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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Viernes, 12 de junio de 2015 Pág. 23107

I. Disposiciones generales

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

DECRETO 80/2015, de 11 de junio, por el que se aprueba el Plan de conservación del monumento natural de la Playa de las Catedrales.

El artículo 149.1.23 de la Constitución española atribuye competencia exclusiva al Estado para aprobar la legislación básica sobre protección del ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección. Asimismo, su artículo 148.9º dispone que las comunidades autónomas podrán asumir competencias en la gestión en materia de protección ambiental.

De conformidad con lo dispuesto en la Constitución, el Estatuto de autonomía de Galicia le atribuye a nuestra comunidad autónoma, en su artículo 27.30º, la competencia para aprobar normas adicionales sobre la protección del ambiente y el paisaje.

La actual legislación estatal en materia de protección del medio ambiente, que establece el régimen jurídico básico de su conservación, uso sostenible, mejora y restauración, es la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de patrimonio natural y biodiversidad. Su artículo 33 define a los monumentos naturales como espacios o elementos de la naturaleza constituidos básicamente por formaciones de notoria singularidad, rareza o belleza que merecen ser objeto de una protección especial.

En la Comunidad Autónoma de Galicia se aprobó la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, que tiene entre sus objetivos la protección, restauración y mejora de los recursos naturales y la adecuada gestión de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre. En esta ley también aparece la figura de monumento natural entre las categorías de espacios naturales protegidos.

Mediante el Decreto 11/2005, de 20 de enero, la playa de As Catedrais se declaró monumento natural.

El artículo 31 de la Ley 9/2001, de 2 de agosto, de conservación de la naturaleza, enumera los distintos instrumentos de planificación de los espacios naturales protegidos y establece que a las categorías de protección distintas de los parques naturales o de las reservas naturales les corresponde al menos, la aprobación de un plan de conservación. La sección tercera del capítulo IV establece el contenido, efectos y tramitación de los planes de conservación.

El monumento natural de la playa de las Catedrales, al estar incluido en un espacio protegido de la Red Natura 2000, ya cuenta con un plan de ordenación de los recursos naturales aprobado mediante el Decreto 37/2014, de 27 de marzo, por lo que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia. No obstante, el espacio, por su singularidad, está sometido a presiones, principalmente de uso público, que justifican la elaboración de un plan específico en aplicación de la disposición última tercera de dicho decreto.

El Plan de conservación fue sometido al procedimiento de evaluación ambiental estratégica conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, formulándose el informe ambiental estratégico mediante Resolución de la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de 7 de abril de 2015, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 78, del lunes 27 de abril de 2015.

En cuanto al procedimiento de elaboración del decreto, el documento de inicio del Plan de conservación, por medio del anuncio de 22 de septiembre de 2014, fue sometido a la participación del público conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso al medio ambiente.

Conforme a lo establecido en el artículo 42 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, mediante el que se regula el trámite de audiencia e información pública, y en el artículo 40 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, previo a la aprobación del Plan de conservación, el día 13 de enero de 2015 se publica en el Diario Oficial de Galicia núm. 7 el Anuncio de 8 de enero de 2015, de la Dirección General de Conservación de la Natureza, por el que se acuerda someter al procedimiento de información pública y audiencia a las personas interesadas el proyecto de decreto por el que se aprueba el Plan de conservación del monumento natural de la playa de las Catedrales.

Una vez estudiadas las alegaciones presentadas, se modificó el plan de conservación en aquellos puntos que se consideraron relevantes y viables con la planificación proyectada, sometiéndose posteriormente, dicho plan al Pleno del Consejo Gallego de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible el día 28 de abril de 2015.

Por lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su Presidencia, a propuesta de la conselleira de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de once de junio de dos mil quince,

DISPONGO:

Artículo 1. Aprobación

1. Se aprueba el Plan de conservación del monumento natural de la playa de las Catedrales.

2. En el anexo I de este decreto se recoge dicho plan de conservación, en el cual se establece la delimitación de su ámbito de protección, la identificación de los valores a proteger y posibles riesgos, las normas de usos y aprovechamiento del suelo y de los recursos naturales y las normas relativas al uso público.

3. La consellería con competencias en materia de conservación de la naturaleza deberá garantizar el acceso permanente en su web a la información contenida en el plan de conservación, incluida la cartografía, y mantener actualizada dicha información cuando se produzcan modificaciones o revisiones.

Artículo 2. Régimen de infracciones y sanciones

El régimen sancionador aplicable será el establecido en el título III de las infracciones y sanciones de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, y con carácter complementario en el título VI de las infracciones y sanciones, de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad.

Disposición final primera. Habilitación normativa

Se habilita a la persona titular de la consellería competente en materia de conservación de la naturaleza para aprobar mediante orden, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones precisas para el desarrollo de este decreto.

Dichas órdenes respetarán lo establecido en el título III de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

Disposición final segunda. Vigencia

Las presentes medidas de conservación y gestión tendrán una vigencia indefinida, sin perjuicio de la posible actualización conforme al estado de la ciencia y de la técnica, y sin perjuicio de la aplicación de las medidas de seguimiento que correspondan.

Disposición final tercera. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, once de junio de dos mil quince

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel María Vázquez Mourelle
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas

ANEXO I
Plan de conservación del monumento natural de la Playa de las Catedrales

I. Introducción

La playa de Augasantas, conocida popularmente como As Catedrais se sitúa en el extremo oriental de la provincia de Lugo, en el ayuntamiento de Ribadeo (parroquia de A Devesa). Este tramo de rasa cantábrica se caracteriza por el perfil de sus acantilados que, durante la bajamar, dejan al descubierto las espectaculares formaciones de arcos y grutas que dieron nombre a la playa de As Catedrais y convirtieron este tramo costero en un reclamo turístico a nivel internacional.

La enorme singularidad geomorfológica y paisajística de este espacio, unido a la presencia de hábitats de interés comunitario de carácter prioritario, motivaron la declaración del monumento natural de la Playa de las Catedrales, mediante el Decreto 11/2005, de 20 de enero. Toda la superficie del monumento natural se integra, además, dentro de la zona de especial conservación (en adelante ZEC) As Catedrais, que abarca 304,36 ha en la rasa cantábrica ubicada entre los ayuntamientos de Barreiros y Ribadeo.

El presente documento constituye el Plan de conservación del monumento natural de la Playa de las Catedrales, que es el instrumento de planificación básico, donde se establece el régimen de usos y actividades permisibles, así como las limitaciones necesarias para la conservación de los valores ambientales que motivaron su declaración.

La elaboración del presente Plan de conservación parte de una descripción del monumento natural, así como de un diagnóstico de su situación actual, tanto a nivel ambiental como de gestión y regulación del uso público. En base a este diagnóstico, se identifican los principales problemas, riesgos y amenazas que afectan al ámbito del Plan, y se establecen las directrices y normas destinadas a la preservación de los valores ambientales que motivaron la declaración del monumento natural de la Playa de las Catedrales, así como las actuaciones previstas.

Marco legal

El artículo 13 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, establece la figura de los monumentos naturales para designar a aquellos espacios o elementos de la naturaleza constituidos por formaciones de notoria singularidad, rareza o belleza que merezcan ser objeto de una especial protección. Se incluyen también, entre otros, las formaciones geológicas y demás elementos de la gea que reúnen un interés especial por la singularidad o importancia de sus valores científicos, culturales o paisajísticos.

Al amparo de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, la Xunta de Galicia aprobó el Decreto 11/2005, de 20 de enero, por lo que se declara la playa de As Catedrais como monumento natural.

A nivel estatal, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad, recoge también la figura de los monumentos naturales con una definición muy similar a la de la legislación autonómica. El artículo 33.3 de dicha ley establece, con carácter general, la prohibición de la explotación de recursos en el ámbito de los monumentos naturales, salvo en aquellos casos que se permita por razones de investigación o conservación, previa autorización administrativa.

El artículo 31 de la Ley 9/2001, de 2 de agosto, enumera los distintos instrumentos de planificación de los espacios naturales protegidos y establece que a las categorías de protección distintas de los parques naturales o de las reservas naturales les corresponde, al menos, la aprobación de un plan de conservación.

El monumento natural de la playa de las Catedrales, al estar incluido en un espacio protegido de la Red Natura 2000, cuenta ya con un plan de ordenación de los recursos naturales aprobado mediante el Decreto 37/2014, de 27 de marzo, por el que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia. No obstante, el espacio está sometido a presiones, principalmente de uso público, que justifican la elaboración de un plan específico en aplicación en la disposición final tercera de dicho decreto. Conviene indicar, además, la convergencia de diferentes administraciones con competencias en el ámbito territorial del Plan, cuya participación y colaboración resulta fundamental para conseguir los objetivos propuestos.

El artículo 38 de la Ley 9/2001, de 2 de agosto, indica el contenido mínimo que deben contemplar los planes de conservación:

1. La delimitación de su ámbito de protección.

2. La identificación de los elementos clave para la conservación de sus valores naturales.

3. Las normas de aprovechamiento del suelo y de los recursos naturales, destinadas a proteger, conservar o mejorar los valores ambientales.

4. Las normas relativas al uso público, así como las actividades científicas o educativas.

Ámbito territorial de aplicación

El ámbito territorial del Plan de conservación se ciñe a la superficie del monumento natural de las Catedrales (28,94 ha, de las que aproximadamente 20 ha corresponden al ambiente marino), que figura en el anexo II del presente decreto, cuyos límites se reflejan en el artículo 2 del Decreto 11/2005, de 20 de enero, identificando las coordenadas UTM en los siguientes términos:

«Por el sur y en su extremo occidental, comienza en el punto en que la carretera costera cruza el arroyo de Vigo, siguiendo por este viario hacia el este hasta el punto con coordenadas x: 649.001,24 e y: 4.824.050,23, donde gira hacia el norte hasta el punto con coordenadas x: 648.995,64 e y: 4.824.163,30, que coincide con el mojón número 748 del deslinde del dominio público marítimo terrestre. Desde aquí continúa por el deslinde del dominio público marítimo terrestre, pasando del marco número 746 al 736 y del 734 al 732, hasta el punto con coordenadas x: 650.029,13 e y: 4.824.415,94, coincidente con el marco número 659 del deslinde. Desde aquí se prolonga mar a dentro, en dirección noroeste, hasta el punto con coordenadas x: 649.952,00 e y: 4.824.516,00, siguiendo hacia el oeste hasta el punto con coordenadas x: 649.096,00 e y: 4.824.340,00 y prolongándose hasta el punto con coordenadas x: 648.430,00 e y: 4.824.400,00. Desde aquí, hacia el sur, hasta la desembocadura del arroyo de Vigo, siguiendo por el margen derecho de su cauce hasta la carretera costera».

La superficie terrestre del monumento natural forma parte de la ZEC As Catedrais (ERES1120005), que abarca unos 15 km en la franja litoral que va desde la playa de Lóngara, en el ayuntamiento de Barreiros hasta el Penedo do Corvo, en el ayuntamiento de Ribadeo. Además, este entorno posee otras figuras de protección que reconocen la relevancia ambiental de este sector. Así, la playa de As Catedrais se integra en la zona núcleo de la Reserva de la biosfera del río Eo, Oscos e Terras de Burón, compartida entre las comunidades autónomas de Galicia y Asturias, e incluso está catalogada como punto de interés geológico (PIG) por el Instituto geológico y minero de España (LU/El-25 rasa costera de Ribadeo).

Desde el punto de vista de la gestión, el Plan director de la Red Natura 2000 (Decreto 37/2014, de 27 de marzo) reconoce las relaciones existentes entre el interior del monumento natural y su entorno externo, por lo que se formulan propuestas más allá de sus límites. En cualquier caso, este ámbito sólo será de aplicación para el desarrollo de programas, equipamientos, ofertas de servicios o actividades de gestión, pero nunca para la aplicación de la normativa que aplique fuera del espacio protegido restricciones u obligaciones propias de la figura del monumento natural.

Efectos, vigencia y revisión del plan

Conforme a lo establecido en el artículo 38 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, el Plan de conservación del monumento natural de Las Catedrais será vinculante, tanto para las administraciones públicas como para los particulares, prevaleciendo sobre el planeamento urbanístico y los instrumentos de ordenación territorial o física.

Las medidas de actuación y gestión recogidas en el presente documento tendrán una vigencia indefinida, sin perjuicio de la posible actualización conforme al estado de la ciencia y de la técnica y sin perjuicio de la aplicación de las medidas de seguimiento que correspondan.

II. Diagnóstico

Medio físico y abiótico
Climatología

Desde el punto de vista climático, la Mariña lucense se incluye en el dominio oceánico húmedo, que cuenta con temperaturas suaves a lo largo de todo el año (el promedio está entre los 13-14 ºC y la oscilación térmica anual ronda los 11 ºC) y precipitaciones moderadas (alrededor de los 1.000 milímetros anuales). Los inviernos suelen ser templados y los veranos frescos, aumentando las precipitaciones cuanto mayor es la cercanía a las zonas de montaña. En estas se registra habitualmente una notable influencia de los vientos cantábricos.

El ámbito de estudio se encuentra bajo la influencia de la circulación general de las latitudes medias de carácter zonal, caracterizadas por la presencia constante en los niveles altos de la troposfera de grandes corrientes del oeste –vientos de Ferrel– entre los paralelos 30º y 60º, lo que define una circulación cerrada próxima al Polo Norte que se conoce como vorágine circumpolar. En invierno, con el vórtice expandido, la corriente en chorro polar desciende hasta los 40-35º N, siendo responsable de las borrascas que dan lugar a situaciones advectivas del oeste en la costa gallega. La contracción del vórtice durante el verano provoca un desplazamiento del chorro polar hasta los 50º N, lo que permite que el anticiclón de las Azores se sitúe en latitudes próximas a la Península Ibérica y actúe bloqueando las borrascas derivadas de la ondulación del chorro polar. La especial localización de Galicia entre las altitudes altas (deficitarias de energía) y las altitudes bajas (excedentarias) resulta en una variada sucesión de situaciones sinópticas relacionadas con el juego zonal y estacional de las masas de aire frías procedentes del norte y el anticiclón de las Azores.

Los datos de temperatura y precipitación de la estación meteorológica de Meteogalicia Pedro Murias (Ribadeo) permiten caracterizar el clima del sector de estudio como oceánico húmedo; las temperaturas son suaves a lo largo de todo el año, con un promedio anual de 14,9 ºC y la oscilación térmica anual de 11 ºC. Las precipitaciones son moderadas, con una precipitación anual acumulada de 1.008 mm. Los inviernos son suaves y los veranos frescos. En cuanto al gradiente altitudinal, la zona de estudio figura en el Atlas climático de Galicia (2006) dentro de la zona I, caracterizada por un gradiente de precipitación de 100 l cada 100 metros de altitud y un gradiente de temperatura de -0,67 ºC cada 100 metros de altitud desde la costa hacia el sur, donde se erigen los sistemas montañosos.

El régimen de vientos es estacional; durante el otoño y el invierno los vientos dominantes y más fuertes son de componente suroeste, al situarse sobre la Península las borrascas atlánticas; durante el verano, dominan los vientos de componente noroeste, nordeste y norte, son vientos frescos y secos característicos de situaciones atmosféricas anticiclónicas. Los vientos de componente sur y sureste son relativamente frecuentes durante el otoño y preceden el paso de las borrascas atlánticas. Las calmas (velocidad del viento inferior a 6 km/h) suponen un 23 % de registro y tienen su mayor incidencia en los meses del otoño. Las situaciones de temporal de viento (velocidad del viento mayor de 17,2 km/h) suponen un 13,6 % de los registros anuales, concentradas en los meses de invierno, ligados a las componentes direccionales sureste, suroeste, oeste y noroeste, preferentemente.

Geología y geomorfología

El frente costero del monumento natural de la Playa de las Catedrales se orienta en dirección este-oeste, a lo largo de la rasa cantábrica. Se caracteriza por la presencia de pequeños acantilados marinos y playas de arena, intercaladas entre pequeños promontorios e islotes de gran interés geomorfológico y paisajístico. La línea de costa característica de la rasa cantábrica es rectilínea y alargada, con una fuerte pendiente hacia el mar, formando acantilados y pequeñas rías que esconden depósitos de piedra y cascajo, o playas de arena, generalmente en las desembocaduras fluviales o en las ensenadas. El oleaje en este tramo costero determina el sentido neto del transporte litoral en dirección este.

La rasa cantábrica constituye una plataforma de abrasión marina emergida durante el Terciario, que se extiende en su mayor parte por Asturias y que encuentra en este punto su límite occidental, formando un escalón claramente perceptible a lo largo de la fachada acantilada de este monumento natural, de 2,2 km de frente y entre 10 y 20 m de altura. La intensa erosión ejercida por el mar sobre estos pequeños pero verticales acantilados, formados principalmente por esquistos y pizarra, en conjunción con el alto grado de facturación de los materiales, favorece la formación de un extenso sistema de grutas (cuevas marinas), fumarolas, arcos e islotes. Estas formaciones son producto del derrumbe de las bóvedas de antiguas grutas marinas, en puntos de fractura de los acantilados. Durante la bajamar, la mayor parte de las calas entre acantilados descubre y muestra fondos intermareales arenosos finos, que conforman las playas de Augasantas, Carricelas, Esteiro, O Cadramón y Seborello.

Las superficies planas que caracterizan el relieve litoral y prelitoral de este sector de la costa cantábrica suelen identificarse como antiguas plataformas litorales. Algunos autores sugieren un origen continental de esta superficie –con una posible invasión por el mar en su parte más baja– mientras que otros identifican depósitos de características marinas, llegando a distinguir dos niveles marinos, situados a 100 y 60 m de altura entre Burela y Ribadeo. Estas interpretaciones se basan en el estudio morfológico de los niveles de cantos, pero sin ningún tipo de datación o análisis paleontológico que pueda ayudar a sostener su origen marino. Puede afirmarse que actualmente no existe una teoría concluyente sobre el origen y procesos que condujeron al desarrollo de esta superficie, ni tampoco de la existencia y magnitud real de los posibles procesos de levantamiento tectónico en la costa noreste de Galicia.

Trenhaile (2002) modelizó el desarrollo de terrazas marinas en costas rocosas tectónicamente activas, remarcando que durante los interglaciares cuaternarios la duración de los altos niveles del mar no sería suficiente para producir plataformas anchas de escasa pendiente, partiendo de perfiles iniciales con pendientes abruptas. Se llega a la conclusión, por lo tanto, de que la génesis de este tipo de formas solamente puede explicarse en base a aspectos estructurales y litológicos, así como a la combinación de diferentes procesos morfogenéticos. Si ciertos niveles de la rasa cantábrica pueden ser asimilables a la antiguas plataformas litorales, entonces para su correcta interpretación y con el objetivo de estimar el papel relativo que a lo largo de su historia geológica tuvieron los procesos continentales y marinos, deberían tenerse en cuenta aspectos fundamentales de la dinámica de las costas rocosas, como los controles geológicos y estructurales, la posición de la rompiente, la geometría de las plataformas y los paleoacantilados o las diferencias en el régimen erosivo en los contextos de ascenso o descenso del nivel del mar. A eso debe añadirse la relación entre la velocidad en el ascenso del nivel del mar y las tasas de elevación de las superficies, que determina el tiempo durante el cual puede producirse una erosión efectiva en cada sección de la paleoplataforma, partiendo de que la mayor parte de la erosión tiene lugar en la zona de rompiente de las olas.

De tal manera, desde el punto de vista geomorfológico, los procesos erosivos en la playa de Las Catedrales se ven favorecidos por la propia constitución de las rocas, la estructura general de los materiales (que presentan una suave inclinación) y la red de fracturas conjugadas noroeste-sureste y noreste-suroeste.

En una costa en recesión, como la representada en este tramo de la Mariña lucense, los arcos y túneles son las formas más numerosas, pero también se conservan cuevas (o grutas) e islotes («stacks») que constituyen vestigios de antiguos arcos hundidos por la acción erosiva de las olas. Las cuevas y grutas características de la playa de Augasantas (que le dieron su nombre popular de As Catedrais) se desarrollan sobre rocas silíceas pertenecientes a las denominadas capas de Bres, constituidas por areniscas cuarzosas y cuarcitas de colores claros (gris o verdoso), grano fino y ligeramente tableadas (10 a 40 cm), entre las que se intercalan pizarras oscuras, también de naturaleza silícea.

Desde el punto de vista dinámico, la evolución del conjunto erosivo de la playa de As Catedrais se debió a diferentes causas o controles pasivos, como son la propia constitución de las rocas laminadas de los acantilados, su disposición estructural y la red de fracturas conjugadas noroeste-sureste y noreste-suroeste. La existencia de una playa arenosa en la base de los acantilados facilita la erosión mecánica de la ola, de forma que el sedimento ejecuta con mayor agresividad el proceso de desgaste de las rocas. La fracturación geológica marca el diseño de la línea de costa en este tramo y la estratificación horizontal del roquedo favorece el retroceso de los acantilados, así como la génesis de plataformas de abrasión marina. En definitiva, el entorno de la playa de Las Catedrales constituye un medio inestable, en el cual la acción conjunta del oleaje, las mareas y corrientes marinas y del viento conformaron un paisaje dominado por formas rocosas espectaculares.

Hidrología e hidrogeología

Dentro de los límites del monumento natural de la Playa de las Catedrales discurren dos pequeños cursos fluviales: el arroyo del Perdón, por el oeste, y el arroyo de Esteiro, en el extremo este, que presentan las características básicas de las cuencas de la vertiente cantábrica. Se trata de ríos de corto recorrido, que nacen en las sierras septentrionales y discurren por la Mariña lucense con una dirección general sur-norte, formando cuencas pequeñas y de forma alargada. Sus caudales son bastante estables y de aporte generalmente abundante, debido al carácter oceánico del clima en esta zona. Según establece el Plan hidrológico de Galicia-Costa, los caudales relativos medios de los cursos de la vertiente cantábrica son de 26 l/sg/km2, siendo el coeficiente de caudal para los meses de estiaje de 0,28.

Desde el punto de vista hidrogeológico, el ámbito forma parte de la masa de agua subterránea Ribadeo-O Valadouro (código 014.016), que se sitúa en la zona más nororiental de la demarcación hidrógrafica de Galicia-Costa, limitando al norte con el mar Cantábrico, desde la punta de Laxes hasta el núcleo urbano de Ribadeo, en el límite con Asturias. El ámbito geológico de esta masa de agua subterránea se caracteriza por la presencia de pizarras, cuarcitas y areniscas, además de granitos y rellenos cuaternarios. Se identifican dentro de esta masa los acuíferos de Ribadeo-O Valadouro y de San Sadurniño. El mecanismo principal de recarga de estos acuíferos es la infiltración de la precipitación sobre los terrenos de mayor permeabilidad relativa, mientras que la descarga natural se lleva a cabo a través de los principales ríos de la vertiente cantábrica (Grande, Masma, Centiño, Ouro y río de Moucide, entre otros).

Según establece el Plan hidrológico de Galicia-Costa, este espacio forma parte del sistema de explotación número 19 Ría de Ribadeo, que comprende 137 km2 en la franja costera que va desde la ría de Foz a la ría de Ribadeo, donde discurren infinidad de pequeños arroyos –como los del Perdón y de Esteiro– que desaguan directamente al mar. El núcleo más destacado de este sistema de explotación es el de Ribadeo, seguido de las poblaciones costeras de Rinlo y San Cosme. No obstante, a nivel de gestión del agua, los ayuntamientos que forman parte de este sistema de explotación, de forma total o parcial, son Barreiros, Ribadeo y Trabada. No se identifican puntos de captación para abastecimiento de aguas en el ámbito objeto del Plan ni en su entorno próximo.

Caracterización del medio marino
Circulación y oleaje

La demarcación noratlántica se encuentra en latitudes medias, entre los límites del giro de la corriente de las Azores, del giro subtropical y de la corriente del Atlántico Norte del giro subpolar.

En este ámbito, la fuerza del viento, el calentamiento, las precipitaciones y el flujo de aguas continentales modifican las características del agua e imponen una alta variabilidad (espacial, estacional e interanual) en la circulación de las corrientes marinas. La topografía, la orientación de la costa y los vientos condicionan el patrón de circulación sobre la plataforma hasta los 600 m, de forma que en invierno, con la influencia de vientos del suroeste, se origina un patrón de circulación que fluye hacia el norte.

Los vientos predominantes del noroeste en la costa Cantábrica, unidos a la gran distancia existente entre la costa gallega y la costa de Terranova, provocan la formación de grandes olas, generalmente de gran amplitud y larga periodicidad, con una altura media superior a los dos metros, pudiendo superar los siete metros y llegar hasta 15 m en los temporales invernales.

Termografía

El mar Cantábrico es más caliente de lo que le correspondería dada su situación geográfica, debido a la existencia de la corriente atlántica superficial que trae aguas cálidas desde el golfo de México. Dado que el sol calienta principalmente las capas superficiales del mar, la temperatura será mayor en superficie y va bajando conforme aumenta la profundidad. En invierno, la agitación de las olas hace que ese gradiente sea prácticamente nulo y hay que descender hasta los 1000 m para rebajar la temperatura a 5º. Sin embargo, durante el verano, la relativa tranquilidad del mar fomenta la formación de termoclinas: masas de agua de muy distinta temperatura. La capa superficial se calienta mucho pero el calor no llega a las capas inferiores, dando lugar a cambios bruscos de temperatura. Existe, por lo tanto, una termoclina permanente a unos 200 m de profundidad, casi coincidiendo con la plataforma continental, donde la temperatura baja unos 8 ºC respecto a la superior.

Destaca también una fuerte estacionalidad, de forma que el ciclo anual de temperatura superficial se puede dividir en dos períodos principales: de diciembre a abril, donde las isotermas siguen el patrón general del Atlántico nororiental, caracterizado por un gradiente de temperatura meridional; y de junio a octubre, el golfo de Vizcaya se aísla y muestra un patrón independiente en la distribución de isotermas. La transición entre los dos períodos ocurre en mayo y en noviembre.

El rango medio de temperatura superficial entre el verano y el invierno es de unos 4 °C, incrementándose en la parte oriental donde hay más influencia del continente y donde las temperaturas son más altas en verano y más bajas en invierno que en la zona circundante (efecto bahía). Cerca de la superficie (10 m), las temperaturas medias mensuales en la barrera continental indican la existencia de un máximo típico de verano (agosto) y de un mínimo en invierno tardío (febrero-marzo). La amplitud del ciclo es de aproximadamente 8,5 °C (entre 12,8 y 21,3 °C).

Mareas

Las mareas son movimientos alternativos de ascenso y descenso del nivel del mar que se producen con una periodicidad variable de 12 horas y 25 minutos. Cada día hay, por lo tanto, dos períodos de algo más de 6 horas durante los que la marea sube de nivel hasta alcanzar su máximo (pleamar), y otros dos períodos similares de bajamar. Dada su duración, estas mareas se denominan semidiúrnas, y son las que afectan a la costa gallega. El origen de estas oscilaciones diarias en el nivel del mar es la atracción gravitatoria que ejerce la luna sobre el mar, y en menor medida el sol, junto con fenómenos de inercia asociados a la rotación de la tierra.

En el ámbito de la costa cantábrica, el tiempo aproximado entre una pleamar y la bajamar es de 6 horas 12 minutos, completando un ciclo de 24 horas 50 minutos.

Aunque menos conocidos, los efectos de las mareas pueden condicionar notablemente la morfología litoral, como sucede en el entorno de la costa ribadense. La continuidad de la plataforma continental que se extiende a lo largo de este tramo costero se rompe en el este por la presencia de la ría de Ribadeo. Esta última, que tiene su origen en un valle fluvial que se encajó en dicha plataforma, tiene una longitud de 10 kilómetros y una profundidad escasa. Esto es así por la presencia de grandes bancos de arena que afloran en la bajamar, hecho que ocasiona cambios espectaculares de su aspecto en función de las variaciones de la marea.

Características biológicas
Ecosistema pelágico

Como en todo el Atlántico nororiental, esta región experimenta un ciclo climático estacional que afecta significativamente al sistema pelágico, a través de tres factores fundamentales: la disponibilidad de luz solar, el intercambio de calor con la atmósfera y el forzamiento mecánico en la superficie debido al viento. Esto origina un patrón regular en las condiciones hidrográficas, caracterizado por la mezcla de aguas en épocas invernales, seguido por estratificación estival. Las proliferaciones de fitoplancton ocurren durante la transición entre períodos, cuando se produce una coincidencia de elevada disponibilidad de luz y nutrientes en la capa superficial. Este patrón característico se ve modificado en el suroeste del golfo de Vizcaya (Galicia y Cantábrico occidental) por el afloramiento costero, que introduce aguas subsuperficiales frías y ricas en nutrientes en la capa superficial, estimulando la producción del fitoplanton.

La abundancia de picoplancton autótrofo (con un tamaño de 0,2-2 µm), debido principalmente a la bacterias de los géneros Prochlorococcus y Synechococcus, muestra una estacionalidad marcada, con valores máximos de aproximadamente 108 células/l en verano, y mínimos de aproximadamente 106 células/l durante la transición de invierno-primavera. La abundancia de nanoflagelados autótrofos oscila entre 106 y 107 células/l, siendo significativamente menores en la costa de Galicia que en el Cantábrico, lo que puede estar relacionado con la elevada abundancia de fitoplancton total y la mayor contribución de las clases de tamaño más altas (nano y microfitoplancton) en la costa gallega.

La abundancia de bacterias heterótrofas también muestra una estacionalidad muy marcada, con valores máximos de aproximadamente 109 células/l en verano y valores mínimos de 108 células/l en invierno. Por regla general, la abundancia de bacterias heterótrofas es mayor en la costa gallega que en la cantábrica.

Como muestran las imágenes promediadas mensualmente de la clorofila superficial observada mediante satélites, los mayores valores de clorofila (que indican las proliferaciones de fitoplancton) se producen sobre la plataforma continental, especialmente al final del invierno y principios de primavera.

En la costa cantábrica la biomasa de fitoplancton (estimada a partir de la concentración de clorofila integrada en la zona fótica) varía entre 15 mg/m2 (invierno) y 70 mg/m2 (en primavera), mientras que en verano se mueve entre los 35 mg/m2 (fases de estratificación) y los 60 mg/m2 (afloramiento).

Los fenómenos de afloramiento, que introducen nutrientes en la capa fótica, son altamente variables en términos de intensidad y frecuencia interanual, pero –en general– son más frecuentes e intensos en el Cantábrico occidental y en Galicia, entre abril y septiembre.

El ciclo anual de abundancia y biomasa de zooplancton de la región presenta una marcada estacionalidad, con un máximo principal en primavera, correspondiente a la proliferación de fitoplancton, aunque a veces más tardío, y con máximos secundarios en verano y otoño.

Hábitats rocosos intermareales

Se caracterizan por la abundancia y diversidad de algas (coralináceas, incrustantes, pardas y rojas), frente a las comunidades típicas de la zona circalitoral, que suelen presentar dominancia de comunidades animales.

La zona superior del intermareal rocoso, sobre la línea marcada por mareas vivas equinocciales, y afectada principalmente por spray marino y salpicaduras, está dominada por líquenes (Verrucaria, Lychina) que desaparecen al aumentar la profundidad a medida que aumenta el período de inmersión mareal.

En el intermareal superior la presencia de líquenes es ocasional, estando esta franja dominada por animales adheridos a la roca como bellotas de mar (Chtamalus spp.), lapas (Patella spp.) y mejillones (Mytilus spp.), con presencia de algas pardas del género Fucus en zonas de baja pendiente e hidrodinamismo.

El intermareal medio e inferior está dominado por algas cespitosas y calcificantes. Entre las más representativas del segundo grupo se encuentra el género Corallina.

El intermareal inferior está principalmente caracterizado por la asociación de algas rojas Gelidium-Chondrus.

Dentro de los hábitats del intermareal rocoso es destacable la presencia de microhábitats en las cubetas intermareales, caracterizadas por condiciones ambientales extremas y su gran variabilidad asociadas a los ciclos mareales. Al encontrarse las cubetas intermareales sumergidas permanentemente constituyen un refugio para las especies del intermareal que son capaces de soportar grandes variaciones en las variables fisicoquímicas (temperatura, salinidad, pH, oxígeno), como el erizo de mar (Paracentrotus lividus) o especies de góbidos y blénidos.

Hábitats rocosos infralitorales

Dentro de los fondos rocosos infralitorales destacan por su importancia ambiental y extensión las comunidades dominadas por macroalgas, dentro de las que destacan, a su vez, los bosques de laminarias. Las laminarias son algas pardas (Cl. Phaeophyceae) pertenecientes al orden Laminariales. Este hábitat también es una importante zona de alimentación para especies de aves marinas como el cormorán (Phalacrocorax aristotelis). Las costas gallegas son las que presentan una mayor abundancia y diversidad de este hábitat, al presentar unas condiciones hidrográficas (principalmente de temperatura) más apropiadas para las laminarias. No obstante, en los fondos marinos que se integran en el monumento natural de As Catedrais no se identificó la presencia del hábitat citado ni de otras comunidades infralitorales con carácter protegido.

Medio biótico
Unidades ambientales

Para la caracterización y cartografiado de hábitats del ámbito del monumento natural de la Playa de las Catedrales, se tomó como referencia el sistema de unidades ambientales del Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia, en el que se emplea un sistema jerarquizado de unidades ambientales que se establecen teniendo en cuenta las características de los componentes del sistema natural, socio-económico y territorial de Galicia. Tomando como base el concepto biogeográfico de «hábitat» y las principales clasificaciones empleadas en Europa (Corine Biotopes, Corine Land cover, Eunis Habitat), se estructuró una clasificación de unidades ambientales homogéneas, aplicable al conjunto del territorio gallego y orientada a la valoración de los componentes clave para la biodiversidad, así como a los usos y aprovechamientos derivados de las distintas actividades humanas.

Como unidad ambiental (UA) se define la porción del territorio que -poseyendo características geográficas y ecológicas homogéneas- muestra una respuesta también homogénea frente a las acciones derivadas de los procesos antrópicos, constituyendo el elemento básico para sustentar la planificación y gestión de un espacio natural. El sistema de unidades ambientales del Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia incluye más de 70 tipos distribuidos en 9 grupos, que representan medios de carácter natural (hábitats marinos y costeros, humedales continentales, matorrales y medios rocosos, bosques naturales y seminaturais) y asociadas a medios antrópicos (paisaje rural tradicional, paisaje rural transformado) o vinculados directamente con sistemas artificiales (humedales artificiales, áreas urbanas e industriales, viales y líneas de abastecimiento). El sistema de unidades ambientales establece una correspondencia con los tipos de hábitat del anexo I de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

Cada unidad ambiental se encuentra definida por un conjunto determinado de «hábitats característicos» que, de forma conjunta, representan la mayor cobertura de la unidad cartográfica, representando generalmente más del 70 % de su superficie. Los hábitats característicos de cada unidad ambiental muestran un importante grado de similitud derivado de sus características ecológicas o del uso y aprovechamiento que el ser humano realiza. En consecuencia, poseen una representación fisionómico-ecológica homogénea que puede ser identificada y representada especialmente a través de una cartografía temática. El resto de la cobertura de la tesela (<30 %) puede asignarse a hábitats secundarios.

El conjunto de hábitats característicos de una unidad ambiental se distribuye en tres niveles o subgrupos (hábitats principales, adjuntos y vinculados). El subgrupo principal engloba los tipos de hábitats con mayor representatividad superficial en la tesela y que, por lo tanto, son los que en mayor porcentaje contribuyen a definir sus características ecológicas o, en su caso, los tipos de usos y aprovechamientos. Los hábitats adjuntos confieren atributos al hábitat principal de la unidad ambiental, siendo su cobertura, por definición, la misma que la cobertura del hábitat principal a la que se subordina. El tercer subgrupo de hábitat que forma parte del grupo de hábitats característicos de la unidad ambiental corresponde al subgrupo de hábitats vinculados. La existencia de hábitats vinculados deriva de la necesidad de representar todos los tipos de hábitats a una escala determinada. De este modo, existen hábitats con dimensiones que impiden su delimitación individualizada, debiendo integrarse dentro del tipo o tipos de hábitats principales de la unidad ambiental. A los hábitats vinculados se le asigna, no obstante, un valor de cobertura concreto, cuya suma será igual a la cobertura dada al hábitat principal.

Identificación de unidades ambientales

Atendiendo a la cartografía del Plan director, dentro de los límites del monumento natural de Las Catedrales se identifican 11 tipos de unidades ambientales, correspondientes a 5 grupos, con un claro predominio de las correspondientes al grupo UA100 (hábitats marinos y costeros), que abarcan más del 90 % del ámbito del espacio protegido.

Código

Denominación da UA

Superficie (ha)

UA100

Hábitats marinos y costeros

UA111

Aguas marinas próximas a la costa

18,80

UA150

Playas

0,09

UA160

Morfologías rocosas eulitorales

0,11

UA161

Acantilados costeros

6,80

UA162

Pendientes y depósitos costeros alzados

3,92

UA200

Zonas húmedas continentales

UA220

Aguas corrientes

0,13

UA600

Paisaje rural transformada

UA620

Grandes superficies agrícolas intensivas sin regadío

0,26

UA800

Áreas urbanas e industriales

UA810

Núcleos de población

0,47

UA850

Áreas de uso deportivo, recreativo o dotacional

0,42

UA890

Áreas perturbadas temporalmente

0,54

UA900

Viales y líneas de abastecimiento

UA910

Viales terrestres de comunicación

0,04

Conviene indicar que varias de las unidades descritas en el ámbito del monumento natural de la Playa de las Catedrales resultan muy poco significativas en el contexto global del espacio (por ejemplo las unidades UA220 o UA620). Tal circunstancia responde al hecho de que la identificación de unidades ambientales del Plan director adopta una escala de trabajo más amplia, aglutinando espacios homogéneos desde el punto de vista de la gestión, dentro de los que se engloban diferentes tipos de hábitat.

Tipos de hábitat de interés comunitario

Desde una perspectiva ecológica, entre el ecosistema marino y el terrestre se establece una sucesión de medios y tipos de hábitats de gran diversidad y complejidad ambiental que constituyen, además, una fuente importante de recursos para el ser humano.

La información relativa a los hábitats de interés comunitario presentes en el ámbito del monumento natural de la Playa de las Catedrales que figura en la tabla siguiente, se obtuvo a partir de la cartografía del sistema de unidades ambientales del Plan director de la Red Natura 2000. En total, se identificaron un total de 16 hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE, de los que 4 se consideran prioritarios. A pesar de que buena parte del espacio del monumento natural ocupa la franja intermareal y el sector marino, destaca la presencia también de terrenos ocupados por el matorral aerohalino, especialmente en su extremo occidental, lindante con el Ayuntamiento de Barreiros. Dentro de esta asociación destaca la presencia de ericas (Erica vagans) y tojo (Ulex europaeus subsp. eauropaeus f. maritimus), que caracterizan a los matorrales costeros de la rasa cantábrica, considerados hábitat prioritario en el anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

da rasa cantábrica, consideradas hábitat prioritario no anexo I da Directiva 92/43/CEE.

Cód. UA

Correspondencia hábitats de la Directiva. 92/43/CEE)

UA100

HÁBITATS MARINOS Y COSTEROS

UA111

1140

Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos por el agua cuando hay marea baja

1170

Arrecifes

UA150

1140

Llanos fangosos o arenosos no cubiertos por el agua cuando hay marea baja

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

UA160

1170

Arrecifes

UA161

1210

Vegetación anual sobre desechos marinos acumulados

1220

Vegetación perenne de bancos de guijarros

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

7220*

Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)

8230

Roqauedos silíceos con vegetación pionera

8330

Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas

UA162

1230

Acantilados con vegetación de las costas atlánticas y bálticas

4030

Brezales secos europeos

4040*

Brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans

6220*

Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

8220

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica

8230

Roquedos silíceos con vegetación pionera

UA200

ZONAS HÚMEDAS CONTINENTALES

UA220

3260

Ríos de los pisos basal a montano

6430

Megaforbios éutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino

91E0*

Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior

UA600

PAISAJE RURAL TRANSFORMADO

UA620

6510

Prados pobres de siega de baja altitud

En el Plano 2 del anexo II se refleja la localización de los hábitats presentes en el ámbito del Plan. Conviene indicar que algunos de los hábitats indicados en la tabla no pueden ser representados cartograficamente, debido su escasa superficie y grado de cobertura. No obstante, en el citado plano se representan los principales hábitats en el entorno, así como aquellos de carácter prioritario vinculados a estos.

En la representación gráfica de los hábitats de la zona costera, dentro de la unidad ambiental de aguas marinas poco profundas, los diversos tipos de sustratos que configuran el fondo marino se consideran como hábitats adjuntos. Tal y como se indica en el anexo VII del Plan director de la Red Natura 2000, esta consideración viene derivada de las características de las ortoimágenes empleadas, en las cuales las aguas profundas adquieren una fisonomía uniforme, que enmascara la distribución de los diversos tipos. En consecuencia, no se pudo estimar la superficie que ocupan en las aguas marinas permanentes los tipos de hábitats del anexo I, 1110, 1140 y 1170.

Flora

Tal y como se comentó, dentro de los límites del monumento natural, la formación vegetal más destacada es el matorral aerohalino, presente en la parte superior de los acantilados y en la que destaca la presencia de Erica vagans, que caracteriza los matorrales costeros de la rasa cantábrica, considerados hábitat prioritario en el anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Respeto a las especies de flora protegidas, según la información del Plan director, en la relación de especies del Catálogo gallego de especies amenazadas presentes en la ZEC As Catedrais se incluye la especie en peligro Limonium dodartii. Así mismo, en la base de datos del Atlas de flora vascular amenazada del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente existe una referencia a la presencia, en el año 2004, de 50 ejemplares de Limonium dodartii, que se solapa parcialmente con el límite oeste del monumento natural.

La detección de Limonium dodartii en la playa de Seborello, en un islote de suelo arenoso el 23.10.1995 correspondería con la población mencionada en la base de datos del «Atlas y Libro Rojo de la Flora Vascular Amenazada de España». Dicha publicación indica también la presencia de la especie en la playa de Reinante (Barreiros). En la descripción de la cita, la observación de la especie sería en un acantilado de la playa de Reinante. Sin embargo, la playa de Reinante no se incluye en los límites del monumento natural y constituye un ámbito sometido a importantes actuaciones de creación de infraestructuras en los últimos años que podrían haber comprometido la conservación de la especie.

Con el fin de comprobar in situ la presencia de Limonium dodartii en el ámbito del monumento natural, se realizó una inspección de más del 85 % de la superficie del espacio, durante la que no se registró la presencia de ejemplares de la especie, dentro o fuera del monumento natural. No obstante, la búsqueda bibliográfica parece señalar su presencia fuera de los límites del monumento natural.

Fauna

Los hábitats presentes en el monumento natural cobijan varias especies de fauna, entre las que destacan las incluidas en la Directiva 92/43/CEE y en la Directiva 2009/47/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres. Conforme a la información del Plan director de la Red Natura 2000 en Galicia la relación de especies de fauna de las directivas presentes en la ZEC As Catedrais es la siguiente:

Especies de la DC 92/43/CEE y DC 2009/147/CE

DC 92/43/CEE

DC 2009/147/CEE

P

II

IV

V

I

II

III

Anfibios

Chioglossa lusitanica

Discoglossus galganoi

Hyla arborea

Rana iberica

Rana perezi

Rana temporaria

Triturus marmoratus

Réptiles

Iberolacerta monticola

Lacerta schreiben

Aves

Alauda arvensis

Alcedo atthis

Anas platyrhynchos

Caprimulgus europaeus

Columba livia

Columba palumbus

Corvus corone

Coturnix coturnix

Falco peregrinus

Fulica atra

Gallinula chloropus

Garrulus glandarius

Haematopus ostralegus

Larus cachinnans

Limosa lapponica

Pica pica

Sterna hirundo

Sterna sandvicensis

Streptopelia decaocto

Streptopelia turtur

Sylvia undata

Tringa totanus

Turdus merula

Turdus philomelos

Mamíferos

Genetta genetta

Lutra lutra

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Por su parte, el Decreto 88/2007, de 19 de abril, por el que se regula el Catálogo gallego de especies amenazadas, y su modificación (Decreto 167/2011), recogen las siguientes especies en el ámbito de la ZEC As Catedrais:

Catálogo Gallego de Especies Amenazadas

E

V

III

Invertebrados

Bolma rugosa

Echinus esculentus

Anfibios

Chioglossa lusitanica

Hyla arborea

Rana iberica

Rana temporaria subsp. parvipalmata

Aves

Phalacrocorax aristotelis

Mamíferos

Myotis myotis

Rhinolophus ferrumequinum

Rhinolophus hipposideros

Categorías del Catálogo gallego de especies amenazadas (CGEA): en peligro de extinción (E). Vulnerable (V). Taxones y poblaciones catalogadas susceptibles de aprovechamiento discreto, anexo III (III).

Respecto a la avifauna, conviene indicar que el matorral costero acoge gran variedad de pequeñas aves terrestres, como la alondra (Alauda arvensis) y el gorrión común (Passer domesticus), muy abundante en las manchas de matorral próximas a las áreas de uso público, donde encuentran cobijo y sustento.

Destaca también la presencia de aves pelágicas en el entorno del monumento natural, especialmente del cormorán moñudo (Phalacrocorax aristotelis), clasificado cómo vulnerable en el Catálogo gallego de especies amenazadas. En las paredes verticales de los acantilados de As Catedrais se observa la presencia de varios nidos de cormorán moñudo que, en algunos casos, se encuentran ocupados temporalmente por otros córvidos (Corvus corax). Asimismo, los islotes diseminados en el frente de este tramo de rasa cantábrica constituyen una importante área de descanso y nidificación de la especie.

Paisaje

El Mapa de las grandes áreas paisajísticas de Galicia, que constituye el documento de trabajo marco para la elaboración de los diferentes catálogos y directrices del paisaje, define unidades paisajísticas homogéneas delimitadas en función de la topografía, el clima y el uso del suelo. De acuerdo con este trabajo, el monumento natural de la Playa de las Catedrales se encuadra dentro de la unidad paisajística denominada A Mariña Baixo Eo-Litoral.

Por su parte, el Plan de ordenación del litoral de Galicia (POL) encuadra el ámbito del Plan en la unidad denominada As Catedrais, en la comarca Mariña Lucense, sector Mariña Oriental. Esta unidad abarca los municipios de Ribadeo y Barreiros y ocupa una superficie de 27,83 km2.

El paisaje de esta unidad se encuentra muy marcado por las condiciones geomorfológicas del terreno, así como por su situación en una franja costera característica de la rasa cantábrica. Los acantilados, verticales y de techo plano, dan lugar a un amplia explanada litoral que se encuentra escasamente degradada por pequeños cursos fluviales. Las geoformas de la playa de As Catedrais (arcos, túneles, bufaderos y cuevas marinas) constituyen un enclave muy relevante en el patrimonio paisajístico gallego.

En el entorno del monumento natural se pueden diferenciar varias unidades paisajísticas que denotan la diversidad de ambientes de este tramo costero. Conviene indicar, además, la variabilidad que introduce el ciclo de las mareas en la percepción del paisaje de As Catedrais, una de las singularidades más notables de este espacio.

