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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 208 Viernes, 30 de octubre de 2015 Pág. 41967

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda

ORDEN de 28 de octubre de 2015 por la que se resuelve el procedimiento de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo procedente de la Fundación Galicia Emigración.

El pasado 5 de enero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 17 de diciembre de 2014 por la que se inicia el procedimiento de integración, como personal laboral de la Xunta de Galicia, del personal laboral fijo de la Fundación Galicia Emigración.

El 18 de marzo de 2015 la Presidencia de la Xunta de Galicia, en virtud de lo establecido en el artículo 3.2 de dicha orden, remite a la Dirección General de la Función Pública los expedientes y la propuesta de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal de la extinguida Fundación que ejercitó la opción de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia.

La comisión de integración prevista en el artículo 3.4 de la orden remitió a la Dirección General de la Función Pública su informe el pasado 21 de septiembre de 2015.

Asimismo, la Dirección General de la Función Pública remitió a la Consellería de Hacienda la propuesta de integración como personal laboral de la Xunta de Galicia del personal laboral fijo de la extinguida Fundación Galicia Emigración.

En consecuencia, en virtud de las competencias conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.3 del Decreto 129/2012, de 31 de mayo, por el que se regula el régimen aplicable al personal de las entidades integrantes del sector público autonómico que sean objeto de creación, adaptación o extinción, y con lo dispuesto en el artículo 3.5 de la Orden de 17 de diciembre por la que se inicia el procedimiento de integración, como personal laboral de la Xunta de Galicia, del personal laboral fijo de la Fundación Galicia Emigración,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

El objeto de la presente orden es resolver el procedimiento de integración del personal laboral fijo procedente de la Fundación Galicia Emigración.

Artículo 2. Resolución

1. Toda vez que las solicitudes presentadas cumplen los requisitos previstos tanto en el artículo 9.1 del Decreto 129/2012, de 31 de mayo, por el que se regula el régimen aplicable al personal aplicable de las entidades instrumentales integrantes del sector público autonómico que sean objeto de creación, adaptación o extinción, como en la Orden de 17 de diciembre por la que se inicia el procedimiento de integración, como personal laboral de la Xunta de Galicia, del personal laboral fijo de la Fundación Galicia Emigración, y cumplidos todos los trámites del procedimiento,

RESUELVO:

1. Acordar la integración como personal laboral fijo de la Xunta de Galicia del personal enumerado en el anexo de esta orden, que deberá ser adscrito con carácter definitivo a los puestos de trabajo que respectivamente se creen con cargo a la dotación existente en el capítulo I de la Secretaría General de Emigración, en la aplicación presupuestaria 04-30-312C-130-0x, en la localidad de Santiago de Compostela.

2. Su integración supondrá la correspondiente novación de la relación contractual y comportará la formalización del correspondiente contrato de trabajo como personal laboral fijo de la Administración general de la Xunta de Galicia, debiendo tomar posesión en el plazo de seis días hábiles desde la publicación de la presente orden, excepto que se encuentre disfrutando de un período de licencia, vacaciones o permiso, en cuyo caso el cómputo comenzará al día siguiente de su reincorporación al puesto de trabajo.

Asimismo, esta toma de posesión implica su renuncia voluntaria a la situación anterior.

3. De acuerdo con lo previsto en el artículo 12.5 del Decreto 129/2012, de 31 de mayo, se le realizará un reconocimiento de servicios para el cálculo de la antigüedad a efectos de trienios, para adecuar su antigüedad en términos de homogeneidad con la prevista en el convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia.

4. Al personal integrado se le aplicará, a todos los efectos, el convenio colectivo único de la Xunta de Galicia, sin que en ningún caso origine derecho a indemnización alguna.

5. Al personal que, como consecuencia de la integración, experimente una disminución en el cómputo anual de las retribuciones fijas y periódicas, se le recoñecerá un complemento persoal de integración, de carácter transitorio, consistente en la diferencia de retribuciones, en los términos de lo establecido en la disposición transitoria primera del Decreto 129/2012, de 31 de mayo, de modo que la equiparación total se producirá en el plazo máximo de seis anos desde su integración como personal laboral de la Xunta de Galicia.

6. Procederá la extensión de la correspondiente diligencia de integración por parte de la consellería en la que sea destinado el personal integrado.

Artículo 3. Recursos

Contra la presente orden, que pon fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y podrá interponerse previamente y con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la presente orden, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Disposición final única

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de octubre de 2015

Valeriano Martínez García
Conselleiro de Hacienda

ANEXO

Nombre y apelidos

DNI

Grupo y categoría profesional de integración

Localidad del puesto
de trabajo

Concepción Pereira Otero

36075834N

Grupo I, categoría 04 (titulada superior)

Santiago de Compostela

Isabel Huidobro Vence

33289968K

Grupo III, categoría 02 (jefa de negociado)

Santiago de Compostela