 de Galicia, clasificados en tres grupos de tipología afín para ZEC y ZEPA: a) área litoral, b) humedales y corredores fluviales, y c) área de montaña.

Los objetivos propuestos están orientados al mantenimiento o, en su caso, al restablecimiento a un estado de conservación favorable de los tipos de hábitats naturales de interés comunitario del anexo I y de las especies de flora y fauna de interés comunitario presentes en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE y de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y sus hábitats.

Dentro de los objetivos propuestos se da prioridad a aquellos que supongan una intervención directa sobre los valores naturales por los que fueron declaradas las ZEC (hábitats naturales y especies de interés comunitario) y ZEPA (especies de aves a las que se aplica el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y sus hábitats), así como sobre sus principales presiones y amenazas, y procesos ecológicos. De igual manera, se tienen en consideración los valores naturales contenidos en las ZEPVN declaradas mediante Decreto 72/2004, de 2 de abril. A la vista de la información recogida sobre hábitats y especies con motivo de la elaboración del informe sexenal sobre la aplicación de la Directiva 92/43/CEE de conformidad con lo establecido en su artículo 17, así como la necesidad de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 11, se considera prioritario avanzar en el conocimiento sobre los hábitats y especies en los que se detectaron carencias de información tanto en el inventario como en el estado de conservación, así como en el seguimiento de hábitats y especies, en particular los prioritarios y amenazados. Para el correcto manejo de la información relativa a los tipos de hábitats y especies, también se considera de especial interés determinar la distribución de hábitats y especies de presencia discutida, en particular en lo relativo a las listas de referencia de hábitats y especies para cada región biogeográfica y medio marino.

También se presta especial atención a fomentar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, un uso público ordenado y compatible con la conservación de los valores naturales y la investigación como instrumento de apoyo a la gestión de los espacios protegidos Red Natura 2000. También se prioriza la educación ambiental y la participación pública en la conservación de los espacios protegidos Red Natura 2000.

El planteamiento de los objetivos que se listan a continuación permitirá definir, para cada espacio o grupos de espacios, una serie de acciones que los desarrollarán y que se podrán incluir dentro de planes de gestión específicos. Las acciones se diseñarán de forma individual o en programas, de forma que den respuesta tanto a objetivos generales para el conjunto de la Red Natura 2000 como a otros más específicos que se podrán desarrollar en un ámbito más concreto e incluso en el conjunto del territorio de la comunidad autónoma.

En todo caso, el órgano autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza evaluará periódicamente, durante el período de vigencia del plan director, el desarrollo y cumplimiento de los siguientes objetivos, de manera que puedan ser revisados y reajustados para asegurar el mantenimiento o restablecimiento a un estado de conservación favorable de los componentes clave de la biodiversidad.

Artículo 12. Objetivos de los espacios del área litoral

1. Zonas especiales de conservación (ZEC).

ES1110002 Costa Ártabra.

ES1110005 Costa da Morte.

ES1110006 Complexo húmedo de Corrubedo.

ES1110008 Carnota-Monte do Pindo.

ES1110009 Costa do Dexo.

ES1110010 Estaca de Bares.

ES1110011 Esteiro do Tambre.

ES1110012 Monte e lagoa de Louro.

ES1120005 As Catedrais.

ES1120017 Costa da Mariña occidental.

ES0000001 Islas Cíes.

ES1140003 A Ramallosa.

ES1140004 Complexo Ons-O Grove.

ES1140009 Cabo Udra.

ES1140010 Costa da Vela.

ES1140012 Illas Estelas.

ES1140016 Enseada de San Simón.

Prioridad: hábitats naturales.

1.1. Mejorar y completar el inventario de los tipos de hábitats naturales en los espacios protegidos Red Natura 2000 del área litoral.

1.1.1. Mejorar y completar el inventario de los hábitats naturales del medio marino en general y particularmente de los tipos 1110 Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina poco profunda, 1170 Arrecifes, 1180 Estructuras submarinas causadas por emisiones de gases y 8330 Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas, así como el inventariado de sus especies características.

1.1.2. Mejorar y completar el inventario de los fondos de maërl y de sus especies características.

1.1.3. Mejorar y completar el inventario de los hábitats naturales ligados a los humedales costeros.

1.1.4. Mejorar y completar el inventario de los brezales costeros, en particular del tipo de hábitat natural 4040* Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans, así como el inventariado de sus especies características.

1.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de los tipos de hábitats naturales e identificar sus principales presiones y amenazas en los espacios protegidos Red Natura 2000 del área litoral.

1.2.1. Definir los estados de conservación actual y favorable de los hábitats costeros y particularmente del tipo de hábitat natural prioritario 1150* Lagunas costeras, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de los sistemas dunares costeros y particularmente de los tipos de hábitats naturales prioritarios 2130* Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (dunas grises) y 2150* Dunas fijas descalcificadas atlánticas (Calluno-Ulicetea), identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.3. Mejorar el estado de conservación de los tipos de hábitats naturales, así como las condiciones de su ámbito, en los espacios protegidos Red Natura 2000 del área litoral.

1.3.1. Identificar y restaurar los hábitats de marisma que presenten un deterioro que implique su discontinuidad, recuperando la estructura y composición de su vegetación natural.

1.3.2. Identificar y restaurar los hábitats dunares que presenten un deterioro que implique su discontinuidad, recuperando la estructura y composición de su vegetación natural.

1.3.3. Alcanzar el buen estado ecológico de las masas de agua de transición y costeras, tal y como se define en la Directiva marco del agua (Directiva 2000/60/CE), realizando un seguimiento de los datos obtenidos por la Red de seguimiento del estado ecológico de las aguas de Galicia en las ZEC del área litoral.

1.3.4. Conocer la calidad del agua de los diversos tipos de humedales del área litoral, tanto en sus aspectos fisicoquímicos como biológicos, así como sus variaciones en el tiempo.

Prioridad: especies de interés comunitario.

2.1. Mejorar y completar el inventario de las especies de interés comunitario en los espacios protegidos Red Natura 2000 del área litoral.

2.1.1. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de las especies Centaurea borjae, Omphalodes littoralis subsp. gallaecica y Rumex rupestris en las ZEC del área litoral.

2.1.2. Establecer los niveles de abundancia poblacional y distribución de las especies Alosa alosa y Alosa fallax en las ZEC del área litoral.

2.1.3. Establecer los niveles de abundancia poblacional y distribución de los reptiles marinos presentes en las ZEC del área litoral y, en particular, de las especies Caretta caretta y Chelonia mydas.

2.1.4. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de las especies de quirópteros en las ZEC del área litoral.

2.1.5. Establecer los niveles de abundancia poblacional y distribución de los mamíferos marinos presentes en las ZEC del área litoral y, en particular, de las especies Tursiops truncatus y Phocoena phocoena.

2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de interés comunitario e identificar sus principales presiones y amenazas en los espacios protegidos Red Natura 2000 del área litoral.

2.2.1. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de flora prioritarias y amenazadas, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de reptiles marinos, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.3. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de mamíferos marinos, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.3. Mejorar el estado de conservación de las especies de interés comunitario, así como las condiciones de su ámbito, en los espacios protegidos Red Natura 2000 del área litoral.

2.3.1. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza de Centaurea borjae, Omphalodes littoralis subsp. gallaecica y Rumex rupestris.

2.3.2. Establecer un programa de seguimiento y erradicación de especies de flora y fauna exótica invasora en el ámbito del área litoral de los espacios de la Red Natura 2000.

Prioridad: procesos ecológicos.

3.1. Potenciar la conectividad ecológica de los espacios litorales con el fin de prevenir la pérdida de biodiversidad, facilitar el intercambio genético y el desplazamiento de las especies de fauna y flora.

3.1.1. Establecer canales de colaboración con las distintas administraciones y organismos implicados en la gestión del medio marino para establecer o favorecer la conectividad ecológica en los espacios litorales.

3.2. Potenciar la conectividad ecológica de los cursos fluviales con el fin de prevenir la pérdida de biodiversidad, facilitar el intercambio genético y el desplazamiento de las especies de fauna y flora.

3.2.1. Colaborar con el organismo de cuenca para establecer o favorecer la conectividad ecológica en los tramos en que ésta no exista y mejorarla en las zonas en las que se pueda considerar deficiente.

3.3. Garantizar una dinámica litoral lo más natural posible.

3.3.1. Establecer canales de colaboración con las distintas administraciones y organismos implicados en la gestión del medio marino para evitar la alteración de la dinámica litoral.

3.3.2. Establecer mecanismos para mejorar el conocimiento y realizar el seguimiento de la dinámica litoral.

3.3.3. Establecer y desarrollar una estrategia de adaptación a las previsiones de cambios de la dinámica litoral por efecto del cambio climático en las ZEC del área litoral.

Prioridad: aprovechamiento sostenible de los recursos.

4.1. Fomentar el aprovechamiento racional de los recursos, compatibilizándolo con los valores de conservación de los espacios del área litoral, que permitan garantizar el equilibrio de los procesos naturales.

4.1.1. Promover la colaboración entre las consellerías con competencias en materia de conservación de la naturaleza y de asuntos marinos para la gestión adecuada y sostenible de los recursos pesqueros y marisqueros.

4.1.2. Promover la implantación de buenas prácticas profesionales en el desarrollo de las actividades que tengan lugar en el ámbito marino y costero de los espacios de la Red Natura 2000.

4.1.3. Fomentar el mantenimiento de la pesca y del marisqueo tradicional mediante la firma de acuerdos o convenios contractuales con profesionales o entidades representativas del sector pesquero que se comprometan a la aplicación de medidas compatibles con la conservación de los tipos de hábitats naturales y especies de interés comunitario.

Prioridad: uso público.

5.1. Promover un uso público ordenado y compatible con la conservación de los tipos de hábitat naturales y especies de interés comunitario.

5.1.1. Difundir, entre la población local y los visitantes, los valores naturales existentes en cada ZEC, el contenido y propuestas del plan de gestión y su relación con los usos tradicionales.

5.1.2. Promover la creación y adecuación en cada ZEC de las infraestructuras de uso público necesarias para acercar la población local y los visitantes a los valores del espacio natural, de forma ordenada y compatible con los objetivos de conservación.

Prioridad: investigación, educación y participación ciudadana.

6.1. Favorecer líneas de investigación que permitan la mejora del conocimiento de los recursos naturales, así como del efecto que tienen sobre el medio natural los diferentes tipos de usos y aprovechamientos establecidos en el espacio.

6.1.1. Promover proyectos de investigación en las ZEC como instrumento de apoyo a la gestión de la Red Natura 2000.

6.2. Favorecer el conocimiento e implicación social en la conservación de las ZEC.

6.2.1. Diseñar programas específicos de educación ambiental y sensibilización sobre los problemas y soluciones de los valores naturales y paisajísticos de las ZEC.

6.2.2. Fomentar la participación, a través de campañas de voluntariado ambiental, en la limpieza de playas, marismas y fondos marinos, erradicación de especies invasoras y, en general, en todas aquellas actuaciones que supongan una mejora en la conservación de las ZEC.

2. Zonas de especial protección para las aves (ZEPA).

ES0000001 Illas Cíes..

ES0000085 Ribadeo.

ES0000086 Ría de Ortigueira e Ladrido.

ES0000087 Complexo intermareal Umia-O Grove, A Lanzada, punta Carreirón e lagoa Bodeira.

ES0000176 Costa da Morte (Norte).

ES0000254 Illa de Ons.

ES0000258 Costa de Ferrolterra-Valdoviño.

ES0000313 Complexo litoral de Corrubedo.

ES0000372 Costa da Mariña occidental.

ES0000373 Ría de Foz.

ES0000375 Esteiro do Miño.

Prioridad: hábitats de las especies de aves del anexo I y migratorias.

1.1. Mejorar y completar el inventario de los hábitats de las especies de aves del anexo I y migratorias en las ZEPA del área litoral.

1.1.1. Identificar y establecer de forma precisa la localización y superficie de los tipos de hábitats de las especies de aves marinas a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE.

1.1.2. Identificar y establecer de forma precisa la localización y superficie de los tipos de hábitat de las especies de aves acuáticas y/o ligadas al medio acuático a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE.

1.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de los hábitats de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE, así como de sus principales presiones y amenazas.

1.2.1. Definir los estados de conservación actual y favorable de los hábitats costeros y particularmente del tipo de hábitat natural prioritario 1150* Lagunas costeras, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de los sistemas dunares costeros y particularmente de los tipos de hábitats naturales prioritarios 2130* Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (dunas grises) y 2150* Dunas fijas descalcificadas atlánticas (Calluno-Ulicetea), identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.3. Mejorar el estado de conservación de los hábitats de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE, así como las condiciones de su ámbito, en las ZEPA del área litoral.

1.3.1. Identificar y restaurar los hábitats de marisma que presenten un deterioro que implique su discontinuidad, recuperando la estructura y composición de su vegetación natural.

1.3.2. Identificar y restaurar los hábitats dunares que presenten un deterioro que implique su discontinuidad, recuperando la estructura y composición de su vegetación natural.

1.3.3. Alcanzar el buen estado ecológico de las masas de agua de transición y costeras, tal y como se define en la Directiva marco del agua (Directiva 2000/60/CE), realizando un seguimiento de los datos obtenidos por la Red de seguimiento del estado ecológico de las aguas de Galicia en las ZEPA del área litoral.

1.3.4. Conocer la calidad del agua de los diversos tipos de humedales del área litoral, tanto en sus aspectos fisicoquímicos como biológicos, así como sus variaciones en el tiempo.

Prioridad: especies de aves del anexo I y migratorias.

2.1. Mejorar y completar el inventario de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE en las ZEPA del área litoral.

2.1.1. Mejorar y completar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de las especies de aves marinas migratorias, con especial atención a la pardela balear Puffinus mauretanicus.

2.1.2. Mejorar y completar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de las especies de aves marinas nidificantes, con especial atención a la pardela cenicienta Calonectris diomedea y al paíño europeo Hydrobates pelagicus.

2.1.3. Mejorar y completar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de las especies de aves acuáticas nidificantes.

2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE, así como de sus principales presiones y amenazas.

2.2.1. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de aves amenazadas, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.2. Mejorar el sistema de vigilancia de las poblaciones de aves marinas reproductoras de la red de ZEPA, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.3. Establecer un sistema de vigilancia de las especies de aves acuáticas nidificantes en los humedales de la red de ZEPA, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.4. Mejorar el sistema de vigilancia de las poblaciones de aves acuáticas invernantes en los humedales de la red de ZEPA, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.3. Mejorar el estado de conservación de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE en las ZEPA del área litoral.

2.3.1. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza de las poblaciones de aves marinas reproductoras de la red de ZEPA.

2.3.2. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza del ostrero euroasiático Haematopus ostralegus.

2.3.3. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza del alcaraván común Burhinus oedicnemus.

2.3.4. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza del chorlitejo patinegro Charadrius alexandrinus.

2.3.5. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza del escribano palustre Emberiza schoeniclus subsp. lusitanica.

2.3.6. Establecer un programa de seguimiento y erradicación de especies de flora y fauna exótica invasora en las ZEPA del área litoral.

Prioridad: procesos ecológicos.

3.1. Potenciar la conectividad ecológica de los cursos fluviales con el fin de prevenir la pérdida de biodiversidad, facilitar el intercambio genético y el desplazamiento de las especies de fauna y flora.

3.1.1. Colaborar con el organismo de cuenca para establecer o favorecer la conectividad ecológica en los tramos en que ésta no exista y mejorarla en las zonas en las que se pueda considerar deficiente.

3.2. Garantizar una dinámica litoral lo más natural posible.

3.2.1. Establecer canales de colaboración con las distintas administraciones y organismos implicados en la gestión del medio marino para evitar la alteración de la dinámica litoral.

3.2.2. Establecer mecanismos para mejorar el conocimiento y realizar el seguimiento de la dinámica litoral.

3.2.3. Establecer y desarrollar una estrategia de adaptación a las previsiones de cambios de la dinámica litoral por efecto del cambio climático en las ZEPA del área litoral, en relación con su afección a las aves y sus hábitats.

Prioridad: aprovechamiento sostenible de los recursos.

4.1. Fomentar el aprovechamiento racional de los recursos, compatibilizándolo con los valores de conservación de los espacios del área litoral, que permitan garantizar el equilibrio de los procesos naturales.

4.1.1. Promover la implantación de buenas prácticas profesionales en el desarrollo de las actividades que tengan lugar en el ámbito marino y costero de las ZEPA.

4.1.2. Fomentar el mantenimiento de la pesca y el marisqueo tradicional mediante la firma de acuerdos o convenios contractuales con profesionales o entidades representativas del sector pesquero que se comprometan a la aplicación de medidas compatibles con la conservación de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y sobre sus hábitats.

Prioridad: uso público.

5.1. Promover un uso público ordenado y compatible con la conservación de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y de sus hábitats.

5.1.1. Difundir, entre la población local y los visitantes, los valores naturales existentes en cada ZEPA, el contenido y propuestas del plan de gestión y su relación con los usos tradicionales.

5.1.2. Promover la creación y adecuación en cada ZEPA de las infraestructuras de uso público necesarias para acercar a la población local y a los visitantes los valores del espacio natural, de forma ordenada y compatible con los objetivos de conservación.

Prioridad: investigación, educación y participación ciudadana.

6.1. Favorecer líneas de investigación que permitan la mejora del conocimiento de los recursos naturales, así como del efecto que tienen sobre el medio natural los diferentes tipos de usos y aprovechamientos establecidos en el espacio.

6.1.1. Promover proyectos de investigación en las ZEPA como instrumento de apoyo a la gestión de la Red Natura 2000.

6.1.2. Promover y regular el marcaje de aves silvestres en la red de ZEPA como instrumento de apoyo a la gestión de las especies de aves y sus hábitats.

6.2. Favorecer el conocimiento e implicación social en la conservación de las ZEPA.

6.2.1. Diseñar programas específicos de educación ambiental y sensibilización sobre los problemas y soluciones de los valores naturales y paisajísticos de las ZEPA.

6.2.2. Fomentar la participación, a través de campañas de voluntariado ambiental, en la limpieza de playas, marismas y fondos marinos, erradicación de especies invasoras y, en general, en todas aquellas actuaciones que supongan una mejora en la conservación de las ZEPA.

Artículo 13. Objetivos de los espacios de humedales y corredores fluviales

1. Zonas especiales de conservación (ZEC).

ES1110001 Ortigueira-Mera.

ES1110004 Encoro de Abegondo-Cecebre.

ES1110007 Betanzos-Mandeo.

ES1110013 Xubia-Castro.

ES1110015 Río Anllóns.

ES1110016 Río Tambre.

ES1120002 Río Eo.

ES1120003 Parga-Ladra-Támoga.

ES1120009 Monte Maior.

ES1120011 Ría de Foz-Masma.

ES1120012 Río Landro.

ES1120013 Río Ouro.

ES1120014 Canón do Sil.

ES1120015 Serra do Xistral.

ES1120016 Río Cabe.

ES1130005 Río Támega.

ES1130006 Veiga de Ponteliñares.

ES1140001 Sistema fluvial Ulla-Deza.

ES1140002 Río Lérez.

ES1140006 Río Tea.

ES1140007 Baixo Miño.

ES1140008 Brañas de Xestoso.

ES1140011 Gándaras de Budiño.

Prioridad: hábitats naturales.

1.1. Mejorar y completar el inventario de los tipos de hábitats naturales en los espacios protegidos Red Natura 2000 con tipología de humedales y corredores fluviales.

1.1.1. Mejorar y completar el inventario de los tipos de hábitat de agua dulce, en particular de las aguas estancadas, así como el inventariado de sus especies características.

1.1.2. Mejorar y completar el inventario de los brezales húmedos, en particular del tipo de hábitat natural 4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix, así como el inventariado de sus especies características.

1.1.3. Mejorar y completar el inventario de los prados húmedos y mesófilos, así como el inventariado de sus especies características.

1.1.4. Mejorar y completar el inventario de los hábitats naturales de turberas altas, turberas bajas e áreas pantanosas, así como el inventariado de sus especies características.

1.1.5. Mejorar y completar el inventario de los tipos de hábitats prioritarios 91D0* Turberas boscosas e 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae), así como el inventariado de sus especies características.

1.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de los tipos de hábitat naturales e identificar sus principales presiones y amenazas en los espacios protegidos Red Natura 2000 con tipología de humedales y corredores fluviales.

1.2.1. Definir los estados de conservación actual y favorable de los sistemas lacustres, en particular de los tipos de hábitat de aguas estancadas, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de los brezales húmedos, en particular del tipo de hábitat prioritario 4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.3. Definir los estados de conservación actual y favorable de los prados húmedos y mesófilos, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.4. Definir los estados de conservación actual y favorable de los hábitats naturales de turberas de cobertor, turberas altas, turberas bajas y áreas pantanosas, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.5. Definir los estados de conservación actual y favorable de los tipos de hábitats naturales 91D0* Turberas boscosas y 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae), identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.3. Mejorar el estado de conservación de los tipos de hábitat naturales así como las condiciones de su ámbito, en los espacios protegidos Red Natura 2000 con tipología de humedales y corredores fluviales.

1.3.1. Alcanzar el buen estado ecológico y químico de los cursos fluviales, tal y como se define en la Directiva Marco del Agua (Directiva 2000/60/CE), por medio del incremento de la calidad de sus aguas, recuperación de la vegetación de ribera y eliminación de obstáculos.

1.3.2. Conocer la calidad del agua de los diversos tipos de humedales, tanto en sus aspectos fisicoquímicos como biológicos, así como sus variaciones en el tiempo.

Prioridad: especies de interés comunitario.

2.1. Mejorar y completar el inventario de las especies de interés comunitario en los espacios protegidos Red Natura 2000 con tipología de humedales y corredores fluviales.

2.1.1. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de Eryngium viviparum, Luronium natans y Sphagnum pylaesii.

2.1.2. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional del mejillón de río Margaritifera margaritifera.

2.1.3. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de los odonatos en los humedales y cursos fluviales, con especial atención a las especies Coenagrion mercuriale, Gomphus graslinii, Macromia splendens y Oxygastra curtisii.

2.1.4. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional del cangrejo de río autóctono Austropotamobius pallipes.

2.1.5. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional del galápago europeo Emys orbicularis.

2.1.6. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional del desmán ibérico Galemys pyrenaicus.

2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de interés comunitario e identificar sus principales presiones y amenazas en los espacios protegidos Red Natura 2000 con tipología de humedales y corredores fluviales.

2.2.1. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de flora Eryngium viviparum, Luronium natans y Sphagnum pylaesii, identificar sus principales factores de amenaza y establecer e desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable del mejillón de río Margaritifera margaritifera, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.3. Definir los estados de conservación actual y favorable de los odonatos en los humedales y cursos fluviales, con especial atención a las especies Coenagrion mercuriale, Gomphus graslinii, Macromia splendens y Oxygastra curtisii, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.4. Definir los estados de conservación actual y favorable del cangrejo de río autóctono Austropotamobius pallipes, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.5. Definir los estados de conservación actual y favorable del galápago europeo Emys orbicularis, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.6. Definir los estados de conservación actual y favorable del desmán ibérico Galemys pyrenaicus, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.3. Mejorar el estado de conservación de las especies de interés comunitario así como las condiciones de su ámbito, en los espacios protegidos Red Natura 2000 con tipología de humedales y corredores fluviales.

2.3.1. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza de Eryngium viviparum, Luronium natans y Sphagnum pylaesii.

2.3.2. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza del mejillón de río Margaritifera margaritifera.

2.3.3. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza de las especies de odonatos Coenagrion mercuriale, Gomphus graslinii, Macromia splendens y Oxygastra curtisii.

2.3.4. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza del cangrejo de río autóctono Austropotamobius pallipes.

2.3.5. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza del galápago europeo Emys orbicularis.

2.3.6. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza del desmán ibérico Galemys pyrenaicus.

2.3.7. Establecer un programa de seguimiento y erradicación de especies de flora y fauna exótica invasora en el ámbito de los humedales y cursos fluviales de los espacios de la Red Natura 2000.

Prioridad: procesos ecológicos.

3.1. Potenciar la conectividad ecológica de los cursos fluviales con el fin de prevenir la pérdida de biodiversidad, facilitar el intercambio genético y el desplazamiento de las especies de fauna y flora.

3.1.1. Colaborar con el organismo de cuenca para establecer o favorecer la conectividad ecológica en los tramos en que ésta no exista y mejorarla en las zonas en las que se pueda considerar deficiente.

3.2. Garantizar una dinámica hidrológica del conjunto de humedales lo más natural posible.

3.2.1. Establecer medidas de gestión hídrica que aseguren un comportamiento lo más natural posible de los humedales, habida cuenta de su grado de estacionalidad.

3.2.2. Establecer mecanismos para mejorar el conocimiento y realizar el seguimiento de las dinámicas hidrológicas.

3.2.3. Establecer y desarrollar una estrategia de adaptación a las previsiones de cambios de la dinámica hidrológica por efecto del cambio climático en las ZEC con tipología de humedales y corredores fluviales.

Prioridad: aprovechamiento sostenible de los recursos.

4.1. Fomentar el aprovechamiento racional de los recursos, compatibilizándolo con los valores de conservación de los humedales y cursos fluviales, y que permitan garantizar el equilibrio de los procesos naturales.

4.1.1. Promover la implantación de buenas prácticas profesionales en el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas que tengan lugar en el ámbito de las ZEC.

4.1.2. Fomentar el mantenimiento de la agricultura y ganadería extensiva tradicional mediante la firma de acuerdos o convenios contractuales con profesionales, asociaciones de profesionales o comunidades de montes que se comprometan a la aplicación de medidas compatibles con la conservación de los tipos de hábitat naturales y especies de interés comunitario.

Prioridad: uso público.

5.1. Promover un uso público ordenado y compatible con la conservación de los tipos de hábitats naturales y especies de interés comunitario.

5.1.1. Difundir, entre la población local y los visitantes, los valores naturales existentes en cada ZEC, el contenido y propuestas del plan de gestión y su relación con los usos tradicionales.

5.1.2. Promover la creación y adecuación en cada ZEC de las infraestructuras de uso público necesarias para acercar a la población local y a los visitantes los valores del espacio natural, de forma ordenada y compatible con los objetivos de conservación.

Prioridad: investigación, educación y participación ciudadana.

6.1. Favorecer líneas de investigación que permitan la mejora del conocimiento de los recursos naturales, así como del efecto que tienen sobre el medio natural los diferentes tipos de usos y aprovechamientos establecidos en el espacio.

6.1.1. Promover proyectos de investigación en las ZEC como instrumento de apoyo a la gestión de la Red Natura 2000.

6.2. Favorecer el conocimiento e implicación social en la conservación de las ZEC.

6.2.1. Diseñar programas específicos de educación ambiental y sensibilización sobre los problemas y soluciones de los valores naturales y paisajísticos de las ZEC.

6.2.2. Fomentar la participación, a través de campañas de voluntariado ambiental, en la limpieza de humedales, cursos fluviales y su entorno, erradicación de especies invasoras y, en general, en todas aquellas actuaciones que supongan una mejora en la conservación de las ZEC.

2. Zonas de especial protección para las aves (ZEPA).

ERES0000436 A Limia.

Prioridad: hábitats de las especies de aves del anexo I y migratorias.

1.1. Mejorar y completar el inventario de los hábitat de las especies de aves del anexo I y migratorias en las ZEPA con tipología de humedales y corredores fluviales.

1.1.1. Identificar y establecer de forma precisa la localización y superficie de los tipos de hábitat de las especies de aves de carácter estepario y/o ligadas al medio agrícola.

1.1.2. Identificar y establecer de forma precisa la localización y superficie de los tipos de hábitat de las especies de aves acuáticas y/o ligadas al medio acuático.

1.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de los hábitats de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE, así como de sus principales presiones y amenazas.

1.2.1. Definir los estados de conservación actual y favorable de los brezales húmedos, en particular del tipo de hábitat prioritario 4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de los prados húmedos y mesófilos, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.3. Definir los estados de conservación actual y favorable de los hábitats de las aves de carácter estepario o ligadas al medio agrícola, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.3. Mejorar el estado de conservación de los hábitats de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE así como las condiciones de su ámbito, en las ZEPA con tipología de humedales y corredores fluviales.

1.3.1. Mantener o restaurar superficies idóneas de humedales naturales y seminaturales que constituyen hábitats de diversas especies de avifauna amenazada en áreas agrícolas.

1.3.2. Disponer de superficies adecuadas en las que se practique una agricultura extensiva y sostenible para beneficio de las especies de avifauna amenazada en áreas agrícolas.

1.3.3. Alcanzar el buen estado ecológico y químico de los cursos fluviales, tal y como se define en la Directiva Marco del Agua (Directiva 2000/60/CE), por medio del incremento de la calidad de sus aguas, recuperación de la vegetación de ribera y eliminación de obstáculos.

1.3.4. Conocer la calidad del agua de los diversos tipos de humedales, tanto nos sus aspectos fisicoquímicos como biológicos, así como sus variaciones en el tiempo.

Prioridad: especies de aves del anexo I y migratorias.

2.1. Mejorar y completar el inventario de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE en las ZEPA con tipología de humedales y corredores fluviales.

2.1.1. Mejorar y completar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de las especies de aves de carácter estepario y ligadas al medio agrícola.

2.1.2. Mejorar y completar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de las especies de aves acuáticas y/o ligadas al medio acuático.

2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE, así como de sus principales presiones y amenazas.

2.2.1. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies amenazadas de aves acuáticas y/o ligadas al medio acuático, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies amenazadas de aves de carácter estepario y/o ligadas al medio agrícola, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.3. Mejorar el sistema de vigilancia de las poblaciones de aves acuáticas invernantes en los humedales de la red de ZEPA, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.3. Mejorar el estado de conservación de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE en las ZEPA con tipología de humedales y corredores fluviales.

2.3.1. Reducir la incidencia de los factores limitantes sobre las especies de aves a las que se refiere el art. 4 de la Directiva 2009/147/CE y sobre sus hábitats.

2.3.2. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza del sisón común Tetrax tetrax.

2.3.3. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza del alcaraván común Burhinus oedicnemus.

2.3.4. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza de la avefría europea Vanellus vanellus.

2.3.5. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza de la agachadiza común Gallinago gallinago.

2.3.6. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza de la terrera común Calandrella brachydactyla.

2.3.7. Establecer un programa de seguimiento y erradicación de especies de flora y fauna exótica invasora.

Prioridad: procesos ecológicos.

3.1. Potenciar la conectividad ecológica de los cursos fluviales con el fin de prevenir la pérdida de biodiversidad, facilitar el intercambio genético y el desplazamiento de las especies de fauna y flora.

3.1.1. Colaborar con el organismo de cuenca para establecer o favorecer la conectividad ecológica en los tramos en que ésta no exista y mejorarla en las zonas en las que se pueda considerar deficiente.

3.2. Garantizar una dinámica hidrológica del conjunto de humedales lo más natural posible.

3.2.1. Establecer medidas de gestión hídrica que aseguren un comportamiento lo más natural posible de los humedales, habida cuenta de su grado de estacionalidad.

3.2.2. Establecer mecanismos para mejorar el conocimiento y realizar el seguimiento de las dinámicas hidrológicas.

3.2.3. Establecer y desarrollar una estrategia de adaptación a las previsiones de cambios de la dinámica hidrológica por efecto del cambio climático en las ZEPA con tipología de humedales y corredores fluviales.

Prioridad: aprovechamiento sostenible de los recursos.

4.1. Fomentar el aprovechamiento racional de los recursos, compatibilizándolo con los valores de conservación de los humedales y cursos fluviales, y que permitan garantizar el equilibrio de los procesos naturales.

4.1.1. Promover la implantación de buenas prácticas profesionales en el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas que tengan lugar en el ámbito de la ZEPA.

4.1.2. Fomentar el mantenimiento de la agricultura y ganadería extensiva tradicionales mediante la firma de acuerdos o convenios contractuales con profesionales, asociaciones de profesionales o comunidades de montes que se comprometan a la aplicación de medidas compatibles con la conservación de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y sobre sus hábitats.

Prioridad: uso público.

5.1. Promover un uso público ordenado y compatible con la conservación de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y de sus hábitats.

5.1.1. Difundir, entre la población local y los visitantes, los valores naturales existentes en cada ZEPA, el contenido y propuestas del plan de gestión y su relación con los usos tradicionales.

5.1.2. Promover la creación y adecuación en cada ZEPA de las infraestructuras de uso público necesarias para acercar a la población local y a los visitantes los valores del espacio natural, de forma ordenada y compatible con los objetivos de conservación.

Prioridad: investigación, educación y participación ciudadana.

6.1. Favorecer líneas de investigación que permitan la mejora del conocimiento de los recursos naturales, así como del efecto que tienen sobre el medio natural los diferentes tipos de usos y aprovechamientos establecidos en el espacio.

6.1.1. Promover proyectos de investigación en las ZEPA como instrumento de apoyo a la gestión de la Red Natura 2000.

6.1.2. Promover y regular el marcaje de aves silvestres en la red de ZEPA como instrumento de apoyo a la gestión de las especies de aves y sus hábitats.

6.2. Favorecer el conocimiento e implicación social en la conservación de las ZEPA.

6.2.1. Diseñar programas específicos de educación ambiental y sensibilización sobre los problemas y soluciones de los valores naturales y paisajísticos de las ZEPA.

6.2.2. Fomentar la participación, a través de campañas de voluntariado ambiental, en la limpieza de humedales, cursos fluviales y su ámbito, erradicación de especies invasoras y, en general, en todas aquellas actuaciones que supongan una mejora en la conservación de las ZEPA.

Artículo 14. Objetivos de los espacios de las áreas de montaña.

1. Zonas especiales de conservación (ZEC).

ES1110003 Fragas do Eume..

ES1110014 Serra do Careón.

ES1120001 Ancares-Courel.

ES1120004 A Marronda.

ES1120006 Carballido.

ES1120007 Cruzul-Agüeira.

ES1120008 Monte do Faro.

ES1120010 Negueira.

ES1130001 Baixa Limia.

ES1130002 Macizo Central.

ES1130003 Bidueiral de Montederramo.

ES1130004 Pena Veidosa.

ES1130007 Pena Trevinca.

ES1130008 Pena Maseira.

ES1130009 Serra da Enciña da Lastra.

ES1140005 Monte Aloia.

ES1140013 Serra do Candán.

ES1140014 Serra do Cando.

ES1140015 Sobreirais do Arnego.

Prioridad: hábitats naturales.

1.1. Mejorar y completar el inventario de los tipos de hábitat naturales en los espacios protegidos Red Natura 2000 con tipología de áreas de montaña.

1.1.1. Mejorar y completar el inventario de los tipos de hábitat de agua dulce, en particular de las aguas estancadas, así como el inventariado de sus especies características.

1.1.2. Mejorar y completar el inventario de los brezales húmedos, en particular del tipo de hábitat prioritario 4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix, así como el inventariado de sus especies características.

1.1.3. Mejorar y completar el inventario de los brezales característicos de alta montaña, en particular de los tipos de hábitat natural 4060 Brezales alpinos y boreales y 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga, así como el inventariado de sus especies características.

1.1.4. Mejorar y completar el inventario de los prados húmedos y mesófilos, en particular del tipo de hábitat natural 6520 Prados de siega de montaña, así como el inventariado de sus especies características.

1.1.5. Mejorar y completar el inventario de los hábitats naturales de turberas altas, turberas bajas y áreas pantanosas, así como el inventariado de sus especies características.

1.1.6. Mejorar y completar el inventario de los hábitat rocosos y cuevas, en particular del tipo de hábitat natural 8310 Cuevas no explotadas por el turismo, así como el inventariado de sus especies características.

1.1.7. Mejorar y completar el inventario de los tipos de hábitats prioritarios 91D0* Turberas boscosas y 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae), así como el inventariado de sus especies características.

1.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de los tipos de hábitat naturales e identificar sus principales presiones y amenazas en los espacios protegidos Red Natura 2000 con tipología de áreas de montaña.

1.2.1. Definir los estados de conservación actual y favorable de los sistemas lacustres, en particular de los tipos de hábitat de aguas estancadas, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de los brezales húmedos, en particular del tipo de hábitat prioritario 4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.3. Definir los estados de conservación actual y favorable de los brezales característicos de alta montaña, en particular de los tipos de hábitat natural 4060 Brezales alpinos y boreales y 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.4. Definir los estados de conservación actual y favorable dos prados húmedos y mesófilos, en particular del tipo de hábitat natural 6520 Prados de siega de montaña, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.5. Definir los estados de conservación actual y favorable de los hábitats rocosos y cuevas, en particular del tipo de hábitat natural 8310 Cuevas no explotadas por el turismo, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.6. Definir los estados de conservación actual y favorable de los hábitats naturales de turberas altas, turberas bajas y áreas pantanosas, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.7. Definir los estados de conservación actual y favorable dos tipos de hábitats naturales 91D0* Turberas boscosas y 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae), identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.3. Mejorar el estado de conservación de los tipos de hábitat naturales así como las condiciones de su ámbito, en los espacios protegidos Red Natura 2000 con tipología de áreas de montaña.

1.3.1. Alcanzar el buen estado ecológico y químico de los cursos fluviales, tal y como se definió en la Directiva Marco del Agua (Directiva 2000/60/CE), por medio del incremento de la calidad de sus aguas, recuperación de la vegetación de ribera y eliminación de obstáculos.

1.3.2. Conocer la calidad del agua de los diversos tipos de humedales, tanto en sus aspectos fisicoquímicos como biológicos, así como sus variaciones en el tiempo.

Prioridad: especies de interés comunitario.

2.1. Mejorar y completar el inventario de las especies de interés comunitario en los espacios protegidos Red Natura 2000 con tipología de áreas de montaña.

2.1.1. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de Eryngium viviparum.

2.1.2. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de las especies de flora amenazada, en particular de Culcita macrocarpa, Festuca elegans, F. summilusitanica, Narcissus asturiensis, N. cyclamineus, N. pseudonarcissus nobilis, Petrocoptis grandiflora, Sphagnum pylaesii, Santolina semidentata, Vandenboschia speciosa, Veronica micrantha y Woodwardia radicans.

2.1.3. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional del mejillón de río Margaritifera margaritifera.

2.1.4. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de los odonatos presentes en los humedales y cursos fluviales de las áreas de montaña, con especial atención a las especies Coenagrion mercuriale, Gomphus graslinii, Macromia splendens y Oxygastra curtisii.

2.1.5. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional del cangrejo de río autóctono Austropotamobius pallipes.

2.1.6. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de murciélagos cavernícolas.

2.1.7. Mejorar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional del oso pardo Ursus arctos.

2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de interés comunitario e identificar sus principales presiones y amenazas en los espacios protegidos Red Natura 2000 con tipología de áreas de montaña.

2.2.1. Definir los estados de conservación actual y favorable de Eryngium viviparum, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de flora amenazada, en particular de Culcita macrocarpa, Festuca elegans, F.summilusitanica, Narcissus asturiensis, N. cyclamineus, N. pseudonarcissus nobilis, Petrocoptis grandiflora, Sphagnum pylaesii, Santolina semidentata, Vandenboschia speciosa, Veronica micrantha e Woodwardia radicans, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.3. Definir los estados de conservación actual y favorable del mejillón de río Margaritifera margaritifera, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.4. Definir los estados de conservación actual y favorable de los odonatos presentes en los humedales y cursos fluviales de las áreas de montaña, con especial atención a las especies Coenagrion mercuriale, Gomphus graslinii, Macromia splendens y Oxygastra curtisii, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.5. Definir los estados de conservación actual y favorable del cangrejo de río autóctono Austropotamobius pallipes, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.6. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de murciélagos cavernícolas, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.7. Definir los estados de conservación actual y favorable del oso pardo Ursus arctos, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.3. Mejorar el estado de conservación de las especies de interés comunitario así como las condiciones de su ámbito, en los espacios protegidos Red Natura 2000 con tipología de áreas de montaña.

2.3.1. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza de Eryngium viviparum.

2.3.2. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza de las especies de flora ameazada, en particular de Culcita macrocarpa, Festuca elegans, F.summilusitanica, Narcissus asturiensis, N. cyclamineus, N. pseudonarcissus nobilis, Petrocoptis grandiflora, Sphagnum pylaesii, Santolina semidentata, Vandenboschia speciosa, Veronica micrantha y Woodwardia radicans.

2.3.3. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza del mejillón de río Margaritifera margaritifera.

2.3.4. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza de las especies de odonatos Coenagrion mercuriale, Gomphus graslinii, Macromia splendens y Oxygastra curtisii.

2.3.5. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza del cangrejo de río autóctono Austropotamobius pallipes.

2.3.6. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza de murciélagos cavernícolas.

2.3.7. Mejorar la disponibilidad de hábitat y reducir los factores de amenaza del oso pardo Ursus arctos.

2.3.8. Establecer un programa de seguimiento y erradicación de especies de flora y fauna exótica invasora en el ámbito de las áreas de montaña de los espacios de la red Natura 2000.

Prioridad: procesos ecológicos.

3.1. Potenciar la conectividad ecológica de las áreas de montaña con el fin de prevenir la pérdida de biodiversidad, facilitar el intercambio genético y el desplazamiento de las especies de fauna y flora.

3.1.1. Mejorar la conectividad y permeabilidad de los hábitats boscosos, estableciendo los mecanismos necesarios para reducir su fragmentación.

3.2. Potenciar la conectividad ecológica de los cursos fluviales con el fin de prevenir la pérdida de biodiversidad, facilitar el intercambio genético y el desplazamiento de las especies de fauna y flora.

3.2.1. Colaborar con el organismo de cuenca para establecer o favorecer la conectividad ecológica en los tramos en que esta no exista y mejorarla en las zonas en las que se pueda considerar deficiente.

Prioridad: aprovechamiento sostenible de los recursos.

4.1. Fomentar el aprovechamiento racional de los recursos, compatibilizándolo con los valores de conservación de las áreas de montaña, y que permitan garantizar el equilibrio de los procesos naturales.

4.1.1. Promover la implantación de buenas prácticas profesionales en el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales que tengan lugar en el ámbito de la ZEC.

4.1.2. Promover tratamientos silvícolas que favorezcan la heterogeneidad de las masas forestales.

4.1.3. Fomentar el mantenimiento de la agricultura y ganadería extensiva tradicionales y de la gestión forestal sostenible mediante la firma de acuerdos o convenios contractuales con profesionales, asociaciones de profesionales o comunidades de montes que se comprometan a la aplicación de medidas compatibles con la conservación de los tipos de hábitat naturales y especies de interés comunitario.

4.1.4. Establecer un seguimiento sobre los usos tradicionales que incidan sobre los brezales húmedos, en particular del tipo de hábitat natural 4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix.

Prioridad: uso público.

5.1. Promover un uso público ordenado y compatible con la conservación de los tipos de hábitat naturales y especies de interés comunitario.

5.1.1. Difundir, entre la población local y los visitantes, los valores naturales existentes en cada ZEC, el contenido y propuestas del plan de gestión y su relación con los usos tradicionales.

5.1.2. Promover la creación y adecuación en cada ZEC de las infraestructuras de uso público necesarias para acercar a la población local y a los visitantes a los valores del espacio natural, de forma ordenada y compatible con los objetivos de conservación.

Prioridad: investigación, educación y participación ciudadana.

6.1. Favorecer líneas de investigación que permitan la mejora del conocimiento de los recursos naturales, así como del efecto que tienen sobre el medio natural los diferentes tipos de usos y aprovechamientos establecidos en el espacio.

6.1.1. Promover proyectos de investigación en las ZEC como instrumento de apoyo a la gestión de la Red Natura 2000.

6.2. Favorecer el conocimiento e implicación social en la conservación de las ZEC.

6.2.1. Diseñar programas específicos de educación ambiental y sensibilización sobre los problemas y soluciones de los valores naturales y paisajísticos de las ZEC.

6.2.2. Fomentar la participación, a través de campañas de voluntariado ambiental, en la erradicación de especies invasoras y, en general, en todas aquellas actuaciones que supongan una mejora en la conservación de las ZEC.

2. Zonas de especial protección para las aves (ZEPA).

ES0000374 Ancares.

ES1130009 Serra da Enciña da Lastra.

ES0000376 Baixa Limia-Serra do Xurés.

ES0000437 Pena Trevinca.

Prioridad: hábitats de las especies de aves del anexo I y migratorias.

1.1. Mejorar y completar el inventario de los hábitats de las especies de aves del anexo I y migradoras en las ZEPA con tipología de áreas de montaña.

1.1.1. Identificar y establecer de forma precisa la localización y superficie de los tipos de hábitats de la comunidad de aves forestales.

1.1.2. Identificar y establecer de forma precisa la localización y superficie de los tipos de hábitats de la comunidad de aves rupícolas.

1.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de los hábitats de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE, así como de sus principales presiones y amenazas.

1.2.1. Definir los estados de conservación actual y favorable de los hábitats de la comunidad de aves forestales, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de los hábitats de la comunidad de aves rupícolas, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

1.3. Mejorar el estado de conservación de los hábitats de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE así como las condiciones de su ámbito, en las ZEPA con tipología de áreas de montaña.

1.3.1. Conservar y aumentar la superficie de bosque autóctono, buscando un grado máximo de diversidad estructural y específica acorde con los requerimientos ecológicos de una mayoría de especies de aves.

1.3.2. Alcanzar el buen estado ecológico y químico de los cursos fluviales, tal y como se definió en la Directiva Marco del Agua (Directiva 2000/60/CE), por medio del incremento de la calidad de sus aguas, recuperación de la vegetación de ribera y eliminación de obstáculos.

1.3.3. Conocer la calidad del agua de los diversos tipos de humedales, tanto nos sus aspectos fisicoquímicos como biológicos, así como sus variaciones en el tiempo.

Prioridad: especies de aves del anexo I y migratorias.

2.1. Mejorar y completar el inventario de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE en las ZEPA con tipología de áreas de montaña.

2.1.1. Mejorar y completar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de las especies de la comunidad de aves forestales.

2.1.2. Mejorar y completar la información relativa a la distribución y abundancia poblacional de las especies de la comunidad de aves rupícolas.

2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE, así como de sus principales presiones y amenazas.

2.2.1. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de la comunidad de aves forestales, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.2. Definir los estados de conservación actual y favorable de las especies de la comunidad de aves rupícolas, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.2.3. Mejorar el sistema de vigilancia de las poblaciones de aves acuáticas invernantes en la red de ZEPA, identificar sus principales factores de amenaza y establecer y desarrollar un protocolo de seguimiento de su estado de conservación.

2.3. Mejorar el estado de conservación de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE en las ZEPA con tipología de áreas de montaña.

2.3.1. Reducir la incidencia de los factores limitantes sobre las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y sobre sus hábitats.

2.3.2. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza del alimoche común Neophron percnopterus.

2.3.3. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza del águila real Aquila chrysaetos.

2.3.4. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza del urogallo cantábrico Tetrao urogallus cantabricus.

2.3.5. Mejorar la disponibilidad de hábitat de cría y reducir los factores de amenaza de la perdiz pardilla Perdix perdix hispaniensis.

2.3.6. Establecer un programa de seguimiento y erradicación de especies de flora y fauna exótica invasora.

Prioridad: procesos ecológicos.

3.1. Potenciar la conectividad ecológica de las áreas de montaña con el fin de prevenir la pérdida de biodiversidad, facilitar el intercambio genético y el desplazamiento de las especies de fauna y flora.

3.1.1. Mejorar la conectividad y permeabilidad de los hábitats boscosos, estableciendo los mecanismos necesarios para reducir su fragmentación.

3.2. Potenciar la conectividad ecológica de los cursos fluviales con el fin de prevenir la pérdida de biodiversidad, facilitar el intercambio genético y el desplazamiento de las especies de fauna y flora.

3.2.1. Colaborar con el organismo de cuenca para establecer o favorecer la conectividad ecológica en los tramos en que esta no exista y mejorarla en las zonas en las que se pueda considerar deficiente.

Prioridad: aprovechamiento sostenible de los recursos.

4.1. Fomentar el aprovechamiento racional de los recursos, compatibilizándolo con los valores de conservación de las áreas de montaña, y que permitan garantizar el equilibrio de los procesos naturales.

4.1.1. Promover la implantación de buenas prácticas profesionales en el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales que tengan lugar en el ámbito de la ZEPA.

4.1.2. Promover tratamientos silvícolas que favorezcan la heterogeneidad de las masas forestales.

4.1.3. Fomentar el mantenimiento de la agricultura y ganadería extensiva tradicionales y de la gestión forestal sostenible mediante la firma de acuerdos o convenios contractual con profesionales, asociaciones de profesionales o comunidades de montes que se comprometan a la aplicación de medidas compatibles con la conservación de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y sobre sus hábitats.

Prioridad: uso público.

5.1. Promover un uso público ordenado y compatible con la conservación de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y de sus hábitats.

5.1.1. Difundir, entre la población local y los visitantes, los valores naturales existentes en cada ZEPA, el contenido y propuestas del plan de gestión y su relación con los usos tradicionales.

5.1.2. Promover la creación y adecuación en cada ZEPA de las infraestructuras de uso público necesarias para acercar a la población local y a los visitantes a los valores del espacio natural, de forma ordenada y compatible con los objetivos de conservación.

Prioridad: investigación, educación y participación ciudadana.

6.1. Favorecer líneas de investigación que permitan la mejora del conocimiento de los recursos naturales, así como del efecto que tienen sobre el medio natural los diferentes tipos de usos y aprovechamientos establecidos en el espacio.

6.1.1. Promover proyectos de investigación en las ZEPA como instrumento de apoyo a la gestión de la Red Natura 2000.

6.1.2. Promover y regular el marcaje de aves silvestres en la red de ZEPA como instrumento de apoyo a la gestión de las especies de aves y sus hábitats.

6.2. Favorecer el conocimiento e implicación social en la conservación de las ZEPA.

6.2.1. Diseñar programas específicos de educación ambiental y sensibilización sobre los problemas y soluciones de los valores naturales y paisajísticos de las ZEPA.

6.2.2. Fomentar la participación, a través de campañas de voluntariado ambiental en todas aquellas actuaciones que supongan una mejora en la conservación de las ZEPA.

TÍTULO IV
Zonificación

Artículo 15. Criterios de zonificación

La Ley 9/2001, de 21 de agosto, establece la necesidad de que los planes de ordenación de los recursos naturales contengan una zonificación del espacio natural, entendida ésta como la delimitación de diferentes áreas para las que se designan limitaciones generales y específicas derivadas de necesidades de conservación de espacios y especies.

En el presente plan director de la Red Natura 2000 de Galicia se adopta un sistema jerarquizado de zonas como herramienta básica para la planificación y gestión de los componentes de la biodiversidad con el fin de asegurar los objetivos de conservación y uso sostenible de los recursos naturales en cada espacio protegido y en el conjunto de la Red Natura 2000.

En las áreas incluidas en el anexo I que no están comprendidas en la zonificación realizada en el anexo III por no formar parte de la propuesta de actualización de límites de los LIC, serán de aplicación las disposiciones de alcance general recogidas en los artículos 21 a 62, ambos incluidos, del presente decreto y, en particular, el régimen preventivo de los artículos 6.2 y 6.3 de la Directiva 92/43/CEE y de los artículos 45.2 y 45.4 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

En aquellos territorios incluidos en el ámbito territorial del plan director, que por su condición de parque nacional o parque natural poseen un plan de ordenación de los recursos naturales, la zonificación del anexo III será aplicable sin perjuicio de la zonificación que se recoja en los instrumentos de ordenación específicos como consecuencia del planeamiento de mayor detalle, zonificación que se mantendrá en vigor. Se atenderá, entonces, a la regulación de usos previstos en el presente plan director, sin perjuicio de la aplicación de las limitaciones específicas que se recogen en los instrumentos aludidos.

Artículo 16. Zona 1: Área de Protección (Usos tradicionales compatibles)

El Área de Protección se estructura sobre territorios con un valor de conservación muy alto, constituidos por una porción significativa de hábitats prioritarios o hábitats de interés comunitario o bien de núcleos poblacionales y hábitats de especies de interés para la conservación (especies de los anexos II e IV de la Directiva 92/43/CEE, especies de aves migratorias y aves del anexo I de la Directiva 2009/147/CE, especies incluidas en el Catálogo español de especies amenazadas y en el Catálogo gallego de especies amenazadas).

La configuración de estas zonas y, consecuentemente, su biodiversidad, está ligada al mantenimiento de los usos tradicionales compatibles que poseen un elevado grado de compatibilidad con el mantenimiento de los componentes, la estructura y el funcionamiento de los ecosistemas.

Artículo 17. Zona 2: Área de Conservación (Aprovechamiento ordenado de los recursos naturales)

El Área de Conservación incluye territorios con un valor de conservación alto y medio, con una porción variable de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE, con una elevada naturalidad y diversidad, que muestran, generalmente, una mayor representación territorial de los hábitats de interés comunitario frente a los de carácter prioritario, o bien una porción significativa de las áreas prioritarias de las especies silvestres de flora y fauna de interés para la conservación. Se diferencian, no obstante, porque estas unidades se integran en un territorio con un nivel importante de humanización, en el que existe una porción también significativa de hábitats de interés comunitario, cuya composición, estructura y dinámica está íntimamente ligada al mantenimiento de los sistemas de aprovechamiento tradicional.

En estas áreas se regulan las actividades no tradicionales que puedan llevar consigo una merma o disminución del estado de conservación de los hábitats y de las poblaciones de especies de flora y fauna de interés para la conservación, con el objetivo fundamental de alcanzar el aprovechamiento ordenado de los recursos naturales.

Artículo 18. Zona 3: Área de Uso General (Asentamientos y núcleos rurales)

El Área de Uso General abarca territorios con un valor de conservación medio o bajo en los que predominan los medios seminaturales con una reducida naturalidad y medios sinantrópicos desvinculados, en la mayoría de los casos, de los sistemas de explotación tradicional de los recursos naturales. Se incluyen también dentro de esta zona las áreas con un importante nivel de urbanización, así como grandes áreas destinadas al uso público. La gestión de estas zonas debe orientarse a evitar la fragmentación y el aislamiento de las zonas de mayor valor.

En la Zona 3 se incluyen los asentamientos y núcleos rurales que tengan dicha condición conforme a la normativa estatal y autonómica en materia de ordenación del territorio y urbanismo. Asimismo, también abarca las zonas de dominio público de las infraestructuras de comunicación de titularidad estatal, autonómica, provincial o local.

En consecuencia, en la planificación de cada espacio protegido, la Zona 3 debe ser capaz de absorber la mayor parte de las actividades de carácter recreativo, con el fin de reducir la presión de éstas sobre las áreas que poseen hábitats o especies de elevada fragilidad.

Artículo 19. Superficies de zonificación

Como resultado del presente plan director se dispone de una zonificación homogénea de la totalidad (389.565,9 ha) de los espacios protegidos incluidos en su ámbito de aplicación. La superficie ocupada por la Zona 1 (Área de Protección) asciende a 102.721,0 ha, lo que supone algo más de una cuarta parte (26,4 %). La Zona 2 (Área de Conservación) es la zona de mayor representatividad superficial, con un total de 263.310,2 ha, lo que supone algo más de dos tercios (67,6 %) de la superficie. Finalmente, la Zona 3 (Área de Uso General) ocupa una superficie de 23.534,7 ha, lo que representa el 6 % del ámbito territorial del presente documento.

La cartografía de zonificación de cada uno de los espacios protegidos incluidos en el ámbito de aplicación del presente plan director se incluye como anexo III.

TÍTULO V
Medidas de gestión

Artículo 20. Instrumentos de ordenación

De acuerdo con los objetivos de conservación de la Red Natura 2000, y una vez identificados los principales componentes y valores de cada uno de los espacios naturales, así como las principales afecciones y amenazas, se procede a definir los objetivos y directrices que se adoptarán en la ordenación de los usos y de las actividades a desarrollar en los espacios objeto del presente plan. La orientación principal de la ordenación será el mantenimiento en un estado de conservación favorable de la biodiversidad de los espacios y, en especial, de los tipos de hábitat de interés comunitario y de las especies protegidas existentes en ellos. Las necesidades de conservación y restauración deberán compatibilizarse con los aprovechamientos tradicionales, cuyo mantenimiento es fundamental para garantizar el desarrollo de las comunidades que viven en este territorio. Para su consecución, el presente plan se apoya en los siguientes instrumentos:

1. Una zonificación del territorio comprendida en el ámbito de aplicación de este plan, de carácter homogéneo para el conjunto de la red de espacios, a partir de la cual se definen las diferentes medidas de gestión que condicionen los usos, aprovechamientos y actuaciones en cada una de ellas.

2. Una regulación de usos y actividades, con el fin de garantizar los objetivos de conservación de la Red Natura 2000, propuestos por las directivas 92/43/CEE y 2009/147/CE, así como en la normativa de ámbito estatal (Ley 42/2007, de 13 de diciembre) y autonómica (Ley 9/2001, de 21 de agosto). Regulación que se establece de forma genérica para todo el ámbito de los espacios protegidos que forma parte del ámbito de aplicación de este plan o bien de forma específica para las diferentes unidades territoriales fijadas en la zonificación del espacio.

Se articulan así las directrices y normativas de gestión en tres niveles, de manera que se da cumplimiento al dispuesto en los apartados 4), 5), 6) y 7) del artículo 32.1 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto. El primer nivel corresponde a la normativa general de ordenación y gestión, que marca los objetivos generales de conservación de los espacios protegidos que forma parte del ámbito de aplicación de este plan (contemplando los correspondientes a las ZEC y ZEPA), así como el desarrollo de las actuaciones en dichos espacios protegidos y de las políticas sectoriales que incidan sobre estos y sobre sus valores. Las normas generales se elaboran a partir de los objetivos y criterios orientadores derivados de la normativa comunitaria (Directivas 92/43/CEE, 2000/60/CE, 2009/147/CE y 2011/92/UE), estatal (Ley 42/2007, de 13 de diciembre y Ley 21/2013, de 9 de diciembre) y autonómica (Ley 9/2001, de 21 de agosto, Ley 9/2002, de 30 diciembre y Ley 7/2008, de 7 de julio), así como criterios propios relativos a la exclusión o, en su caso, regulación de determinadas actividades.

En un según nivel se desarrolla la normativa general para cada uno de los componentes que conforman los espacios protegidos por este decreto, definiendo, en consecuencia, objetivos, directrices y normas de aplicación de las principales actividades y proyectos elaboradas a partir de la legislación sectorial vigente. La normativa por componentes incluye un primer grupo denominado «medio físico», en el que se integran la atmósfera, la gea, los ecosistemas subterráneos, las aguas continentales y las aguas y recursos marinos. En un según grupo se incluyen los componentes de la biodiversidad, que abarcan el paisaje, los hábitats y las especies, haciendo un tratamiento independiente para cada uno de los subgrupos dentro de los dos últimos. Finalmente, se incluye la normativa general de los usos agropecuarios y forestales, del urbanismo y ordenación territorial, de las infraestructuras y obras, del uso público y ac