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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 76 Jueves, 21 de abril de 2016 Pág. 14746

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2016, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Tomiño (expediente IN407A 2015/10-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: travesía de Vigo, 204, 36207 Vigo.

Denominación: LMTS y CT Baceiro.

Situación: Tomiño.

Características técnicas: LMT subterránea a 20 kV con conductor RHZ de 797 metros de longitud, con origen en el centro de transformación existente Amorín-Rotea y final en el CT proyectado. Centro de transformación de 160 kVA, RT 20 kV/400-230 V, situado en el lugar de Baceiro, Amorín, Tomiño.

Se realizó el trámite de información pública insertando anuncios en el DOG de 17 de febrero de 2015, en el BOP de 11 de febrero de 2015, en el periódico Faro de Vigo de 21 de febrero de 2015 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tomiño. También se notificó individualmente a los titulares de los predios afectados por la instalación según la relación facilitada por la empresa peticionaria. Durante el mencionado trámite se recibieron las siguientes alegaciones:

Con fecha de 27 de febrero de 2015 Rosa María Domínguez Alcalá, titular de la parcela catastral nº 145 del polígono 78, presenta escrito de alegaciones ante la Jefatura Territorial en relación con el expediente IN407A 2015/10 LMTS y CT Baceiro-Tomiño, y expone su oposición a la ocupación de su propiedad indicando los motivos de dicha oposición.

Con fecha de 19 de octubre de 2015 José Diz Fernández presenta escrito de alegaciones ante la Jefatura Territorial en relación con el expediente IN407A 2015/10 LMTS y CT Baceiro-Tomiño, debido a que mediante la Resolución de 22 de septiembre de 2015, se notifica la ampliación de la afección de la finca de su titularidad, indicando los perjuicios que provocará.

El 9 de diciembre de 2015, y una vez analizadas las alegacións presentadas, los servicios técnicos del Servicio de Energía y Minas de la Jefatura Territorial emiten informe en el que se concluye:

Primera. Teniendo en cuenta el artículo 140 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, procede la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica proyectada a efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento.

Segunda. Según lo expuesto, no es competencia de esta jefatura territorial pronunciarse sobre la legalidad de la ubicación del centro de transformación. Será el Ayuntamiento antes de otorgar la licencia urbanística el que se pronuncie sobre tal extremo.

Por lo anterior, y teniendo en cuenta que la autorización y declaración de utilidad pública de esta jefatura territorial se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas, procede autorizar la instalación y declarar la utilidad pública de la misma de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG num. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial,

resuelve:

Conceder autorización administrativa, autorización administrativa de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita de los bienes afectados por la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, será de 14 meses a partir de la recepción de la presente resolución. A efectos de la posible solicitud de prórroga, el peticionario deberá tener en cuenta lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquiera otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 29 de marzo de 2016

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra