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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Jueves, 28 de enero de 2016 Pág. 3239

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se somete a información pública la propuesta de declaración de espacio natural de interés local de la zona denominada Río Abelleira, perteneciente al ayuntamiento de Carral.

La Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza define como espacios naturales protegidos aquellos espacios que contengan elementos o sistemas naturales de particular valor, interés o singularidad, tanto debido a la acción y evolución de la naturaleza como derivados de la actividad humana y que hayan sido declarados como tales. Entre las diferentes categorías de espacio natural protegido establecidas destaca una prevista para la protección en un término municipal de los valores naturales singulares relevantes a nivel local, los espacios naturales de interés local (ENIL).

El artículo 17 de la ley establece que a petición de un ayuntamiento y después de solicitar los informes preceptivos pertinentes, la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio podrá declarar como ENIL aquellos espacios integrados en un término municipal que por sus singularidades sean merecedores de algún tipo de protección de sus valores naturales. La declaración es competencia de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio mientras que la responsabilidad de su gestión será municipal. Asimismo, la declaración de un ENIL no conlleva su inclusión en la Red gallega de espacios naturales protegidos.

La regulación de los espacios naturales de interés local que recoge la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, fue desarrollada por el Decreto 124/2005, de 6 de mayo, por el que se regula la figura del espacio natural de interés local y la figura del espacio privado de interés natural. El artículo 4 de este decreto recoge la posibilidad que tiene la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de declarar, de manera provisional, un ENIL por un plazo no superior a dos años, debiendo presentar dentro de este plazo los promotores, como requisito imprescindible para la declaración del ENIL, el plan de conservación del espacio.

Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Carral ante la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para la declaración del lugar denominado Río Abelleira como espacio natural de interés local, esta dirección general considera necesario establecer un período de información pública en la tramitación de la solicitud con objeto de cumplir con el dispuesto en el artículo 3.5 de la Ley 4/2006, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración pública gallega y con lo preceptuado por la Ley 27/2006, de 18 de julio, que regula los derechos de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

Por las razones explicadas,

RESUELVO:

Primero. Someter a información pública y audiencia a los interesados la propuesta de declaración del espacio natural de interés local Río Abelleira durante un plazo de veinte (20) días, contándose dicho período desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución. Aquellos interesados que se consideren directamente afectados podrán remitir sus alegaciones mediante escrito dirigido a la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, San Lázaro, s/n, 15781 Santiago de Compostela, o bien a la dirección electrónica planificacion.conservacion@xunta.es, poniendo en el asunto ENIL Río Abelleira.

Segundo. La propuesta de declaración del ENIL Río Abelleira se compone de una memoria técnica y de los planos remitidos por el Ayuntamiento de Carral, y por el borrador de orden por la que se declara de manera provisional como espacio natural de interés local a Río Abelleira.

Tercero. Durante este plazo los documentos podrán ser examinados en las siguientes dependencias:

– Subdirección General de Espacios Naturales, San Lázaro, s/n, 15781 Santiago de Compostela.

– Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en A Coruña (Edificio Monelos, 5ª planta, calle Vicente Ferrer, 2, 15008 A Coruña).

– Ayuntamiento de Carral. Campo da Feira, nº 1, 15175 Carral (A Coruña).

Del mismo modo se podrá consultar el texto de la memoria de la propuesta de declaración provisional en la página web de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (http://cmati.xunta.es).

Santiago de Compostela, 29 de diciembre de 2015

Ana María Díaz López
Directora general de Conservación de la Naturaleza