Visto el expediente para la autorización de desmontaje y cierre de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: avda. Arteixo, 171, 15007 A Coruña.
Denominación: desmontaje y cierre subestación Cangas 66 kV.
Situación: San Pedro, Cangas.
Elementos a desmontar:
Parque de 66 kV, parque GIS provisional 66 kV, transformadores de potencia, parque de 20 kV, parque móvil 20 kV, servicios auxiliares, puentes de cable de potencia, cables de control y estructura metálica.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los artículos 135 a 139 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el cierre de instalaciones esta sujeto a un procedimiento de autorización. En consecuencia esta jefatura territorial resuelve:
Autorizar la ejecución de las actuaciones recogidas en el proyecto de desmontaje y cierre de la subestación Cangas 66 kV, concediéndole un plazo de 12 meses, a partir de la recepción de este documento, para la realización de las mismas.
La finalización de los trabajos descritos en este proyecto deberá ser comunicado a esta jefatura territorial, con la finalidad de que sean comprobadas las actuaciones realizadas y emitir la preceptiva acta de cierre de instalaciones, tal y como dispone el artículo 139 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las actuaciones autorizadas.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Pontevedra, 5 de junio de 2014
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra
ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados
Nº finca |
Polígono |
Parcela |
Lugar |
Uso |
Nombre y apellidos |
Superficie ocupada |
Superficie total |
Expropiación en pleno dominio |
1 |
41 |
182 |
Monte Sangal (referencia catastral: 36011A041001820000JK) |
Pasto arbustivo y forestal |
Comunidad de Montes O Sangal |
Línea MT: 32,7 m longitud x 0,4 m sección zanja = 13,036 m2 Centro-Seccionamiento: 7,4 m x 3,05 m = 22,57 m2 |
Línea MT: 32,59 m longitud x 1,3 m sección zanja = 35,88 m2 Centro-Seccionamiento: 9,4 m x 7,05 m = 66,27 m2 |
Sí |
2 |
41 |
9002 |
Monte Sangal (referencia catastral: 36011A041090020000JG) |
Camino rural (bien de uso y dominio público ) |
Ayuntamiento de Cerdedo |
Línea MT: 758,6 m longitud x 0,4 m sección zanja = 303,44 m2 |
Liña MT: 759 m longitud x 1,3 m sección zanja = 986,18 m2 |
No |
3 |
41 |
171 |
Monte Sangal (referencia catastral: 36011A041001710000JG) |
Pasto arbustivo, improductivo y forestal |
Comunidad de Montes O Sangal |
Línea MT: 66,7 m longitud x 0,4 m sección zanja = 26,672 m2 |
Línea MT: 66,68 m longitud x 1,3 m sección zanja = 86,68 m2 |
Sí |