Ejecución de títulos judiciales 139/2015
Procedimiento de origen: procedimiento ordinario 1167/2013
Sobre ordinario
Demandante: Fundación Laboral de la Construcción
Abogado: Adrián Núñez Fernández
Demandada: Prolar XXI, S.L.
Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecucion de títulos judiciales número 139/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de la Fundación Laboral de la Construcción, contra la empresa Prolax, XXI, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Parte dispositiva:
Declaro la nulidad del auto de 1 de junio de 2015 y de todas las actuaciones posteriores.
Acuerdo no haber lugar al despacho de la ejecución interesada por corresponder la competencia al juez del concurso, Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña.
Una vez firme esta resolución archívese el procedimiento.
Llévese el original de esta resolución al libro de autos definitivos y déjese testimonio en las actuaciones.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo, mando y firmo.
La magistrada jueza».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.
Y para que sirva de notificación a Prolar XXI, S.L., expido el presente.
Santiago de Compostela, 8 de enero de 2016
Letrada de la Administración de justicia