La rasa cantábrica presenta patrones de paisaje reiterados que le otorgan una fuerte personalidad. En el frente costero se alternan potentes y continuos acantilados de varias decenas de metros con excelentes miradores y hendiduras por las que desaguan arroyos de corto recorrido. En esta última parte de la rasa tienen una destacable presencia los pastos, entre los cuales se suceden numerosos asentamientos de tramas abiertas y con tendencia a enlazarse a través de formas de poblamiento disperso, que crecen en torno a las principales vías de comunicación.

Caracterización paisajística del ámbito del plan

El paisaje del monumento natural de la Playa de las Catedrales se encuentra singularmente caracterizado por los elementos geológicos y geomorfología, siendo estos su principal atractivo. En conjunto, destaca la combinación de una superficie llana –hacia el interior– con una costa abrupta, con elevados acantilados a los pies de los que se sitúan playas arenosas de dimensiones variables.

Los acantilados se caracterizan por su verticalidad, de techo plano y con numerosas geoformas de gran espectacularidad (arcos, túneles y grutas). Hacia el interior, encontramos una amplia explanada litoral, con pequeños cursos fluviales que dan paso a un repentino aumento de cota hasta alcanzar los 569 m de altitud.

Área de intervisibilidade das infraestruturas existentes

La creciente afluencia de personas visitantes y la necesidad de dar servicio a sus demandas supuso la introducción de elementos e infraestructuras de uso público de diversa índole, promovidas por diferentes administraciones con competencias en el ámbito del monumento natural y su entorno. Tal circunstancia motivó la presencia de elementos antrópicos, lo que hace necesario verificar si pueden resultar discordantes en un paisaje costero típico de la rasa cantábrica.

Con el objetivo de obtener una aproximación al efecto visual de las infraestructuras de uso público existentes en el ámbito del monumento natural, se optó por calcular el área de intervisibilidad de cada una de ellas, es decir, la superficie desde la cual los elementos analizados resultan visibles para quien observa. La estimación se hizo graficamente, mostrándose aquellas zonas desde las cuales quien está observando puede ver todo o parte de las infraestructuras. Estos datos fueron empleados para calcular los impactos de los distintos elementos considerados. Se analizó el impacto de las siguientes infraestructuras:

1. Edificación del restaurante.

2. Aparcamiento.

3. Entorno del merendero.

4. Construcciones destinadas a aseos y otros servicios.

5. Antiguos aseos (actual caseta de socorrismo).

6. Nuevos aseos en la playa de As Catedrais.

7. Aseos y puesto de socorro en la playa de Esteiro.

Se puede considerar que el restaurante es el elemento más representativo en el ámbito, dado su emplazamiento y dimensiones, introduciendo un obstáculo visual en un paisaje que se caracteriza por la amplitud del horizonte visual.

Cuenca visual desde los miradores del monumento natural

La cuenca visual se define como la superficie que resulta visible desde un punto de observación concreto, es decir, su entorno visual. Dentro del análisis del paisaje del monumento natural de las Catedrales, se calculó la cuenca visual de los tres miradores acondicionados dentro del ámbito del Plan, con el fin de valorar la idoneidad de su emplazamiento y funcionalidad. Resultando que los miradores existentes cumplen perfectamente su función, ya que su entorno visible abarca precisamente los elementos del paisaje más demandados por el visitante y dejan total o parcialmente ocultos aquellos elementos o infraestructuras de uso público que pueden resultar más discordantes a nivel perceptual.

Cuenca visual desde la playa de As Catedrais

Teniendo en cuenta que, desde el punto de vista perceptual, el conjunto geomorfológico de la playa y los acantilados de As Catedrais son el elemento que define y da sentido a la declaración del monumento natural, es preciso calcular la superficie visible desde el arenal, con el fin de determinar la existencia de elementos visuales discordantes y establecer las medidas oportunas para corregir sus efectos.

El cálculo de la cuenca visual de la playa se determinó a partir de dos puntos de observación: uno ubicado junto las escaleras de acceso, y otro en el sector central del arenal, generalmente muy concurrido, al acoger las formaciones geológicas más espectaculares. Como cabía esperar, la morfología de la playa, al pie de altos acantilados de techo plano, enmascara los elementos antrópicos existentes en el entorno del arenal, de modo que su cuenca visual es muy reducida hacia el interior y, por el contrario, presenta amplias panorámicas del ámbito marino.

Sinalética y cartelería

Tanto dentro de sus límites como en el entorno del monumento natural se observa una gran diversidad de señales informativas, que difieren notablemente en formato y contenidos, lo que revela la necesidad de un criterio único y uniforme en su diseño.

Cuantificación del impacto paisajístico

Para la cuantificación del efecto visual de los elementos antrópicos existentes en el monumento natural se consideró el grado de afección en superficie de las distintas áreas de intervisilidad calculadas sobre el total del ámbito. En base a estos parámetros, podemos asignarle un peso a cada uno de los elementos considerados, que será el porcentaje sobre la superficie total, resultando lo siguiente:

Elemento

Superficie (ha)

Peso

Restaurante

4.267

85

Parking

4.642

92

Merendero de As Catedrais

3.665

73

Merendero de Esteiro

636

13

Antiguos aseos de As Catedrais

3.411

68

Nuevos aseos de As Catedrais

3.721

74

Aseos de Esteiro

330

7

Peso sobre cuenca visual: 5.013 ha

A partir de estos datos se concluye que los elementos que ocasionan un efecto visual más negativo sobre el paisaje son el restaurante y el aparcamiento habilitado dentro del espacio, aunque el emplazamiento de estas infraestructuras en relación a los puntos de observación más concurridos (miradores y arenal) minimiza notablemente su impacto paisajístico a nivel global.

Medio socioeconómico
Población

Para poder realizar una caracterización socioeconómica de la zona, deberemos establecer el área de influencia del monumento natural de la Playa de las Catedrales teniendo en cuenta la influencia socioeconómica del espacio con respecto a su entorno. De este modo, se establece cómo área de influencia socioeconómica los términos municipales de Ribadeo y Barreiros.

El Ayuntamiento de Ribadeo cuenta con una población de 9.994 habitantes (Instituto Gallego de Estadística (IGE), 2013) distribuidos en 135 entidades singulares de población, pertenecientes a 12 parroquias. Destaca el carácter estacional de la población ribadense, ya que –aunque el censo ronda los 10.000 habitantes– se estima que durante la época estival el ayuntamiento llega a doblar esta cifra, pudiendo acoger a 25.000 personas. La distribución territorial de la población es bastante desigual, con una clara concentración demográfica en el núcleo urbano, que actualmente cuenta con 6.669 habitantes (IGE, 2013). El resto de las parroquias municipales presenta un grado de dispersión alto, salvo en los casos de Vilaselán, Ove y Rinlo, que tienen una parte de sus entidades concentradas alrededor del núcleo urbano de Ribadeo, fusionándose con este y presentándose como parte de su zona de expansión.

En la actualidad, la villa de Ribadeo constituye uno de los núcleos urbanos con un mayor dinamismo demográfico en la provincia de Lugo, en contraste con la evolución demográfica del resto del ayuntamiento, siendo el tercero que más creció después de Burela y la capital provincial (con un incremento del 9,3 % entre 2000 y 2010). Su posición geográfica y la reciente mejora de las comunicaciones convirtieron al núcleo de Ribadeo en un punto de atracción demográfico de buena parte de la Mariña lucense y, especialmente, del occidente asturiano.

Por su parte, el Ayuntamiento de Barreiros presenta una distribución demográfica caracterizada por la dispersión de la población, ya que solamente el 16% de la misma reside en los núcleos mientras que el 84 % permanece diseminada. La evolución demográfica del ayuntamiento en las últimas décadas denota una enorme influencia de los movimientos migratorios, con descensos muy acusados de su población en la primera parte del siglo XX. Actualmente, el ayuntamiento de Barreiros mantiene un crecimiento vegetativo negativo y un notable envejecimiento de la población (edad media de 51,9 años), aunque en las últimas décadas se percibió una ligera recuperación demográfica relacionada con el auge de las actividades del sector servicios y del turismo.

Estructura económica

El sector económico de mayor ocupación en estos ayuntamientos de la Mariña lucense es el terciario, cuya importancia se incrementó notablemente en las últimas décadas debido al auge del sector turístico, principalmente en el Ayuntamiento de Ribadeo. En un segundo plano, se sitúan la agricultura, la construcción y la actividad industrial.

En la actualidad, existen un total de 93 equipamientos hosteleros en el ayuntamiento de Ribadeo y 37 en el de Barreiros.

Según los datos aportados por Turgalicia, en el ayuntamiento de Ribadeo existen un total de 7 empresas destinadas al transporte y la gestión de la actividad turística.

El segundo sector en peso ocupacional es el secundario, que da trabajo a casi el 25 % de los ocupados. Con una distribución prácticamente equitativa, el 12,4 % de sus personas empleadas se dedica a actividades industriales, mientras que el 12,3 % trabaja en el subsector de la construcción. El sector industrial está centrado en la transformación agropecuaria, donde destaca la sociedad cooperativa Os Irmandiños, que se constituyó en el año 1976, iniciando desde su comienzo un incesante crecimiento que le llevó a conseguir a finales del 2013 los 1.094 socios y socias, y que en la actualidad cuenta con numerosos y distintos servicios tanto para personas asociadas como para el vecindario. También destaca por su importancia el sector de la madera y la elaboración de prefabricados de hormigón, mientras que, por lo que respecta a la construcción se puede destacar que esta actividad se sustenta, principalmente, en la demanda de segundas residencias por motivo del auge turístico de la Mariña lucense.

El muelle de Mirasol, en Ribadeo, constituye el gran motor comercial del ayuntamiento y, desde 2004, gracias a que le fue concedido un punto de inspección fronteriza, es el único de la costa de Lugo autorizado para el comercio con países externos a la Unión Europea. Allí se descargan principalmente maíz, sal y pulpa de remolacha, mientras que las mercancías que salen hacia fuera son, sobre todo, arena de mina, magnesita, aglomerado y celulosa.

El sector primario, con el 16 % de las personas ocupadas, tiene poco peso en el conjunto de la economía local en Ribadeo. En la actualidad la actividad agroganadera permanece en las parroquias de Arante, Couxela, Vilausende, Cedofeita y Covelas. La ganadería, sobre todo la de vacuno de aprovechamiento lácteo, así como la producción forestal son el principal sustento de este sector, ya que la pesca (con el 2,2 % de las personas ocupadas) tiene poca relevancia. Con respecto a esta última actividad, centralizada en los muelles de Porcillán y Rinlo, las especies de mayor captura son el pulpo, la sardina, la lubina, el rape, la merluza, el percebe y el erizo de mar, aunque en los últimos años también ganó protagonismo la explotación de algas. Por su parte, en el ayuntamiento de Barreiros las actividades agroganaderas tienen un mayor peso. La mayoría de las explotaciones ganaderas están orientadas a la producción láctea. Destaca también el sector forestal, con un 55 % de la superficie municipal dedicada a la explotación forestal, contribuyendo notablemente a la economía local.

Infraestructuras de comunicación

Las principales vías de comunicación hacia los ayuntamientos de Ribadeo y Barreiros son la carretera N-634 (San Sebastián-Santiago de Compostela), que discurre paralela a la costa y permite la comunicación con la cornisa Cantábrica, y la N-642 en su tramo Ribadeo-A Veiga, que conecta con la capital de la provincia a través de la N-640. Otro tramo de la N-642 discurre entre Barreiros y San Cibrao, favoreciendo la comunicación con el resto de los ayuntamientos de A Mariña. Las carreteras de ámbito provincial (LUP06_10, LUP52_09, LUP06_04) completan las comunicaciones entre los diferentes núcleos de la comarca. Además de las citadas, destaca la autovía del Cantábrico (A-8), que constituye una vía de alta capacidad en doble sentido que recorre la costa cantábrica, comunicando Galicia con el País Vasco.

Las comunicaciones hacia la Mariña lucense se completan con la línea de ferrocarril de vía estrecha (FEVE) que recorre la costa cantábrica y que cuenta con un apeadero situado a 1,5 km del monumento natural. En la actualidad se está potenciando el FEVE como una línea de uso eminentemente turístico, aunque también es empleado por la población local en sus desplazamientos (fundamentalmente de ocio) entre los diferentes núcleos de la comarca.

III. Análisis de usos y aprovechamientos

Usos y aprovechamientos tradicionales

Dentro de los límites del monumento natural de las Catedrales no se está desarrollando actualmente ningún tipo de actividad agroganadera o forestal. No obstante, en los terrenos colindantes con el entorno (especialmente en las cercanías de la playa de Esteiro), existen zonas dedicadas a pasto y siega, así como pequeñas plantaciones de maíz para forraje.

La parroquia de A Devesa, donde se sitúa la playa de Las Catedrales, fue objeto de un proceso de concentración parcelaria que finalizó en el año 1995, tras la entrega de los títulos de propiedad, lo que indica la relevancia del sector agropecuario en esta zona. En este sentido, conviene indicar que los terrenos del actual aparcamiento –emplazado parcialmente dentro de los límites del monumento natural– se integraron en el parcelario de la citada concentración (parcela 96, dentro del polígono 3).

En los últimos años, el auge del sector turístico y la afluencia masiva de personas visitantes a la playa de Las Catedrales motivó un cambio de uso en algunas parcelas del entorno que, tradicionalmente, se dedicaban a la actividad agrícola y, en la actualidad, se encuentran abandonadas o se usan como aparcamientos no regulados.

Actividades vinculadas al sector terciario

La gran afluencia de personas visitantes a las Catedrales en los últimos años determinó el desarrollo de actividades económicas en el ámbito del monumento natural y su entorno, entre las que se identifican las siguientes:

1. Actividades de venta ambulante, parte de las cuales cuentan con autorización de la demarcación provincial de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar, aunque se encuentran también actividades comerciales no reguladas.

2. Establecimientos de hostelería, tanto dentro de los límites del monumento natural (restaurante) como en su entorno próximo.

3. Aparcamientos emplazados en el entorno del monumento natural, en parcelas antiguamente destinadas al aprovechamiento agrícola o ganadero.

Actividades de ocio y turismo activo

En lo tocante a las infraestructuras relacionadas con la práctica de turismo activo, existen en la actualidad varias rutas de senderismo que discurren en las cercanías del monumento natural. Asimismo, en los últimos años, los deportes náuticos están teniendo también un notable auge. De hecho, la playa de As Catedrais acoge una concentración anual de kayaks de mar (que este año cumplió su novena edición) que recorre parte de la costa asturiana, así como el litoral de Ribadeo, Barreiros y Foz.

Respecto a las actividades de educación y divulgación ambiental, existen algunas iniciativas muy interesantes para dar a conocer el patrimonio geológico de As Catedrais (como Xeolodía, promovida por el Ayuntamiento de Ribadeo y la Sociedad Geológica de España), pero en general la oferta de acciones destinadas a la divulgación y concienciación de las personas visitantes sobre los valores ambientales del monumento natural no está suficientemente cubierta. A nivel particular, varias empresas llevan a cabo visitas organizadas al monumento natural, pero se limitan a acercar al público hasta la playa para que luego lleven a cabo a visita por su cuenta, sin ningún tipo (o poca) información previa.

A continuación se establece una descripción de las diferentes rutas de senderismo en el entorno del monumento natural, promovidas por diferentes organismos públicos para fomentar el conocimiento y respeto a los valores naturales y paisajísticos del entorno.

Rutas de senderismo y cicloturismo
Ruta de las playas

Como su nombre indica, esta ruta promovida por el Ayuntamiento de Ribadeo, sigue la línea del litoral ribadense y permite conocer de cerca la sucesión de entrantes, salientes, playas recogidas y ensenadas rocosas que lo identifican y que lo convirtió en un espacio natural protegido y catalogado como Red Natura. La ruta parte de Rinlo, núcleo que tiene su origen en un puerto ballenero con más de 500 años de historia. La riqueza de estas capturas viene favorecida por la fuerza con la que rompe el mar contra sus peñascos, donde se forman numerosas cuevas. Desde Rinlo, el camino continúa hacia playa de Os Xuncos, un pequeño arenal de aspecto rocoso y con acantilados abruptos desde donde se sigue hacia la playa de Os Castros, que, junto con la de As Catedrais, es una de las más emblemáticas de Ribadeo, y hacia la de As Illas, que con la marea baja se une a la de Os Castros dejando al descubierto un paseo por la arena entre charcos, rocas y acantilados.

Siguiendo la señalización que hay en el lugar, se encuentra a continuación la playa de Esteiro, una de las más singulares del ayuntamiento por la forma de su ensenada, que se ensancha hacia el mar. Por último, se llega a la playa de As Catedrais.

Camino Natural Ruta del Cantábrico

El camino natural Ruta del Cantábrico, entre Ribadeo y Cabo Ortegal, es una infraestructura actualmente en construcción en el marco del Programa de caminos naturales del Ministerio de Medio Ambiente Medio Rural y Marino, en colaboración con la Xunta de Galicia.

Gracias a estas infraestructuras se trata de incentivar el turismo rural -favoreciendo el desarrollo socioeconómico de las zonas rurales- además de recuperar el uso del dominio público. Por otro lado, estos itinerarios ponen en común naturaleza, patrimonio histórico y cultural y la gastronomía, además de mejorar la calidad de vida y la salud de la población que los utiliza. Conviene indicar que un tramo del Camino Natural del Cantábrico discurre por el límite del monumento natural y entronca con las pasarelas de madera ubicadas al lado del área recreativa, favoreciendo el acceso al ámbito por parte de las personas usuarias del camino natural.

Ruta de la costa

Ruta que va desde la villa de Ribadeo hasta la playa de As Catedrais-Augasantas, siempre por la costa. Comienza en O Cargadoiro, a las afueras de Ribadeo, y pasa por el faro de la isla Pancha, Rinlo y la playa de Os Castros-Illas. En el trayecto se encuentran tres castros, aun sin excavar, y varias cetáreas tradicionales de marisco, en el entorno de Rinlo, además de numerosas calas y pequeñas playas y acantilados con morfologías espectaculares.

Camino del mar

Esta ruta, actualmente en trámite de oficialización, es una continuación del Camino jacobeo del Norte, que viene desde Asturias. Al llegar a Ribadeo, se bifurca en dos ramales: uno que discurre por el interior –siguiendo el trazado oficial del Camino del Norte– y otro que continúa por la costa, recibiendo el nombre de Camino del Mar.

El trazado comienza en Ribadeo, continuando por los ayuntamientos de Barreiros, Foz, Burela, Cervo, Xove, Viveiro, Ortigueira, Cedeira y llega hasta Neda, donde enlaza con el trazado oficial del Camino inglés a Santiago de Compostela. La Asociación de Turismo Rural de A Mariña (Aturmar), con el apoyo de la Federación Gallega de Turismo (Fegatur) están impulsando esta ruta como un medio de promoción y desestacionalización de la oferta turística en la comarca de A Mariña.

Otros servicios turísticos

La oferta turística hacia la Mariña lucense y, en concreto, a la playa de As Catedrais se completa con los siguientes servicios:

Ferrocarril de vía estrecha (FEVE)

Según información facilitada por ADIF, existen 3 líneas de ferrocarriles de vía estrecha que se acercan a la playa de As Catedrais desde diferentes puntos de partida, algunas de las cuales ofertan también rutas en autocar desde los apeaderos del FEVE hasta el monumento natural de la Playa de As Catedrais y otros puntos de interés en la comarca de A Mariña:

Línea ferroviaria Gijón-Oviedo-Ferrol

Inaugurada íntegramente el 6 de septiembre de 1972 e integrada en la red de ADIF el 1 de enero de 2013, esta línea de vía única, que discurre por la costa cantábrica entre Gijón y Ferrol, cuenta con 4 trenes diarios que realizan varias paradas próximas al ámbito del Plan. El apeadero de Esteiro se sitúa a tan sólo a 1,5 km de la playa de Las Catedrales y, aparte de su uso turístico, es empleado frecuentemente por la población local en sus desplazamientos.

Transcantábrico Gran Lujo

Parte desde San Sebastián y termina el trayecto en Santiago de Compostela. Su recorrido discurre al lado de impresionantes acantilados, verdes praderas junto a playas y pequeños pueblos de la cornisa cantábrica, realizando paradas en diversos lugares. Este paquete turístico incluye la realización de una visita guiada en autocar desde Ribadeo hasta la playa de Las Catedrales. La temporada anual del Transcantábrico Gran Lujo es entre marzo y octubre.

Transcantábrico Clásico

El Transcantábrico Clásico es un tren que parte desde León, circula por la costa cantábrica desde Bilbao y termina el trayecto en Santiago de Compostela.

Esta línea incluye también la realización de una visita guiada en autocar desde Ribadeo hasta la playa de Las Catedrales. La temporada anual del Transcantábrico Clásico es entre marzo (o abril) y octubre.

Bus playa

Esta iniciativa, promovida por el Ayuntamiento de Ribadeo supone el refuerzo durante la época estival de las líneas de autobús que parten desde la capital municipal hacia los arenales, con parada en las playas de Os Castros-As Ilas, Esteiro y As Catedrais. Según información recogida en la página web del ayuntamiento, en el año 2014, este servicio contaba con cuatro salidas diarias.

IV. Análisis de equipamientos

Equipamientos de uso público

A continuación se relacionan los servicios y equipamientos (tanto de carácter público como privado) que existen dentro de los límites del monumento natural, con mención a su titularidad.

1. Punto de información.

El punto de información de titularidad municipal se sitúa al final de la pasarela de acceso desde el ayuntamiento de Barreiros. Consiste en una caseta de madera prefabricada, en buen estado de conservación, que dispone de material interpretativo para facilitar la información a las personas visitantes. Fácil acceso para personas con discapacidad física o sensorial. Se encuentra al lado del acceso principal a la playa de Las Catedrales. El horario de apertura es de lunes a domingo de 11.00 a 14.00 y de 16.00 a 19.00 horas (en época estival); sábados y domingos de 12.00 a 14.00 y de 16.00 a 18.00 el resto del año. En el lateral posee un cartel informativo sobre información turística en el término municipal de Ribadeo.

2. Duchas y aseos públicos.

Las duchas y los aseos, infraestructuras de titularidad y gestión municipal, se sitúan en el entorno del aparcamiento, fueron recientemente habilitadas por el Ayuntamiento de Ribadeo. Actualmente su uso está condicionado al pago de una ecotasa. Las duchas se sitúan junto el acceso a la playa, en la parte alta de las escaleras.

El entorno dispone de 3 aseos públicos abiertos en las épocas de alta demanda, uno de ellos adaptado para personas con discapacidad. Además, existen 4 duchas, también adaptadas.

En la playa de Esteiro también existen duchas y aseos públicos adaptados.

3. Puesto de primeros auxilios.

En el ámbito del Plan existen instalaciones municipales con una dotación de equipamientos para salvamento y primeros auxilios, compuesto por socorristas y voluntarios de Protección Civil en la época estival. En el entorno de las playas de Las Catedrales y de Esteiro se encuentran los antiguos aseos de la playa, situados junto al acceso a la playa, y actualmente habilitados como puesto de socorro. En la playa de Esteiro se sitúa junto a los aseos públicos.

4. Áreas de aparcamiento.

La gran afluencia de personas visitantes en jornadas festivas y en la época estival genera problemas de circulación en las carreteras de acceso al monumento natural, agravados por la escasez de aparcamientos. La escasez de vigilancia e información respecto a la localización de aparcamientos en el entorno, provoca el estacionamiento de vehículos en las cunetas, pese a la existencia de señales de prohibición y retirada por el servicio de municipal de grúa, tanto en el Ayuntamiento de Ribadeo como en el de Barreiros. Además, la existencia de un parking de tierra situado frente al restaurante (en el margen contrario de la LU-P-0610) con capacidad aproximada para 200 coches, origina conflictos de tráfico y seguridad viaria, ya que su acceso no está acondicionado para el cruce de dos vehículos (de entrada y salida), e incluso coincide con el paso peatonal hacia el monumento natural. El problema se agudiza al estar las cunetas ocupadas, ya que los vehículos que salen de este aparcamiento no tienen espacio para girar en la calzada, sea hacia Ribadeo o hacia Barreiros.

En este contexto, se analizan a continuación la situación actual de los aparcamientos situados en el ámbito del Plan y en su entorno próximo, con referencia a su estado y al número de plazas disponibles.

El actual aparcamiento público del monumento natural fue construido por la Dirección General de la Sostenibilidad de la Costa y del Mar previamente a la declaración del monumento natural. Se sitúa al lado de la entrada este, por la carretera sentido Ribadeo-Barreiros, parcialmente dentro de los límites del monumento natural. Está acondicionado para 120 turismos y 4 autobuses, así como una zona para bicicletas, que consta de 2 soportes para 7-8 bicicletas cada uno. Existen dos plazas habilitadas para personas discapacitadas, correctamente señalizadas y con rampas de acceso a la acera.

A la entrada del aparcamiento se encuentra una señal de prohibición de aparcamiento de caravanas, aunque se observa repetidamente la existencia de numerosos vehículos de estas características estacionados. En la situación actual, las plazas disponibles en este aparcamiento resultan insuficientes durante las épocas de mayor afluencia de personas visitantes.

En el vecino ayuntamiento de Barreiros, a menos de 1,5 km de las escaleras de bajada al arenal, existe una zona de estacionamiento que completa la oferta de plazas disponibles en el ámbito del monumento natural. Esta zona de aparcamiento habilitada por el ayuntamiento está constituida por una explanada asfaltada, con capacidad para 70 coches y 10 autobuses (aproximadamente), y una superficie anexa paralela a la LU-5206 para 140 turismos (90 en batería y 50 paralelos a la carretera). Una acera enlaza directamente el aparcamiento con la pasarela de madera de acceso al monumento natural.

En conjunto, entre el aparcamiento de As Catedrais y el ubicado en el ayuntamiento de Barreiros se contabilizan un total de 330 plazas para el estacionamiento de turismos y 14 para autobuses, así como un espacio habilitado para bicicletas.

También existe un aparcamiento sin acondicionar situado frente al restaurante, que por su carácter privado no se considera una infraestructura para el uso público del espacio y no se incluye en este análisis. No obstante, como se comentó, se observa que el tránsito de entrada y salida a este aparcamiento genera problemas de circulación en la carretera LU-P-0610 en los momentos de máxima afluencia.

Respecto a la regulación de los aparcamientos en el entorno del monumento natural, conviene indicar que existe un proyecto promovido por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar («Adquisición de terrenos y senda peatonal entre las playas de As Catedrais y As Illas; término municipal de Ribadeo (Lugo)») para la creación de un aparcamiento disuasorio (situado fuera de los límites del ámbito del Plan) comunicado con la playa a través de un acceso peatonal.

5. Área recreativa y merendero.

El merendeiro de la playa de As Catedrais se sitúa al lado del aparcamiento construido por la Dirección General de la Sostenibilidad de la Costa y del Mar. Cuenta con 15 mesas en piedra, bancos y papeleras de recogida selectiva, distribuidas por una superficie de unos 1.700 m2. Su estado de conservación es bueno y perfectamente accesible para personas discapacitadas ya que está bien comunicado por las sendas interiores del espacio.

En la playa de Esteiro se localiza también un área de merendero compuesta por combinaciones de mesas y bancos de piedra.

6. Restaurante.

Establecimiento de hostelería de gestión privada, cuya parcela ocupa una superficie de aproximadamente 2.200 m2. Su instalación es previa a la declaración del monumento natural. Cuenta con un aparcamiento, situado en el margen contrario de la LU-5206 (fuera de los límites del monumento natural y de la ZEC As Catedrais), con capacidad aproximada para 200 coches. En la actualidad, la parcela del restaurante está sembrada por una pradera de césped, rodeada por un seto de metrosideros (Metrosideros excelsa).

7. Cartelería y señalización.

Existen diversos paneles informativos sobre el monumento natural, normativa y condiciones de uso público en los principales accesos al espacio protegido (de titularidad municipal, de la Dirección General de la Sostenibilidad de la Costa y del Mar y de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza), así como señalización de advertencia de peligro de caída y desprendimiento en puntos de riesgo identificados.

8. Accesos peatonales.

La conservación y mantenimiento de estas infraestructuras (pasarela de madera, sendas peatonales y accesos a la playa) es realizada por el ayuntamiento y/o por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar.

a) Pasarela de madera.

El acceso al monumento natural por el oeste se realiza a través de un tramo de acera que conecta el área de aparcamiento situada en Barreiros con una pasarela de madera que bordea el límite del espacio, y desde la cual se divisan los sectores de matorral costero mejor conservados. El estado de conservación de la pasarela es muy bueno. Está habilitada para el acceso a personas con discapacidad física, con existencia de rampas de acceso en diferentes lugares de su recorrido.

Desde esta pasarela se puede obtener una visión global del monumento natural, ya que dispone de tres miradores que ofrecen amplias panorámicas de los acantilados de la playa de As Catedrais.

En las zonas donde el acceso está limitado por la pasarela de madera, se puede observar que el estado de la vegetación es óptimo.

b) Sendas peatonales.

Desde el este existe una senda peatonal paralela a la carretera provincial (en el límite del espacio), que forma parte del camino natural del Cantábrico y enlaza con los senderos interiores del monumento natural. Desde el borde costero, se puede acceder por la ruta de las playas, que discurre al lado de parcelas particulares.

c) Accesos a las playas.

La bajada a la playa de As Catedrais se realiza mediante escaleras. Debido a la orografía del monumento, las personas con problemas de movilidad sólo pueden acceder desde la playa de Esteiro durante la bajamar. Esta cuenta con dos entradas: un acceso directo desde la carretera y una rampa empedrada por la que acceden las personas procedentes de As Catedrais.

Servicios municipales

El Ayuntamiento de Ribadeo, obtuvo en junio de 2010 la certificación ISO 14001:2004 de gestión de las playas de As Catedrais y Os Castros-As Illas sobre los servicios de abastecimiento de agua y energía, gestión de residuos y depuración de aguas residuales. Anualmente se realiza una declaración ambiental que tiene por objeto facilitarle al público información sobre el impacto y el comportamiento ambiental en las playas.

V. Análisis de la demanda de uso público

Para evaluar objetivamente la demanda de uso público y obtener una caracterización de las personas visitantes que acoge el monumento natural, se tomaron como punto de partida los datos de afluencia recogidos en la página web del Ayuntamiento de Ribadeo, así como los aportados por la Agencia de Turismo de Galicia. Además, se llevaron a cabo campañas de reconocimiento, en verano de 2014 y en marzo y abril de 2015, incluyendo jornadas festivas en las que se preveía una alta afluencia de personas visitantes a la playa para valorar la capacidad de los servicios y equipamientos de uso público existentes, así como identificar aspectos de mejora. Asimismo, una vez contrastados los datos estadísticos, se procedió a la elaboración de una encuesta destinada los visitantes del monumento natural, con el objetivo de obtener un perfil tipo de las personas usuarias de la playa de As Catedrais y aproximarse a las condiciones de la visita.

A continuación se describen las principales conclusiones y resultados obtenidos.

1. Datos de afluencia.

La relevancia turística del monumento natural de As Catedrais se revela en el hecho de que, según datos del Ayuntamiento de Ribadeo, haya alcanzado la cifra de más de 150.000 personas tan sólo en la primera quincena del mes de julio, con un máximo registrado el día 13, con alrededor de 14.000 personas visitando el arenal de As Catedrais. A nivel municipal, en el mes de julio de 2014 se apuntaron cifras de un 80 % de ocupación hostelera en el Ayuntamiento de Ribadeo y 32.000 personas como demandantes de información en las oficinas de turismo, lo que indica que la visita al monumento natural es generalmente planificada. Respecto a los datos de ocupación en el año 2013, se experimenta un claro aumento de la afluencia turística.

En el mes de agosto de 2014, el Ayuntamiento de Ribadeo cifra el número de visitas al monumento natural en un total 270.000: el 90 % de origen nacional y el 10% restante internacional, dato relevante toda vez que, en el año 2013, las visitas internacionales eran meramente simbólicas. Además, según datos facilitados en la web del Ayuntamiento de Ribadeo, durante el mes de agosto 28.000 personas demandaron información en la caseta de información de la playa de As Catedrais. En términos de ocupación hostelera, la ocupación media se situó en torno al 90 %, llegando al 100 % en días puntuales del mes. También es destacable que vaya en aumento la duración de la estancia, pasando de una o dos noches en años anteriores a las cuatro noches actuales como media.

Respecto a la distribución de las personas visitantes a lo largo del tiempo, en los últimos tiempos, se observa una tendencia a evitar los fines de semana, precisamente para huir de la masificación, lo que llevó a que los mayores registros de afluencia se estén produciendo entre semana. Hay que destacar, además, que los días festivos (como la Semana Santa) y los puentes no estivales también registran máximos de afluencia. Así, tan sólo en el viernes santo del año 2014 accedieron al arenal en marea baja más de 20.000 personas y hubo un 30 % más de consultas en el puesto de información de As Catedrais (1.460 consultas).

El entorno atrae a personas visitantes de origen muy diverso, tanto a nivel nacional como internacional, especialmente de Francia, Alemania y del Reino Unido. El turismo nacional experimentó un auge en los últimos años, quizás propiciado por la apertura de la autovía A-8.

Los datos facilitados por la Agencia de Turismo de Galicia confirman el incremento de visitantes apuntado por el Ayuntamiento. Así, según esta fuente, desde el año 2006 se produjo un aumento gradual del número de plazas para alojamiento turístico en el entorno de As Catedrais, pasando de 2.434 entre los ayuntamientos de Barreiros y Ribadeo en el 2006, hasta las 2.933 en el año 2013. Esto significa un aumento del 17 %.

Respecto del origen de las personas visitantes, los datos de la Agencia indican el mayor peso del turismo nacional (86,5 % de las personas visitantes totales) frente al 13,5 % de extranjeros. Dentro del grupo de personas visitantes nacionales, tenemos que la mayor parte (un 87,2 %) procede de fuera de Galicia.

En lo tocante a la ocupación hostelera, se nota un incremento de las pernoctaciones entre las personas visitantes extranjeras, alcanzando un 11,7 % de enero a septiembre de 2014 frente a un descenso de los nacionales (-8,3 %). Este último dato bien puede obedeceder a la mejora de las comunicaciones desde la apertura de los últimos tramos de la autovía A-8, lo que permite acercarse a la zona y marchar en el mismo día, o acortar los tiempos de desplazamiento desde el origen. Si tenemos en cuenta a totalidad de la Mariña lucense, un 68,9 % de las pernoctaciones tuvieron lugar entre los ayuntamientos Ribadeo y Barreiros, y un 15,3 % lo hizo en otros ayuntamientos de la comarca. El resto se puede traducir como personas visitantes «de paso», que hacen la visita en el día y prosiguen su viaje. Los datos de la ocupación hostelera también reflejan la estacionalidad de la afluencia de las personas visitantes, concentrándose en los meses de julio y agosto.

2. Caracterización de la visita.

Se elaboró un modelo de encuesta con el objeto de conocer las características de las personas visitantes que se acercan a As Catedrais, así como aspectos relativos a la planificación y condiciones de la visita.

Se realizaron dos campañas de encuestas, la primera entre los días 1 de julio y 13 de agosto de 2014, y la segunda en los meses de marzo y abril de 2015, incluyendo en ambas días de máxima afluencia. De ellas resulta el perfil de visitante siguiente:

En cuanto a la procedencia, el porcentaje de personas llegadas de fuera de la Comunidad Autónoma residentes en territorio nacional se mantiene en torno al 60 %, produciéndose durante el verano un aumento significativo de personas extranjeras (de un 1 % hasta el 20 % del total). En cuanto a las personas procedentes de Galicia únicamente suponían el 20 % durante el verano, aumentando este porcentaje durante la Semana Santa hasta el 40 %.

El motivo de la visita al monumento natural para la mayoría de las personas encuestadas, cerca de un 90 %, es por razones de turismo o vacaciones. En lo que respecta a la planificación de la visita, esta es mayoritariamente planificada, aumentando en verano el porcentaje de personas que planifican la visita hasta el 80 % frente al 70 % de la semana santa.

Respecto al medio de transporte empleado, la gran mayoría de las personas visitantes (en torno al 90 %) llegaron hasta el monumento en un medio de transporte personal.

Para más del 80 % de las personas la duración de la visita al espacio es inferior a dos horas.

La percepción global de la visita por las personas visitantes es, en general, gratificante, puntuándola con un 4,4 sobre 5.

En el apartado de «observaciones», como principales comentarios se pueden destacar los siguientes:

a) Necesidad de un reglamento o control del número de personas visitantes.

b) Aparcamiento para coches mal acondicionado y escaso en cuanto al número de plazas.

c) Desacuerdo en el pago del servicio de aseos y de los planos de la caseta de información.

3. Resultado de las campañas de observación.

Se llevaron a cabo campañas de reconocimiento en verano de 2014 y en marzo y abril de 2015, incluyendo jornadas festivas en las que se preveía una alta afluencia de personas visitantes a la playa. A nivel global, una vez valorados los informes de cada campaña, se obtuvieron las siguientes conclusiones:

a) Globalmente, la ocupación del espacio varía de baja-moderada a alta a lo largo del día, ocupando el arenal cuando la marea lo permite (lo que indica que la mayor parte de las visitas no se informan previamente del horario de las mareas). Con la bajamar, ninguno de los días se percibió masificación en la playa, siendo en todo momento la ocupación adecuada a las dimensiones del arenal y la circulación fluida, incluso en el acceso al arenal. Ocasionalmente, se generaron pequeñas aglomeraciones en la parte superior de las escaleras, pero no se produjo en ningún momento su colapso.

b) A media mañana, el tráfico en la carretera LU-P-0610 se intensificó y los aparcamientos habilitados se completan, empezando a emplearse las cunetas como zona de aparcamiento. Se observó también esta situación, aunque en menor medida, en las carreteras secundarias que derivan de la LU-P-0610. En el aparcamiento situado frente al restaurante (fuera del monumento natural, al lado opuesto de la carretera) se generan problemas de circulación, ya que está preparado para un único vehículo (de entrada y salida), que coincide con el paso peatonal hacia el acceso principal a la playa. El problema se agudiza al no tener espacio en la calzada para girar, sea hacia Ribadeo o Barreiros y al estar las cunetas invadidas por vehículos estacionados. Se constató que, aun existiendo plazas de aparcamiento disponibles, algunas personas optan por estacionar sus automóviles en las cunetas de la carretera de acceso.

c) La circulación peatonal es especialmente intensa en la senda que va del merendero hacia la playa de Esteiro.

d) A partir del mediodía se intensifica su afluencia, y se observa cómo varias personas acceden a zonas de paso restringido, obviando las indicaciones y normas de uso público, así como la señalización de peligro y las indicaciones que le da verbalmente el personal de vigilancia.

e) Se puede constatar que la mayoría de las plazas de aparcamiento para bicicletas están sin ocupar, y que muchas personas dejan sus bicicletas fuera de los lugares habilitados para ellas, por lo que se deberán regular estos aparcamientos y mejorar la señalización de este servicio.

VI. Identificación de presiones y amenazas

Para determinar las principales presiones y amenazas en la conservación del monumento natural de la Playa de las Catedrales, se empleó la clasificación establecida conforme a la Decisión 2011/484/UE de ejecución de la Comisión, de 11 de julio de 2011, relativa al formulario de información sobre un espacio Natura 2000. El listado agrupa las posibles presiones y amenazas que pueden afectar a la conservación de los hábitats en catorce categorías principales, cada una de las cuales se subdivide en diferentes niveles, para una mayor precisión.

Una vez analizadas la incidencia de los posibles factores de amenaza en el ámbito del plan, se concluye que en base a la codificación de la lista mencionada las principales presiones a las que se ve sometida la conservación de los valores ambientales del monumento natural son las siguientes:

D Transportes y redes de comunicación

D01 Carreteras, caminos y vías de tren

D01.01. Sendas, pistas, carriles para bicicletas

D01.03. Parques y áreas de estacionamiento de coches

E. Urbanización, desarrollo residencial y comercial

E04 Construcción de edificios en el paisaje

E04.01. Construcciones agrícolas y edificios en el paisaje

G Intrusión humana y perturbaciones

G05 Otros trastornos e intrusiones humanas

G05.01 Pisoteo, uso excesivo

H Contaminación

H01 Contaminación de aguas superficiales

H01.09 Contaminación difusa de aguas superficiales causada por otras fuentes no mencionadas anteriormente.

H07 Otras formas de contaminación

I Especies invasoras, especies problemáticas y modificaciones genéticas

I01 Especies invasoras y especies alóctonas, especies de plantas y animales.

J Alteraciones del sistema natural

J03 Otras alteraciones de los ecosistemas

J03.02 Disminución de la conectividad de los hábitats debida a causas antropogénicas. Fragmentación

M Cambio climático

M01 Cambios en las condiciones abióticas

1. Presión turística y degradación del paisaje.

El monumento natural de la Playa de las Catedrales se constituyó en los últimos años como uno de los más importantes focos de atracción turística en la Comunidad autónoma de Galicia. La afluencia masiva de personas visitantes a este espacio, especialmente concentrada en momentos puntuales del año, como en el período estival y la Semana Santa, constituye en la actualidad la mayor amenaza para la conservación de los valores ambientales y paisajísticos de As Catedrais.

En los últimos años, la necesidad de dar servicio a esta creciente afluencia motivó la ampliación o instalación de nuevas infraestructuras de uso público por parte de las administraciones con competencias en el ámbito. Además, a nivel global, los problemas de saturación del espacio ya mencionados (retenciones en las vías de acceso, estacionamiento incontrolado de vehículos en las cunetas, aglomeraciones en las áreas de uso público y accesos a la playa,...) suponen una degradación en la percepción del monumento natural por parte de sus personas visitantes.

A nivel global, las infraestructuras existentes producen un efecto visual asumible, debido a su emplazamiento y diseño. No obstante, a pequeña escala, se identifican algunos elementos que introducen un efecto visual negativo de carácter puntual, pero que debería requerir la adopción de medidas para su corrección:

– La existencia de cartelería informativa de diversos organismos que, en algunos casos, difiere notablemente en formato y contenidos.

– La presencia de zanjas y acúmulos artificiales de tierra, que modifican la rasante natural del terreno, en el entorno del aparcamiento y del merendero. Especialmente en este último punto, las acumulaciones obstaculizan la contemplación de las panorámicas hacia el mar e introducen un elemento impactante a nivel visual que, además, es utilizado por las personas como «rampa» para acceder al borde de los acantilados.

Finalmente, conviene indicar que la masiva afluencia de personas visitantes, concentradas en momentos puntuales del año hace que resulte complicada la organización del uso público, así como la vigilancia del respeto al medio. Este hecho determina que, pese a que la mayor parte de las personas respetan las indicaciones existentes, resulta frecuente la observación de prácticas poco respetuosas con el medio, como la realización de pintadas o grabados en los acantilados, el tránsito de personas en las áreas de acceso restringido o el aparcamiento de vehículos y bicicletas fuera de los lugares habilitados.

2. Alteración y destrucción de hábitats.

El pisoteo indiscriminado de las personas fuera de las sendas habilitadas haciendo caso omiso a las indicaciones existentes, provoca la progresiva alteración de la cubierta vegetal y la fragmentación de hábitats especialmente sensibles, como los matorrales costeros (4040*) presentes en buena parte del ámbito. Asimismo, otras actuaciones, como la presencia de aparcamientos irregulares o infraestructuras no autorizadas pueden originar afecciones negativas en lo tocante a la conservación y continuidad de las comunidades vegetales y de los hábitats.

En el ámbito del Plan se identifican varias zonas en las que se evidencian alteraciones de la cubierta vegetal y fragmentación del hábitat prioritario 4040*, como en el entorno del merendero, donde existe una elevada presión de personas visitantes que se acercan prácticamente al borde de los acantilados, obviando las señales que limitan el paso.

3. Presencia de especies exóticas e invasoras.

Una de las mayores amenazas para el mantenimiento del equilibrio ecológico de este tramo costero es la presencia de especies exóticas invasoras. Conforme a lo indicado en el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia, estas se definen como las especies que se introducen o establecen en un ecosistema o hábitat natural o seminatural y que son un agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica nativa, ya sea por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética.

Como parte del proceso de caracterización del medio biótico, se identificaron aquellas especies vegetales exóticas y con comportamiento invasor en el monumento natural, así como en aquellas áreas adyacentes en las que la presencia de especies invasoras puede suponer una amenaza significativa para la conservación de la biodiversidad en el ámbito del Plan. La metodología de trabajo consistió en la realización de un itinerario a pie de 7.182 m de longitud, con origen y destino en el punto de coordenadas UTM X: 648.695 e Y: 4.823.899 (sistema de referencia ETRS89), de forma que permitiera explorar en la inspección más del 85 % de la superficie terrestre del monumento natural.

Como resultado de la inspección in situ realizada, se detectaron 13 especies vegetales exóticas en el monumento natural y áreas adyacentes, cuya localización se representa graficamente en el plano 5 del anexo II del presente decreto: Agave americana, Arctotheca calendula, Bidens aurea, Carpobrotus sp., Cortaderia selloana, Hydrangea sp., Metrosideros excelsa, Phormium tenax, Pittosporum tobira, Senecio mikanioides, Stenotaphrum secundatum, Tamarix gallica y Vinca sp.

Además, por las dudas existentes sobre su condición de exótica, no se consideró como tal a la especie Matthiola incana, con numerosos ejemplares en las cercanías de la playa de Reinante, pero con una presencia muy reducida en el interior del monumento natural (12 ejemplares bajo la pasarela de madera, en el punto de coordenadas UTM X: 648.381 e Y: 4.823.960, sistema de referencia ETRS89).

De la anterior relación de especies, dos están incluidas en el Catálogo español de especies exóticas invasoras, regulado por el Real decreto 630/2013, de 2 de agosto, por lo que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras: uña de gato (Carpobrotus sp.) y hierba de las Pampas (Cortaderia selloana).

A continuación se describen los resultados obtenidos en distintas zonas de inspección:

a) En el recinto ajardinado del restaurante instalado en el espacio protegido aparecen dos especies como ornamentales: los metrosideros (Metrosideros excelsa) que forman un seto de ese recinto y las hortensias (Hydrangea sp.) que se sitúan a intervalos irregulares en la cara interna de ese seto.

b) En el talud sur de ese recinto, en la orilla de la carretera LU-P-0610, aparece también una pequeña mancha de uña de gato (Carpobrotus sp.) de unos 69 m2 de superficie.

c) En el recinto ajardinado en el margen litoral adyacente al restaurante aparece un único ejemplar de Metrosideros excelsa, acompañado por tres tarajes (Tamarix gallica), un lino de Nueva Zelanda (Phormium tenax) y 6 pitósporos (Pittosporum tobira). Además, existe en ese recinto ajardinado una mancha de uña de gato (Carpobrotus sp.), de unos 12 m2; y distintas extensiones de grama (Stenotaphrum secundatum), de unos 210 m2; y de margarita del Cabo (Arctotheca calendula), de unos 78 m2.

d) Adyacente a ese recinto ajardinado, por su orilla este, se encuentran una reducida superficie en el entorno alterado de un pequeño arroyo en la que Bidens aurea, Senecio mikanioides y Vinca sp aparecen como especies ornamentales naturalizadas.

e) En el medio natural del espacio protegido se detectaron dos especies exóticas con comportamiento invasor:

1º. Ocho manchas de grama (Stenotaphrum secundatum), con unos 307 m2 de superficie total.

2º. Seis manchas de margarita del Cabo (Arctotheca calendula), con unos 209 m2 de superficie total.

La margarita del Cabo (Arctotheca calendula) aparece adyacente al espacio protegido en numerosas manchas en la orilla del sector este del monumento natural, donde este sólo incluye el dominio público marítimo-terrestre. Se encontraron en ese sector 10 manchas de esta especie, con unos 1.100 m2 de superficie total.

En las áreas adyacentes al monumento natural se encontraron ejemplares de especies exóticas invasoras que podrían suponer una amenaza significativa para el mantenimiento en un adecuado estado de conservación de la biodiversidad del espacio protegido, especialmente un ejemplar aislado de hierba de las Pampas (Cortaderia selloana) en las coordenadas UTM X: 648.206 Y: 4824020, a menos de 75 m en línea recta del límite oeste del espacio. Próximo al anterior, un pequeño ejemplar de pitósporo (Pittosporum tobira) también crece en medio de la vegetación autóctona.

El recinto ajardinado del límite este de la playa de Reinante es también una zona con importante presencia de especies exóticas ornamentales: grama (Stenotaphrum secundatum), lino de Nueva Zelanda (Phormium tenax) y pitósporos (Pittosporum tobira). El sistema dunar asociado a esa playa presenta numerosas manchas de uña de gato (Carpobrotus sp.).

En las inmediaciones de la desembocadura del arroyo de Santiago, también en el límite este de la playa de Reinante, aparecen como ornamentales distintos ejemplares de pitósporo (Pittosporum tobira) y agave (Agave americana), así como pequeñas extensiones de margarita del Cabo (Arctotheca calendula) en terrenos alterados.

Respecto a la superficie marina del monumento natural, se constata la presencia de Sargassum muticum, incluida en el Catálogo español de especies exóticas invasoras. Esta alga parda, que puede alcanzar los 4 m de longitud, aparece frecuentemente en las franjas intermareal (fijada a rocas) y sublitoral, en zonas más calmas. Las principales vías de dispersión de esta alga invasora originaria de la costa china y japonesa, son las aguas de la sentinas de los barcos y fundamentalmente los trozos de tallo flotantes, que pueden llegar a zonas muy lejanas a su origen.

En definitiva, en el ámbito del monumento natural y su entorno próximo se identifican 3 especies exóticas incluidas en el Catálogo español de especies exóticas invasoras, regulado por el Real decreto 630/2013, de 2 de agosto, por lo que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras: uña de gato (Carpobrotus sp); hierba de las Pampas (Cortaderia selloana), localizada a 75 m al oeste del ámbito, fuera de los límites del monumento natural; y Sargassum muticum, en el ámbito marino del espacio.

Además, aunque no se incluyen en el Catálogo español de especies exóticas invasoras, otras especies encontradas presentan comportamiento invasor en Galicia: la grama (Stenotaphrum secundatum) y la margarita del Cabo (Arctotheca calendula).

4. Riesgo de erosión y regresión costera.

La acción simultánea de la presión de usos en el litoral durante las últimas décadas, unida a las consecuencias del proceso de calentamiento global y el subsecuente ascenso del nivel del mar, hace que el análisis del riesgo de erosión y regresión de la línea de costa deba ser un aspecto prioritario en la planificación y gestión de los espacios costeros. En ese contexto general, las características geológicas y geomorfológicas de la playa de As Catedrais coronada por acantilados rocosos desarrollado sobre pizarras y esquistos que adquieren desniveles subverticales, favorecen en gran medida la recesión de los acantilados, gracias a la acción erosiva de las olas.

Según Eurosion (2004), la región gallega tiene una exposición media a la erosión y un aumento de nivel de mar relativo (estimación para los próximos 100 años) valorada en un promedio de 40 cm en 100 años, lo que indica una aceleración del aumento de nivel del mar y, consecuentemente, la pérdida de ambientes de ecosistema litoral.

Las costas gallegas sufrieron un aumento de nivel del mar de 2-3 mm/año desde la segunda mitad del siglo XX. Esto significa que durante el siglo pasado el nivel del mar aumentó entre 10-20 cm. Para conseguir estas conclusiones, se establecieron más de 2500 transectos para calcular las ratios de ascenso del nivel del mar (m/año) a corto y largo plazo. Las costas rocosas de la rasa cantábrica gallega y el sector oriental del litoral coruñés presentan en la actualidad varios tramos cualificados como inestables o muy inestables (entre ellos el ámbito del Plan de conservación). No obstante, para los sectores entre cabo Fisterra y Ortegal se registran los valores más altos de regresión marina (-1,18 m/año y -0,38 m/año, respectivamente), que contrastan con las estimaciones obtenidas para las costas rocosas de la Mariña lucense, situados entre los -0,15 y los -0,21 m/año (previsiones a corto plazo). En definitiva, realizando una comparación de las estimaciones de ascenso del nivel del mar a largo y corto plazo, se revela una menor tasa de regresión en el sector oriental de la costa gallega. De todas formas, estos resultados pueden estar relacionados con la existencia de estructuras marítimas o, incluso, de los acantilados que podrían actuar como defensa del frente costero, ya que las dinámicas erosivas suelen ser más intensas en las costas arenosas, dependiendo de su exposición y condiciones hidrográficas.

Independientemente de los datos expuestos, lo cierto es que la rasa cantábrica gallega y, muy especialmente, el ámbito del Plan es una costa en regresión, en la que las dinámicas de erosión marina actúan de modo activo, configurando geoformas tan espectaculares como inestables a corto y medio plazo.

5. Vertidos residuales.

Respecto al vertido de aguas residuales en el entorno del monumento natural, conviene indicar que la problemática que causaban los antiguos aseos (con una fosa inadecuada para la demanda actual) se solucionó mediante la construcción de las nuevas instalaciones, situadas en la cercanía del aparcamiento y gestionadas por el Ayuntamiento de Ribadeo. El objetivo de este traslado fue, por una parte, el alejamiento de los aseos del arroyo que desemboca en la entrada de la playa, y la construcción de una fosa séptica bien dimensionada (de 25.000 litros de capacidad).

En la declaración ambiental para la implantación del sistema de gestión ambiental en las playas y los requisitos del Reglamento EMAS III en el Ayuntamiento de Ribadeo, se considera el vertido de aguas sanitarias y residuales a partir del agua consumida, por lo tanto el consumo de agua y la generación de este tipo de vertido están relacionados.

Se identifican tres tipos de vertidos en el entorno:

a) Vertido de aguas sanitarias y de limpieza: es la parte del vertido que procede de las instalaciones de los aseos de la playa y del restaurante, cuyo destino es la fosa séptica.

b) Vertidos de aguas residuales: es la parte del vertido procedente de los puntos de agua situados directamente sobre el arenal (duchas y lavapiés).

c) Vertidos no regulados. Se detecta la existencia de vertidos de aguas residuales en la playa de Esteiro.

El entorno de la playa de Esteiro se identifica como un punto de afección de vertidos residuales no regulados. La presencia de varias granjas de ganado vacuno en el entorno próximo del arenal podría ser un foco de vertido, aunque este aspecto se debe confirmar.

La información del panel de información situado a la entrada de la playa de Esteiro confirma que este arenal perdió el distintivo de bandera azul en el año 2014, al ser calificada su agua como buena (no excelente), según la Directiva 2006/7/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2006, relativa a la gestión de la calidad de las aguas de baño.

TÍTULO I
Objetivos del plan de conservación

Artículo 1. Objetivo general

El objetivo general del Plan de conservación del monumento natural de la Playa de las Catedrales es el mantenimiento, o restablecimiento, en un estado de conservación favorable de los valores ambientales que motivaron su declaración.

Artículo 2. Objetivos específicos

Para la consecución del objetivo general establecido en el artículo 1, el Plan prevé los siguientes objetivos específicos, que se concretan en una serie de líneas de actuación:

1. Objetivo específico: avanzar en el conocimiento de los valores a proteger, así como de los riesgos y amenazas para la conservación del entorno.

a) Mejora del conocimiento e inventario de hábitats naturales y de las especies de flora y fauna silvestre.

b) Mejora de la información relativa a la presencia y abundancia de la especies de flora protegida en el ámbito del Plan.

c) Adaptación al cambio climático y el ascenso del nivel del mar en la costa cantábrica gallega.

2. Objetivo específico: evitar la pérdida neta de biodiversidad y de los servicios ecosistémicos, mediante la conservación de los hábitats naturales y de las especies de fauna y flora silvestres.

a) Seguimiento, control y erradicación de las especies exóticas e invasoras presentes en el entorno del monumento natural.

b) Mejorar el estado de conservación del matorral costero (4040*).

3. Objetivo específico: conseguir un uso público ordenado y compatible con la conservación de los valores ambientales que motivaron la declaración del monumento natural.

a) Reducir la presión del uso público favoreciendo la desestacionalización de la demanda, la promoción de otros puntos de interés turístico en la comarca de la Mariña y la implementación de un sistema ágil de concesión de autorizaciones para el acceso al monumento natural en los períodos de mayor afluencia de visitas.

b) Implementación de sistemas de difusión de la normativa de uso público, así como para el control y vigilancia de su cumplimiento.

4. Objetivo específico: promover la colaboración entre administraciones y los particulares para la mejora de las condiciones paisajísticas, ambientales y de uso público en el monumento natural, así como para la promoción del turismo sostenible en su ámbito de influencia comarcal.

a) Mejora paisajística del monumento natural.

b) Desarrollo de actuaciones coordinadas para la ordenación de accesos y áreas de aparcamiento, la venta ambulante, así como para la promoción de medios de transporte alternativos al vehículo particular.

c) Actuaciones de gestión del uso público para la promoción de los valores naturales del monumento, la ZEC As Catedrais (ES1120005) y su entorno.

d) Fomento de la colaboración entre administraciones para la mejora de la calidad de las aguas superficiales en el entorno de la playa de Esteiro.

5. Objetivo específico: favorecer la sensibilización y el compromiso social en la conservación de los valores ambientales del monumento natural de la Playa de las Catedrales, conforme a las líneas estratégicas definidas en la Estrategia europea para la biodiversidad 2020.

a) Fomentar el conocimiento e implicación social en la conservación del monumento natural mediante la promoción de campañas de participación activa de la sociedad civil en todos los niveles de aplicación del Plan.

b) Fomentar el conocimiento de los valores naturales y culturales del monumento natural a través de la coordinación con otras administraciones, la comunidad científica y la población local.

TÍTULO II
Zonificación

Artículo 3. Consideraciones generales

Dada la reducida extensión del monumento natural no sería necesaria su zonificación. No obstante, dado que la totalidad del ámbito coincide con la ZEC ES1120005 As Catedrais, este plan adopta la zonificación del Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia para dicha ZEC. El Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia establece un sistema jerarquizado de zonas, como herramienta básica para la planificación y gestión de los componentes de la biodiversidad, con el fin de asegurar los objetivos de conservación y uso sostenible de los recursos naturales en el conjunto de la Red Natura 2000. Por lo tanto, el ámbito del monumento natural de la Playa de As Catedrais queda clasificado en las siguientes zonas: zona 1 o área de protección, zona 2 o área de conservación y zona 3 o área de uso general.

Artículo 4. Zona 1: Área de protección

Se estructura sobre territorios con un valor de conservación muy alto, constituidos por una porción significativa de hábitats prioritarios o hábitats de interés comunitario (especies de los anexos II y IV de la Directiva 92/43/CEE, especies de aves migratorias y aves del anexo I de la Directiva 2009/147/CE, especies incluidas en el Catálogo español de especies amenazadas y en el Catálogo gallego de especies amenazadas).

En el ámbito del monumento natural, el «área de protección» es más extensa en el extremo occidental, donde alcanza un mayor desarrollo el matorral costero representativo del hábitat 4040*. No obstante, hacia el este, la zona 1 se ciñe a la franja litoral que abarca el frente de los acantilados de As Catedrais.

Esta zona ocupa una superficie de 9,56 ha.

Artículo 5. Zona 2: Área de conservación

Incluye territorios con un valor de conservación alto y medio, que albergan una porción variable de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE, que muestran, generalmente, una mayor representación territorial de los hábitats de interés comunitario frente a los de carácter prioritario, o bien una porción significativa de las áreas prioritarias de las especies silvestres de flora y fauna de interés para la conservación. Se diferencian, no obstante, porque estas unidades se integran en un territorio con un nivel importante de humanización, en el que existe una porción también significativa de hábitats de interés comunitario, cuya composición, estructura y dinámica puede estar ligada al mantenimiento de los sistemas de aprovechamiento tradicional.

En estas áreas se regulan las actividades no tradicionales que puedan llevar consigo una merma o disminución del estado de conservación de los hábitats y de las poblaciones de especies de flora y fauna de interés para la conservación, con el objetivo fundamental de conseguir el aprovechamiento ordenado de los recursos naturales.

Dentro de la zona 2 se incluye la superficie intermareal de las playas de Augasantas, de As Catedrais y de la playa de Esteiro, así como toda la superficie marina del monumento natural en el coincidente con la ZEC en coherencia con la zonificación del medio marino empleada en otras ZEC del Decreto 37/2014, de 27 de marzo. Asimismo, se incluye también la mayor parte de los espacios ocupados por las infraestructuras de uso público (aparcamiento, restaurante y parte del merendero).

Esta zona ocupa una superficie de 18,54 ha.

Artículo 6. Zona 3: Área de uso general

En base a lo dispuesto en el artículo 18 del anexo II del Decreto 37/2014, de 27 de marzo, se incluye cómo área de uso general la franja de dominio público de las infraestructuras de comunicación existentes en el ámbito. En este caso, se incluye una banda de 12 m lineales a lo largo de la carretera provincial LU-P-0610, que delimita la superficie del monumento natural por el sur.

La zona 3 incluye los terrenos íntimamente relacionados con la existencia de infraestructuras de comunicación, así como los asentamientos y núcleos rurales que tengan esta condición conforme a la normativa estatal y autonómica en materia de ordenación del territorio y urbanismo. Dentro del ámbito del monumento natural no existe ningún asentamiento o núcleo de población, por lo que la delimitación de la zona 3 se ciñe a la franja de terreno ocupada por la servidumbre de la carretera LU-P-0610. La gestión de estas zonas se debe orientar preferentemente a evitar la fragmentación y el aislamiento de las áreas de mayor valor ecológico. Por tal motivo, la presencia de un porcentaje de terreno ocupada por el hábitat prioritario 4040* dentro de la zona 3 del monumento natural de las Catedrales, no supone una limitación en la planificación y consecución de los objetivos de protección y conservación del ámbito que prevé el presente plan.

En definitiva, tal y como se muestra en el plano 7 del anexo II de este decreto, prácticamente la totalidad de la superficie del monumento natural queda incluida en las zonas 1 y 2, mientras que, sólo existen dos pequeñas áreas delimitadas en la zona 3 que se corresponden con las zonas de dominio público y de servidumbre de la carretera LU-P-0610.

Esta zona ocupa una superficie de 0,81 ha.

TÍTULO III
Directrices y normas

CAPÍTULO I
Medidas y normativa general

Artículo 7. Disposiciones generales

La normativa general del presente plan de conservación del monumento natural de la Playa de las Catedrales se elabora a partir de los objetivos y criterios orientadores de la normativa comunitaria, estatal y autonómica, junto con los objetivos propuestos y los criterios propios relativos a la exclusión o, en su caso, a la regulación de determinadas actividades.

Para aquellos usos o actividades que no estén expresamente regulados en este documento y en el Decreto 11/2005, de 20 de enero, se aplicará subsidiariamente lo dispuesto en el Decreto 37/2014, de 27 de marzo.

Artículo 8. Directrices

1. Los objetivos de conservación primarán sobre cualquier otra actividad que se planifique o se desarrolle en el monumento natural. En toda actuación primará el principio de cautela y de acción preventiva, cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costes para impedir la degradación del medio.

2. Se velará por el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales y de los ecosistemas.

3. Se velará por la preservación de la variedad, singularidad y belleza de los ecosistemas naturales y del paisaje, evitando o, en su caso, minimizando la degradación de estos por elementos o construcciones que supongan un elevado impacto visual, derivado de su localización, materiales empleados o de las relaciones de texturas y colores utilizados.

4. Se dará preferencia a las medidas de conservación, preservación y restauración de los elementos de la gea.

5. Se dará preferencia a las medidas de conservación, preservación y restauración de los hábitats naturales y seminaturales, haciendo especial hincapié en aquellos considerados cómo prioritarios o de interés comunitario.

6. Se dará preferencia a las medidas de conservación, preservación y recuperación de las especies silvestres de flora y fauna, haciendo especial hincapié en aquellas consideradas cómo protegidas por normativas internacionales, comunitarias, nacionales o gallegas.

7. Se concederá prioridad a las especies de interés para la conservación, a las especies endémicas o que posean un área de distribución limitada, así como a las especies de fauna migratoria.

8. Se dará preferencia a la conservación de la diversidad genética de las poblaciones silvestres de flora y fauna.

9. Se evitará la introducción y proliferación de especies, subespecies, razas geográficas, u organismos genéticamente modificados, distintos de los autóctonos, en la medida en que puedan competir con estas, alterar su pureza genética o provocar desequilibrios ecológicos sobre los hábitats naturales y seminaturales.

10. Las actividades y actuaciones que se desarrollen en el monumento natural buscarán la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, así como una mayor eficiencia en el gasto de los recursos renovables y en el control integral de los residuos y productos contaminantes.

11. Se evitará la realización de cualquier tipo de actividad que pueda suponer un riesgo de contaminación de las aguas, tanto superficiales cómo subterráneas.

12. Se hará promoción del conocimiento de los valores naturales y culturales del monumento natural a través de la coordinación con otras administraciones, la comunidad científica y la población local.

Artículo 9. Exclusión de actividades

Conforme a lo dispuesto en el artículo 33.3. de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de patrimonio natural y de la biodiversidad, en los monumentos naturales estará prohibida, con carácter general, la explotación de recursos, salvo en aquellos casos en que por razones de investigación o conservación se permita esta, previa la pertinente autorización administrativa.

El territorio delimitado por el ámbito de aplicación del plan de conservación se considerará cómo área de exclusión a la hora de planificar y autorizar actividades industriales.

Artículo 10. Usos permitidos

Se considera uso permitido cualquier actividad compatible con los objetivos de la declaración del monumento natural de la Playa de las Catedrales, por lo tanto, se desarrollarán sin limitaciones especiales, bien en su totalidad o bien en las áreas donde la categoría de zonificación lo permita.

Los usos permitidos no requieren autorización del órgano autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza, sin perjuicio del resto de autorizaciones sectoriales.

Artículo 11. Usos autorizables

Son usos y/o actividades autorizables todas aquellas que requieran:

1. Autorización expresa del órgano autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza tanto en la normativa sectorial como en el presente decreto.

2. Informe preceptivo y vinculante del mencionado órgano en cualquier procedimiento de autorización sectorial que figuren como sometidas a informe preceptivo en su propia normativa sectorial.

3. Cualquier plan, programa o proyecto que, sin tener una relación directa con la gestión del lugar o sin ser necesarios para esta, puedan afectar de forma apreciable al citado lugar, ya sea individualmente o en combinación con otros planes y proyectos.

Artículo 12. Usos prohibidos

1. Se considera uso prohibido aquel que sea susceptible de causar perjuicio a la integridad del lugar o sobre el estado de conservación de los componentes clave para la biodiversidad (hábitats y especies protegidas) y, por consiguiente, es contrario a los objetivos de conservación del monumento natural, con excepción de los supuestos en los que resultase de aplicación lo preceptuado en los números 5, 6 y 7 del artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

2. Asimismo, conforme al decreto de declaración del espacio se establecen las siguientes prohibiciones:

a) Los campamentos y acampadas.

b) Los desmontes y terraplenes.

c) Las escombreras y vertidos de cualquier tipo.

d) Las quemas.

e) La colocación de anuncios publicitarios, excepto los que tengan relación con la defensa y señalización del propio monumento natural.

f) La extracción de arena.

g) La instalación de infraestructuras que menoscaben la calidad paisajística del entorno.

h) Los aprovechamientos mineros de la gea presentes en el área.

i) La construcción de edificaciones permanentes de cualquier tipo.

j) La recolección de especies de flora y fauna silvestre sin autorización del órgano competente en materia de conservación de la naturaleza.

3. Con carácter general, quedan prohibidas todas aquellas acciones que puedan suponer la destrucción o alteración de los hábitats naturales de la Directiva 92/43/CEE, así como del patrimonio geológico y paisajístico del monumento natural de la Playa de las Catedrales.

4. Tendrá consideración de uso prohibido cualquier otra actividad que, no estando recogida en las categorías anteriores, pueda perjudicar significativamente a la conservación del monumento natural.

Artículo 13. Evaluación ambiental

La evaluación ambiental de los planes, programas o proyectos que afecten al ámbito del monumento natural de la Playa de las Catedrales estará regulada por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, o norma que la sustituya.

Con el objeto de garantizar el adecuado cumplimiento del artículo 7.2.b) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, la promoción de cualquier proyecto en el ámbito de este plan deberá incluir la consulta previa al órgano competente en evaluación ambiental, de cara a determinar si existe afección apreciable directa o indirectamente.

CAPÍTULO II
Medidas y normativa por componentes

Artículo 14. Hábitats de interés comunitario

Deberán contar con autorización del órgano autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza las actuaciones no vinculadas con las necesidades de conservación y gestión de los componentes de la biodiversidad que puedan afectar de manera apreciable al espacio natural o al estado de conservación de los hábitats incluidos en el anexo I de la Directiva 92/43/CEE.

Artículo 15. Especies de interés para la conservación

1. Quedan totalmente prohibidas las actividades y usos que puedan dar muerte, dañar, molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, sea cuál sea el método empleado o la fase del ciclo biológico en el que se encuentre.

2. Queda prohibida la destrucción o deterioro apreciable de las formaciones vegetales conformadas por especies silvestres que caracterizan los tipos de hábitats de interés comunitario.

3. Para las especies de flora y fauna silvestres incluidas en la Lista de especies silvestres en régimen de protección especial se aplicarán las prohibiciones recogidas en el artículo 54 de la Ley 42/2007, de 13 diciembre. Estas prohibiciones podrán quedar sin efecto, previa la autorización del órgano autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza, si no hubiera otra solución satisfactoria y sin que ello suponga perjudicar el mantenimiento en un estado de conservación favorable de las poblaciones de que se trate, en su área de distribución natural, cuando concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 58 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

4. Para las especies de flora y fauna silvestres incluidas en el Catálogo gallego de especies amenazadas se aplicarán las prohibiciones recogidas en el artículo 51 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto. Además, para las especies de animales silvestres se aplicará el régimen general de protección establecido por el artículo 53 de la mencionada ley. Estas prohibiciones podrán quedar sin efecto, previa la autorización del órgano autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza, si no hubiera otra solución satisfactoria y sin que ello suponga perjudicar el mantenimiento en un estado de conservación favorable de las poblaciones de que se trate, en su área de distribución natural, cuando concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 53.3 de la Ley 9/2001, de 21 de agosto.

5. Al amparo del artículo 61.3 de la Ley 42/2007, de 13 diciembre, se prohíbe la posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos, de sus restos o propágulos, incluyendo el comercio exterior, de aquellas especies alóctonas que sean incluidas en el Catálogo español de especies exóticas invasoras, al amparo del artículo 7 del Real decreto 630/2013, de 2 de agosto, así como de todas aquellas de las que se verifique un comportamiento invasor. Tras la autorización administrativa correspondiente, esta prohibición podrá quedar sin efecto cuando esta acción sea necesaria por razones de investigación, salud o seguridad de las personas.

6. No podrá autorizarse la liberación en el medio natural de organismos modificados genéticamente bajo condiciones que puedan alterar la pureza y diversidad genética de las poblaciones naturales de las especies autóctonas o poner en riesgo cualquier otro valor del espacio natural.

El órgano autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza podrá desarrollar o autorizar actuaciones de control sobre aquellas poblaciones de especies que amenacen el equilibrio de los ecosistemas.

7. La reintroducción de especies actualmente no presentes en el espacio natural deberá contar con el correspondiente plan técnico que constará como mínimo de una exposición de objetivos, una evaluación ambiental de la incidencia de la reintroducción y un plan de seguimiento y control de esa especie y deberá ser aprobado por el órgano autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza. No se aprobará ninguna reintroducción cuando se considere que pueda afectar de forma apreciable al estado de conservación de los hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE y de las especies de interés para la conservación.

Artículo 16. Actividades de uso público

1. En el ámbito del monumento natural se establece un cupo máximo diario de personas que podrán acceder a la zona de playa que se fija en 4.812 personas al día. Esta limitación, que será efectiva únicamente para el acceso a la playa, se aplicará durante los meses de julio, agosto y septiembre y la Semana Santa. Tras el análisis del seguimiento de esta medida, las fechas en las que se regula el acceso y el límite máximo de visitas podrán ser modificadas mediante resolución de la persona titular de la dirección general con competencias en conservación de la naturaleza. Durante los períodos de limitación, para poder tener acceso a dicha playa será necesario contar con una autorización, que deberá ser solicitada a través de la página web de la consellería con competencias en materia de conservación de la naturaleza.

La limitación no afectará a las personas que se estén desarrollando actividades de vigilancia, emergencia, limpieza y acondicionamiento o cualquier otra actividad profesional vinculada con la playa.

2. Para el acceso a la zona de la playa, las personas visitantes deberán ir provistas del documento de autorización y el DNI o documento de identificación que haya sido utilizado para la solicitud.

3. Fuera de la playa, las visitas en el resto del monumento natural se desarrollarán por las áreas habilitadas a tal fin, sin abandonar los senderos habilitados, los miradores y las zonas de descanso.

4. En los senderos habilitados para el uso público se prohíbe el uso de vehículos, incluidos quads, motocicletas y caballerías. Quedan excluidos de esta limitación los vehículos de vigilancia, emergencia y todos aquellos que cuenten con autorización del órgano competente en materia de conservación de la naturaleza.

5. La circulación y aparcamiento de vehículos, incluidas las bicicletas, en el desarrollo de actividades de uso público (turístico, recreativo, deportivo y ocio) se realizará exclusivamente en las vías y áreas de aparcamiento habilitadas al efecto.

6. Usos y actividades permitidos:

a) Se considerarán actividades de uso público permitidas, siempre y cuando se realicen al amparo de los objetivos y regulaciones establecidos en el presente plan y con la normativa sectorial de aplicación:

1º. El baño.

2º. El empleo de embarcaciones tradicionales, deportivas o recreativas.

3º. El fondeo y varado de embarcaciones deportivas.

b) Las actividades deportivas en aguas marinas realizadas con embarcaciones de remos, vela o motor, siempre que se realicen de acuerdo con la normativa sectorial vigente. Con el fin de compatibilizar el uso público con las necesidades de conservación, el órgano competente en materia de conservación de la naturaleza podrá establecer medidas de gestión y regulaciones específicas para su desarrollo.

c) La práctica del aeromodelismo, el uso de cometas y dispositivos semejantes cuando no afecten a la tranquilidad de las aves y no se realicen en el ámbito de las zonas de descanso o nidificación de aves excepto en los períodos en los que se establece la limitación de acceso al arenal. La dirección general con competencias en conservación de la naturaleza, con el fin de evitar alteraciones sobre los hábitats y las especies de interés clave para la conservación en el espacio, podrá establecer limitaciones a estas prácticas en determinados sectores de la playa o en determinadas épocas del año.

d) La realización de actividades de carácter deportivo, sociocultural y recreativo que se desarrollen al aire libre, dentro de las áreas, infraestructuras o equipaciones establecidas para el uso público, cuando se realicen conforme a los objetivos y directrices establecidos en el presente plan.

e) En las actividades de uso público realizadas dentro del ámbito territorial del plan de conservación y con independencia de la legislación establecida por el ayuntamiento en esta materia, los propietarios de animales domésticos de compañía deberán adoptar las medidas necesarias, acordes con la normativa de aplicación, para que el animal no provoque alteraciones sobre las especies de interés para la conservación, así como sobre el resto de actividades de uso público en el espacio natural. Los animales de compañía deberán, en todo el ámbito del plan, disponer de adecuados sistemas de sujección: en particular sólo podrán transitar por los viarios de tránsito peatonal con un sistema de sujección que les impida salir de los viarios.

7. Usos y actividades autorizables:

a) La venta ambulante acorde con las normativas sectoriales y municipales.

b) El uso de embarcaciones colectivas para fines turísticos o recreativos en aguas marinas.

c) El desarrollo de actividades profesionales de filmación o grabación de especies de interés para la conservación o de sus áreas prioritarias de conservación.

d) El uso con fines comerciales de la imagen, marca o señales de identidad gráfica del espacio natural.

e) La realización de actividades de carácter deportivo, sociocultural y recreativo que se desarrollen al aire libre fuera de las áreas, infraestructuras o equipamientos establecidos para el uso público, siempre y cuando no conlleven afecciones apreciables sobre el estado de conservación de los hábitats o de las especies de la flora y fauna silvestre.

8. Usos y actividades prohibidos:

1. Son actividades prohibidas todas aquellas que se realicen vulnerando las disposiciones contenidas en el presente plan de conservación, y las regulaciones e indicaciones contenidas en el artículo 3.2 del Decreto 11/2005, de 20 de enero.

2. Son además actividades prohibidas las que se relacionan a continuación:

a) La destrucción y deterioro de las formaciones geológicas presentes en el espacio, incluyendo la realización de pintadas o grabados sobre las paredes de los acantilados y la substracción de materiales.

b) La práctica de la escalada y similares, a excepción de las relacionadas con episodios de emergencias.

c) El empleo de megáfonos, así como de otros aparatos de sonido que perturben la tranquilidad y la calma de la fauna de interés para la conservación y del propio espacio natural. Quedan exceptuados de esta prohibición los que sean autorizados por el órgano competente en materia de conservación tras la adecuada evaluación de sus repercusiones.

d) Las prácticas de supervivencia, paintball, y actividades semejantes.

e) La práctica del aeromodelismo, el uso de cometas y dispositivos semejantes en los períodos en los que se establece la limitación de acceso a la playa.

f) La realización de cualquier actividad o prueba de carácter deportivo o recreativo contraria a lo especificado en el presente plan, sin autorización expresa del órgano autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza.

g) La circulación y aparcamiento de vehículos, incluidas las bicicletas, en la zona de la playa y fuera de las vías y áreas habilitadas a tal fin. Quedan excluidos de esta limitación los vehículos de vigilancia, emergencia y todos aquellos que cuenten con autorización del órgano competente en materia de conservación de la naturaleza.

Artículo 17. Infraestructuras y obras

1. Con carácter general, y en materia de planificación y gestión de infraestructuras y obras, se aplicará lo dispuesto en el artículo 6 de la Directiva 92/43/CEE y en el artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, y en la normativa de aplicación.

2. Usos y actividades permitidos:

a) Las tareas de mantenimiento y conservación de las infraestructuras lineales existentes en el monumento natural, así como la reposición de señales, que no supongan modificaciones en su trazado y ancho.

3. Usos y actividades autorizables:

a) Las tareas de mantenimiento y conservación o mejora de las infraestructuras lineales existentes en el monumento natural no consideradas como permitidas.

b) Las demoliciones de obras e instalaciones que no se ajusten a las condiciones establecidas en su autorización o que, encontrándose total o parcialmente en estado ruinoso, puedan causar daños o peligros a las personas, a otros componentes y a elementos clave para la conservación del espacio o a las funciones que estos desempeñen.

c) Las obras consistentes en la mejora de las infraestructuras existentes y las de mantenimiento de las infraestructuras destinadas al uso público (incluido el edificio del restaurante). En cualquier caso deberán emplearse materiales tradicionales del medio en el que están emplazadas.

d) La construcción de nuevas infraestructuras relacionadas con el uso público o la ampliación de las existentes.

e) La apertura de nuevas infraestructuras temporales por razones estrictas de salud pública, seguridad, auxilio o por acciones directamente relacionadas con la gestión y conservación del lugar, causando la mínima afección sobre los recursos naturales y, de forma especial, sobre las aguas, los suelos, los tipos de hábitat del anexo I de la Directiva 92/43/CEE, o sobre los núcleos poblacionales de especies de interés para la conservación.

f) Las obras de reparación, conservación y rehabilitación que se consideren precisas para el mantenimiento en buen estado de las sendas, siempre y cuando sean realizadas sin causar afecciones apreciables sobre los hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE o las especies de interés de conservación, y se adecuen a los instrumentos para la protección, gestión y ordenación del paisaje.

g) Los trabajos de marcaje del deslinde de los terrenos, parcelas y terrenos situados en el dominio público marítimo-terrestre y en el domino público hidráulico.

4. Usos y actividades prohibidos:

a) La realización de nuevas infraestructuras no asociadas al uso público, en particular las viarias, portuarias, energéticas y de telefonía.

b) El depósito temporal fuera de las infraestructuras lineales viarias (carreteras), de objetos que obstruyan la circulación de estas.

Artículo 18. Actividades científicas

1. Las actividades científicas serán efectuadas por personal cualificado luego de la evaluación de una propuesta técnica que contendrá la información necesaria para evaluar la incidencia de la actividad sobre el medio (paisaje, medios ecológicos, hábitats protegidos y especies de interés para la conservación). El órgano autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza podrá proponer que la realización de las actividades científicas se haga en una zona o en un área concreta del monumento natural o, en su caso, denegar la autorización para su ejecución.

2. Toda actividad científica, de investigación o de seguimiento y monitoraje, con incidencia en los componentes naturales y ambientales del espacio natural, deberá ser autorizada previamente por el órgano autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza y se adaptará a las normas y condicionantes recogidos en dicha autorización.

3. Las actividades de investigación no podrán, en ningún caso, introducir especies o subespecies, así como genotipos diferentes a los existentes en el espacio natural.

TÍTULO IV
Programa de actuaciones

Artículo 19. Introducción

Las medidas que integran el presente programa de actuaciones derivan del análisis de la situación actual en el ámbito del Plan y suponen un conjunto de líneas de actuación destinadas a la consecución de los objetivos específicos expuestos en el artículo 2 del presente decreto.

Se relacionan a continuación las principales líneas de actuación que desarrollará el organismo autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza dentro del Plan de conservación del monumento natural de la Playa de las Catedrales, en coordinación y cooperación con otras administraciones públicas competentes. Las principales actuaciones se muestran en el plano 9 del anexo II de este decreto.

Artículo 20. Actuaciones para el cumplimiento del objetivo específico 1

1. Mejora del conocimiento e inventario de hábitats naturales y de las especies de flora y fauna silvestre.

a) Como medida a corto plazo, se propone la realización de un estudio detallado de caracterización y representación cartográfica de los tipos de hábitats naturales y de las especies de flora y fauna recogidas en la Directiva 92/43/CEE y en la Directiva 2009/47/CEE en el ámbito del Plan, así como la determinación de su estado de conservación. En concreto, se pretende mejorar la información relativa a la distribución y estado de conservación del tipo de hábitat prioritario 4040* (brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans).

b) Se promoverá el avance en el conocimiento del ecosistema costero mediante el desarrollo de líneas de investigación orientadas a la mejora en el conocimiento del ecosistema costero en el ámbito del Plan. Esta acción se desarrollará mediante la firma de acuerdos de colaboración con otras administraciones y centros de investigación vinculados al estudio del medio marino.

2. Mejora de la información relativa a la presencia y abundancia de la especies de flora protegida en el ámbito del Plan.

a) En relación con la presencia de la especie Limonium dodartii (en peligro de extinción en el Catálogo gallego de especies amenazadas) se deberá confirmar la información relativa a su presencia en el entorno del monumento natural. En su caso, se identificará su área de distribución, abundancia poblacional y estado de conservación.

3. Adaptación al cambio climático y al ascenso del nivel del mar en la Costa Cantábrica gallega.

a) Es papel de las administraciones y los planificadores del territorio considerar el ascenso del nivel del mar y las consecuencias del cambio climático sobre las costas. A tal fin, la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, como organismo promotor del Plan de conservación, establecerá canales de comunicación y coordinación con otras administraciones y con la comunidad científica para promover la mejora del conocimiento de las posibles consecuencias del ascenso del nivel del mar sobre los hábitat y las poblaciones de flora y fauna amenazadas, sobre todo en la costa cantábrica, y sobre la formación geológica que motivó la declaración del monumento natural.

b) Conforme a lo establecido en el Plan nacional de adaptación al cambio climático (PNACC), el estudio propuesto tendrá una orientación práctica, destinada a la mejorar la planificación de instalaciones y equipaciones de uso público en el ámbito.

Artículo 21. Actuaciones para el cumplimiento del objetivo específico 2

1. Seguimiento, control y erradicación de las especies exóticas e invasoras presentes en el entorno del monumento natural.

a) Control y erradicación de especies exóticas invasoras: se establecerá una estrategia para el control y erradicación de todas las especies exóticas invasoras identificadas en el ámbito del monumento natural y su entorno próximo, así como de dos especies encontradas en el ámbito que presentan comportamiento invasor en Galicia (aunque no se incluyen en el Catálogo español de especies exóticas invasoras: la grama (Stenotaphrum secundatum) y la margarita del Cabo (Arctotheca calendula). De tal manera, se establecen los siguientes procedimientos de control y eliminación de las especies exóticas invasoras identificadas en el ámbito del plan:

1º. Carpobrotus sp:

i. Retirada manual, repitiendo la operación una segunda vez al menos. Las poblaciones densas pueden ser retiradas mediante enrollamiento. En la operación se deberá retirar el rizoma para evitar el rebrote.

ii. Mantenimiento de la vigilancia y control de nuevos rebrotes y focos de invasión e instauración de un sistema de alerta temprana y respuesta rápida.

2º. Cortaderia selloana (localizada en la playa de Reinante, Barreiros):

i. Información al ayuntamiento sobre la presencia de la especie y la necesidad de evitar su empleo en jardinería.

ii. Se empleará la retirada manual o mecánica, retirando el rizoma para evitar el rebrote.

iii. Mantenimiento de la vigilancia y control de nuevos rebrotes y focos de invasión, en coordinación con el Ayuntamiento de Barreiros.

3º. Stenotaphrum secundatum y Arcotheca calendula:

i. Retirada manual por medios mecánicos asegurando la no dispersión de restos o fragmentos de la planta, por pequeños que sean. Seguimiento y repetición del procedimiento durante varios años hasta constatar su total erradicación.

ii. Mantenimiento de la vigilancia y control de nuevos rebrotes y focos de invasión en aplicación del sistema de alerta temprana y respuesta rápida.

b) Con relación a la retirada de las especies exóticas invasoras ubicadas en terrenos de titularidad privada, se aplicará lo dispuesto en la disposición transitoria quinta del Real decreto 630/2013, de 2 de agosto, por lo que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.

c) Se promoverá el avance en el conocimiento de las especies exóticas o invasoras en el medio marino mediante el desarrollo de líneas de detección y control. Esta acción se desarrollará mediante la firma de acuerdos de colaboración con otras administraciones y centros de investigación vinculados al estudio del medio marino. Respecto al alga invasora Sargassum muticum, una vez identificados y caracterizados los focos de presencia de la especie en el ámbito del monumento natural, se establecerán mecanismos de acción coordinada para el control y erradicación de la especie. En el diseño de la estrategia a adoptar, se valorarán las distintas medidas de control indicadas en la ficha del taxon del Catálogo español de especies exóticas e invasoras.

2. Eliminación y sustitución de especies exóticas en el ámbito del Plan: la sustitución de especies exóticas en las áreas de uso público del monumento natural se realizará de manera coordinada con las administraciones competentes en el ámbito (especialmente el Ayuntamiento de Ribadeo y la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar), responsables del mantenimiento y gestión de la mayor parte de las áreas ajardinadas donde se localizan estos ejemplares. En relación a la retirada de las especies exóticas que se localizan en terrenos de titularidad privada, se aplicará lo dispuesto en la disposición transitoria quinta del Real decreto 630/2013, de 2 de agosto.

a) Se procederá a la eliminación de las siguientes especies identificadas en el ámbito del plan: Agave americana, Bidens aurea, Hydrangea sp., Metrosideros excelsa, Phormium tenax, Pittosporum tobira, Senecio mikanioides, Tamarix gallica y Vinca sp.

b) A pesar de las dudas existentes sobre la condición de exótica de la especie Matthiola incana, se eliminarán los numerosos ejemplares en las inmediaciones de la playa de Reinante, y los ejemplares presentes en el interior del monumento natural (12 ejemplares bajo la pasarela de madera, en el punto de coordenadas UTM X: 648.381 e Y: 4.823.960, sistema de referencia ETRS89).

3. Mejorar el estado de conservación del matorral costero (4040*): la vegetación que tapiza los acantilados de As Catedrais, especialmente aquella que comprende el tipo de hábitat prioritario 4040*, presenta áreas muy degradadas por las pisadas de personas fuera de las sendas habilitadas. En consecuencia, el Plan integra acciones de restauración ambiental de estos sectores, que se completarán con el desarrollo de las medidas destinadas a la regulación de los accesos a través de los dispositivos de control y de señalización propuestos.

Tras el análisis previo de la situación ambiental del monumento natural, se identificaron varias áreas en las que es precisa una actuación de restauración y recuperación del matorral costero, con el fin de garantizar la conservación y continuidad del hábitat. Dentro de estas áreas, se identificó un área de restauración prioritaria al lado del merendero (ver plano 9 del anexo II) en la que se procederá a la eliminación de los «senderos» de la ruta de las playas y de la ruta de la costa existentes en el interior del monumento natural y a la restauración de la cubierta vegetal, prestando especial atención al material genético a emplear. Esta medida se completará con la instalación de un vallado en la senda de acceso a la playa desde el merendero (siguiendo la tipología de la pasarela existente en el extremo este del entorno).

Artículo 22. Actuaciones para el cumplimiento del objetivo específico 3

1. Reducir la presión del uso público en el espacio favoreciendo la desestacionalización de la demanda, la promoción de otros puntos de interés turístico en la comarca de A Mariña y la implementación de un sistema ágil de concesión de autorizaciones para el acceso al monumento natural en los períodos de mayor afluencia.

a) El apartado de normativa establece como medida de gestión un cupo máximo diario que se fija en 4.812 personas al día. Esta limitación es efectiva únicamente para el acceso a la playa durante los meses de julio, agosto y septiembre y la Semana Santa. Fuera de la playa, las personas podrán acceder a las áreas de libre tránsito, miradores y zonas de descanso únicamente a través de los senderos habilitados. Es preciso implementar un sistema ágil que facilite a la ciudadanía la obtención de la autorización.

El acceso a la playa requerirá de autorización de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza en los períodos de mayor afluencia, quien habilitará el procedimiento de tramitación por vía telemática. Con esta medida se pretende no sólo garantizar la conservación del monumento natural, sino también favorecer la llegada de personas visitantes a lo largo de todo el año (evitando la estacionalidad) y, fundamentalmente, mejorar las condiciones de uso público y el conocimiento de los valores de la playa de As Catedrais por parte de la población en general.

Para favorecer la visita a las personas que no planificaron su viaje con antelación, se podrá destinar un porcentaje del cupo diario para gestionar in situ.

b) Como medida para disminuir la presión humana sobre el monumento natural, se difundirá información de otros ámbitos alternativos situados en el entorno que presenten una mayor capacidad de acogida. De este modo, la plataforma web empleada para la solicitud de autorizaciones incluirá información detallada sobre otros puntos de interés turístico en la Mariña lucense, en particular sobre la red de rutas e itinerarios verdes que constituye la oferta turística de la Reserva de la Biosfera del Río Eo, Oscos y Terras de Burón. Esto permitirá favorecer un reparto de personas visitantes, aliviando la presión sobre el monumento natural.

c) Igualmente, como medida para la desestacionalización y disminución de la presión sobre el monumento, se potenciará el turismo ornitológico en la ZEPA, para lo cual se creará una ruta ornitológica con la instalación de observatorios de aves.

2. Implementación de sistemas de difusión de la normativa de uso público, así como el control y la vigilancia de su cumplimiento

a) Difusión de las medidas de regulación de acceso y normativa de uso público: el éxito de las medidas de uso público radica, en buena medida, en su difusión y comprensión por parte de la población, por lo que inmediatamente después de la aprobación del Plan de conservación se establecerán medidas de difusión de las condiciones de uso público en el monumento natural. En concreto, las medidas previstas incluyen las siguientes acciones:

1º. Actualidad en el portal web de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, informando de las condiciones de uso público impuestas en el Plan de conservación del Monumento Natural de la playa de As Catedrais, con un enlace a la página para la solicitud de autorizaciones.

2º. Edición de material divulgativo sobre las condiciones de uso público en el monumento natural de As Catedrais, así como los pasos necesarios para la obtención de autorizaciones en las épocas de acceso limitado. Los folletos editados incluirán información relativa a otros espacios de interés turístico en la Mariña lucense, en especial sobre la Reserva de la biosfera del río Eo, Oscos y Terras de Burón, y serán difundidos a través de las oficinas de turismo de las principales ciudades gallegas y de los ayuntamientos de la comarca.

3º. Anuncios en los principales medios de comunicación a nivel autonómico y nacional, tanto de prensa escrita como de radio. Esta medida se adoptará en los días previos a los períodos de acceso limitado, indicando las condiciones para la solicitud de autorizaciones.

b) Seguimiento y control del cumplimiento de las medidas de regulación de uso público: se realizará un seguimiento y vigilancia del grado de cumplimiento de las medidas de uso público indicadas en la normativa del plan de conservación, para lo cual, especialmente al inicio de la implantación de regulación del acceso a la playa, podrán reforzarse los servicios de vigilancia. Asimismo, se realizará un seguimiento de la medida para analizar su eficacia y, si procede, establecer las modificaciones oportunas.

c) Valoración por parte de las personas visitantes al monumento natural de las medidas adoptadas: El objetivo general del estudio es conocer las características de la visita al monumento natural a partir del análisis del perfil y comportamiento de sus personas visitantes, así como:

1º. Estimar el volumen de personas que acceden al arenal, distinguiendo, en la medida de lo posible, por períodos concretos (temporadas, entre semana, fin de semana, o franjas horarias del día).

2º. Conocer su origen y perfil sociodemográfico.

3º. Analizar las características de la visita a la playa de As Catedrais, centrándose en dos aspectos fundamentales: motivación y pautas de comportamiento. Conocer, en síntesis, el «uso turístico» del espacio.

4º. Analizar las expectativas y conocimiento previo del ámbito que tiene el visitante.

5º. Analizar la dimensión turística de la playa de As Catedrais, teniendo en cuenta el papel que juega dentro de la elección del viaje al destino concreto de la Mariña lucense y Galicia en general, con la finalidad de conocer su relevancia como factor de atracción turística en nuestra comunidad.

6º. Conocer la opinión y valoración que el visitante tiene sobre la playa de As Catedrais en general, y sobre determinados aspectos de la visita, en particular.

Artículo 23. Actuaciones para el cumplimiento del objetivo específico 4

1. Mejora paisajística del monumento natural:

a) Ordenación y homogeneización de la cartelería de diferentes organismos: la convergencia de diferentes organismos públicos con competencias en el ámbito del Plan y la necesidad de informar y organizar la visita del creciente número de personas que se acercan al monumento natural, motivó la instalación de numerosa señalización de carácter informativo e interpretativo que, en algunos casos, difiere notablemente en formato y contenidos.

El efecto paisajístico de la proliferación de señalización es difícil de cuantificar a nivel global, si bien es cierto, que, a pequeña escala, introduce un elemento discordante en el paisaje del monumento natural. Por lo tanto, dentro de las acciones del Plan de conservación, se concentrarán los esfuerzos en la ordenación y mejora de la señalización de uso público del espacio, para lo cual resulta imprescindible la colaboración entre administraciones.

Como punto de partida para la homogeneización de los paneles existentes en el entorno, se procederá al inventario de todas las señales existentes, de su estado de conservación y de la función que cumplen, y se realizará una propuesta de racionalización de la señalización del espacio, con propuestas concretas de las señales que deben permanecer y de aquellas a suprimir o modificar. Al tiempo, se realizarán reuniones de coordinación con las administraciones competentes (ayuntamiento, Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar y Diputación de Lugo) para la ordenación y homogeneización de las señales en el entorno de As Catedrais.

b) Actuaciones de eliminación de taludes artificiales. Recuperación de la topografía original del terreno: actuación coordinada con la Dirección General de la Sostenibilidad de la Costa y del Mar para la eliminación de las acumulaciones de tierra presentes en varios sectores del monumento natural, especialmente en el entorno del merendero. La actuación prevista incluirá las siguientes acciones:

1º. Retirada de acumulaciones de tierra vegetal y recuperación del perfil natural del terreno.

2º. Restauración de la cubierta vegetal.

3º. Instalación de dispositivos disuasorios (vallados de madera).

4º. Restauración de los muros de piedra del entorno.

c) Medidas para mitigar o reducir el impacto visual de los equipamientos e infraestructuras existentes o previstos: en cumplimiento del punto 5.c del informe ambiental estratégico formulado por la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental mediante la Resolución de 7 de abril de 2015, se establecen las siguientes medidas para mitigar o reducir el impacto visual de los equipamientos e infraestructuras existentes y previstos.

Para las actuaciones relacionadas con el uso público (permitidas o autorizables), deberán considerarse, como marco global, los criterios generales de integración paisajística que se especifican en el Plan de ordenación del litoral (POL). En particular se establece el siguiente conjunto de medidas específicas de integración paisajística que deberán adoptar todas las administraciones y particulares implicados en la gestión del uso público y el mantenimiento del monumento natural:

1º. Medidas para la integración paisajística del entorno del restaurante:

i. «Naturalización» de la parcela: se procederá a la eliminación de los setos que cierran perimetralmente la parcela (formados por especies exóticas y con presencia de invasoras en algunos sectores), así como a la sustitución del césped y revegetación de los taludes. En los trabajos de naturalización se seguirán las medidas indicadas en el artículo 21.

ii. El mobiliario de la terraza deberá ajustarse a las condiciones estéticas del entorno en cuanto al color de las sombrillas y del mobiliario exterior, se evitarán los colores vivos o intensos buscando la mayor integración posible con el entorno y los materiales de las mesas y sillas serán preferentemente de madera.

La mampara que delimita el espacio ocupado por la terraza será preferentemente temporal y en ella se emplearán materiales naturales acordes con el entorno.

Estas medidas se adoptarán progresivamente en un plazo máximo de 6 años y podrán habilitarse ayudas para facilitar su cumplimiento.

2º. Recomendaciones para la integración paisajística de los nuevos puestos de venta ambulante y otras instalaciones de uso público: en el emplazamiento y diseño de los puestos de venta (y otras instalaciones) deberán considerarse criterios de integración paisajística, prestando especial atención a la altura, morfología y dimensión de las casetas, así como a los materiales y colores empleados, con el fin de conseguir, en la medida del posible, una percepción de mimetización o fusión con el entorno.

3º. Recomendaciones para la integración paisajística de otras infraestructuras:

i. Siempre que sea posible se respetarán las características topográficas del terreno y las ambientales de la playa y su entorno.

ii. Se potenciará el uso de los caminos existentes frente a la creación de nuevos accesos.

iii. Se procurará que las áreas de aparcamiento no sean visibles desde la playa, debiéndose utilizar materiales y tratamientos adecuados para mejorar su integración.

iv. El tratamiento de las sendas se realizará evitando la fragmentación de los hábitats, se evitará la apertura de nuevos caminos, las intervenciones se realizarán siempre en favor de los valores ecológicos y ambientales y actuando hacia la mejora de estos, procurando el máximo respeto de las comunidades vegetales y animales que los ocupan.

2. Desarrollo de actuaciones coordinadas para la ordenación de accesos y áreas de aparcamiento, la venta ambulante, así como para la promoción de medios de transporte alternativos al vehículo particular.

a) Ordenación de senderos y accesos interiores en el monumento natural: esta actuación tiene como objetivo delimitar claramente los sectores de acceso restringido y las áreas de uso general en el ámbito del Plan, para garantizar la conservación de los valores ambientales del monumento natural y la seguridad de las personas usuarias. Se contemplan las siguientes medidas:

1º. Eliminación de sendas originadas por el pisoteo para evitar el acceso al borde de los acantilados y mejorar la continuidad de la cubierta vegetal.

2º. Mejora de senderos existentes, mediante la colocación de dispositivos de protección e hitos de señalización y limitación de paso.

3º. Evaluar con la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar las alternativas para la mejora del acceso a la playa.

b) Acción coordinada para la ordenación de áreas de aparcamiento:

1º. Se trabajará en coordinación con el Servicio provincial de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar para la reformulación del proyecto de aparcamiento existente dimensionándolo a las necesidades derivadas de este plan. Se buscará la implicación del ayuntamiento de Ribadeo y de la Diputación de Lugo.

2º. Respecto al aparcamiento de bicicletas:

i. Se mejorará la señalización e información sobre el área existente.

ii. Se realizará un seguimiento de la adecuación entre el número de plazas disponibles y la demanda de aparcamiento, sobre todo en la época de mayor afluencia.

iii. Caso de resultar insuficiente, se estudiarán nuevas localizaciones de plazas para bicicletas, preferiblemente integradas en el proyecto de nuevo aparcamiento.

3º. Con respecto a los aparcamientos existentes en el entorno del monumento natural, se deberá regular su situación. Se instará a los ayuntamientos de Barreiros y Ribadeo a velar por el cumplimiento de la regulación del aparcamiento que aparece en las señales y a mejorar las condiciones de accesibilidad, seguridad e integración paisajística, especialmente en el aparcamiento situado frente a la parcela del restaurante (27051A00100129), que en la actualidad origina problemas de colapso de tráfico en la carretera de acceso al monumento natural.

c) Traslado y ordenación de la actividad de venta ambulante.

1º. En la búsqueda de una mejora de las condiciones ambientales y paisajísticas, se procederá al estudio en una nueva situación de los actuales puestos de venta ambulante, preferiblemente fuera del dominio público marítimo terrestre. Para ello, se establecerán mecanismos de coordinación con el ayuntamiento de Ribadeo y se habilitarán nuevos espacios para el desarrollo de esta actividad.

2º. Para las nuevas instalaciones se tendrán en cuenta los siguientes condicionantes ambientales:

i. Deberán emplazarse fuera de la zona de protección (zona 1) del monumento natural y de la ZEC de As Catedrais donde es una actividad prohibida por el Decreto 37/2014, de 27 de marzo.

ii. No podrán situarse sobre zonas en las que existan hábitats naturales o hábitats de especies relacionadas en los anexos I y II, respectivamente de las directivas 92/43/CEE y 2009/147/CE.

iii. En el caso de situarse dentro de los limites del monumento natural o de la ZEC se tendrá en cuenta que en la zona 2 (área de conservación) deberá contar con autorización de conservación de la naturaleza.

iv. La nueva situación deberá permitir una adecuada gestión de los residuos generados.

v. En todo caso, el emplazamiento y diseño de los nuevos puestos de venta de artesanía en el entorno del monumento natural deberán buscar la máxima integración paisajística.

d) Promoción del uso de las líneas del FEVE: con la finalidad de promover el uso de medios de transporte alternativos para acceder al monumento natural de la playa de Las Catedrales, se prevé la promoción del uso de la línea de ferrocarril de vía estrecha (FEVE) que discurre por la costa de A Mariña, realizando varias paradas en el entorno del monumento natural. A tal efecto, se promoverá un programa integral de fomento del ferrocarril, estableciendo medidas de colaboración con las diferentes administraciones implicadas (ADIF, ayuntamientos de la Marina lucense y Agencia de Turismo de Galicia).

Existen en la actualidad dos apeaderos que podrían servir para desarrollar una línea específica del FEVE para el acceso a As Catedrais: el apeadero de Reinante, situado en el Ayuntamiento de Barreiros a una distancia de 2.048 m del aparcamiento de As Catedrais, y el apeadero de Esteiro (Ribadeo), a tan sólo 1.150 m del ámbito del Plan.

En coherencia con el plan de acción de la Reserva de la Biosfera del Río Eo, Oscos y Tierras de Burón, sobre creación y puesta en marcha de una red de itinerarios verdes, se evitará la construcción de nuevas vías que puedan causar efectos negativos sobre el patrimonio natural y la biodiversidad. La conexión peatonal de los apeaderos deberá aprovechar dentro de lo posible los trazados de los caminos y sendas tradicionales, caminos de herradura y senderos, recuperando aquellos que por sus condiciones permitan la actividad del senderismo, mediante métodos respetuosos con el ámbito de la ZEC sobre la que se actuará y que no supongan una disminución en su calidad paisajística ni de sus valores.

No se considera, por lo tanto, la construcción de un nuevo apeadero más próximo al monumento natural, que podría implicar efectos ambientales y paisajísticos, así como un desembolso económico innecesario. Dentro de esta medida, se desarrollarán las siguientes acciones:

1º. Acceso peatonal desde el apeadero del FEVE en Esteiro: se tomará, como punto de partida, un sendero peatonal desde el apeadero de Esteiro, para lo cual resulta necesaria la colaboración entre administraciones competentes. En el marco del programa de caminos naturales del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino en colaboración con la Xunta de Galicia, se está promoviendo la creación del camino natural Ruta del Cantábrico, que contempla el acceso a la ruta desde el apeadero de Esteiro. Las actuaciones previstas dentro de este proyecto incluyen únicamente la instalación de paneles de señalización e informativa.

El actual apeadero se emplaza en la parcela catastral 27051H00200027, teniendo acceso a la carretera municipal mediante un acceso peatonal situado entre las parcelas 27051H00200028/31/32/33/34. Con una superficie aproximada de 25 m2, se encuentra en un entorno eminentemente rural, con varias explotaciones agropecuarias en funcionamiento en sus cercanías. La medida prevista incluye las siguientes actuaciones:

i. Señalización: colocación de señalización direccional para facilitar a las personas usuarias el acceso al monumento natural. Coordinación con el Ministerio de Medio Ambiente para la integración de las medidas de señalización previstas en el Programa de caminos naturales (camino natural del Cantábrico).

ii. En el entronque con la carretera provincial, se instalará un paso peatonal con dispositivos de disminución de la velocidad, para lo cual se precisa la colaboración administrativa con la Diputación de Lugo y el Ayuntamiento de Ribadeo.

iii. Creación de senda peatonal: desde el entronque con la carretera provincial, se creará una senda peatonal de 1,5 m de ancho, en jable natural por la zona derecha de la pista de titularidad provincial hasta el camino de tierra que conecta con el camino natural del Cantábrico, con una longitud aproximada de 40 m.

2º. Acceso peatonal desde el apeadero del FEVE en Reinante: se realizará, como punto de partida, un sendero peatonal desde el apeadero de Reinante, para lo cual se señalizará el acceso desde el apeadero a la acera que comunica Barreiros con la pasarela de madera de acceso al monumento natural.

El actual apeadero se emplaza en la parcela catastral 27005A018001790000UG, teniendo acceso a la carretera municipal mediante una pista. Con una superficie aproximada de 25 m2, se encuentra en un entorno eminentemente rural, con varias explotaciones agropecuarias en funcionamiento en sus cercanías.

La medida prevista incluye las siguientes actuaciones:

i. Señalización: colocación de señalización direccional para facilitar a las personas usuarias el acceso al monumento natural.

ii. En el entronque con la carretera provincial, instalación de un paso peatonal con dispositivos de disminución de la velocidad que conecten la carretera municipal con la acera que comunica Barreiros con la pasarela de madera de acceso al monumento natural, para lo cual se precisará la colaboración administrativa con la Diputación de Lugo y con el Ayuntamiento de Ribadeo.

3. Actuaciones de gestión del uso público para la promoción de los valores naturales del monumento, la ZEC As Catedrais (ES1120005) y su entorno.

a) Difusión de un itinerario costero de Ribadeo a Santo André de Teixido: esta acción se dirige a difundir y promocionar globalmente los recursos turísticos que existen en la costa de la Mariña lucense. Se trata de poner en valor integral un itinerario costero desde Ribadeo a Cedeira que permita ofrecer un elenco de recursos variados que mejoren la experiencia turística de las personas visitantes y que, al mismo tiempo, disminuya de alguna manera el excesivo protagonismo que mantiene hoy la playa de As Catedrais.

b) Redacción, maquetación y edición de nuevo material de promoción turístico específico: otra acción a desarrollar a corto plazo sería la elaboración de una nueva guía promocional, específica para divulgar la puesta en marcha del plan de conservación y las nuevas medidas introducidas como la limitación en el acceso al arenal y forma de obtener la autorización para la visita, o la obligación de permanecer en las sendas habilitadas a tal fin. Esta nueva guía también debe servir para enriquecer la propia visita a la playa de As Catedrais, complementándola y proporcionando un amplio abanico de alternativas turísticas que redunden en el beneficio de toda el área socioeconómica próxima. En este trabajo se recogerá un catálogo de recursos de muy variada temática, que intentará satisfacer las distintas motivaciones y expectativas de un público diverso.

c) Creación de un nuevo itinerario de interés geomorfológico: El monumento natural playa de Las Catedrales se integra dentro de un sector geomorfológico en Galicia que presenta otros muchos puntos de interés. En esta acción se pondrá en valor toda la costa de la Mariña lucense promoviendo una serie de puntos de interés que expliquen y contextualicen toda esa geomorfología litoral.

Para esto se creará una guía de carácter divulgativo y turístico que describa con parámetros didácticos y asequibles al gran público una de las costas más espectaculares de la Península Ibérica.

d) Puesta en marcha de otros medios de transporte turísticos: la puesta en marcha de programas de visitas en vehículos colectivos puede servir de fórmula para atemperar la densidad de tráfico y el número de automóviles en las carreteras y aparcamientos limítrofes con el monumento natural, principalmente en las temporadas altas. Este transporte o paquete guiado debería ponerse en marcha contando con la colaboración privada (agencias de viajes, guías turísticos y transportistas). El fomento del emprendimiento derivado de este objetivo puede promover nuevas oportunidades económicas para la zona.

4. Fomento de la colaboración entre administraciones para la mejora de la calidad de las aguas superficiales en el entorno de la playa de Esteiro: se instará a los organismos competentes, Augas de Galicia y Ayuntamiento de Ribadeo para el análisis y regulación de los vertidos existentes en el entorno de la playa de Esteiro, y evitar la afección de los elementos naturales existentes. También se solicitará la información relativa a la gestión de las aguas residuales procedentes del restaurante para analizar la idoneidad del sistema de depuración y gestión.

Se deberán identificar los focos de vertido y proponer mecanismos de erradicación y depuración de aguas residuales para garantizar la calidad de las aguas en la playa de Esteiro.

Artículo 24. Actuaciones para el cumplimiento del objetivo específico 5

1. Fomentar el conocimiento e implicación social en la conservación del monumento natural, mediante la promoción de campañas de participación activa de la sociedad civil en todos los niveles de aplicación del Plan.

a) Se establecerán mecanismos de difusión e información a la población en general sobre los valores ambientales del monumento natural, sus riesgos y amenazas para la conservación, así como las normas de uso público contempladas en el presente Plan.

Entre los mecanismos contemplados conviene resaltar:

1º. Creación de un programa de voluntariado ambiental para la participación activa de las personas interesadas en la conservación y gestión de los valores del monumento natural y su conservación.

2º. Elaboración de dípticos informativos sobre los objetivos y el programa de actuaciones del Plan para su distribución entre la población local y las personas visitantes del monumento natural.

2. Fomentar el conocimiento de los valores naturales y culturales del monumento natural a través de la coordinación con otras administraciones, la comunidad científica y la población local.

a) Se promoverá la colaboración entre administraciones públicas, comunidad científica y población local para la realización de actividades de promoción de los valores naturales y culturales del monumento natural mediante:

1º. Actividades divulgativas con centros educativos del ámbito de influencia del plan.

2º. Reuniones con las entidades públicas con competencias en el ámbito del plan para fomentar la coordinación interadministrativa.

3º. Promoción de actividades de divulgación ambiental en el entorno del monumento natural.

TÍTULO V
Seguimiento y evaluación

Artículo 25. Seguimiento

El seguimiento del Plan de conservación del monumento natural de la Playa de Las Catedrales se llevará a cabo mediante indicadores establecidos para cada uno de los objetivos específicos y sus acciones:

1. Objetivo específico: avanzar en el conocimiento de los valores a proteger, así como de los riesgos y amenazas para la conservación del entorno.

a) Indicador: elaboración de estudios específicos para avanzar en el conocimiento de los valores a proteger, así como de los riesgos y amenazas para la conservación del entorno.

Cálculo del número de estudios sobre:

1º. Superficie del monumento natural en la que se encuentra presente el hábitat prioritario 4040* (brezales secos atlánticos costeros de Erica vagans).

2º. Superficie del monumento natural en la que se encuentra presente la especie Limonium dodartii u otras especies de interés para la conservación.

3º. Mejora del conocimiento de los efectos del ascenso del nivel del mar sobre el monumento natural. Analizando los efectos del cambio climático sobre el monumento natural teniendo en cuenta lo establecido en el PNACC.

2. Objetivo específico: evitar la pérdida neta de biodiversidad y de los servicios ecosistémicos, mediante la conservación de los hábitats y de las especies de fauna y flora.

a) Indicador: seguimiento, control y erradicación de las especies exóticas e invasoras.

Verificación de la disminución de la superficie ocupada por las especies exóticas (m2).

b) Indicador: mejora del estado de conservación del matorral costero (4040*).

Verificación del número de actuaciones realizadas y/o superficie recuperada mediante labores de restauración del hábitat 4040*.

3. Objetivo específico: conseguir un uso público ordenado y compatible con la conservación de los valores que motivaron la declaración del monumento natural.

a) Indicador: reducir la presión del uso público en el espacio favoreciendo la desestacionalización de la demanda, la promoción de otros puntos de interés turístico en la comarca de la Mariña e implementando un sistema ágil de concesión de autorizaciones de acceso al monumento natural en los períodos de mayor afluencia de visitas.

Se calculará el número de autorizaciones gestionadas diariamente, y se verificará la adecuación del número máximo de visitas establecido en el artículo 16 relativo al uso público.

b) Indicador: implementación de sistemas de difusión de la normativa de uso público, así como para el control y vigilancia de su cumplimiento.

Se contabilizará el número de publicaciones y elementos informativos elaborados para poner en conocimiento la normativa referente al uso público del espacio.

4. Objetivo específico: promover la colaboración interadministrativa en la gestión para la mejora de las condiciones paisajísticas, ambientales y de uso público en el monumento natural, así como para la promoción del turismo sostenible en el ámbito comarcal.

a) Indicador: mejora paisajística del monumento natural.

Se contabilizará el número de elementos interpretativos sustituidos o redistribuidos para la homogeneización y regulación de la cartelería existente en el espacio natural.

b) Indicador: desarrollo de actuaciones coordinadas para la ordenación de accesos y áreas de aparcamiento, así como para la promoción de medios de transporte alternativos al vehículo particular para acceder al monumento natural.

Se contabilizará el número de acciones de colaboración entre administraciones para mejorar las condiciones de acceso y uso público, así como de adecuación de infraestructuras, necesarias para garantizar la seguridad pública y evitar el colapso de los accesos.

c) Indicador: actuaciones de gestión del uso público para la promoción de los valores naturales del monumento, la ZEC As Catedrais (ES1120005) y su entorno.

Se contabilizará el número de actividades de promoción.

d) Indicador: fomento de la colaboración entre administraciones para la mejora de la calidad de las aguas superficiales en el entorno de la playa de Esteiro.

Se contabilizará el número de reuniones y/o escritos en la búsqueda de la colaboración interadministrativa.

5. Objetivo específico: favorecer la sensibilización y el compromiso social en la conservación de los valores ambientales del monumento natural, conforme a las líneas estratégicas definidas en la estrategia europea para la biodiversidad 2020.

a) Indicador. Fomentar el conocimiento de los valores naturales y culturales y la implicación social en la conservación del monumento natural, mediante la promoción de campañas de participación activa de la sociedad civil en todos los niveles de aplicación del Plan a través de la coordinación con otras administraciones, la comunidad científica y la población local.

Número de actuaciones de difusión e información a la población en general realizadas y número de acciones de colaboración con la administración estatal, autonómica y provincial, así como con la comunidad científica y la población local, para favorecer el conocimiento de los valores naturales y culturales del monumento natural.

Artículo 26. Evaluación

1. La Dirección General de Conservación de la Naturaleza evaluará, con una periodicidad bianual, la efectividad de las medidas propuestas, analizando los siguientes aspectos:

a) La eficacia y eficiencia en la ejecución de las diversas acciones y programas.

b) El progreso en la consecución de los objetivos ambientales propuestos.

2. Cada dos años la Dirección General de Conservación de la Naturaleza elaborará un informe de seguimiento. Una copia del informe será remitido a la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental.

ANEXO II
Planos

Plano 1. Situación general

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Plano 2. Figuras de protección

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Plano 3. Hábitats

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Plano 4. Rutas de senderismo

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Plano 5. Accesos y aparcamientos

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Plano 6. Infraestructuras

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Plano 7. Especies exóticas e invasoras

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Plano 8. Zonificación

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Plano 9. Actuaciones

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ANEXO III

Capacidad de acogida del espacio

El exceso de personas visitantes se identifica como uno de los factores de mayor incidencia en la conservación de los espacios naturales protegidos, causando problemas de erosión, perturbación de la fauna y destrucción de la vegetación, entre otros. Del mismo modo, se pueden dar efectos drásticos a largo plazo, por lo que es preciso establecer niveles de visitas y prevenir, mediante seguimiento de indicadores, impactos no deseados.

El creciente auge del «ecoturismo» derivó en la necesidad de ordenar y manejar la afluencia a los espacios naturales protegidos, mediante procedimientos de determinación de la capacidad de carga turística. El establecimiento de la capacidad de acogida de un espacio permite valorar el número de personas por día que puede llegar a soportar, teniendo en cuenta las características físicas y biológicas del ámbito y permitiendo -al mismo tiempo- estimar la percepción de las personas visitantes en relación a la obtención de un grado de satisfacción adecuado. Se torna, por lo tanto, en una potente herramienta de gestión indispensable en la toma de decisiones eficaces.

Algunos autores y autoras cuestionaron la utilidad de la determinación de la capacidad de carga, especialmente por la dificultad que entraña la aplicación de indicadores en su metodología. No obstante, desde la última década del pasado siglo hasta la actualidad, se retomaron los estudios y aplicaciones que incluían el concepto de capacidad de carga, o de acogida, unido al concepto de «desarrollo sostenible». En este sentido, el trabajo metodológico llevado a cabo por Cifuentes (1992), sentó las bases para la aplicación de un procedimiento fiable y práctico a la realidad de países del centro y sur de América, pero también aplicable y extrapolable a otras áreas geográficas.

El trabajo de Gómez-Limón García, J. y García Ventura, D. (2014), cuyas líneas básicas serán las que se apliquen en el presente plan, adopta la citada metodología, adaptándola a las singularidades de los diferentes parques nacionales del territorio español. Actualmente, la capacidad de acogida se considera una herramienta práctica para los gestores de espacios naturales protegidos que se enfrentan a la necesidad de toma de decisiones para planificar y compatibilizar el uso público con la protección de los recursos naturales en áreas de alto valor ecológico y cultural.

Metodología de cálculo

Debido a la singularidad de la zona de estudio, se realizó una adaptación de la metodología citada, teniendo en cuenta la singularidad del monumento natural de la Playa de Las Catedrales. Este método calcula el número de visitas por día, siendo -en este caso- los factores determinantes para establecer la capacidad de acogida es la superficie de la zona de playa y el condicionante de las mareas.

Desde el punto de vista metodológico el concepto teórico de capacidad de acogida es difícil de aplicar. Por tal motivo, se subdivide en dos componentes, que desarrollan esta definición y facilitan su aplicación:

1. Capacidad de acogida física (CAF).

2. Capacidad de acogida ecológica (CAE).

1. Capacidad de acogida física (CAF).

La CAF es el número de personas que un área determinada puede acoger según sus propias características físicas (dimensiones y dificultad de tránsito) y de los equipamientos de acogida vinculados a él. Para este cálculo, se usan factores de visita (horario y tiempo de visita), la superficie disponible y los factores sociales [necesidad de espacio por grupo de personas].

En base a esta información se calcula la CAF de acuerdo con la siguiente fórmula:

CAF= [S/ AG]*NV/día

Donde:

S= superficie disponible.

AG = área ocupada por un grupo/ visitante.

NV/día = número de veces al día que el espacio puede ser visitado por un grupo de idénticas características.

La limitación de acceso regulado por la zonificación establecida en este documento restringe el acceso público a determinadas zonas del monumento natural. Por lo tanto, el cálculo de la superficie disponible resulta de la suma de la superficie de la playa (se estimó una media en marea baja de 50.000 m2), de los senderos internos del monumento natural (2.000 m2), el restaurante (2.200 m2), el aparcamiento (1.750 m2) y del merendero (1.700 m2), entendiendo que el resto de la superficie corresponde a zonas de tránsito restringido para el visitante. Por lo tanto;

Superficie de playa: 50.000 m2.

Otras superficies: 7.650 m2.

La superficie del monumento natural situada fuera del ámbito del arenal se considera zona de tránsito (a excepción de las superficies restringidas por su interés para la conservación), por lo que debe ser considerada para el cálculo de la capacidad de carga del espacio, ya que las personas visitantes pueden estar indistintamente en la zona superior o inferior del espacio, dentro de los lugares habilitados.

a) Factor social.

Espacio por persona. En áreas abiertas, para el criterio de ocupación se pueden establecer diferentes valores según el nivel de ocupación del espacio:

• intensivo: 5 m2/visitante

• medio: 10 m2/visitante

• bajo: 25 m2/visitante

Teniendo en cuenta este dato, se realizará un análisis de la capacidad de acogida con base en estos tres niveles de ocupación, con el fin de alcanzar un rango de valores de ocupación del espacio (intensivo, medio y bajo).

b) Factor visita.

Para calcular el número de visitas por día se divide el horario de visita (que, en este caso, para la zona de playa está condicionado por el tiempo en el que la marea está baja y se puede acceder a la playa: ± 4 horas Hv]]) por el tiempo necesario para visitar el sitio (se estima un tiempo medio [Tv] de 1,5 horas para visitar la playa). En el caso de la zona superior, el número de horas de luz (criterio que condiciona la visita [Hv]), se establece en un promedio de 12 horas, y el tiempo medio de visita [Tv] se estima cómo 1,5 horas el tiempo destinado a la visita de esta zona. Por lo tanto, el tiempo total medio de visita se establece en 3 horas.

Se establece como NV=Hv/Tv.

Por lo tanto,

• Para la playa. NV = 4 / 1,5 = 2,66

• Para la zona superior: NV = 12 / 1,5 = 8

Resultados de la CAF

En base a la información anterior se calcula la CAF, teniendo en cuenta los diferentes niveles de ocupación. Por lo tanto:

1. Criterio de ocupación intensivo:

CAFI = [(50.000/5)*2.66]+ [(7.650/5)*8] = 38.840 personas/día

2. Criterio de ocupación medio:

CAFM = [(50.000/10)*2.66]+ [(7.650/10)*8] = 19.420 personas/día

3. Criterio de ocupación baijo:

CAFB = [(50.000/25)*2.66]+ [(7.650/25)*8] = 7.768 personas/día

2. Capacidad de acogida ecológica (CAE).

La CAE determina el número máximo de personas por encima del cual comienzan a aparecer impactos críticos y/o irreversibles que la propia dinámica natural de los ecosistemas de acogida no es capaz de restaurar, teniendo en cuenta aspectos como la resiliencia de los sistemas ecológicos afectados o el límite de cambio aceptable (LCA).

No obstante, los estudios y experiencias desarrolladas en espacios naturales protegidos sobre los impactos del uso público recomiendan realizar aproximaciones a este concepto desde el enfoque de la gestión adaptativa. Las metodologías de evaluación de impactos y seguimiento de los mismos dependerán de las características físicas y biológicas del territorio, por lo que deberemos tener en cuenta la fragilidad de la zona ante los diferentes usos de las personas visitantes.

En este caso, al ser un monumento natural, no debemos olvidar los objetivos de conservación marcados por el propio espacio. Por lo que, en este caso se seleccionaron las componentes del medio natural e indicadores más apropiados para la tipología de espacio.

Los factores de corrección se obtienen considerando variables físicas, ambientales, biológicas y de manejo. Están estrechamente asociados a las condiciones y características específicas de cada sitio. Esto hace que la capacidad de acogida de una zona protegida tenga que calcularse para cada área concreta. Aplicando estos factores de corrección al cálculo de la CAF, se obtiene la CAE por sitio y día.

Mediante este factor se calcula el número de personas que un lugar es capaz de soportar sin la generación de impactos ambientales significativos.

Se expresan en términos de porcentaje y para calcularlos se utiliza una fórmula general:

FC = 1-[Ml / Mt]

Donde:

FC = factor de corrección (sistema unitario)

Ml = magnitud limitante de la variable

Mt = magnitud total de la variable

Factores de corrección

Para el cálculo de la CAE, se realiza un análisis de distintas variables físicas, ambientales, biológicas y de manejo. El objetivo es identificar aquellos impactos críticos que puedan suponer restricciones totales o parciales al uso público, así como plantear medidas correctoras en aquellos casos en los que los impactos sean moderados y/o reversibles.

Entre los factores de corrección considerados destacan los que se nombran a continuación, que pueden ser cuantificados y aplicados a la metodología:

a) Factor de erosividad (FCero)

b) Factor de marea (FCmar)

c) Factor de precipitación (FCpre)

d) Factor de superficie disponible (FCsup)

e) Factor de vegetación (FCvex)

f) Factor de fauna (FCfau)

g) Factor de impactos derivados del comportamiento de las personas visitantes (FCvis)

La evaluación de los impactos ecológicos reales y potenciales producidos por el actual sistema de uso público hace necesaria la toma de decisiones y la regulación que se establecen en este plan de conservación. Para analizar la capacidad de acogida ecológica del espacio, se determinan los factores de corrección anteriores, que se analizan en detalle a continuación:

a) Factor de erosividad (FCero)

Trata de expresar la susceptibilidad o el riesgo a erosionarse que puede tener un sitio. Para esto se tomaron tres variables: uso, pendiente y textura del suelo. Se establecieron tres grados de pendiente:

– Menor al 10 %

– Entre 10-20 %

– Mayor del 20 %

Del mismo modo, se identificaron tres tipos de suelo:

– Grava o arena

– Limo

– Arcilla

Del análisis in situ, se establecieron las zonas con riesgo de erosión producido por el acceso de las personas usuarias del monumento natural.

Las combinaciones de los grados de pendiente con los tipos de suelo y la afección por el uso determinan tres niveles de riesgo de erosión, cualificados como bajo, medio o alto.

Afecciones uso actual

Pendiente

Valores de ponderación

Ninguno

< 10 %

No significativo

Medio

10-20 %

1

Alto

> 20 %

1,5

Considerando el uso por parte de las personas visitantes, los sitios con pendiente menor del 10 %, cualquiera que sea el tipo de suelo no presenta riesgo de erosión (o bajo) y por lo tanto son condiciones poco significativas al punto de establecer restricciones de uso.

Se realiza un análisis mediante Sistemas de información geográfica de las zonas que presentan riesgo de erosión, detectándose 1,02 ha en las que el riesgo de erosión es medio y 0,6 ha de riesgo alto, el resto de la superficie del monumento natural presenta un riesgo de erosión no significativo.

FCero = 1- (Sero/ST) = 1- (((1,02*1)/5,76)+((0,6*1,5)/5,76)))= 0,66

Donde: Sero = superficie que presenta riesgo medio de erosión

S = superficie disponible

b) Factor de marea (FCmar)

La influencia de las mareas es el factor más limitante para el acceso al espacio, siendo determinante para establecer el número de horas máximo que puede durar la visita. No obstante, como es lógico, no se considera este factor en la parte superior de los acantilados, únicamente en la playa

Medida: estimación del número de horas por día que la marea puede ser un limitante (ciclos de marea alta). Se consideran en el cálculo únicamente las épocas de alta demanda de visitantes (Semana Santa y verano).

FCmar= 1- ml/mt

Donde:

ml = horas de marea limitante/día (segun datos de Meteogalicia, la duración media entre mareas es de 6 h. Se considera unha marea y media aprovechable al día (4 +2 h) en la praya de As Catedrais, por lo tanto serían 8 horas no aprovechables al día).

mt = horas disponibles/día (media de horas de luz durante las épocas de alta demanda. Fonte: Meteogalicia 2004-2014).

FCmar= 1- 8/14,03= 0,43

c) Factor de precipitación (FCpre)

La precipitación puede ser un factor que afecte a la visita hasta el punto de cancelarla. Aun así, durante las épocas de alta demanda, este factor no se considera limitante en el ámbito, ya que la mayoría de las visitas no se tipifican como turismo de sol y playa, sino que acceden al monumento natural de As Catedrais para la observación del paisaje y el conocimiento de su entorno. Calculándose de la siguiente manera:

FCprec= 1- [dc/dt)]

Donde:

dc: días de lluvia en las temporadas de alta demanda considerando los días de ≥ 4l/m2 (Meteogalicia 2004-2014).

dt: días totales de acceso al público en las temporadas de alta demanda.

Teniendo en cuenta los datos obtenidos en la estación Pedro Murias (Ribadeo), datos de Meteogalicia, 2004-2014;

FCprec= 1- [12,27/101)]= 0,87

d) Factor de superficie disponible (FCsup)

La superficie disponible es fundamental para el cálculo de la capacidad de acogida, así como el horario. Las medidas serán por superficie (m2) de áreas habilitadas.

FCsup= 1- sd/st

Donde:

sd: superficie no disponible (áreas restringidas al uso público).

st: superficie total accesible.

La limitación de acceso regulado por la zonificación establecida en este documento, restringe el acceso público a determinadas zonas del monumento natural. Por lo tanto, el cálculo de la superficie disponible resulta de la suma de la superficie de la playa (se estimó un promedio en marea baja de 50.000 m2), de los senderos internos del Monumento natural (2.000 m2), el restaurante (2.200 m2), el aparcamiento (1.750 m2) y del merendero (1.700 m2), entendiendo que el resto de la superficie corresponde a zonas de tránsito restringido para las personas visitantes. La superficie no disponible serían todas las áreas terrestres existentes en el espacio en el que el uso público está restringido.

Por lo tanto:

FCsup= 1- sd/st = 1 – (1,83/8,94) = 0,79

e) Factor de vegetación (FCvex)

La afección del uso público sobre la vegetación del monumento natural en la actualidad es importante (tal y como se identifica en el apartado número 7 de este documento, identificación de presiones y amenazas), aunque, con la aplicación de la normativa de uso público y zonificación establecido en este plan de conservación, estas afecciones deberán desaparecer.

De este modo, la metodología de cálculo de la capacidad de acogida es de aplicación para las zonas delimitadas de acceso al público, prohibiéndose el acceso a las zonas en las que la vegetación en la actualidad puede estar afectada. Por lo tanto, la afección a la vegetación no será relevante. Los enclaves más importantes para la conservación y/o más sensibles se encuentran fuera de las áreas de uso público, o están delimitadas por el acceso peatonal por pasarela de madera, que evita la deambulación de las personas por las áreas de matorral.

f) Factor de fauna (FCfau)

La delimitación de las zonas de uso público y la restricción de acceso a determinadas zonas, evitan la afección a la fauna existente dentro del monumento natural. Por lo que se considera el impacto poco significativo.

g) Factor de impactos derivados del comportamiento de las personas visitantes (FCvis)

La regulación y diseño de las infraestructuras y equipamientos de uso público del monumento natural permiten, en general, un buen control del comportamiento de las personas visitantes durante su visita al espacio. Aunque su dispersión y la salida fuera de los límites establecidos de uso público puede generar impactos significativos sobre el espacio, se tendrán en cuenta las épocas en las que se va a regular el acceso público (Semana Santa y 15 junio-15 septiembre), debiendo ser un factor de ponderación de los factores de corrección. Por lo tanto, se calcula de la siguiente manera:

FCvis= 1- dad/dT

Donde:

dad: días alta demanda (Semana Santa y del 15 de junio al 15 de septiembre).

dT: días totales.

Por lo tanto,

FCvis= 1- dad/dT = 1- (101/365) = 0,72

Tabla resumen

Los citados factores de corrección se ponderan para poder utilizarlos en el dimensionamiento de la capacidad de acogida efectiva del espacio.

Factor (%)

Valor

Factor de erosividad (FCero)

0,66

Factor de marea (FCmar)

0,43

Factor de precipitación (FCpre)

0,87

Factor de superficie disponible (FCsup)

0,79

Vegetación (FCvex)

---

Fauna (FCfau)

---

Factor de impactos derivados del comportamiento de las personas visitantes (FCvis)

0,72

Para la zona de playa se aplican todos los factores de corrección, excepto el de erosividad, al considerar despreciable la erosión ocasionada por el tránsito de los visitantes sobre la superficie del arenal. Del mismo modo, en la zona superior no se considera el factor marea, ya que es visitable durante toda la jornada.

Resultados de la CAE

Una vez calculados todos los factores de corrección, la CAE puede expresarse con la siguiente fórmula general:

CAE = CAF * [(Fc1)* (Fc2)* (Fc3)*.... (FcN)]

CAE= [ (Splaya/ AG)*NV/día* (∑Fcx)]playa + [ (Ssuperior/ AG)*NV/día* (∑Fcx)]superior

• Criterio de ocupación intensivo:

CAEI = [26.600 *0,21] + [12.240 *0,33] = 9.625 personas/día

• Criterio de ocupación medio:

CAEM = [13.300 *0,21] + [6.120 *0,33] = 4.812 personas/día

• Criterio de ocupación bajo:

CAEB = [5.320 *0,21] + [2.448 *0,33] = 1.925 personas/día

3. Valoración global de la capacidad de acogida

Debido a la importancia e interrelación entre las dos componentes citados anteriormente (física y ecológica), el valor global de la capacidad de acogida viene determinado por el menor valor de estos componentes. Sin embargo, dichos valores deberán interpretarse como valores de referencia y nunca como numerus clausus, ya que los impactos generados por las personas visitantes son muy variables.

Este valor global debe ser revisado en función de variables sociales, como la percepción de la masificación, la calidad de la visita o la preferencia por determinados lugares. Se trata, por lo tanto, de avanzar en la integración de la sociedad en la naturaleza, estudiando y reforzando sus relaciones afectivas con el entorno.

Una vez analizadas las dos componentes de la capacidad de acogida del monumento natural, y partiendo de que no se esperan impactos ecológicos críticos que condicionen la modificación de la zonificación propuesta en este documento, se establece la capacidad de acogida global como la correspondiente a la capacidad de acogida ecológica (CAE), que está determinada por los condicionantes del propio espacio. Respecto a los resultados obtenidos para cada nivel de ocupación, conviene indicar que, debido a las características ambientales del entorno y su consideración como espacio natural protegido, no resultaría adecuado adoptar un criterio de ocupación intensivo, por lo que, a priori, se rechazan los valores alcanzados según este criterio (CAE = 9.625 personas/día).

La definición de la capacidad de acogida global del monumento natural de la Playa de Las Catedrales determinará la toma de decisiones sobre las actuaciones destinadas a la ordenación de accesos, fomento del transporte colectivo e infraestructuras de uso público, para lo cuál es requisito imprescindible la coordinación entre las administraciones con competencias en el ámbito.

Por lo tanto, según los cálculos preliminares realizados, y en función de los factores ponderados, se estima que la capacidad de acogida global en el monumento natural de la Playa de Las Catedrales deberá ser de 4.812 personas/día. Este valor se corresponde con la capacidad de acogida ecológica para un criterio de ocupación medio, al considerar que la adopción de este límite de personas usuarias, junto con las medidas de uso público propuestas en el plan de conservación, garantizan la conservación de los valores geológicos y del paisaje que motivaron su declaración como monumento natural, y mantienen el estado favorable de los hábitats presentes en el espacio sin poner en riesgo el bienestar socioeconómico del entorno.

ANEXO IV

Ámbito competencial

Actuación

Competencia

Objetivo específico 1

Mejora del conocimiento e inventario de hábitats naturales y de las especies de flora y fauna silvestre.

DXCN1

Mejora de la información relativa a la presencia y abundancia de la especies de flora protegida en el ámbito del Plan.

DXCN

Adaptación al cambio climático y al ascenso del nivel del mar en la costa cantábrica

DXCN/ DGSCM2

Objetivo

específico 2

Seguimiento, control y erradicación de las especies exóticas e invasoras.

DXCN /DGSCM

• Control y erradicación de especies exóticas invasoras:

DXCN /DGSCM

• Eliminación y sustitución de especies exóticas en el entorno.

DXCN /DGSCM

Mejorar el estado de conservación del matorral costero (4040*).

DXCN

Objetivo

específico 3

Reducir la presión del uso público en el espacio favoreciendo la desestacionalización de la demanda, la promoción de otros puntos de interés turístico en la comarca de A Mariña e implementando un sistema ágil de concesión de autorizaciones de acceso al monumento natural en los períodos de mayor afluencia de visitas.

DXCN

Implementación de sistemas de difusión de la normativa de uso público, así como el control y la vigilancia de su cumplimiento.

DXCN/ATG3

• Difusión de las medidas de regulación de acceso y normativa de uso público

DXCN

• Seguimiento y control del cumplimiento de las medidas de acceso y regulación del uso público.

DXCN

• Valoración por parte de las personas visitantes de las medidas adoptadas.

DXCN/ATG

Objetivo

específico 4

Mejora paisajística del monumento natural:

DXCN

• Ordenación y homogenización de los paneles informativos de diferentes organismos.

DXCN

• Actuaciones de eliminación de taludes artificiais. Recuperación de la topografía original del terreno.

DXCN/DGSCM

• Medidas para mitigar o reducir el impacto visual de los equipamientos e infraestructuras existentes o previstos (en cumplimiento del punto 5.c del informe ambiental estratégico).

DXCN/DGSCM/CR

Desarrollo de actuaciones coordinadas para la ordenación de accesos y áreas de aparcamiento, la venta ambulante, así como para la promoción de medios de transporte alternativos al vehículo particular:

DXCN/DGSCM/ CB4/CR5/DPL6

• Ordenación de senderos y accesos interiores en el monumento natural.

DXCN/DGSCM

• Acción coordinada para la ordenación de áreas de aparcamiento.

DXCN (COOR)/ DGSCM/CB/CR/DPL

• Traslado y ordenación de la actividad de venta ambulante.

DXCN/CR

• Promoción del uso de las líneas del FEVE.

DXCN/ATG

Actuaciones de gestión del uso público para la promoción de los valores naturales del monumento, la ZEC As Catedrais (ES1120005) y su entorno

DXCN/ATG

• Difusión de un itinerario costero de Ribadeo a San Andrés de Teixido.

DXCN/ATG

• Redacción, maquetación y edición de material de promoción turística.

DXCN/ATG

• Creación de un nuevo itinerario de interés geomorfológico.

DXCN/ATG

• Puesta en marcha de otros medios de transporte turístico.

AG7/CR

Objetivo específico 5

Fomento de la colaboración entre administraciones para la mejora de la calidad de las aguas superficiales en el entorno de la playa de Esteiro

DXCN

Fomentar el conocimiento e implicación social en la conservación del monumento natural, mediante la promoción de campañas de participación activa de la sociedad civil en todos los niveles de aplicación del Plan.

DXCN

1 DXCN.- Dirección General de Conservación de la Naturaleza (Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras).

2 DGSCM.- Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar (Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente).

3 ATG.- Agencia de Turismo de Galicia.

4 CB.- Ayuntamiento de Barreiros.

5 CR.- Ayuntamiento de Ribadeo.

6 DPL- Diputación Provincial de Lugo.

7 AG.- Augas de Galicia (Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras)

ANEXO V

Prioridades de actuación

Prioridad

Actuación

Alta

Media

Baja

Objetivo específico 1

Mejora del conocimiento e inventario de hábitats naturales y de las especies de flora y fauna silvestre.

Mejora de la información relativa a la presencia y abundancia de la especies de flora protegida en el ámbito del Plan.

Adaptación al cambio climático y al ascenso del nivel del mar en la costa cantábrica

Objetivo

específico 2

Seguimiento, control y erradicación de las especies exóticas e invasoras.

• Control y erradicación de especies exóticas invasoras:

• Eliminación y sustitución de especies exóticas en el entorno.

Mejorar el estado de conservación del matorral costero (4040*).

Objetivo

específico 3

Reducir la presión del uso público en el espacio favoreciendo la desestacionalización de la demanda, la promoción de otros puntos de interés turístico en la comarca de A Mariña e implementando un sistema ágil de concesión de autorizaciones de acceso al monumento natural en los períodos de mayor afluencia de visitas.

Implementación de sistemas de difusión de la normativa de uso público, así como el control y la vigilancia de su cumplimiento.

• Difusión de las medidas de regulación de acceso y normativa de uso público

• Seguimiento y control del cumplimiento de las medidas de acceso y regulación del uso público.

• Valoración por parte de las personas visitantes de las medidas adoptadas.

Objetivo

específico 4

Mejora paisajística del monumento natural:

• Ordenación y homogenización de los paneles informativos de diferentes organismos.

• Actuaciones de eliminación de taludes artificiais. Recuperación de la topografía original del terreno.

• Medidas para mitigar o reducir el impacto visual de los equipamientos e infraestructuras existentes o previstos (en cumplimiento del punto 5.c del informe ambiental estratégico).

Desarrollo de actuaciones coordinadas para la ordenación de accesos y áreas de aparcamiento, la venta ambulante, así como para la promoción de medios de transporte alternativos al vehículo particular:

• Ordenación de senderos y accesos interiores en el monumento natural.

• Acción coordinada para la ordenación de áreas de aparcamiento.

• Traslado y ordenación de la actividad de venta ambulante.

• Promoción del uso de las líneas del FEVE.

Actuaciones de gestión del uso público para la promoción de los valores naturales del monumento, la ZEC As Catedrais (ES1120005) y su entorno

• Difusión de un itinerario costero de Ribadeo a Santo André de Teixido.

• Redacción, maquetación y edición de material de promoción turística.

• Creación de un nuevo itinerario de interés geomorfológico.

• Puesta en marcha de otros medios de transporte turístico.

Fomento de la colaboración entre administraciones para la mejora de la calidad de las aguas superficiales en el entorno de la playa de Esteiro

Objetivo específico 5

Fomentar el conocimiento e implicación social en la conservación del monumento natural, mediante la promoción de campañas de participación activa de la sociedad civil en todos los niveles de aplicación del Plan.

Fomentar el conocimiento de los valores naturales y culturales del monumento natural a través de la coordinación con otras administraciones, la comunidad científica y la población local.