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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 191 Martes, 7 de octubre de 2014 Pág. 43543

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

CÉDULA de 11 de septiembre de 2014, del Área Provincial de Pontevedra, por la que se le notifica a la persona interesada el requerimiento de pago en relación con el procedimiento por falta de pago P-030/14.

De conformidad con los artículos 58, 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJ-PAC), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, después de que se intentase en dos ocasiones la notificación personal en el último domicilio conocido, se le notifica a la persona interesada el requerimiento de pago que se detalla en el anexo.

Pontevedra, 11 de septiembre de 2014

Andrés Iglesias López
Jefe del Área Provincial de Pontevedra

ANEXO

Expte. por falta de pago: P-030/14.

Expte. de construcción: PO-97/020, cuenta 14.

Nombre: María Mercedes González Torres.

Dirección: calle Ferrería, núm. 39-41, bloque B, 3º B6, Vigo, Pontevedra.

Asunto: requerimiento de pago.

Indicación del contenido: conforme el artículo 82 de la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia; la requerimos para o pago de los 11 recibos vencidos y no satisfechos correspondientes al alquiler de su vivienda por un importe total de 1.620,63 €, según consta en la base de datos de facturación del IGVS el 11.6.2014, correspondientes a los períodos comprendidos entre el 1.7.2013 y el 1.6.2014, haciéndole constar que se irán incorporando al total de la deuda los posteriores vencimientos que resulten con falta de pago.

De acuerdo con las obligas dimanantes del contrato que usted suscribió, con el artículo 142 del Reglamento de VPO y con el artículo 84 de la LRJ-PAC, se le concede un plazo de 15 días hábiles para que se ponga al corriente en sus obligaciones, procediendo al pago del referido importe en cualquiera de las oficinas de Abanca, o se presente en trámite de audiencia en esta área provincial y entregue la documentación que estime conveniente.

Por otro lado, según el contrato de alquiler de la vivienda firmado por usted el 6.2.2012, se establece como una de las causas de resolución del contrato el no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.

Le advertimos que, en caso de no atender este requerimiento, se procederá a la resolución de su contrato.