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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Martes, 10 de marzo de 2015 Pág. 9732

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (508/2013).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de seguridad social 508/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la empresa Facal González Helvetia, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre seguridad social, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo dicen:

Sentencia.

A Coruña, 27 de noviembre de 2014.

Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el nº 508/2013 siendo parte en el mismo, de un lado como demandante, Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, representada por la letrada Sonsoles Sueiro Lemus y, como demandados, Instituto Nacional de la Seguridad Social, representado por la letrada Belén Guerra Díaz y Facal González Helvetia, S.L., que no comparece, sobre responsabilidad empresarial y reintegro de prestaciones, ha pronunciado, en nombre del rey la siguiente sentencia,

Fallo.

Que, estimando la demanda interpuesta por la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra el demandado Facal González Helvetia, S.L., debo declarar y declaro la responsabilidad directa y principal de la empresa en el abono de los gastos de asistencia sanitaria y prestaciones económicas anticipados por la mutua actora a los beneficiarios referenciados; en consecuencia, condeno a la empresa demandada a reintegrar a la mutua actora 2.076,15 €. Se tiene por desistida a la parte actora respecto del INSS.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco (5) días a contar a partir de la notificación de esta sentencia.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Facal González Helvetia, S.L., expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 18 de febrero de 2015

La secretaria judicial