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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Viernes, 22 de enero de 2016 Pág. 2483

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2424/2014 BB).

Secretaría: Sra. Freire Corzo

Tipo y número de recurso: RSU recurso de suplicación 2424/2014 BB

Juzgado de origen/autos: Seguridad Social 452/2013 Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol

Recurrente: Rubén Roca Pereira

Abogado: Manuel Casal Fraga

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Atein Naval, S.A. (Atenasa), Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo

Abogados: Servicio Jurídico Seguridad Social, Alicia Llan Lodos

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2424/2014 BB, seguido a instancia de Rubén Roca Pereira contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, Atein Naval, S.A. (Atenasa), la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, sobre accidente de grado, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos: que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por el letrado Manuel Casal Fraga, en nombre y representación de Rubén Roca Juan Pereira, contra la sentencia de fecha dieciocho de diciembre de dos mil trece, dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de los de Ferrol, en autos seguidos a instancia del recurrente frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo y la empresa Atein Naval, S.A. (Atenasa), sobre invalidez derivada de accidente de trabajo, debemos confirmar y confirmamos en su integridad la resolución recurrida.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social, y una vez firme expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++)».

Y para que así conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en legal forma a Atein Naval, S.A. (Atenasa), en ignorado paradero. Con la advertencia al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. Expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 4 de enero de 2016

La letrada de la Administración de justicia