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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Miércoles, 6 de mayo de 2015 Pág. 17796

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 7 de abril de 2015, de la Dirección General de Empleo y Formación, por la que se publica la resolución dictada en el procedimiento de baja, en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo, de la entidad Academia Fama (número de censo 15C00157 y dos más), devuelta por el servicio de Correos por resultar desconocido su destinatario.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la Academia Fama la Resolución de 27 de febrero de 2015, de la directora general de Empleo y Formación, dictada en el procedimiento de baja en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, devuelta por el servicio de Correos por resultar desconocido su destinatario.

«Resolución de baja en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar por baja de todas las especialidades formativas.

Academia Fama

Calle Laverde Ruiz, 4

15702 Santiago de Compostela

A Coruña

Después de examinar la inscripción/acreditación de la entidad Academia Fama, en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar,

Antecedentes:

Primero. La entidad Academia Fama, NIF 32334411Y, se encuentra inscrita/acreditada en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, con los números de censo y en las especialidades formativas siguientes:

Número de censo 15C00157, con dirección en la calle Laverde Ruiz, 4, 15702 Santiago de Compostela.

Código especialidad

Descripción

Alta homologación

Baja homologación

BE0002

Peluquero/a

1.1.1995

31.12.2001

BE0111

Peluquero/a de señoras

1.1.1995

31.12.2001

BE0112

Peluquero/a de caballeros

1.1.1995

31.12.2001

BE0113

Manicura manos pies

1.1.1995

31.12.2001

BE0153

Estilista peluquería señora

1.1.1995

31.12.2001

BE0211

Esteticista facial

1.1.1995

31.12.2001

BE0213

Maquillador/a

1.1.1995

31.12.2001

Número de censo 15C00158, con dirección en la avda. General Sanjurjo, núm. 39, 1, 15006 A Coruña.

Código especialidad

Descripción

Alta homologación

Baja homologación

BE0112

Perruquero/a de caballeros

1.1.1995

31.12.2001

BE0153

Estilista peluquería señora

1.1.1995

31.12.2001

Número de censo 15C00159, con dirección en la avda. General Sanjurjo, núm. 39, 1, 15006 A Coruña.

Código especialidad

Descripción

Alta homologación

Baja homologación

BE0113

Manicura manos pies

1.1.1995

31.12.2001

BE0211

Esteticista facial

24.5.1994

31.12.2001

BE0213

Maquillador/a

1.1.1995

31.12.2001

Segundo. Dichas especialidades formativa causaron baja en el Fichero de Especialidades Formativas con efecto en las fechas que constan en el antecedente primero como “baja homologación”.

Tercero. Mediante escritos de 24 de septiembre de 2014, que fueron recibidos por el interesado el 29 de septiembre de 2014 y 8 de octubre de 2014, según consta en el justificante de recepción, por parte de la Dirección General de Empleo y Formación se dio trámite de audiencia a Academia Fama, para que alegara y presentara los documentos y justificaciones que estimara oportuno.

Cuarto. Transcurrido el plazo para formular alegaciones, no consta que Academia Fama las presentara en tiempo y forma.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La competencia para resolver el presente expediente corresponde a la directora general de Empleo y Formación, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.3 y en el artículo 8 del Decreto 106/2011, de 19 de mayo.

Segundo. El artículo 8.1.c) del Decreto 106/2011 dispone que la Dirección General de Empleo y Formación podrá acordar la baja en el Registro de Centros y Entidades de Formación de los centros o entidades, cuando se produzca la baja en el fichero de todas las especialidades que les hayan sido concedidas.

Revisado el expediente, se comprueba que todas las especialidades formativas en las que estaba acreditada y/o inscrita la entidad Academia Fama, con los números de censo 15C00157, 15C00158 y 15C00159, causaron baja en el Fichero de Especialidades Formativas.

Tercero. El artículo 73 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece que se podrá disponer la acumulación de procedimientos que guarden identidad sustancial o íntima conexión, como sucede en el presente caso.

Cuarto. Toda vez que en la tramitación del expediente se observaron las normas que al efecto se establecen en el Decreto 106/2011, de 19 de mayo, y en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Después de ver el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo; la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, modificada por la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto, por la que se desarrolla dicho real decreto; el Decreto106/2011, de 19 de mayo, por el que se crea el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar y se regula el procedimiento para la inscripción y, en su caso, acreditación de los centros y entidades que impartan formación para el empleo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 235/2012, de 5 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las Consellerías de la Xunta de Galicia; el Decreto 42/2013, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Trabajo y Bienestar, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y demás normativa de general aplicación.

De acuerdo con todo el indicado,

resuelvo:

Dar de baja a la entidad Academia Fama, NIF 32334411Y, números de censo 15C00157, 15C00158 y 15C00159, en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar.

Notifíquese a los interesados la presente resolución para su conocimiento y efectos oportunos.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Trabajo y Bienestar en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114, siguientes y concordantes, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común».

Santiago de Compostela, 7 de abril de 2015

Ana Mª Díaz López
Directora general de Empleo y Formación