La Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional, ordena un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación que pueda responder con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas.
La Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, en su apartado tercero del artículo único, introduce el apartado 10 en el artículo 3 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y crea los ciclos de formación profesional básica, con indicación de que serán de oferta obligatoria y carácter gratuito.
Asimismo, en el apartado treinta y tres y siguientes de la Ley orgánica 8/2013, se modifica la Ley orgánica 2/2006, incluyendo los ciclos formativos dentro de la formación profesional del sistema educativo como medida para facilitar la permanencia de los alumnos y las alumnas en el sistema educativo y ofrecerles mayores posibilidades para su desarrollo personal y profesional.
El Decreto 114/2010, de 1 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo de Galicia, establece la estructura, la organización y la reglamentación general de la formación profesional del sistema educativo, y las directrices que deben cumplir los currículos de los ciclos formativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, y autoriza a la persona titular de la consellería con competencias en materia de educación a dictar las disposiciones que sean necesarias para la ejecución y el desarrollo de lo dispuesto en él.
Por orden de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de 14 de agosto de 2014, publicada en el Diario Oficial de Galicia del día 26, se autorizó la oferta de ciclos de formación profesional básica, para el curso 2014/15. Resulta necesario modificar esta orden de forma parcial en lo relativo a los ciclos y programas formativos relacionados en sus anexos V y VI.
En su virtud, la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, haciendo uso de las competencias que le confiere el artículo 34.6º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia,
DISPONE:
Artículo único
Modificar la Orden de 14 de agosto por la que se regula el acceso y la admisión a los ciclos formativos de formación profesional básica y se autoriza su oferta para el curso 2014/15, aumentando la oferta de ciclos y programas formativos en los centros que se relaciona en los anexos I y II de esta orden.
Estas enseñanzas serán cofinanciados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y el Fondo Social Europeo, en el marco del Programa operativo de empleo, formación y educación.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución
Se autoriza a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, a la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, y a la Secretaría General Técnica, para adoptar las medidas precisas para la ejecución de esta orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 10 de noviembre de 2014
Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria
ANEXO I
Oferta de ciclos formativos de formación profesional básica
para el curso 2014/15 en la modalidad de formación profesional dual
Ayuntamiento |
Código |
Centro |
Código |
Ciclo |
Arteixo |
15023314 |
IES de Sabón |
BADG01 |
Servicios administrativos |
BELE01 |
Electricidad y electrónica |
ANEXO II
Oferta de programas formativos de formación profesional básica
para el curso 2014/15
Ayuntamiento |
Código |
Centro |
Código |
Programa formativo |
Pontevedra |
36017201 |
CEE Príncipe Felipe |
BAGA51 |
PFB de Jardinería y viverismo |