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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Jueves, 16 de abril de 2015 Pág. 14664

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (DSP 808/2014).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 808/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Isaac Chapela García contra Palmeiro, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), sobre ordinario, se ha dictado sentencia número 91 cuyos encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Santiago de Compostela, 24 de marzo de 2015

Susana Villarino Moure, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos número 808/2014 y acumulado 106/2015, promovidos ante este juzgado de lo social sobre despido, resolución contractual y reclamación de cantidad, a instancia de Isaac Chapela García contra Palmeiro, S.L. y el Fogasa, que no comparecen, ha pronunciado la siguiente sentencia:

(…)

Fallo:

Que debo estimar y estimo las demandas presentadas y, en consecuencia:

1º. Estimo la acción de resolución contractual, declaro resuelto el contrato de trabajo que unía a las partes a fecha de la presente resolución por causa imputable al empresario y condeno a la demandada al abono de la indemnización de 11.797,13 euros.

2º. Declaro la improcedencia del despido de que fue objeto con efectos de 14 de octubre de 2014.

3º. Condeno a la demandada al abono de los salarios de tramitación devengados a razón de 51,25 euros desde el 14 de octubre de 2014 hasta la fecha de la presente sentencia.

4º. Condeno a la demandada al abono de 11.870,93 euros en concepto de salarios, pagas extras y liquidación de vacaciones devengados hasta el 14 de octubre de 2014, importe que se incrementará con los intereses del artículo 29.3 del ET de los trabajadores.

5º. Condeno a la demandada al abono de las costas procesales, con inclusión de los honorarios de la parte actora por importe de 200 euros.

6º. Condeno al Fogasa a estar y pasar por la presente resolución en los términos del artículo 23.6, inciso primero, de la LRJS.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada jueza».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Palmeiro, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su publicación en el tablón del juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 24 de marzo de 2015

La secretaria judicial