Mediante la Resolución de 15 de abril de 2015 que fue publicada en el Diario Oficial de Galicia número 78, de 27 de abril, se establecieron las bases reguladoras y se convocaron las ayudas para el año 2015 para proyectos dinamizadores de las áreas rurales de Galicia para proyectos de energías renovables, que cuentan con financiación comunitaria derivada del programa operativo Feader-Galicia 2007-2013.
La dotación total de la convocatoria (1.333.333 euros) está cofinanciada en un 75 % por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco de la medida 321 del eje 3 Mejora de la calidad de vida en las zonas rurales y diversificación de la economía rural, del programa de desarrollo rural de Galicia 2007-2013.
En el transcurso del procedimiento administrativo de concesión de las ayudas, cuando ya terminó el plazo de presentación de solicitudes (27.5.2013), en varias de las tipologías de proyectos de energías renovables el número de solicitantes es inferior al esperado, mientras que en otras tecnologías el volumen de ayuda solicitada superó ampliamente la disponibilidad presupuestaria, considerando las listas de espera de los expedientes susceptibles de concesión de ayuda para la ejecución de los proyectos solicitados.
De acuerdo con lo dispuesto en el artigo 31 do Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 20, de 29 de enero) cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre distintos créditos presupuestarios, la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria. En cualquier caso, es necesario señalar que non se trata de modificar tal cuantía máxima fijada en la convocatoria, al no darse ningún de los supuestos previstos en el artículo 30.2 del referido Decreto 11/2009.
Por todo lo anterior, con la finalidad de incrementar la eficacia administrativa y la eficiencia en la asignación de recursos públicos, maximizando el impulso de las energías renovables hasta el agotamiento de los fondos destinados a la presente convocatoria, en el uso de las competencias que me confiere el artículo 15.1 de las bases reguladoras,
DISPONGO:
Primero. Redistribuir los créditos presupuestarios recogidos en el artículo 3.1 de la Resolución de 15 de abril de 2015 por la que se aprueban las bases reguladoras, en función del volumen de solicitudes por tipología de proyectos y beneficiarios, en los importes siguientes:
Grupo I: Geotermia
Tipo beneficiario |
Aplicación presupuestaria |
Dotación inicial |
Movimentos fondos |
Dotación final |
Administración pública autonómica |
08.A2.733A.713.0 |
50.000,00 |
-50.000,00 |
0,00 |
Administración pública local |
08.A2.733A.761.0 |
100.000,00 |
-78.006,25 |
21.993,75 |
Pymes, sus agrupaciones y asociaciones |
08.A2.733A.771.0 |
300.000,00 |
-223.789,32 |
76.210,68 |
Personas físicas e instituciones sin ánimo de lucro |
08.A2.733A.781.0 |
550.000,00 |
175.000,00 |
725.000,00 |
Total |
1.000.000,00 |
-176.795,57 |
823.204,43 |
|
Grupo II: Aerotermia |
||||
Tipo beneficiario |
Aplicación presupuestaria |
Dotación inicial |
Movimiento fondos |
Dotación final |
Pymes, sus agrupaciones y asociaciones |
08.A2.733A.771.0 |
55.000,00 |
|
55.000,00 |
Personas físicas e instituciones sin ánimo de lucro |
08.A2.733A.781.0 |
100.000,00 |
125.000,00 |
225.000,00 |
Total |
155.000,00 |
125.000,00 |
280.000,00 |
|
Grupo III: Solar Térmica |
||||
Tipo beneficiario |
Aplicación presupuestaria |
Dotación inicial |
Movimiento fondos |
Dotación final |
Pymes, sus agrupaciones y asociaciones |
08.A2.733A.771.0 |
45.000,00 |
-8.271,63 |
36.728,37 |
Personas físicas e instituciones sin ánimo de lucro |
08.A2.733A.781.0 |
83.333,00 |
-17.495,09 |
65.837,91 |
Total |
128.333,00 |
-25.766,72 |
102.566,28 |
|
Grupo IV: Aerotermia y Solar Térmica (Administración) |
||||
Tipo beneficiario |
Aplicación presupuestaria |
Dotación inicial |
Movimiento fondos |
Dotación final |
Administración pública autonómica |
08.A2.733A.713.0 |
16.667,00 |
-16.667,00 |
0,00 |
Administración pública local |
08.A2.733A.761.0 |
33.333,00 |
94.229,29 |
127.562,29 |
Total |
50.000,00 |
77.562,29 |
127.562,29 |
|
Total |
1.333.333,00 |
0,00 |
1.333.333,00 |
Segundo. La presente redistribución de créditos no supone alteración final de la cuantía de la convocatoria, que sigue siendo de 1.333.333 €.
Tercero. La eficacia de la presente resolución se producirá con su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 13 de julio de 2015
Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia