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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Viernes, 2 de octubre de 2015 Pág. 38653

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (325/2014).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento ordinario 325/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Gonzalo Romero Mato contra Ana Ribadeneira Pérez, Fondo de Garantía Salarial sobre ordinario, se ha dictado sentencia nº 274, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal:

«Sentencia

Santiago de Compostela, 11 de septiembre de 2015

María Mercedes Pena Moreira, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, vistos los presentes autos de juicio ordinario número 325/2014, sobre reclamación de cantidad instados por Gonzalo Romero Mato, que compareció al acto de la vista asistido del letrado Xavier Castro Martínez, constando como parte demandada Ana Ribadeneira Pérez, que no comparece, con intervención del Fogasa, que tampoco comparece, ha pronunciado la siguiente sentencia,

(…)

Fallo

Se estima la demanda formulada por Gonzalo Romero Mato frente a Ana Ribadeneira Pérez, con intervención del Fogasa, y en consecuencia:

– Se condena a la demandada Ana Ribadeneira Pérez a abonar a Gonzalo Romero Mato la cantidad de cuatro mil quinientos ochenta y cuatro euros con ochenta y cuatro centimos (4.584,84 euros), devengando el interés previsto en el artículo 29.3 del ET. Y se imponen las costas causadas en el presente procedimiento a la demandada, en las que se incluirán los honorarios de letrado del actor, en la cuantía de 300 euros.

Todo ello con las obligaciones legales inherentes que al Fondo de Garantía Salarial corresponda asumir.

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Así lo acuerda, manda y firma, María Mercedes Pena Moreira, jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Ana Ribadeneira Pérez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su publicación en el tablón del juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 14 de septiembre de 2015

La secretaria judicial