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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Martes, 16 de junio de 2015 Pág. 23965

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (1419/2012).

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, dou fe e certifico que neste xulgado se seguen autos 1419/2012 a instancia de Rubén Souto Martínez contra la empresa Cristalería A Balsa, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre cantidad, en los que recayó Sentencia en fecha 14 de mayo de 2015 que, copiada en los particulares necesarios dice así:

Fallo:

Se estima la demanda formulada por Rubén Souto Martínez contra Cristalería A Balsa, S.L. con intervención del Fondo de Garantía Salarial, y en consecuencia:

Se condena a la empresa Cristalería A Balsa, S.L. a abonar al actor la cantidad de tres mil cuarenta y seis euros con cuarenta y ocho centimos de euro (3.046,48 euros), cantidad que devengará el interés moratorio del 10 %.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante, dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el numero de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Cristaleria A Balsa, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 25 de mayo de 2015

La secretaria judicial