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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Martes, 16 de junio de 2015 Pág. 23974

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (139/2012).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento ordinario 139/2012 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Martín Casais García contra la empresa Esabe Vigilancia, S.A., Fogasa, Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Fallo que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Martín Casais García, contra Esabe Vigilancia, S.A. y Fogasa, debo condenar y condeno a la mercantil demandada a que proceda a hacer efectivo el incremento salarial del 1 % de todas las retribuciones salariales del demandante correspondientes al año 2011, y a abonarle al demandante la suma de 157,83 euros por los conceptos indicados y desglosados en el hecho probado tercero de esta resolución, más los intereses por mora previstos en el artículo 29.3 del ET respecto de dicha cantidad desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución y los del artículo 576 de la LEC a partir de la presente resolución, así como al pago de los honorarios del letrado de la parte demandante hasta el límite máximo de 600 euros.

En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa deberá estarse a lo que resulte de la aplicación del artículo 33 del ET con notificación de la presente resolución.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma no cabe recurso (artículo 191.2 de la LRJS).

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 25 de mayo de 2015

La secretaria judicial