Myriam de Mata Schick, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Lalín, por el presente,
Sentencia.
En el presente procedimiento de división de herencia número 206/2005 seguido a instancia de Eliseo Varela Cumplido, representado por la procuradora Sra. Fernández Ramos y asistido por la letrada Sra. Blanco Pérez, contra Pablo Varela Cumplido, representado por la procurador Sr. Cean Garrido y asistido por el letrado Sr. Rodríguez Carracedo, Jesús Varela Cumplido, Sinesia Varela Cumplido, Obdulia Varela Cumplido, Imelda Varela Cumplido, Bernardo Varela Cumplido, José Eduardo Varela Fernández y Marcos Roberto Varela Fernández, con asistencia del Ministerio Fiscal, se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:
Fallo que, estimando íntegramente como estimo la oposición formulada por la representación procesal de Pablo Varela Cumplido a las operaciones divisorias presentadas por la representación procesal de Eliseo Varela Cumplido, acuerdo no aprobar las operaciones divisorias de la herencia de los causantes Esther Cumplido Vázquez y Jaime Varela Méndez, quedando la pretensión divisoria del demandante imprejuzgada, pendiente de llevar a cabo por el contador partidor, previamente la liquidación del régimen matrimonial de aquellos en el presente procedimiento.
Se imponen a la parte demandante las costas causadas en el presente procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este juzgado dentro del plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a su notificación, y se resolverá ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dichos demandados, Marcos Roberto Varela Fernández, José Eduardo Varela Fernández y Bernardo Varela Cumplido, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.
Lalín, 28 de abril de 2014
La secretaria judicial