La Orden de 2 de agosto de 2013 (Diario Oficial de Galicia núm. 152, de 9 de agosto) establece las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral, en el marco del Plan gallego de investigación, innovación y crecimiento 2011-2015 (Plan I2C) para el año 2013, en régimen de concurrencia competitiva.
La Resolución de 13 de noviembre de 2013 (Diario Oficial de Galicia núm. 224, de 22 de noviembre) adjudica las ayudas a las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG) que contraten a las personas candidatas seleccionadas para una plaza del Programa de apoyo a la etapa predoctoral que aparecen en dicha resolución. Esta resolución fue parcialmente modificada por la Resolución de 21 de marzo de 2014 a fin de adjudicar las ayudas procedentes de las renuncias a las personas candidatas de las listas de espera, de acuerdo con el artículo 13 de la orden de convocatoria.
En el artículo 4 de la Resolución de 21 de marzo de 2014 se establece la distribución de crédito destinado a estas ayudas para las modalidades A, B y C. Advertido de oficio un error aritmético en la citada distribución para las anualidades 2014 y 2017 en las modalidades A y B, es necesario modificar esta distribución, de acuerdo con el artículo 105.2 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común que establece que las administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo lo anterior,
RESUELVO:
Primero. Se modifica el artículo cuarto de la Resolución de 21 de marzo de 2014 en lo referente a la distribución del crédito de las modalidades A y B para las anualidades 2014 y 2017. Esta modificación no supone variación en el importe total de las ayudas ni en la distribución por universidades. La nueva distribución queda como sigue:
Modalidad A: 70 ayudas financiadas al 100 % por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria:
Aplicación presupuestaria |
Universidad |
Nº ayudas |
2014 |
2015 |
2016 |
2017 |
Total |
09.40.561B.444.0 |
UDC |
12 |
201.583,37 |
234.000,00 |
234.000,00 |
26.916,63 |
696.500,00 |
USC |
43 |
691.017,79 |
838.500,00 |
838.500,00 |
127.482,21 |
2.495.500,00 |
|
UVIGO |
15 |
249.212,33 |
292.500,00 |
292.500,00 |
35.787,67 |
870.000,00 |
|
Total |
70 |
1.141.813,49 |
1.365.000,00 |
1.365.000,00 |
190.186,51 |
4.062.000,00 |
Modalidad B: 12 ayudas financiadas hasta un 80 % por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria:
Aplicación presupuestaria |
Universidad |
Nº ayudas |
2014 |
2015 |
2016 |
2017 |
Total |
09.40.561B.444.0 |
USC |
3 |
45.735,90 |
54.300,00 |
54.300,00 |
7.064,10 |
161.400,00 |
UVIGO |
9 |
123.655,23 |
162.900,00 |
162.900,00 |
36.244,77 |
485.700,00 |
|
Total |
12 |
169.391,13 |
217.200,00 |
217.200,00 |
43.308,87 |
647.100,00 |
Segundo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 24 de noviembre de 2014
Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria