En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de diciembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14 de enero) se le notifican a la persona que a continuación se relaciona la incoación del expediente sancionador OU-S-48/2015, ya que, intentada por los medios habituales, no se pudo practicar.
Dispone de un plazo de quince días, para presentar, ante el instructor del procedimiento, alegaciones, documentos e informaciones que estime convenientes, así como proponer que se practiquen los medios de prueba de que pretenda valerse.
Ourense, 24 de noviembre de 2015
Antonio Aguarón Turrientes
Jefe del Área Provincial de Turismo de Ourense
ANEXO
Expediente: OU-S-48/2015.
Titular sancionada: Tamega SR. H., S.L.
Establecimiento: Sheraton.
Domicilio: Nacional, 525, km 165.4.
Localidad: Verín.
Incoación: 20 de octubre de 2015.
Precepto infringido: artículo 109.2.a) y 109.2.b) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia.