Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, esta dirección general dispone la publicación del acuerdo que figura como anexo a esta resolución.
Santiago de Compostela, 21 de diciembre de 2015
Blanca García-Señoráns Álvarez
Directora general de Relaciones Institucionales y Parlamentarias
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en relación con la Ley 37/2015,
de 29 de septiembre, de carreteras
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia, en su reunión celebrada el día 9 de diciembre de 2015, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 4, 5 y 18; la disposición adicional primera; el anexo II en relación a la AP-9, autopista del Atlántico, y la AP-53, autopista central de Galicia; y la disposición final quinta de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.
Segundo. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión de Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
Tercero. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional, así como insertarlo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia.
Madrid, 9 de diciembre de 2015
Cristóbal Montoro Romero Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas |
Alfonso Rueda Valenzuela Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia |