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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Lunes, 18 de mayo de 2015 Pág. 19416

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (816/2012).

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos 816/2012 a instancia de Fidel Ramos Pérez y Víctor Batista González contra Aislamientos Pemos, S.L., sobre reclamación de cantidad, en los que recayó sentencia el 22 de abril de 2015 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallo:

Estimo íntegramente la demanda formulada por Fidel Ramos Pérez y Víctor Batista González contra la empresa Aislamientos Pemos, S.L. y, en consecuencia, condeno a la empresa Aislamientos Pemos, S.L. a abonar las siguientes cantidades:

A Fidel Ramos Pérez, la cantidad de mil trescientos sesenta y nueve euros con cuarenta y cuatro céntimos (1.369,44 euros), devengando los conceptos salariales los intereses moratorios previstos en el artículo 29.3 del ET.

A Víctor Batista González, la cantidad de tres mil novecientos treinta y siete euros con veintitrés céntimos (3.937,23 euros), devengando los conceptos salariales los intereses moratorios previstos en el artículo 29.3 del ET.

Con intervención del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, María Marta Guillemet García, jueza por sustitución del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Aislamientos Pemos, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 24 de abril de 2015

La secretaria judicial